Cortes de León de 1188 (29 abril 1188)

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Alfonso IX de León

Ante todo, una disculpa. Puede que la fecha no sea exacta. El documento que se conserva de este acontecimiento no está fechado y todo se basa en estimaciones de sesudos historiadores, pero como este hilo de “efemérides” está basado en fechas concretas, tengo que tomarme esta licencia, ya que el hecho merece la pena.

En 2013, la UNESCO incluyó en los registros del  Programa Memoria del Mundo (Memory of the World Programme), “Los Decreta de León, de 1188”, reconociendo que era el testimonio documental más antiguo del sistema parlamentario europeo. Ello da prueba de la importancia del acontecimiento y del impacto que tuvo en la gobernanza de los pueblos europeos.

En 1017, la Curia Regia, convocada por Alfonso V de León, legisló el Fuero de León, incluyen preceptos como la inviolabilidad del domicilio, la libertad de comercio y primeros derechos de las mujeres. En 1135, Alfonso VII de León, se coronó en dicha ciudad con una acogida multitudinaria. La Reconquista había sufrido un frenazo y las guerras con los reinos de Portugal y Castilla habían provocado la implantación de nuevos impuestos y un alza generalizada de precios. El recién llegado Alfonso IX de León, tiene que demandar un nuevo esfuerzo económico, pero se encuentra con una clase ciudadana organizada que exige poder para limitar y regular el gasto de la corona.

Alfonso IX se ve obligado a consensuar las decisiones y como paso previo convoca a la Curia Regia del Reino de León. En esta curia y por primera vez, las ciudades más importantes envían representantes electos que tendrán voz y voto en las deliberaciones. Es la primera vez en la historia del parlamentarismo moderno en la historia de la Europa Occidental, que en un parlamento de un reino europeo, fuerzas que no pertenecieran a la nobleza o al clero, podían votar.

Mucho se ha escrito sobre las asambleas del Althing islandés del 930, pero eran reuniones exclusivas de magnates. Parecidas a los Concilios Visigóticos. Además, en el caso del Althing, nunca llegaron a producir textos legislativos.

Las cortes se constituyeron en dos estamentos. Los privilegiados, que incluían a el clero y la nobleza. Los no privilegiados, donde se encontraban los representantes de las ciudades.

La legislación que produce las Cortes de León, no es innovadora ni intenta introducir novedades importantes, solo desea profundizar en las normas anteriores para mejorar las condiciones de vida de los habitantes del reino y se reafirman en anteriores decisiones. Se decreta la injusticia de atentar contra la propiedad ajena, las querellas deben resolverse ante la justicia o la promesa real de no entrar en guerra sin contar con todos los que deben dar su opinión.

Todas son hoy reglas reconocidas de forma mundial, pero es la primera vez que aparecen de forma escrita, a consecuencia de una reunión de representantes de un reino y que dentro de esta representación habían personas que hablaban en nombre de gentes que no pertenecían ni a la nobleza, ni al clero.

Las actas de las Cortes de León de 1188, reflejan un nuevo modelo de gobierno en Europa, en las que la plebe participa por primera vez, tomando decisiones del más alto nivel, junto con el rey, la iglesia y la nobleza, a través de representantes elegidos de pueblos y ciudades»,

Manuel de Francisco Fabre

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