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Termina el calvario de Xabi Alonso con Hacienda: el Supremo confirma su absolución

Hacienda lleva años persiguiendo a Alonso, que ha sido absuelto en numerosas ocasiones.

Hacienda lleva años persiguiendo a Alonso, que ha sido absuelto en numerosas ocasiones.
Xavi Alonso | Cordon Press

El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución al exfutbolista y actual entrenador del Bayer Leverkusen, Xabi Alonso, en la causa en la que estaba acusado de defraudar a Hacienda casi dos millones de euros entre 2010 y 2012.

La Sala de lo Penal ha rechazado el recurso de la Abogacía del Estado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que este verano ratificó otra absolución del exfutbolista donostiarra y la de dos de sus asesores fiscales de un delito contra la Hacienda Pública.

Los hechos se centran en el contrato de 1 de agosto de 2009 por el que Xabi Alonso cedió la explotación de sus derechos de imagen a la sociedad Kardzali, radicada en la isla portuguesa de Madeira.

Según la Abogacía, se trató de un negocio jurídico simulado, concebido como estrategia para defraudar a la hacienda pública española, ocultando de esta forma la correcta tributación de los rendimientos asociados a los derechos de imagen del futbolista.

Ya en 2015, la fiscalía de delitos económicos de Madrid recibió una denuncia presentada por la Agencia Tributaria contra el entrenador y a su equipo de asesores fiscales. Ahora, termina el suplicio.

Como ya publicamos en Libre Mercado, durante este tiempo, otras estrellas deportivas como Cristiano Ronaldo, Luka Modric, Fabio Coentrao, Ángel di María, Radamel Falcao, Fabio Coentrao o Ricardo Carvalho optaron por pagar la multa y aceptar la condena por una acusación similar a cambio de anular el riesgo de acabar entre rejas. Pero Alonso se enrocó y peleó por su inocencia. Tanto él como sus asesores optaron por defenderse hasta las últimas consecuencias siendo absuelto hasta cinco veces.

El Tribunal Supremo recuerda los límites derivados del recurso de casación como instrumento procesal para convertir una sentencia absolutoria en una condena y, de hecho, dice que hay inferencias probatorias que pueden ser susceptibles de un juicio alternativo. Sin embargo, el rechazo de la Audiencia de Madrid, que ha llevado a negar que el contrato suscrito por Alonso a favor de Kardzali estuviera filtrado por cualquier clase de simulación y, de modo especial, la negación del TSJM del dolo como elemento intelectivo de refuerzo respecto de otras de las operaciones abarcadas por el factum, "cierran cualquier posibilidad de revisión por esta Sala que voltee el pronunciamiento absolutorio".

La sentencia explica, además, que "cuando la liquidación presentada por el sujeto pasivo del impuesto hace aflorar en su integridad las ganancias obtenidas en cualquier actividad económica y ofrece a la Hacienda Pública una vía de tributación que los servicios de inspección consideran incorrecta, ese desencuentro interpretativo referido no al ‘qué’, sino al ‘cuánto’, no puede convertirse en el origen de un proceso penal".

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