La libertad de expresi�n no ampara el insulto

La libertad de expresi�n no ampara el insulto

Paloma Fisac de Ron DOCTORA EN DERECHO Y LICENCIADA EN PERIODISMO

OPINI�N

Alejandro Mart�nez V�lez | EUROPAPRESS

24 nov 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

En los �ltimos d�as, algunas personas cercanas al Ministerio de Igualdad han tildado a los jueces de �machistas�, �fascistas�, �fachas con toga que quieren reventar cualquier legislaci�n feminista�, �f�rmense, se�ores jueces�, �la derecha judicial�… aproxim�ndose alguna de estas expresiones a las injurias.

Incluso se han hecho afirmaciones que podr�an ser objeto de calumnias: jueces que incumplen las leyes feministas que protegen a las mujeres, ciertos jueces machistas que se saltan la ley para bajar la pena a violadores infundiendo terror sexual a las mujeres desde el Poder Judicial…

Al ser indagados sobre tales declaraciones se amparan en su derecho a la libertad de expresi�n u opini�n.

Recordemos que el Tribunal Constitucional ha declarado en numerosas ocasiones que la libertad de expresi�n, dentro de la cual se incluyen los juicios personales y subjetivos, creencias, pensamientos y opiniones, tiene un campo de acci�n m�s amplio que la libertad de informaci�n.

En la libertad de expresi�n cabe la cr�tica l�cita, aunque sea �cida o intransigente, con la limitaci�n de que no sea ofensiva o denigrante. La cr�tica puede llegar a ser desabrida, molestar, inquietar o disgustar a aquel contra quien se dirige, pues as� lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el esp�ritu de apertura, sin los cuales no existe una �sociedad democr�tica�, tal y como indica el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Quedan fuera de la protecci�n de la libertad de expresi�n las frases y expresiones ultrajantes u ofensivas, dado que el art�culo 20 de la Constituci�n no reconoce un derecho al insulto, que ser�a, por lo dem�s, incompatible con la norma fundamental.

Los excesos en las opiniones son de tal gravedad que pueden incitar, promover o justificar el odio basado en la intolerancia, a juicio del Tribunal de Estrasburgo.

Victoria Rosell, delegada del Gobierno contra la Violencia de G�nero, pide a los medios que no informen cuando se soliciten rebajas de penas a los condenados por agresi�n sexual provocados por la ley del �solo s� es s�� porque escandaliza a las mujeres. La delegada debiera saber que el objeto de la informaci�n es competencia de los medios de comunicaci�n y los periodistas. Su �nica limitaci�n es la de ofrecer noticias veraces, hechos relevantes o de inter�s y trascendencia p�blica y conforme a la realidad. Parece que la noticia sobre la repercusi�n de los efectos de la ley del �solo s� es s�� cumple todas estas premisas.

Sobre la censura, hay que invocar su expresa prohibici�n por el art�culo 20.2 de la Constituci�n, que afecta tanto a la libertad de expresi�n como al derecho a la informaci�n.

�Y d�nde quedan las v�ctimas? Las v�ctimas se han quedado desprotegidas en un doble sentido. Muchas mujeres tienen miedo a denunciar a sus agresores. Miedo que, en ocasiones, es muy dif�cil de vencer. Por eso hay que generar la confianza en los jueces como aquellos que pueden ayudarles a condenar a sus agresores. La descalificaci�n a los jueces abre una brecha entre las v�ctimas y los jueces que provocar� que muchas v�ctimas renuncien a la denuncia y persecuci�n de sus violadores y agresores sexuales.

Las otras v�ctimas, aquellas que ya han sufrido las consecuencias de la violaci�n o agresi�n sexual y que ven c�mo la nueva ley disminuye las penas de sus autores, sufren una nueva victimizaci�n, la revictimizaci�n que la propia Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la v�ctima del delito, trata de evitar.

�Qu� les queda a todas estas mujeres? Pues el aumento del miedo, el estr�s y el sufrimiento de volver a la terapia y a la ingesta de medicamentos. Y todo esto por una ley mal hecha que nos conduce a una conclusi�n escalofriante… Cualquiera no puede ser juez. Cualquiera no puede ser polic�a. Cualquiera no puede ser periodista. Cualquiera puede ser diputado.