Padrón municipal de habitantes | Ayuntamiento de San Fernando de Henares

Padrón municipal de habitantes

FINALIDAD

La Ley 4/1996 de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el Padrón Municipal y el Real Decreto 26/12/1996 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio.

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año.

El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo y son utilizados para la actualización del Censo Electoral.

Los vecinos deben comunicar las variaciones en sus datos de inscripción, especialmente los cambios de domicilio dentro del término municipal.

Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados deben figurar empadronados con los padres que tengan su guarda o custodia o en su defecto, con sus representantes legales, salvo autorización por escrito de éstos para residir en otro domicilio.

El plazo máximo para resolver el empadronamiento es de tres meses a partir de la solicitud, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los datos del Padrón municipal podrán ser cedidos de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos, pudiendo ejercer el interesado los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el Ayuntamiento, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

 

Altas, Cambio de Domicilio y Modificación de Datos Personales

Instrucciones para cumplimentar la hoja

Escriba con bolígrafo en letras mayúsculas, indicando con claridad todos los datos que corresponden a cada una de las personas que se inscriben en la hoja.

  • El nombre y los apellidos se transcribirán del mismo modo que figure en su documento de identidad.
  • Para la cumplimentación del Nivel de Estudios terminados se consignará el certificado o  título escolar  o académico que se posea mediante el código correspondiente de la tabla de Códigos de Nivel de Estudios.
  • Rellene la casilla “Número total de personas inscritas en esta hoja” para garantizar la inalterabilidad de los espacios que hayan podido quedar en blanco.
  • Si tiene alguna duda, consulte con el Ayuntamiento.
  • AVISO   IMPORTANTE:   LA   FALSEDAD   EN   LOS   DATOS   DECLARADOS   PUEDE   SER CONSTITUTIVA DE DELITO

Documentación a presentar

1 –  Hoja padronal cumplimentada y firmada por todos los mayores de edad inscritos en la hoja.

2 –  Documento que acredite la identidad de las personas inscritas, original y copia o copia compulsada

  • Españoles: Mayores de edad: DNI o pasaporte
    Menores de edad: Libro de familia o Certificado de nacimiento. Para mayores de 14 años además DNI
  • Extranjeros (mayores de edad, menores nacidos en el extranjero y menores nacidos en España con  más de 3 meses):
    • Ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza:    Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que consta el Número de Identidad de Extranjero (NIE), junto con el documento acreditativo de la identidad o pasaporte expedido por las autoridades de su país.
    • Resto: Tarjeta de identidad de extranjero expedida por las autoridades españolas, en la que consta el Número de Identidad de Extranjero (NIE) o, en su defecto, pasaporte expedido por las autoridades de su país.
  • Extranjeros menores nacidos en España con menos de 3 meses: . Libro de Familia o Certificado de nacimiento expedido por autoridades españolas, además documento de identificación en caso de que dispongan del mismo.

Los documentos deben estar en vigor y debe figurar foto y firma.

3 –  Documento que acredite la ocupación de la vivienda, original y copia (Escritura de Propiedad, contrato de arrendamiento en vigor acompañado del último recibo de alquiler, contrato o recibo actual expedido por Compañía suministradora de teléfono fijo, electricidad o gas natural). Si se incorporan nuevos habitantes a una vivienda en la que figura alguna persona empadronada, deberá firmar la autorización de las nuevas inscripciones alguna persona mayor de edad in scrita que disponga de título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler …), aportando origina l y fotocopia del documento de identidad del firmante, así como documento de la vivienda.

4 – En el caso de rectificación o actualización de datos, documento acreditativo del dato correcto original y copia.

5 – En el caso de cambio de domicilio dentro de este municipio, ver punto 3.

6 –  En caso de menores no emancipados/incapacitados empadronados con solo unos de los progenitores, firma de ambos, presentando original y copia del documento de identidad de ambos, o bien documentación que acredite la guard ia y custodia del menor/representación del incapacitado, original y copia.

En todo caso la unidad de estadística se reserva la posibilidad de recabar la información complementaria para la correcta gestión padronal al amparo de lo previsto en el art. 59.2 del R.D. 1690/86 de 11 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

Volantes o Certificados de Empadronamiento

La  forma de solicitar el certificado o volante de empadronamiento es:

Solicitar certificado/volante en el Dpto. de Estadística, mostrando el Documento de Identidad (DNI, Pasaporte, Permiso de Residencia o Permiso de Conducir en España) o bien a través de la sede electrónica.

En el caso de solicitar los certificados por sede electrónica debe adjuntar el abono de la tasa.

Horario de atención al público: de 09:00 a 14.00 h de Lunes a Viernes