Catholic.net - El segundo Mandamiento de la ley
    Menu



El segundo Mandamiento de la ley

El segundo Mandamiento de la ley
Para que el juramento sea lícito debe reunir las tres condiciones: que sea con verdad, que sea con justicia, y que haya verdadera necesidad.


Por: P. Jorge Loring | Fuente: Para Salvarte



64.- EL SEGUNDO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS ES: NO TOMARÁS EL NOMBRE DE DIOS EN VANO.


1. «El segundo mandamiento prohibe todo uso inconveniente del nombre de Dios»82 .Toma el nombre de Dios el que jura, pues jurar es poner a Dios por testigo de la verdad de lo que se dice.

Para que el juramento sea lícito debe reunir las tres condiciones: que sea con verdad, que sea con justicia, y que haya verdadera necesidad83 .

No es lícito jurar con duda. Debes estar moralmente cierto. La certeza moral excluye toda duda razonable, pero no excluye en absoluto el temor a equivocarse.

Con todo, cuando se declara ante un tribunal se debe tener absoluta certeza de la cosa: como ocurre con lo que se conoce por propia experiencia, o se ha oído de personas que ofrecen total garantía.

En este segundo caso hay que dejar bien claro que lo que se jura es haberlo oído a personas dignas de crédito.

el que jura con mentira peca gravemente, si advierte que jura y sabe que miente84 . Poner a Dios por testigo de una falsedad es injuriarle gravemente85 .

Jurar sin justicia es jurar hacer algo malo o que sea en perjuicio del prójimo. El pecado será grave o leve según que lo que se jure sea grave o sea levemente ilícito.Si lo que se ha jurado es malo, no se puede cumplir.

Serían dos pecados. Uno por jurar una cosa mala, y otro por hacerla.Quien ha jurado hacer algo malo, debe dolerse de hacerlo jurado y no cumplirlo.Pero si lo que se ha prometido con juramento no es malo, hay obligación de cumplirlo bajo pecado grave86 .

Jurar sin necesidad es jurar sin tener motivo razonable para ello; como los que juran por costumbre.

El que jura con verdad pero sin necesidad, por costumbre, sin darse cuenta, no comete pecado grave; pero tiene que corregirse de su mala costumbre.

Para que haya verdadero juramento es necesario que haya intención de jurar y fórmula juratoria. Quien finge jurar pronunciando la fórmula sin intención de jurar, peca porque esto es una injuria a Dios87 .

La verdadera fórmula juratoria debe incluir, implícita o explícitamente la invocación a Dios en testimonio de la verdad, v.gr.: «te juro por Dios que...».

Expresiones como: «si nos verdad que me muera», «por la salud de mi madre», etc., deben considerarse como fórmulas juratorias que suponen poner a Dios por testigo de la verdad, y que en caso contrario Él se encargará de castigar la mentira.

Frases que a veces se usan en la conversación como «júramelo», «te lo juro», etc., no deben considerarse siempre como verdadero juramento, pues no tienen intención de jurar. Pero es una fea costumbre que debe corregirse.

Muchas personas juran por simple muletilla. Esto es indecoroso. Si quieres, puedes decir «palabra de honor». Esto no es jurar; y debe bastar para reforzar tu afirmación. A quien no le baste esto, te ofende.




2. Peca, además, contra este mandamiento el que dice cosas contra la Religión, y el que dice blasfemias.

Blasfemia es toda expresión insultante contra Dios, la Virgen, los Santos o cosas sagradas: ya sea con palabras, gestos, signos, dibujos, etc.88 .

Aunque hay que reconocer que «esas expresiones, generalmente, no son blasfemias.

»Blasfemia es un insulto dirigido a Dios, a sus obras y a sus amigos con intención de que recaiga sobre Dios.
»Esas expresiones no llevan, en muchos casos, ninguna intención de injuriar a Dios.

»Pero hay que tener en cuenta que hay gestos, acciones o palabras que pueden significar, según su sentido, un desprecio hacia Dios.

»En esos casos, todos esos gestos, acciones o palabras, constituyen un pecado de la misma naturaleza que la blasfemia, siempre que el autor de las mismas conozca su significado injurioso para con Dios y los haga o pronuncie libremente. (...) De todos modos, no deja de ser una irreverencia para con Dios.

»Y si el que las pronuncia tiene conciencia de esa irreverencia y las pronuncia libremente, efectivamente comete un pecado, no de blasfemia sino de irreverencia para con Dios.

(...)Y por último, esas expresiones o palabras ofenden los sentimientos de quienes las oyen, que tienen derecho a que sean respetadas sus creencias»89 .

Dios castiga mucho la blasfemia. A veces, también en esta vida.

Otros pecados pueden hacerse por debilidad o por sacar algún provecho; por ejemplo robar.

Pero el que dice blasfemias no saca nada.

La blasfemia es un pecado que va directamente contra la majestad de Dios.

Por eso a Dios le duele tanto y lo castiga con gran rigor.
La blasfemia es un pecado diabólico.

Si crees en Dios, comprenderás que es un disparate insultarle.

Y si no crees, ¿a quién insultas?

Lo que pasa es que a veces se dicen blasfemias sin darse cuenta del todo. Por mala costumbre.
Entonces lo que hay que hacer es proponerse muy en serio quitarse la mala costumbre, pues aunque la blasfemia que se escapa sin querer no es pecado grave, puede serlo el no poner empeño en corregirse.

Y siempre son de muy mal ejemplo. Oyéndote blasfemar, empiezan a hacerlo también los que antes no lo hacían: tus hijos, tus compañeros de trabajo, etc.

Para corregirte puede ayudarte el ponerte un pequeño castigo. Por ejemplo, estar tantos días sin fumar cuantas blasfemias se te escapen.

Si te gusta el tabaco verás qué pronto te corriges.
Si no te atreves a tanto, prívate de algún cigarro, haz cualquier otro pequeño sacrificio; pero no dejes la falta sin castigo.

Si no fumas, prívate de otra cosa que te guste mucho.
Si no se te ocurre otra cosa, podrías dar unos duros de limosna por cada falta. El ponerse castigos, es el mejor medio para corregirse de un defecto.

Si en alguna ocasión oyes alguna blasfemia y puedes corregirla, hazlo así.

Y si no puedes, di: «Alabado sea Dios».
Si lo dices en voz alta, mejor; y sino te atreves, al menos, dilo en voz baja.




3. No hay que confundir las blasfemias -palabras injuriosas con las que se insulta a Dios, la Virgen, etc.- con las palabras feas, que solemos llamar «palabrotas» y «tacos».

Los tacos malsonantes y soeces son señal de baja educación y no deben decirse; pero no son blasfemias, ni ordinariamente pecado.

Algunos Académicos de la Lengua opinan así sobre el uso de los tacos en la conversación:

Víctor García de Hoz: «Suele ser un intento de llamar la atención, un propósito de afirmar la personalidad».

Joaquín Calvo Sotelo: «Suele ser signo de pobreza de vocabulario, o simplemente de mala educación».

Carmen Conde: «Me parece de muy mal gusto»

Evaristo Acevedo: «No soy partidario de los tacos»90 .

Los tacos pueden sustituirse por palabras inofensivas: ¡negocio!, ¡narices¡ ¡joroba! ¡castañas! ¡pamplinas! ¡compadre! ¡muchacho! ¡rayos! ¡recuerno! ¡repanocha!, etc.

Elige una que te guste y te resulte sonora, pero no digas palabras deshonestas.




4. También peca contra este mandamiento quien no cumple sus votos o promesas hechas a Dios para reforzar nuestras súplicas y manifestar nuestro agradecimiento.

El voto es una promesa hecha a Dios libre y deliberadamente, con la intención de obligarse bajo pecado, de una cosa posible, buena y mejor que su contraria91

Hay obligación de cumplirlo bajo pecado grave o leve, según como uno se haya comprometido.
Sin embargo, una cosa ligera no puede hacernos contraer una obligación grave.

No hay que confundir los votos y promesas con los ofrecimientos que se hacen a Dios sin intención de obligarse a cumplirlos bajo pecado.

Antes de hacer un voto o promesa, deberías consultar con una persona prudente: por ejemplo, con un sacerdote.
Y si no has podido hacerlo antes, hazlo después por si conviene que te lo dispense o te lo conmute.




5. Son pecados graves contra este mandamiento la blasfemia, el no cumplir, pudiendo, los votos graves, y el jurar en falso.



__________________________


    82 Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº2146
    83 Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2164
    84 Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2163
    85 ANTONIO ROYO MARÍN,O.P.: Teología Moral para seglares, 1º, 2ª, I, nº 401,2. Ed. BAC. Madrid
    86 AURELIO FERNÁNDEZ:Compendio de Teología Moral, 2ª, III, 3, 4. Ed. Palabra. Madrid 1995.
    87 ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.: Teología Moral para seglares, 1º, 2ª, I, nº 401,1. Ed. BAC.Madrid
    88 Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica nº 2162
    89 ANTONIO ARZA, S.I.: Preguntas y respuestas en cristiano, pgs.23 y 25. Ed. Mensajero. Bilbao.
    90 Diario YA dominical del 2-IV-78, pg. 14s
    91 Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica nº 2102
    92 Nuevo Código de Derecho Canónico, nº 1248








Compartir en Google+




Reportar anuncio inapropiado |