Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Sevilla (actualizado 2024)

Zona de bajas emisiones Sevilla

La Unión Europa aprobó la creación de zona de bajas emisiones para reducir los valores límites de partículas contaminantes para mejorar la calidad del aire y así mejorar la salud pública.

Esta normativa es para ciudades de más 50.000 habitantes, a consecuencia Sevilla tendrá que adaptarse a la normativa necesaria para cumplir la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.

Las ZBE son áreas en las que el acceso a determinados vehículos, según sus emisiones, está restringido y controlado.

📰 Últimas novedades de la ZBE de Sevilla

27 de marzo de 2024. El Ayuntamiento de Sevilla amplía la fase de información de la Zona de Bajas Emisiones de la Cartuja hasta el 30 de junio.

8 de enero de 2024. La Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de la Cartuja entra en una nueva fase de funcionamiento al activar el Ayuntamiento de Sevilla, por primera vez, las 46 cámaras distribuidas en los 23 puntos de control del sistema de captura de imágenes.

28 de junio de 2023. No hay ninguna novedad en el ayuntamiento ni noticia publicada en los medios de comunicación sobre la ZBE de Sevilla.

3 de abril de 2023. Ecologistas en Acción ha solicitado este lunes la «revisión» de la única área de Zona de Bajas Emisiones (ZBE) implantada por el Ayuntamiento de Sevilla en la Cartuja por «incumplimiento» del Real Decreto 1052/2022 que regula esta nueva figura, y ha reclamado la «ampliación» de estas ZBE a otras zonas de Sevilla, como el Casco Antiguo y el conjunto histórico de Triana.

1 de enero de 2023. Comienza a funcionar la ZBE de Cartuja.

17 de noviembre de 2022. El Pleno municipal aprueba la inclusión de la Zona de Bajas Emisiones de Cartuja en el Plan Respira y su incorporación al sistema tecnológico de control para restringir las entradas de los vehículos más contaminantes

22 de octubre de 2022: El Ayuntamiento aprueba de forma definitiva la primera fase de implantación de la Zona de Bajas Emisiones de en Sevilla: Se delimitan las zonas de bajas emisiones de Cartuja Norte y Cartuja Sur. Además, se aprueba una horario de funcionamiento (lunes a viernes (no festivos), de 7:00 a 19:00 horas). Todos los detalles en el BOP de Sevilla (22 de octubre de 2022)

3 de agosto de 2022: El Ayuntamiento de Sevilla ha culminado el proceso de consulta pública previa para delimitar una Zona de Bajas Emisiones en la Isla de la Cartuja.

La propuesta provisional define dos áreas en Cartuja: Norte y Sur.

  • La Zona de Bajas Emisiones de Cartuja Sur quedará delimitada por las calles Marie Curie, Camino de los Descubrimientos, Francisco de Montesinos, Avenida de Carlos III (excepto aparcamientos de la banda Oeste y sus accesos).
  • La Zona de Bajas Emisiones de Cartuja Norte estará conformada por las vías comprendidas en el interior del perímetro delimitado exteriormente por las calles Américo Vespucio desde la intersección con Leonardo Da Vinci, Juan Bautista Muñoz, José de Gálvez, Matemáticos Rey Pastor y Castro, Marie Curie, Avenida de Carlos III (excepto aparcamientos de la banda Oeste y su acceso por Hermanos D’elhuyar), ramal de incorporación SE-30 sentido Glorieta Olímpica y hasta intersección con Américo Vespucio.

Con carácter general, podrán circular sin restricción alguna ni registro previo todos aquellos vehículos con distintivo ambiental “B”, “C”, “Eco” y “Cero Emisiones”, de acuerdo con la clasificación recogida en el Reglamento General de Vehículos.

Los vehículos con etiqueta A (que no tiene derecho a pegatina de la DGT) no podrán circular por la zona de bajas emisiones en el horario fijado y deberá hacer uso de los aparcamientos habilitados a la entrada de Cartuja (aunque habrá excepciones).

Las restricciones resultarán de aplicación, con carácter general, de lunes a viernes, no festivos, en horario de 7 horas a 21 horas.

📅 ¿Cuándo empieza a funcionar la ZBE de Sevilla?

Finalmente, comenzará a funcionar el 1 de enero de 2023.

Según la normativa «Los términos y plazos en que se hará efectiva la implantación de las referidas zonas se concretarán en una resolución dictada al efecto, que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, en la que se fijará el día de comienzo del sistema de control electrónico de acceso de vehículos en el área, previendo, en su caso, un periodo de preaviso e información del sistema.»

🗺️ Mapa zona de bajas emisiones de Sevilla (Cartuja Norte y Cartuja Sur)

Zona de bajas emisiones de Cartuja Norte. Calles comprendidas en el interior del perímetro delimitado exteriormente por las siguientes calles: Américo Vespucio desde intersección con Leonardo Da Vinci, Juan Bautista Muñoz, José de Gálvez, Matemáticos Rey Pastor y Castro, Marie Curie, Avenida de Carlos III (excepto aparcamientos de la banda Oeste y su acceso por Hermanos d´Eluyar), ramal de incorporación SE-30 sentido Glorieta Olímpica hasta intersección con Américo Vespucio. Ninguna de las calles indicadas, que conforman el perímetro exterior, está incluida dentro de la zona de bajas emisiones.

Zona de bajas emisiones de Cartuja Sur. Calles comprendidas en el interior del perímetro delimitado exteriormente por las siguientes calles: Marie Curie, Camino de los Descubrimientos, Francisco de Montesinos, Avenida de Carlos III (excepto aparcamientos de la banda Oeste y sus accesos). Ninguna de las calles indicadas, que conforman el perímetro exterior, está incluida dentro de la zona de Bajas Emisiones.

🕘 ¿Cuál es el horario de la zona de bajas emisiones de ZBE La Cartuja?

El horario de estas restricciones es de lunes a viernes, no festivos, de 7 horas a 19 horas.

🚦 ¿Cómo se señaliza la zona de bajas emisiones de Sevilla?

Se usará nueva señal vertical creada por la DGT, de fácil identificación y que permita a los ciudadanos saber que se aproximan o acceden a una ZBE, así como las restricciones de circulación que les afectan.

La señal informa que está prohibida la entrada a vehículo de motor, excepto aquellos vehículos que dispongan del distintivo ambiental indicado por la entidad local en la parte inferior de la señal.

Además, se instalará paneles informativos interactivos.

📸 ¿Dónde están las cámaras que controlan el acceso a la ZBE de Sevilla?

En este momento no está definido donde van a estar situadas las cámaras de la ZBE de Sevilla.

Durante los primeros meses primará la labor de concienciación e información sobre las ZBE, donde se restringe la entrada a los vehículos más contaminantes.

Este control será realizado por parte de la Policía Local hasta que se instale el control electrónico (con cámaras) previsto y con presupuesto adjudicado.

✅ ¿Qué coches pueden entrar en la ZBE de Sevilla?

Podrán entrar todos los vehículos excepto los etiquetados A (que no tienen derecho a distintivo), por regla general vehículos de gasolina matriculados antes del 2000 y diesel anteriores a 2006. Estos vehículos no podrán circular por las dos áreas establecidas, Norte y Sur.

Excepciones que sí pueden circular. Adicionalmente, podrán acceder al interior del recinto delimitado de las zonas de bajas emisiones, por razón de su potencial contaminante, aquellos vehículos que aunque no cuenten con el distintivo ambiental exigible en el régimen general, se encuentren encuadrados en una o más de los siguientes criterios:

Excepciones por categoría de homologación.

  1. Motocicletas y ciclomotores.
    • Motocicletas y ciclomotores (vehículos de categoría L1, L1e, L3, L3e), sin necesidad de registro previo.
  2. Vehículos de transporte de mercancías de M.M.A.>3.500 kg (artículo 9.14 O.C.)
    • Vehículos destinados al transporte de mercancías de M.M.A. mayor a 3.500 kg, y menor o igual a 12.000 kg (vehículos de categoría N2), sin necesidad de registro previo.
    • Vehículos destinados al transporte de mercancías de M.M.A. mayor a 12.000 kg (vehículos de categoría N3), previa autorización expresa, mediante solicitud dirigida a la Delegación competente en materia de movilidad.
  3. Vehículos de transporte viajeros y sus equipajes de más de 8 plazas de asiento además del conductor (artículo 9 O.C.)
    • Vehículos de categoría M que tengan más de 8 plazas de asiento además del conductor, cualquier que sea su M.M.A (vehículos de categoría M2 y M3), con independencia que presten servicio regular o discrecional, de uso general o especial. Sin necesidad de registro previo.

Excepciones por criterio de utilización y otras circunstancias.

  1. Bicicletas, Ciclos y Vehículos de Movilidad Personal.
    • Bicicletas, ciclos y ciclos de pedaleo asistido, y vehículos de movilidad personal, sin necesidad de registro previo.
  2. Residentes y usuarios de plaza de garaje (arts. 10 al 15 de la O.C. Autorizaciones Tipo A y B).
    • Acreditados Tipo A (Residentes): conforme a los requisitos que establece la Ordenanza de Circulación en sus artículos 10, 11 y 12. Requieren de registro previo en el Distrito Municipal.
    • Acreditados Tipo B (Usuarios plaza garaje en zona restringida): conforme a los requisitos que establece la Ordenanza de Circulación en sus artículos 13, 14 y 15. Requiere de registro previo en el Distrito Municipal.
  3. Vehículos que transporten o recojan a Personas de Movilidad Reducida (arts. 9.10 y 9.15 O.C.).
    • Requiere de registro previo de la persona titular de la tarjeta de PMR, y comunicación/autorización previa al acceso de vehículos, en la que indicará matrícula del mismo.
    • Sólo un vehículo puede permanecer en el interior de la zona de bajas emisiones por cada usuario acreditado de PMR. Hasta que no abandone la zona no puede comunicar uno nuevo.
    • La acreditación/alta de la persona titular de tarjeta de PMR se llevará a cabo mediante solicitud dirigida a la Delegación competente en materia de Movilidad en la que se aporten los documentos acreditativos de dicha circunstancia.
  4. Vehículos vinculados a Actividad Económica de empresas ubicadas en el interior de la zona de bajas emisiones (artículo 16.6 O.C. autorización Tipo C)
    • Vehículos vinculados a la actividad económica de empresas ubicadas en el interior de las zonas de tráfico restringido, bajo modalidad de registro previo, mediante solicitud dirigida a la Delegación competente en materia de Movilidad en la que se aporten los documentos acreditativos de dicha circunstancia.
  5. Vehículos de emergencias, y asistencia sanitaria (artículo 9 O.C.).
    • Vehículos pertenecientes a los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado.
    • Vehículos de bomberos.
    • Vehículos de protección civil y salvamento.
    • Ambulancias, de tipo asistencial o no asistencial.
    • No requieren de registro previo, siempre y cuando su uso se encuentre debidamente recogido en los dos últimos dígitos del código de clasificación en la ficha técnica del vehículo. En caso contrario, requerirá de autorización previa.
  6. Vehículos destinados a transporte público de viajeros en vehículos de turismo (artículo 9 O.C.)
    • Vehículos destinados a transporte público de viajeros en vehículos de turismo (Taxi), hasta el 15 de febrero de 2023, coincidiendo con el final del plazo establecido por el Decreto 84/2021, de 9 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo, aprobado por el Decreto 35/2012, de 21 de febrero, por el cual se establece un su disposición transitoria tercera, sobre antigüedad y sustitución de los vehículos, un plazo de dos años desde la entrada en vigor del mismo para la sustitución de vehículos con más de doce años de antigüedad a contar desde su primera matriculación. Sin necesidad de registro previo.
  7. Aparcamientos públicos en régimen de rotación (artículo 9 O.C.)
    • Podrán acceder al interior de las zonas de bajas emisiones todos aquellos vehículos con destino a alguno de los estacionamientos de uso público en régimen de rotación ubicados en su interior, con independencia del distintivo ambiental de los mismos.
    • La comprobación del destino de los vehículos se llevará a cabo mediante cotejo de matrículas captadas por el sistema de reconocimiento de matrículas del sistema automatizado de control de accesos, con el sistema de reconocimiento de matrículas de los aparcamientos.
  8. Vehículos que transporten pacientes para su atención por motivo de urgencias o alta hospitalaria (artículo 16 O.C.)
    • Vehículos que trasladen pacientes para su atención por motivo de urgencias o alta hospitalaria, bajo la modalidad de registro posterior, que deberá de producirse en el plazo de 48 horas desde el acceso no autorizado previamente a la zona de bajas emisiones, mediante el procedimiento que de forma coordinada se establezca con los centros médicos ubicados en el interior de la zona restringida que presten este tipo de servicios.
  9. Otros casos conforme a lo establecido en los arts. 9 y 16 O.C.). No requieren de registro previo, siempre y cuando su uso se encuentre debidamente recogido en los dos últimos dígitos del código de clasificación en la ficha técnica del vehículo. En caso contrario, requerirá de registro previo, mediante solicitud dirigida a la Delegación competente en materia de Movilidad en la que se aporten los documentos acreditativos de dicha circunstancia.
    • Vehículos de servicios municipales (Parques y jardines, Limpieza Viaria y recogida de residuos urbanos, Alumbrado Público, Conservación de pavimentos, Abastecimiento y saneamiento de aguas, Señalización, Semáforos, etc), pertenecientes a parque móvil municipal, o empresas contratistas de servicios públicos municipales.
    • Vehículos blindados de transporte de fondos y gestión de efectivo
    • Vehículos de servicios médicos acondicionados para funciones sanitarias (análisis, radioscopia, urgencias, etc.)
    • Vehículos Funerarios
    • Grúas de asistencia en carretera
    • Vehículos taller
    • Vehículos de RTV
    • Vehículos nupciales
    • Vehículos de transporte de personas a centros de estancia diurna

Otros casos no recogidos de forma expresa en la ordenanza, previa petición expresa por parte del interesado que justifique la necesidad de acceso al margen de alguna de las modalidades contempladas.

❌ ¿Qué coches no pueden entrar en la zona de bajas emisiones de Sevilla?

En la primera fase, no podrán entrar los vehículos de categoría/etiqueta A (que no tienen derecho a distintivo). Por regla general, son vehículos de gasolina matriculados antes del 2000 y diésel anteriores a 2006. Estos vehículos no podrán circular por las dos áreas establecidas, Norte y Sur.

Para conocer las excepciones, visite la sección ¿Qué coches pueden entrar en la ZBE de Sevilla?

🚗 ¿Cómo solicitar una autorización para circular por la ZBE de Sevilla?

Para que los vehículos más contaminantes puedan circular por la ZBE de Barcelona, se ha creado una serie de declaraciones responsables para las excepciones. Los vehículos se hayan presentado la declaración responsable, podrán circular por la zona de bajas emisiones desde su presentación.

  • Vehículos que transportes o recojan a Personas con Movilidad Reducida (Art. 9.10 y 9.15 O.C). Deberá rellenar la DECLARACIÓN RESPONSABLE Modelo M021 y presentarla a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla eligiendo el icono «Tráfico, Transporte y Taxi» y el procedimiento «Acceso ZBE Cartuja Norte-Sur. Declar. Responsable».
  • Vehículos vinculados a Actividad Económica de empresas ubicadas en el interior de la zona de bajas emisiones (art. 16 .6 O.C Autorización Tipo C). Deberá rellenar la DECLARACIÓN RESPONSABLE Modelo M022 y presentarla a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla eligiendo el icono «Tráfico, Transporte y Taxi» y el procedimiento «Acceso ZBE Cartuja Norte-Sur. Declar. Responsable».

💶 Información sobre multas de la ZBE de Sevilla

El Ayuntamiento de Sevilla amplía la fase de información de la Zona de Bajas Emisiones de la Cartuja hasta el 30 de junio. A partir del 1 de julio, se empezará a sancionar.

En esta sección encontrarás toda la información sobre el importe de las multas por entrar sin autorización en una zona de bajas emisiones, como recurrir una multa o, si fuera el caso, como pagar una multa de una ZBE.

¿Cuáles son las multas por entrar sin autorización en la ZBE de Sevilla?

El acceso no permitido a una zona de bajas emisiones constituye una infracción grave, que será sancionado con multa de 200 euros (100 euros si es caso de pronto pago, si se abona en los primeros 20 días naturales).

Esta sanción no conlleva retirada de puntos del carnet de conducir.

Esta información proviene del artículo 76.z3) de la Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

¿Cómo recurrir una multa de la ZBE de Sevilla?

Las multas por acceder sin autorización a una zona de bajas emisiones son un auténtico quebradero de cabeza para la mayoría de personas, debido muchas veces a despistes o desconocimiento.

En ocasiones los sistemas informáticos no funcionan correctamente y es necesario recurrir una multa injusta por acceder a una zona de bajas emisiones.

¿Cómo pagar una multa de la ZBE de Sevilla?

Si te llega alguna multa por acceder a una zona de bajas emisiones y quieres saber como pagarla puedes ver este artículo:

♿ ¿Pueden acceder los coches de personas de movilidad reducida en la zona de bajas emisiones de Sevilla?

En la ZBE, los vehículos que transporten o recojan a Personas de Movilidad Reducida (arts. 9.10 y 9.15 O.C.) podrán circular por las ZBE sin tener en cuenta el distintivo ambiental del vehículo. Para ello, se requiere hacer un registro previo de la persona titular de la tarjeta de PMR, y comunicación/autorización previa al acceso de vehículos, en la que indicará matrícula del mismo.

Además, sólo un vehículo puede permanecer en el interior de la zona de bajas emisiones por cada usuario acreditado de PMR. Hasta que no abandone la zona no puede comunicar uno nuevo.

La acreditación/alta de la persona titular de tarjeta de PMR se llevará a cabo mediante solicitud dirigida a la Delegación competente en materia de Movilidad en la que se aporten los documentos acreditativos de dicha circunstancia.

🏍️ ¿Pueden acceder o circular las motos en la zona de bajas emisiones de Sevilla?

Todas las motocicletas y ciclomotores (vehículos de categoría L1, L1e, L3, L3e), podrán circular por la ZBE, independientemente de su pegatina/distintivo ambiental

🚚 ¿Cómo afecta a los vehículos profesionales la zona de bajas emisiones de Sevilla?

Los vehículos de servicio público, como taxis y autobuses, deberían poder circular sin restricciones, así como aquellos vehículos que trasladen a personas con movilidad reducida.

Un punto que va a ser importante decidir en la regulación es el grado de permeabilidad que tendrán los vehículos de reparto de mercancías sobre la ZBE.

🌍 ¿Pueden entrar los vehículos con matrícula extranjera en la zona de bajas emisiones de Sevilla?

Ahora mismo, depende de la regulación municipal. Por ejemplo en Barcelona, siempre tienes que registrar previamente el vehículo, además de comprobar que cumple los requisitos ambientales necesarios. Si los cumple, podrá circular libremente. Si no los cumple, hay que pedir una autorización diaria, con un máximo de 10 autorizaciones al año para circular dentro de la zona de bajas emisiones Rondas de Barcelona.

En el caso de ser un vehículo de un país donde ya hay una catalogación ambiental (como por ejemplo, Alemania, Austria, Dinamarca, Francia), el propietario puede consultar la pegatina equivalente para saber que si puede circular por la ZBE.

Esta es la mecánica habitual en otras ciudades donde ya están funcionando zonas de bajas emisiones. No obstante, cuando se apruebe la ordenanza municipal que regule este aspecto, quedará aclarado que va a ocurrir en la ZBE de Sevilla.

🚙 ¿Pueden circular los vehículos históricos en la ZBE de Sevilla?

Los vehículos históricos no pueden circular dentro de la zona de bajas emisiones, excepto para atravesarla si se dirige a un parking de pago o si el propietario esté domiciliado dentro de la ZBE, ya que es la mecánica habitual en otras ciudades donde ya están funcionando zonas de bajas emisiones.

A día de hoy, el caso excepcional son los vehículos nupciales.

🚘 ¿Puedo circular con un vehículo de alquiler en la ZBE de Sevilla?

Al igual que los vehículos históricos, un coche de alquiler que se dirija a un parking de pago podrá circular por la ZBE para esa finalidad.

Hay otro caso a tener en cuenta: si una persona con domicilio dentro de la ZBE y que eventualmente estuviera conduciendo un coche de alquiler por la ZBE. En ese caso tendría que demostrar dónde vive y el contrato de alquiler en algún tipo de oficina o registro. Esta es la mecánica habitual en otras ciudades (sobre todo las turísticas) donde ya están funcionando zonas de bajas emisiones.

❓ Preguntas frecuentes zona bajas emisiones Sevilla

Dentro de las adaptaciones que tendrá crear Sevilla, la normativa tendrá que responder a varias de las preguntas/interrogantes que plantea:

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