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Tanto si quieres salvar las ballenas, como si quieres defender los derechos de las mujeres o bien trabajar en favor de la infancia, la forma legal que necesitas para ello es la de una ONG. Y aunque parezca difícil crear una de estas asociaciones sin ánimo de lucro es bastante más sencillo de lo que parece, si bien el proceso burocrático puede llegar a ser farragoso. Con esta guía te aclaramos los pasos necesarios para que tu proyecto llegue a buen término.

Parte 1
Parte 1 de 2:

Definir la ONG

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  1. Sea cual sea tu objetivo como asociación o como ONG es obvio que necesitaras de un ideario: de unas propuestas, ideas y objetivos que te permitan organizar tu asociación y definir cuáles van a ser las líneas de trabajo de la misma. Es obvio que el ideario de una asociación cultural no será el mismo que el de una asociación animalista. Por eso, una vez que hayas determinado el objetivo y tu ideario es necesario ubicar tu asociación dentro de un sector concreto: mujer, salud, cultura, deporte, educación, etc. Si tienes dudas entre dos sectores siempre es mejor escoger el general. De hecho esta ubicación es importante porque será la referencia que tendrás a la hora de hacer gestiones y obtener subvenciones. Por tanto, cuanto más general mejor.
  2. Una vez que tengas listos el ideario y los objetivos de la asociación es el momento de elaborar los estatutos. Estos estatutos establecen las normas de funcionamiento de la ONG, los objetivos de la misma, los diferentes cargos de representación existentes (presidente, secretario, etc.), así como otros elementos de interés. Tales estatutos deben cumplir lo establecido por la Ley Orgánica 1/2002 por lo que lo recomendable es usar un modelo base que el Ministerio de Interior ofrece a los interesados, y sobre el realizar las modificaciones necesarias.
  3. Una vez que tengas los estatutos listos es el momento de crear el acta fundacional. Este documento es el que da vida, administrativamente, a la asociación, por lo que debes tener cuidado en su cumplimentación. El acta fundacional incluye, entre otros, los datos de los socios fundadores y los primeros cargos de representación de la ONG (presidente, secretario, etc.) y la aceptación de los estatutos como elementos que rigen el funcionamiento de la ONG. Tanto los estatutos como el acta fundacional debe ser firmada en todas las páginas por los socios fundadores para proceder a su registro posterior ante la administración.
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Parte 2
Parte 2 de 2:

Registrar la ONG

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  1. Aunque la asociación ya existe desde el momento de la firma del acta fundacional, a los efectos legales es necesario inscribir la asociación. Para hacerlo es necesario aportar tanto la copia de los estatutos que ya hemos firmado, como la del acta fundacional, y los documento de identidad de los firmantes. Esta documentación debe presentarse ante la Delegación de Gobierno o de Justicia de la comunidad autónoma de la comunidad autónoma donde tenga la sede la asociación y debe acompañarse del modelo de solicitud que esa administración haya establecido.
    • Si la ONG o asociación que pretendes inscribir va a realizar actividades a nivel nacional, para toda España, el registro debe realizarse también ante el Ministerio del Interior, enviando la documentación requerida a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, Registro Nacional de Asociaciones situado en la Calle Amador de los Ríos, 7 de Madrid 28010 o bien a través de Internet en la siguiente dirección: Procedimientos para asociaciones
  2. Si tu municipio dispone de un registro municipal de asociaciones es recomendable registrarse también en él para poder participar de los aspectos correspondientes al objeto en que trabaje tu ONG. Puedes conocer si existe este registro municipal consultando a los responsables de participación ciudadana de tu ayuntamiento.
  3. Puesto que las asociaciones y ONG, como entidades independientes que son, tienen gastos y reciben ingresos es necesario que la asociación disponga de su propio CIF. Para ello es necesario acudir a la oficina de hacienda más cercana y cumplimentar el modelo 036, aportando además una copia de los estatutos y del acta fundacional. En hacienda te entregarán un CIF provisional, debiendo regresar a por el definitivo una vez se hayan visado los estatutos y el acta fundacional. Con este CIF, no obstante, ya puedes empezar a operar, abrir cuentas corrientes y registrar ingresos y gastos.
  4. En el momento de rellenar el documento 036 también vas a determinar el régimen fiscal de tu ONG. Por su carácter estas asociaciones tienen la exención de pago del impuesto de sociedades siempre que sus ingresos se destinen a la consecución de los objetivos marcados. Pero es necesario indicar tal exención dentro del documento, así que no olvides indicarlo.
  5. Todas las ONG y asociaciones cuentan con voluntarios en sus filas. Para que esos voluntarios estén legalmente reconocidos es necesario que la asociación esté inscrita como entidad de voluntariado. Para hacerlo es necesario dirigirse al registro de entidades de voluntariado, al cual nos dirigiremos igual que hicimos para el registro de la asociación, al órgano correspondiente de nuestra comunidad, bien en Justicia o Gobernación. Si tienes previsto operar en varias comunidades autónomas es necesario que te registres en cada registro autonómico donde vayas a trabajar.
  6. Una vez que hayas cumplido todos estos procesos tu ONG ya estará legalmente autorizada para funcionar. Sin embargo, para que siga siendo legal no debes olvidarte de tus obligaciones tales como llevar un libro de socios debidamente actualizado, llevar la contabilidad de la asociación y presentar tus declaraciones de IVA (si procede) o de sociedades, llevar el libro de voluntarios, etc.
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Consejos

  • No olvides que tanto los estatutos como el acta fundacional original debe serte devuelta por la administración debidamente sellados y visados, debiendo conservarse como referencia.
  • Si cambia la junta directiva, el domicilio social o cualquier otro aspecto de la asociación no olvides notificarlo a las diferentes administraciones.
  • Si tienes previsto contratar personal legalmente será necesario que la ONG se inscriba también en la seguridad social, para poder realizar contratos legales.
  • Cada organismo regional, provincial o municipal puede pedir diversos documentos cada año para mantener activo el registro. Tenlos en cuenta para no perder la validad de la inscripción.
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Referencias

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