Art. 210 Ley General de Sociedades Mercantiles de la Federación Artículo 210 La sociedad en comandita por acciones podrá existir bajo una razón social, que se formará con los no - Legislación mexicana 2021

Ley General de Sociedades Mercantiles Artículo 210 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley General de Sociedades Mercantiles Federal
Artículo 210.

La sociedad en comandita por acciones podrá existir bajo una razón social, que se formará con los nombres de uno o más comanditados seguidos de las palabras y compañía u otros equivalentes, cuando en ellas no figuren los de todos. A la razón social o a la denominación, en su caso, se agregarán las palabras “Sociedad en Comandita por Acciones”, o su abreviatura “S. en C. por A”.

Federal de México Artículo 210 Ley General de Sociedades Mercantiles
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