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Por medio de una petición de familiares a Estados Unidos, los familiares de ciudadanos y residentes permanentes pueden obtener una Green Card. Esto les permitirá viajar y vivir en EE. UU. de manera legal.

Si desean traer a sus familiares nuestro bufete de abogados de inmigración en New Jersey les ayudará con todo este proceso de petición de familiares a Estados Unidos. Tenemos más de 10 años de experiencia reuniendo a familias.

Llame hoy mismo y obtenga una consulta privada, la abogada Carolina Curbelo y la abogada Sharon A. Lieberman están listas para ayudarlo.

Le ayudamos en la petición de familiares a Estados Unidos para 2024

En Curbelo Law hemos manejado todo tipo de peticiones familiares en los Estados Unidos. Le animamos a navegar por nuestro blog, tenemos varias publicaciones que tratan asuntos de inmigración basados ​​en la familia. Estos están destinados a ser informativos, pero no sustituyen el asesoramiento legal. Para obtener asistencia calificada contáctenos directamente por correo electrónico o por teléfono.

Léalos atentamente para obtener información amplia y recuerde que para ayudarle en su situación particular debe contactarnos directamente por correo electrónico o por teléfono. Como inmigrantes latinos y con más de 10 años de experiencia en estos asuntos, estamos listos para brindarle el apoyo legal que necesita.

si soy ciudadana americana puedo pedir a mis padres

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Si es ciudadano o ciudadana americano(a) le contamos todo lo que debe saber para pedir a sus padres a Estados Unidos.

requisitos para pedir a mi esposo, soy ciudadana americana

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En este artículo encontrará información concreta para ciudadanos americanos o residentes permanentes legales que desean traer al cónyuge a EE. UU.

Soy residente o ciudadano americano y quiero pedir a mi hijo

Si es ciudadano estadounidense o residente permanente legal y desea traer a su hijo o hijos a los EE. UU., revise este artículo.

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Preguntas frecuentes sobre el patrocinio de un hermano para la ciudadanía estadounidense.

Tabla de ingresos para patrocinar a un familiar 2024

A continuación, le mostraremos los ingresos necesarios para patrocinar a un familiar a EE. UU:

Para los 48 estados contiguos de Estados Unidos

Cantidad de familiares a patrocinar100% de las guías de pobreza del HHS125% de las guías de pobreza de HHS
Aplica solo para patrocinadores militares estadounidenses que solicitan a su cónyuge o hijosPara los demás patrocinadores
2$20,440$25,550
3$25,820$32,275
4$31,200$39,000
5$36,580$45,725
6$41,960$52,450
7$47,960$59,175
8$52,720$65,900
$5,380 por cada individuo adicional.$6,725 por cada individuo adicional.

Esto también aplica para Guam, Distrito de Columbia, Puerto Rico, Las Islas Vírgenes de EE. UU. y la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte.

Hawaii

Cantidad de familiares a patrocinar100% de las guías de pobreza del HHS125% de las guías de pobreza de HHS
Aplica solo para patrocinadores militares estadounidenses que solicitan a su cónyuge o hijosPara los demás patrocinadores
2$23,500$29,375
3$29,690$37,113
4$35,880$44,850
5$42,070$52,588
6$48,260$60,325
7$54,450$68,063
8$60,640$75,800
$6,190 por cada individuo adicional.$7,738 por cada individuo adicional.

Alaska

Cantidad de familiares a patrocinar100% de las guías de pobreza del HHS125% de las guías de pobreza de HHS
Aplica solo para patrocinadores militares estadounidenses que solicitan a su cónyuge o hijosPara los demás patrocinadores
2$25,540$31,925
3$32,270$40,338
4$39,000$48,750
5$45,730$57,163
6$52,460$65,575
7$59,190$73,988
8$65,920$82,400
$6,730 por cada individuo adicional.$8,413 por cada individuo adicional.

Quizás le interese también revisar nuestra tabla de ingresos y requisitos para el parole humanitario.

¿Cómo traer un familiar a Estados Unidos?

Dependiendo de su estatus migratorio, es posible que pueda patrocinar a un familiar que sea ciudadano extranjero para que obtenga la ciudadanía estadounidense. Para poder traer a un familiar a Estados Unidos, todo dependerá del estatus migratorio del solicitante. Como resultado, esto le permitirá traer a su prometido(a), hijos adoptados o futuros familiares al país.

Como regla general, para traer padres, hermanos, cónyuges, prometidos o hijos a los EE. UU., deberá ser:

  • Ciudadano de Estados Unidos.; o
  • Residente permanente (poseer una Tarjeta Verde); o
  • Beneficiario de refugio o asilo durante al menos 2 años.

Si usted o alguno de sus familiares pertenece a las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos podrá optar por una “ciudadanía para militares”. Además, es posible que hasta califique para programas migratorios exclusivos, como el Parole in Place.

Los familiares directos, como cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres del ciudadano, se encuentran en la categoría de máxima prioridad, y no hay límite para la cantidad de estas visas de inmigrante permitidas cada año.

Sin embargo, los familiares no inmediatos tales como hijos casados, hijos mayores de 21 años o hermanos del ciudadano/residente permanente, se encuentran en una categoría de preferencia más baja. Además, cada año hay disponible un número limitado de visas de inmigrante de este tipo. Por este motivo, es importante que hable con un abogado calificado para evitar demoras o errores costosos.

Para comprender mejor el tema de la petición de familiares a Estados Unidos, revise el proceso para obtener la ciudadanía americana.

¿Un ciudadano americano puede pedir a un familiar?

Un ciudadano americano sí puede pedir a un familiar de manera legal y que estos inicien el proceso para recibir una Green Card, una visa K-1 de prometido de ciudadano americano, o una visa K-3 o visa K-4 (dependiendo de su relación familiar).

Los solicitantes podrán pedir a sus familiares a los EE. UU. y que estos obtengan un alivio migratorio, entre los cuales, nos encontramos con los siguientes:

Una Green Card para familiares de un ciudadano americano

Un familiar de un ciudadano estadounidense puede recibir una Tarjeta Verde como beneficio de inmigración. Los siguientes familiares de un ciudadano estadounidense que pueden obtener una Tarjeta Verde son:

  • Cónyuges.
  • Hijos solteros y menores de 21 años de edad.
  • Hijos casados y mayores de 21 años de edad.
  • Padres (si el ciudadano americano tiene más de 21 años).
  • Hermanos (si el ciudadano americano tiene más de 21 años).

Para realizar este trámite, se necesitará tramitar los siguientes formularios:

Una Visa De Prometido 

La visa de prometido K-1 permite a un ciudadano americano traer al prometido o prometida del ciudadano americano a EE. UU. Por lo tanto, este visado permite solicitar al:

  • Prometido que se encuentra fuera de EE. UU.
  • Hijos del prometido menores de 21 años de edad que se encuentran fuera de EE. UU.

El formulario a tramitar para esta solicitud es el Formulario I-129F, petición de prometido o prometida extranjero(a).

Una Visa De No Inmigrante K-3 O K-4

Este tipo de visa estará disponible para:

  • Cónyuges fuera de EE. UU..
  • Hijos del cónyuge menores de 21 años de edad, fuera de EE. UU.

Para tramitar la solicitud, se requerirá los siguientes documentos:

  • Formulario I-130.
  • Formulario I-129F.

Solicitar una Green Card para un familiar

Para solicitar o reclamar una Green Card para alguno de los familiares, los solicitantes deberán empezar presentando ante USCIS el formulario I-130. Este formulario demostrará la relación existente entre el peticionario y su familiar.

En algunos casos, el formulario I-130 puede presentarse en conjunto con el formulario I-485.

traer a su familia a estados unidos

Familiares que puede pedir como ciudadano americano

Los ciudadanos americanos podrán pedir a los siguientes familiares:

Familiares inmediatos

Los familiares inmediatos de un ciudadano americano, son:

  • Cónyuges.
  • Hijos solteros y menores de 21 años de edad.
  • Padres mayores de 21 años de edad.

De igual manera, los ciudadanos podrán solicitar estos familiares inmediatos sin la necesidad de esperar un número de visa o un turno para ello.

Otros familiares

Los ciudadanos estadounidenses también pueden solicitar otros familiares que no sean familiares inmediatos, siempre y cuando estén asignados a una categoría preferencial. Estas categorías son:

  • Primera preferencia: Hijos adultos mayores de 21 años de edad y solteros.
  • Segunda preferencia (2A): Cónyuge de un residente permanente y sus hijos menores de 21 años de edad.
  • Segunda preferencia (2B): Hijos adultos y solteros de un residente permanente.
  • Tercera preferencia: Hijos casados de cualquier edad.
  • Cuarta Preferencia: Hermanos adultos.

¿Un residente permanente puede pedir a un familiar?

Los residentes permanentes legales en Estados Unidos pueden solicitar algunos de sus familiares, los cuales incluyen:

  1. Cónyuges.
  2. Hijos solteros y menores de 21 años de edad.
  3. Hijos solteros de cualquier otra edad.

Requisitos para solicitar un familiar si es un residente permanente 

Para solicitar a un familiar, el residente permanente legal deberá presentar lo siguiente:

  • Formulario I-130.
  • Algún tipo de comprobante demostrando que es un residente permanente legal.
  • Alguna documentación que demuestre el parentesco con su familiar solicitado. Este documento puede ser:
    • Certificado de nacimiento.
    • Certificado de matrimonio.
    • Certificado de divorcio.
    • Otros documentos similares.
  • Un documento legal de cambio de nombre si el peticionario o su familiar cambió de nombre.
reunificación familiar en estados unidos

Se debe tener en cuenta que cuando un residente permanente solicite a un familiar, se debe presentar la solicitud bajo una categoría preferencial. Estas son:

  • Primera preferencia: Para los hijos mayores de 21 años de edad y solteros de un ciudadano americano.
  • Segunda preferencia (2A): Para el cónyuge de un residente permanente (titular de la Green Card) y sus hijos solteros menores de 21 años de edad. 
  • Segunda preferencia (2B): Los hijos solteros de un residente permanente legal.
  • Tercera preferencia: Los hijos casados de un ciudadano americano sin importar la edad.
  • Cuarta Preferencia: Para los hermanos adultos de un ciudadano americano.

La visa de la categoría preferencial solamente estará disponible con la fecha de prioridad, la cual será la fecha en que se entregó a USCIS el formulario I-130.

Después de presentar la solicitud

  • Si el familiar se encuentra en EE. UU. de manera legal, puede solicitar el ajuste de estatus para conseguir la residencia permanente. Esto se realiza en cuanto haya un número de visa disponible y se presenta la forma I-485.
  • Si el familiar se encuentra fuera de EE. UU, su petición será enviada al Centro Nacional de Visas (NVC), la cual enviará dicha información al consulado o embajada estadounidense. En este punto, el familiar tendrá que realizar el proceso consular para procesar esta solicitud.
  • Según la categoría preferencial, el familiar deberá esperar hasta recibir un número de visa de inmigrante cuando haya presentado la petición.
    • Estos pueden hacer un seguimiento sobre el estatus del caso si desea obtener información actualizada.

Para conocer más información respecto a los requisitos para entrar a Estados Unidos, en nuestro respectivo artículo puede aprender las diferentes vías legales para entrar al país.

Formulario I-130 para petición de familiares a EE. UU.

El formulario I-130 es el primer trámite que se debe presentar a USCIS para conseguir una petición de familiares a Estados Unidos y que su familiar obtenga una Green Card.

  • Esta es una de las maneras de saber cómo conseguir una Green Card. Sin embargo, presentarla o recibir su aprobación no le brindará al familiar ningún estatus o beneficio migratorio. 
  • Por lo general, USCIS aprueba el formulario I-130 si el peticionario demuestra la relación que existe entre él y su familiar. Una vez que sea aprobada la petición, este último podrá convertirse en un residente permanente legal.
  • En caso de que el familiar esté en los Estados Unidos y haya disponibilidad de una visa, este podrá ser elegible para una Green Card mediante el ajuste de estatus.

Consideraciones a tener en cuenta 

  • Dependiendo de la relación familiar, algunos miembros de la familia tendrán que esperar para presentar la solicitud hasta que esté disponible un número de visa.
  • Los familiares directos siempre tendrán un número de visa disponible para que no tengan que esperar.
  • Si el familiar no es elegible para obtener una Tarjeta Verde o vive fuera de los EE. UU., puede solicitar una visa con el Departamento de Estado (DOL) en un consulado o embajada en el país extranjero.

Normalmente las peticiones serán tramitadas conforme el orden de llegada. Además, los solicitantes podrán observar todo esto reflejado en el Boletín de Visas.

Elegibles para el Formulario I-130

Los ciudadanos americanos pueden presentar un formulario I-130 para los:

  • Cónyuges.
  • Hijos.
  • Hermanos.
  • Parientes cercanos.

Los residentes permanentes legales podrán presentar el formulario I-130 para:

  • Cónyuges.
  • Hijos solteros.

No elegibles para el Formulario I-130

Existen familiares que no son elegibles para este formulario ni es posible que logren presentarlo. Entre estos familiares se encuentran:

  • Hijos adoptivos después de haber cumplido los 16 años de edad.
  • Un pariente biológico que obtuvo una Green Card o ciudadanía estadounidense por adopción.
  • Padrastro o hijastro después de que el hijo cumpliera los 18 años de edad.
  • Cónyuge que no estuvo presente físicamente en el matrimonio.
  • Cónyuge que consiguió una Green Card por matrimonio a través de un ciudadano americano o residente permanente.
  • Un cónyuge que se encontraba enfrentando el proceso de deportación en una corte de inmigración.
  • Cualquier familiar que USCIS determinó que se casó simplemente para obtener un tipo de beneficio migratorio en EE. UU.
  • Abuelos, nietos, tíos, primos, suegros o sobrinos. 
preguntas para residencia por matrimonio

Debe demostrarle a USCIS que está en un matrimonio de buena fe, que es un matrimonio comprometido válido. Revise nuestro artículo sobre  preguntas para residencia por matrimonio. También le invitamos a leer el artículo “Me puedo casar en Estados Unidos siendo ilegal”. Esto le brindará amplio conocimiento sobre los procesos legales en EE. UU de cara al matrimonio.

Solicitudes de asilo, Permiso de permanencia temporal o refugio humanitario para familiares de un refugiado o titular de asilo

Los inmigrantes que se encuentran dentro de los Estados Unidos bajo estatus de refugiado en los últimos 2 años o a los que se les concedió estatus de asilo pueden solicitar para ciertos miembros de su familia bajo estatus de refugiado o asilo.

Puede obtener más información sobre cómo solicitar el asilo político en Estados Unidos o qué es el reloj de asilo en nuestros respectivos artículos.

En otras palabras, los inmigrantes refugiados o asilados, podrán solicitar a:

  1. Su cónyuge.
  2. Sus hijos solteros menores de 21 años de edad.

Requisitos de elegibilidad

Los requisitos para poder optar a este tipo de petición son:

  • Si usted es el peticionario, debe ser un asilado o refugiado.
    • No debería haber recibido este estatus de otro familiar, sino que lo recibió directamente.
  • Entró a los EE. UU. como refugiado o asilado en los últimos 2 años.
  • Permanece bajo el estatus de asilado, refugiado o se ha convertido en residente permanente legal (es titular de una Tarjeta Verde).
  • La relación familiar que tenía antes de su mudanza a los EE. UU. como asilado o refugiado.

Adicionalmente, los solicitantes deberán presentar el Formulario I-730, petición de familiar refugiado o asilado sin ningún costo.

¿Usted es víctima de violencia en el hogar y está intentando solicitar asilo por violencia doméstica en Estados Unidos? Descubra más información sobre este tema en nuestro artículo.

Preguntas frecuentas sobre la petición de familiares a Estados Unidos

familiares de soldados de estados unidos

¿Cuánto cuesta presentar una petición familiar? 

El precio que tiene presentar una petición familiar con el formulario I-130 es de unos $535. Esta tarifa puede ser pagada por medio de un giro postal, cheque de cajero o cheque personal, en caso de que la presente en una localidad del USCIS.

De igual manera, puede ser pagada con una tarjeta de crédito con el Formulario G-1450, autorización de transacciones con tarjeta de crédito. En caso de pagar con cheques, podrá hacerlo a nombre del U.S Department of Homeland Security.

¿Cuánto tiempo tarda una petición de familiares?

El plazo para procesar una petición I-130 depende de la relación que usted y su familia tengan y la capacidad de demostrarla en las oficinas de USCIS. Sin embargo, el tiempo aproximado que se tarda puede oscilar entre 6 y 12 meses.

¿Dónde presento una petición para familiares I-130?

Usted podrá enviar una petición I-130 dependiendo de donde viva. USCIS provee una exclusiva tabla de direcciones con todos los lugares donde presentarla.

¿Qué documentos adicionales necesito para presentar una petición familiar?

Por lo general, usted necesitará presentar una petición I-130 junto a documentos adicionales entre los cuales se encuentra un comprobante de que usted es un ciudadano americano. Esto puede ser:

  • Acta de nacimiento (si aplica).
  • Pasaporte estadounidense.
  • Copia de su Green Card.
  • Comprobante de divorcio (si aplica).
  • Justificante de cualquier cambio de nombre (si aplica).
  • Comprobante de nacionalidad de tu cónyuge (si aplica).

¿Puede un ciudadano estadounidense patrocinar a un familiar?

Si usted es un ciudadano estadounidense puede patrocinar los siguientes miembros familiares:

  • Esposo(a).
  • Hijos solteros menores de 21 años.
  • Hijo(a) soltero(a) mayor de 21 años.
  • Hijo(a) casado(a) de cualquier edad.
  • Hermano(a) con al menos 21 años.
  • Madre o padre mayores de 21 años.

¿Puede un titular de la Green Card patrocinar a un familiar?

Si usted ya es un residente legal permanente; es decir, es titular de la Green Card, podrá solicitar los siguientes parientes:

  • Esposo(a).
  • Hijo(a) soltero(a) menor de 21 años.
  • Hijo(a) soltero(a) mayor de 21 años.

¿Qué sucede después de presentar una petición por un familiar?

Si usted ya presentó la petición para familiares y su pariente se encuentra en EE. UU., podrá solicitar un ajuste de estatus para convertirse en un residente legal permanente y obtener su Green Card.

Esto ocurrirá después de tener un número de visa disponible al usar el Formulario I-485 y su petición será enviada al NVC.

¿Puedo solicitar a mi cónyuge del mismo sexo?

Desde el mandato del Presidente Barack Obama, entró en vigor su Ley de Defensa del Matrimonio (DOMA) la cual permite a que las parejas del mismo sexo casadas legalmente puedan recibir los mismos beneficios que cualquier otra pareja.

De igual manera, nuestra firma también es un bufete de abogados de inmigración LGBTQ+ en New Jersey. Por lo tanto, estamos dispuestos a ayudar a los miembros de la comunidad LGBTQ+ en sus asuntos de inmigración..

Experimentados abogados en New Jersey para solicitar una petición de familiares a Estados Unidos

Si está buscando abogados con experiencia en inmigración estadounidense basada en la familia, le invitamos a contactarnos. En Curbelo Law llevamos más de una década ayudando a familias a reunirse con sus seres queridos que están en el extranjero.

Con más de 10 años ayudando a cientos de familias a alcanzar su sueño americano, nuestros expertos podrán asesorarlo durante todo este proceso. Estamos comprometidos con ayudar con todo tipo de solicitudes, incluidos matrimonios entre personas del mismo sexo.

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