DECRETO 1704 DE 2014

DECRETO17042014201409 script var date = new Date(08/09/2014); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CL. N. 49268. 8, SEPTIEMBRE, 2014. PÁG. 7.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOpor el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2014 y se efectúa la correspondiente liquidación.VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO ORDINARIO08/09/201408/09/20144926877

DIARIO OFICIAL. AÑO CL. N. 49268. 8, SEPTIEMBRE, 2014. PÁG. 7.

DECRETO 1704 DE 2014

(septiembre 08)

por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2014 y se efectúa la correspondiente liquidación.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el Congreso de la República de conformidad con el artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1687 de 2013, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2014, el cual se liquidó mediante el Decreto número 3036 de 2013; 

  

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación; 

  

Que el Gobierno de la República Popular China otorga al Gobierno de la República de Colombia una donación, en cumplimiento del Convenio Marco de Cooperación Económica y Técnica entre los dos Gobiernos del 26 de octubre de 1985 y sus derivados suscritos el 6 de abril de 2005 y 16 de febrero de 2009, por valor de $33.000.000 de yuanes de renminbi (RMB) los cuales aplicando la tasa de cambio promedio del primer semestre de 2014 equivalen a $10.000.000.000 de pesos, por lo cual se requiere adicionar al presupuesto de inversión de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia (APC) con los recursos dicha donación; 

  

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del Presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República; 

  

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación; 

  

Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto; 

  

Que la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia (APC), con Oficio número 20141000014321 del 18 de julio de 2014, solicita la incorporación de los recursos donados por la República Popular China por valor de $10.000.000.000; 

  

Que la Oficina del Consejero Económico y Comercial de la Embajada de la República Popular China en la República de Colombia certifica que están disponibles todos los recursos no reembolsables donados por el Gobierno de la República Popular China en cuantía de $33.000.000 de yuanes de renminbi (RMB); 

  

Que el Profesional Especializado 2028-17, con funciones de tesorería de la planta global de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia (APC) certifica que en el Banco de Desarrollo Chino (BDC), están disponibles los recursos; 

  

Que mediante Oficio 20144320001926 del 16 de julio de 2013, el Departamento Nacional de Planeación conceptúa favorablemente sobre la adición de diez mil millones de pesos m/ cte. ($10.000.000.000) al Presupuesto de Gastos de Inversión de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia (APC); 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Adición al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2014, en la suma de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000), según el siguiente detalle: 

  

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN 

  

II. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS 

10.000.000.000 

0209 AGENCIA PRESIDENCIAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE COLOMBIA (APC)  

B. RECURSOS DE CAPITAL 

10.000.000.000 

  


Artículo 2°. Adición al Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones. Adiciónase el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 10 de enero al 31 de diciembre de 2014, en la suma de diez mil millones de pesos m/cte. ($10.000.000.000), según el siguiente detalle: 

  

CTA PROG 

SUBC SUBP 

CONCEPTO 

APORTE NACIONAL 

RECURSOS PROPIOS 

TOTAL 

SECCIÓN 0209 

AGENCIA PRESIDENCIAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE COLOMBIA (APC) 

C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN 

10.000.000.000 

10.000.000.000 

540 

  

COORDINACIÓN, ADMINISTRACIÓN, PROMOCIÓN Y/O SEGUIMIENTO DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y/O FINANCIERA PARA APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO 

  

10.000.000.000 

10.000.000.000 

1000 

  

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 

  

10.000.000.000 

10.000.000.000 

TOTAL PRESUPUESTO SECCIÓN  

10.000.000.000 

10.000.000.000 

  


Artículo 3°. Liquidación de la Adición del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2014, en la suma de diez mil millones de pesos m/cte. ($10.000.000.000) según el siguiente detalle: 

  

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN 

  

II. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS 

10.000.000.000 

0209 AGENCIA PRESIDENCIAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE COLOMBIA (APC)  

B. RECURSOS DE CAPITAL 

10.000.000.000 

  


Artículo 4°. Liquidación de la Adición del Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones. Adiciónase el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2014, en la suma de diez mil millones de pesos m/cte. ($10.000.000.000), según el siguiente detalle: 

  

SUBC SUBP 

CONCEPTO 

APORTE NACIONAL 

RECURSOS PROPIOS 

TOTAL 

SECCIÓN 0209 

AGENCIA PRESIDENCIAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE COLOMBIA (APC 

  

10.000.000.000 

10.000.000.000 

  

COORDINACIÓN, ADMINISTRACIÓN, PROMOCIÓN Y/O SEGUIMIENTO DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y/O FINANCIERA PARA APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO 

10.000.000.000 

10.000.000.000 

  

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 

10.000.000.000 

10.000.000.000 

  

10.000.000.000  

10.000.000.000 

  


Artículo 5°. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto. 

  


Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá D. C., a 8 de septiembre de 2014. 

  

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Mauricio Cárdenas Santamaría. 

  


DETALLE DE LA COMPOSICIÓN DEL PRESUPUESTO DE RENTAS 

  

CONCEPTOS 

TOTAL  

II. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS  

10.000.000.000  

3. RECURSOS DE CAPITAL  

10.000.000.000  

32 DONACIONES 

10.000.000.000 

TOTAL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL  

10.000.000.000  

  

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN 

  

CTA. PROG 

SUBC. SUBP 

OBJ. 

ORD. 

REC. 

CONCEPTO 

APORTE NACIONAL 

RECURSOS PROPIOS 

TOTAL 

SECCIÓN 0209 

AGENCIA PRESIDENCIAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE COLOMBIA (APC) 

  

  

  

TOTAL PRESUPUESTO 

10.000.000.000 

10.000.000.000 

  

  

  

C. INVERSIÓN 

10.000.000.000 

10.000.000.000 

540 

  

  

COORDINACIÓN, ADMINISTRACIÓN, PROMOCIÓN Y/O SEGUIMIENTO DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y/O FINANCIERA PARA APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO 

  

1000 

  

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 

  

  

  

  

ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y/O FINANCIERA NO REEMBOLSABLE A NIVEL NACIONAL - DISTRIBUCIÓN PREVIO CONCEPTO DNP 

10.000.000.000 

10.000.000.000 

  

  

25 

DONACIONES 

10.000.000.000 

10.000.000.000 

TOTAL 

10.000.000.000 

10.000.000.000