SAT: Declaración patrimonial 2022 ¿Quiénes están obligados?
Economía

SAT: Declaración patrimonial 2022 ¿Quiénes están obligados?

Ley General de Responsabilidades Administrativas establece quiénes están obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses

Por Metztli Molina

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Las declaraciones de situación patrimonial y de intereses son una obligación para todas las personas servidoras públicas, es decir, todas aquellas que desempeñen un empleo cargo o comisión en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y empresas productivas del Gobierno.

De acuerdo a lo que señala el último párrafo del artículo 108 Constitucional de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, están obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial todos los servidores públicos.

¿Qué incluyen las declaraciones patrimoniales?

La declaración inicial debe presentarse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del:

  • Ingreso al servicio público por primera vez.
  • Reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo.

Asimismo, todos los servidores públicos deben presentar la declaración de modificación patrimonial, durante el mes de mayo de cada año, y la declaración de conclusión del encargo, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión.

En el caso de cambio de dependencia o entidad en el mismo orden de gobierno, únicamente se dará aviso de dicha situación y no será necesario presentar la declaración de conclusión.

Cabe señalar que, de acuerdo a lo señalado por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, mediante acuerdo publicado el día 24 de diciembre de 2019, a los servidores públicos de la Administración Pública Federal, que ya les sea exigible la presentación de la declaración de situación patrimonial y de intereses, deberán realizarlo a través del nuevo sistema DeclaraNet.

¿Qué pasa si no se presenta la declaración patrimonial y de intereses?

De no presentarse  la declaración patrimonial en cualquiera de sus tres modalidades, en los plazos correspondientes sin causa justificada, se iniciará inmediatamente la investigación por presunta responsabilidad por la comisión de las faltas administrativas correspondientes y se requerirá por escrito al servidor público el cumplimiento de dicha obligación.

Así lo establece la Ley General de Responsabilidades Administrativasen su artículo 33, mismo que también refiere que,  si se le hubiere requerido al servidor público su cumplimiento y continúe la omisión por un periodo de 30 días naturales siguientes a la fecha en que se le hubiere notificado el requerimiento, tratándose de la declaración inicial y de modificación patrimonial se podrá dejar el nombramiento o contrato sin efectos, debiendo notificar lo anterior al titular del Ente público correspondiente para separar del cargo al servidor público.

Por otro lado, para el caso de omisión, sin causa justificada, en la presentación de la declaración de conclusión, se inhabilitará al servidor público de tres meses a un año.

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Metztli Molina

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