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DOF: 02/02/2022
MANUAL de Organización General de la Secretaría de Economía

MANUAL de Organización General de la Secretaría de Economía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA
Con fundamento en los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de esta Secretaría, he tenido a bien expedir el siguiente
MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA
1.     PRESENTACIÓN
2.     RESPONSABILIDADES
3.     ANTECEDENTES
4.     MARCO JURÍDICO
5.     CULTURA ORGANIZACIONAL
6.     ATRIBUCIONES
7.     ESTRUCTURA ORGÁNICA
8.     ORGANIGRAMA
9.     FUNCIONES Y OBJETIVOS
Funciones generales
1.0    Secretaria
1.0.1    Unidad de Administración y Finanzas
1.0.1.1    Dirección General de Programación, Presupuesto y Contabilidad
1.0.1.2    Dirección General de Recursos Humanos
1.0.1.3    Dirección General de Recursos Materiales y Archivo
1.0.1.4    Dirección General de Tecnologías de la Información
1.0.2    Unidad de Apoyo Jurídico
1.0.2.0.1    Coordinación de Convenios y Contratos
1.0.2.0.2    Coordinación de lo Contencioso
1.0.2.1    Dirección General de Legislación y Consulta
1.0.2.2    Dirección General de Procedimientos Constitucionales y Legales
1.0.3    Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia
1.0.3.1    Dirección General de Normas
1.0.3.1.1    Coordinación de la Infraestructura de la Calidad
1.0.3.2    Dirección General de Normatividad Mercantil
1.0.3.2.1    Coordinación de Política Mercantil
1.0.3.3    Dirección General de Competitividad y Competencia
1.0.3.4    Dirección General de Apoyo Técnico
1.0.4    Unidad de Coordinación de Actividades Extractivas
1.0.4.1    Dirección General de Desarrollo Minero
1.0.4.2    Dirección General de Minas
1.0.5    Unidad de Prospectiva, Planeación y Evaluación
1.0.5.1    Dirección General de Innovación de Trámites
 
1.0.5.2    Dirección General de Planeación y Evaluación
1.0.5.3    Dirección General de Vinculación con el Sector Coordinado
1.0.5.4    Dirección General de Coordinación Territorial de Trámites y Servicios de Economía
1.0.5.4.1    Oficinas de Representación en las entidades federativas
1.0.6    Unidad de Desarrollo Productivo
1.0.6.1    Dirección General de Control y Procedimientos
1.0.6.2    Dirección General de Desarrollo Productivo
1.0.6.3    Dirección General de Financiamiento y Apoyo
1.0.6.4    Dirección General de Operación
1.0.6.5    Dirección General de Seguimiento a Compromisos Institucionales
1.0.7    Oficina de Comunicación Social
1.0.8    Oficina de Enlace Legislativo
1.1    Subsecretaría de Industria y Comercio
1.1.1    Unidad de Fomento y Crecimiento Económico
1.1.2    Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales
1.1.2.0.1 Coordinación de Análisis Financiero y Contable
1.1.2.0.2 Coordinación de Daño y Salvaguardas
1.1.2.0.3 Coordinación de Dumping y Subvenciones
1.1.2.0.4 Coordinación Jurídica
1.1.2.0.5 Coordinación Jurídica Internacional
1.1.2.1    Dirección General de Defensa Comercial Internacional
1.1.3    Dirección General de Contenido Nacional y Fomento en el Sector Energético
1.1.4    Dirección General de Industrias Ligeras
1.1.5    Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología
1.1.6    Dirección General de Innovación, Servicios y Comercio Interior
1.2    Subsecretaría de Comercio Exterior
1.2.1    Unidad de Inteligencia Económica Global
1.2.1.1    Dirección General Inversión Extranjera
1.2.1.1.1 Coordinación del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
1.2.1.2    Dirección General de Política de Promoción de Inversiones y Exportación
1.2.2    Unidad de Negociaciones Comerciales Internacionales
1.2.2.1    Dirección General de Comercio Internacional de Servicios e Inversión
1.2.2.2    Dirección General de Disciplinas de Comercio Internacional
1.2.2.3    Dirección General de Sistemas de Información Estadística de Comercio Internacional
1.2.3    Dirección General de Acceso a Mercados de Bienes
1.2.4    Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional
1.2.5    Dirección General de Planeación y Estrategias de Negociación
1.2.6    Dirección General de Seguimiento, Administración y Supervisión del Cumplimiento de Tratados Comerciales
1.2.7    Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior
 
10.   DISPOSICIONES TRANSITORIAS
1. PRESENTACIÓN
El artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señala que los manuales y demás instrumentos de apoyo administrativo necesarios para el funcionamiento interno de las Secretarías de Estado, deberán mantenerse permanentemente actualizados. Asimismo, señala que los manuales de organización general deben ser publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El Manual de Organización General de la Secretaría de Economía (MOG) tiene por objeto dar a conocer la organización de esta Secretaría, servir como fuente de referencia e instrumento de consulta para los servidores públicos de la misma en el ejercicio de sus funciones, asimismo, brindar información de la Dependencia a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las de los gobiernos estatales y municipales, así como a todas las organizaciones públicas y privadas y a la ciudadanía en general.
El MOG tiene los siguientes objetivos:
·  Proporcionar información respecto de los antecedentes históricos, las disposiciones jurídicas competencia de la Secretaría y su estructura orgánica.
·  Dar a conocer al personal de la Dependencia los principios y valores que rigen la cultura organizacional para su aplicación en las actividades cotidianas.
·  Describir la misión, los objetivos y las funciones de cada unidad administrativa comprendida en la estructura básica de la Secretaría, de conformidad con las atribuciones y facultades que les confiere el Reglamento Interior vigente.
·  Facilitar la coordinación y la comunicación al interior de la Dependencia para el cumplimiento de las funciones asignadas al personal.
·  Brindar certeza en el desarrollo de las funciones que corresponden a cada unidad administrativa y delimitar las responsabilidades.
En este contexto la Secretaría de Economía actualizó el presente Manual de Organización General, mismo que coadyuva a cumplir cabalmente con el despacho de los asuntos que le imponen las diversas disposiciones legales aplicables.
2. RESPONSABILIDADES
·  Persona Titular de la Secretaría de Economía, expedir este Manual.
·  Persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, someter a la consideración de la persona Titular de la Secretaría de Economía el presente Manual.
·  Persona Titular de la Unidad de Apoyo Jurídico, emitir la opinión jurídica del presente Manual y gestionar su publicación en el DOF.
·  Persona Titular de la Dirección General de Recursos Humanos, integrar el presente Manual con la información proporcionada por las unidades administrativas de la Secretaría, promover su actualización y difusión al interior de la Dependencia.
·  Personas Titulares de las unidades administrativas, proporcionar la información relativa a sus unidades administrativas a fin de que se incorpore al presente Manual, promover su difusión al interior de su unidad administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones.
De conformidad con lo señalado en el Artículo 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, será responsabilidad de todos los servidores públicos de la Dependencia, desempeñar los empleos, cargos o comisiones que tienen asignados y realizar las funciones descritas en este Manual con los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia para el mejor manejo de los recursos y cumplimiento de los objetivos.
3. ANTECEDENTES
El 8 de noviembre de 1821 se expidió el Reglamento Provisional para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretarías de Estado y del Despacho Universal, por medio del cual se crearon cuatro secretarías, una de ellas fue la Secretaría de Estado y del Despacho de Relaciones Interiores y Exteriores, entre sus facultades se encontraban la seguridad interior, las instituciones de beneficencia, la actividad de fomento (agricultura y minería), así como las políticas de colonización.
El 14 de junio de 1843 fueron publicadas las Bases de Organización Política de la República Mexicana,
mediante las cuales fue creado el Ministerio de Justicia, Negocios Eclesiásticos, Instrucción Pública e Industria, al cual le fueron conferidas, entre otras, las facultades de comercio e industria.
El 22 de abril de 1853 se emitieron las Bases para la Administración de la República hasta la Promulgación de la Constitución y fue creado el Ministerio de Fomento, Colonización, Industria y Comercio, que es el antecedente directo y antiguo de la actual Secretaría de Economía, el cual se ocupó de las medidas conducentes al fomento de los ramos industriales y mercantiles, la expedición de patentes, las exposiciones públicas de productos de la industria agrícola, minera y fabril, entre otros asuntos.
Durante los años siguientes, la política proteccionista del gobierno conservador, fue cambiada por una de apertura comercial acorde con las ideas capitalistas de los liberales que estaban influidas por los modelos europeos y por los norteamericanos. Se fomentó la industria, en especial la textil; se promovió la exportación de oro, plata, cochinilla y azúcar y se abrió el mercado, permitiendo la libre circulación de mercancías, eliminando las aduanas estatales y las alcabalas, lo que ocasionó cambios en la estructura organizativa de la Secretaría.
Por el Decreto del Congreso de fecha 13 de mayo de 1891, se estableció el modo en cómo debían distribuirse los negocios entre las Secretarías de Estado, realizándose una separación de funciones entre la Secretaría de Fomento y la que se denominó Secretaría de Hacienda, Crédito Público y Comercio.
Con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917 se determinó que el Congreso, por medio de una ley, establecería y distribuiría los negocios que habían de estar a cargo de cada Secretaría.
El 14 de abril de 1917 fue publicada en el DOF la Ley de Secretarías de Estado, por medio de la cual se creó la Secretaría de Industria y Comercio, la cual tenía a su cargo el despacho de los asuntos relacionados con el comercio y las industrias en general; sin embargo, el 31 de diciembre de ese mismo año se publicó la nueva Ley de Secretarías de Estado, modificándose las facultades de la Secretaría y su denominación por la de Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo, con lo que adquirió atribuciones en materia laboral.
El 6 de abril de 1934 se publicó en el DOF la Ley de Secretarías de Estado, Departamentos Administrativos y demás Dependencias del Poder Ejecutivo Federal, creándose la Secretaría de la Economía Nacional, que conservó sus funciones divididas en cinco áreas: Investigación, Aprovechamiento de Recursos Naturales, Distribución, Consulta y Servicios; además se crearon los Departamentos de Estudios Económicos y Fomento Cooperativo, se incorporaron las oficinas de Turismo y Geografía Económica, y se desligaron las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
Mediante la publicación de la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado en el DOF, el 31 de diciembre de 1935, se precisaron las facultades de la Secretaría de la Economía Nacional para intervenir en la venta de primera mano realizada por los productores directamente a comerciantes extranjeros, el control de las industrias extractivas y de la industria eléctrica; la organización, fomento y vigilancia de toda clase de sociedades cooperativas, sociedades mercantiles, cámaras y asociaciones industriales y comerciales, propiedad industrial y mercantil, así como en la expedición y modificación de su competencia en las leyes y los reglamentos derivados del artículo 28 constitucional.
El 21 de diciembre de 1946 se publicó en el DOF la nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, sustituyendo el nombre de la Dependencia por el de Secretaría de Economía, a la que le correspondió el despacho de los asuntos relacionados con la producción, distribución interior y exterior y con el consumo, con exclusión de la producción agrícola forestal y de caza y pesca. También se incluyeron los asuntos referentes a la conservación y desarrollo de los recursos naturales del país, cuya atención no se atribuyó por dicha ley y su reglamento a otras dependencias, así como asuntos relacionados con el seguro social.
La Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, que fue publicada en el DOF el 24 de diciembre de 1958, restituyó a la Dependencia la denominación de Secretaría de Industria y Comercio, suprimió facultades que le habían sido conferidas por leyes anteriores; le otorgó las atribuciones de intervenir en todo lo relacionado con la industria pesquera y el fomento del comercio exterior del país, en conjunto con Relaciones Exteriores; se le facultó para estudiar, proyectar y determinar en consulta con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la fijación de aranceles y la determinación de las restricciones de los artículos de importación y exportación, el establecimiento de precios máximos y la vigilancia de su estricto cumplimiento, establecer tarifas en la prestación de aquellos servicios que se consideraban necesarios, definir el uso preferente que debía darse a determinadas mercancías, asesorar técnicamente a la Iniciativa Privada para el establecimiento de las nuevas industrias de transformación, fomentar y organizar la producción económica del artesanado, de las artes populares y de las industrias familiares, así como proteger y fomentar la industria nacional.
Estos cambios significaron un importante giro en las actividades de la Secretaría y en su estructura, que incluyó doce direcciones generales, entre las que se encontraban la Dirección General de Industrias Rurales, que anteriormente era departamento, y las de Pesca e Industrias Conexas. Además, se incorporaron los
Departamentos de Gas y Automóviles, el de Organización y Sistemas y el de Representaciones Federales, que agrupaba las delegaciones en el interior del país. Se creó también la Oficina de Prensa y se desincorporó la Dirección General de Minas y Petróleo.
Con la publicación de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en el DOF del 29 de diciembre de 1976, la Dependencia se transformó en Secretaría de Comercio, suprimiéndosele las atribuciones relativas a pesca y facultándola para formular y conducir las políticas generales de comercio interior y exterior, estudiar y participar en la fijación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos al comercio exterior, también habría de establecer la política de precios, orientar y estimular los mecanismos de protección al consumidor, coordinar y dirigir la acción estatal orientada a asegurar el abastecimiento de los productos básicos para la población y fomentar el desarrollo del pequeño comercio rural y urbano, para lo cual, la entonces Subsecretaría de Industria quedó adscrita a la naciente Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial y la Subsecretaría de Pesca se convirtió en un departamento independiente de la Secretaría de Comercio.
El Decreto de adición a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el DOF el 8 de diciembre de 1978, confirió a la Secretaría de Comercio la facultad de intervenir en las adquisiciones que efectuaran las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como determinar normas y procedimientos para el manejo de almacenes, control de inventarios, avalúos y baja de los bienes muebles.
A través del Decreto de reformas y adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el DOF el 29 de diciembre de 1982, la Secretaría de Comercio se convirtió en la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, confiriéndosele nuevas facultades, como la promoción de la planta industrial del país y la aplicación de estímulos fiscales necesarios para impulsar la industrialización, el Programa de Desarrollo de las Franjas Fronterizas y Zonas Libres del País y el desarrollo de instrumentos de política económica en materia de productos básicos. Además le fueron transferidas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las atribuciones que se tenían en materia de precios y tarifas del sector público y, a las Secretarías de Programación y Presupuesto y de la Contraloría General de la Federación, las correspondientes a normas sobre adquisiciones y bienes muebles, lo que hizo necesaria una restructuración: las Direcciones de Electricidad y Gas fueron trasladadas al sector industrial y la incorporación de las Direcciones de Adquisiciones y de Bienes Muebles al sector comercial, con los objetivos de consolidar las negociaciones de compras nacionales, estimular el desarrollo de la pequeña y mediana industria y tener una mayor capacidad de negociación con el exterior.
El 27 de septiembre de 1984 se publicó en el DOF el Decreto que crea el Servicio Nacional de Información de Mercados, como un organismo público descentralizado con el objeto de establecer flujos de información permanentes y actualizados sobre precios, variedades, calidades, orígenes y existencias, así como los volúmenes de los productos que se canalicen dentro del Sistema Nacional para el Abasto.
El 13 de enero de 1986 se publicó en el DOF la Ley Reglamentaria del Artículo 131 de la Constitución y el 25 de noviembre de 1986, el Reglamento contra Prácticas Desleales de Comercio Internacional que estableció por primera vez en México un procedimiento administrativo para determinar la existencia de prácticas desleales de comercio internacional.
El 12 de febrero de 1986 se publicó en el DOF el Decreto por el que se modifica el Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, que incluyó la nueva figura jurídico-administrativa de la Delegación Coordinadora Regional y estableció delegaciones estratégicas que ejercían sus atribuciones en el ámbito regional.
Durante el sexenio 1982-1988 el impulso que se dio en materia de desconcentración de funciones, permitió asegurar que la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial fuera totalmente desconcentrada. Las sesenta delegaciones federales con que operaba la Secretaría al principio de la administración, se agruparon en siete zonas, al frente de las cuales operó un delegado coordinador regional, quien se constituyó en enlace con la oficina de la Ciudad de México, que sólo quedó con las funciones normativas; asimismo, la estructura de la Secretaría fue objeto de una revisión completa, especialmente en agosto de 1985, reduciéndose el personal al final de la administración en 22%.
De conformidad con el Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley Federal de Protección al Consumidor publicado en el DOF el 4 de enero de 1989, las funciones de inspección y vigilancia en materia de precios y tarifas de la entonces Secretaría de Comercio y Fomento Industrial pasaron a la Procuraduría Federal del Consumidor (Ley abrogada mediante posterior publicación en el DOF el 24 de diciembre de 1992) y ésta solo los acordaría, establecería o autorizaría.
El 5 de septiembre de 1990 por designación presidencial, la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial fue la Dependencia responsable de coordinar el proceso de negociaciones comerciales trilaterales. Para tal efecto, se creó, al interior de la Secretaría, la Unidad de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio, misma que reportaba los avances en la materia al C. Secretario de Comercio y Fomento Industrial.
 
Con la publicación en el DOF de la Ley Federal de Correduría Pública, el 29 de diciembre de 1992, la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial inició la dirección de estrategias y acciones para la modernización del Registro Público de Comercio a nivel nacional. La citada ley se expidió para asegurar la eficacia del servicio prestado por los corredores públicos como auxiliares del comercio; estableció los sistemas de admisión y requisitos a los que deben sujetarse las personas que deseen obtener la calidad de corredores, asegurándose que sean personas dotadas de alta calidad profesional y reconocida honorabilidad; y estableció las formas para expedir y revocar las habilitaciones de los corredores, lo anterior con el propósito de vigilar su actuación e imponer las sanciones procedentes por incumplimiento a sus disposiciones.
Una vez concluido el proceso de negociaciones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, se llevó a cabo la reestructuración orgánica y funcional de la Secretaría. Como consecuencia, se creó la Subsecretaría de Negociaciones Comerciales Internacionales por publicación en el DOF del 1 de abril de 1993, con el propósito de completar la apertura comercial del país, mediante la negociación de nuevos acuerdos comerciales con otros países y regiones económicas, así como para dar el debido seguimiento a los acuerdos cuya negociación había concluido.
Con la publicación de la Ley Reglamentaria del Artículo 131 de la Constitución y del Reglamento contra Prácticas Desleales de Comercio Internacional en 1986, se estableció por primera vez en México un procedimiento administrativo para determinar la existencia de prácticas desleales de comercio internacional. La apertura se fue consolidando y, progresivamente, más sectores de la industria nacional solicitaron una defensa contra las importaciones efectuadas en condiciones desleales. Ante esa realidad, en 1991 se creó la Dirección General de Prácticas Comerciales Internacionales, que dos años más tarde, con la publicación del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial el 1 de abril de 1993 en el DOF, cambió su denominación a Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, la cual habría de llevar a cabo las investigaciones sobre prácticas desleales de comercio internacional y la aplicación de medidas de salvaguardia.
El 14 de septiembre de 1994 fue publicado en el DOF el Acuerdo por el que se determinan las atribuciones, funciones, organización y circunscripción de las delegaciones y subdelegaciones federales y oficinas de servicios de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, en el cual se dieron a conocer los servicios que ofrecerían de acuerdo con su circunscripción territorial, efectuándose una reestructuración en la Dirección General de Delegaciones Federales que implicó dar mayor jerarquía a la unidad administrativa para convertirse en la Coordinación General de Delegaciones Federales.
Con el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal publicado en el DOF el 28 de diciembre de 1994, se incorporaron a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial el despacho de los asuntos relacionados al fomento y aprovechamiento de los recursos minerales, instruyéndosele llevar el catastro minero y regular la explotación de salinas ubicadas en terrenos de propiedad nacional y en las formadas directamente por las aguas del mar. Se otorgaron contratos, concesiones, permisos, autorizaciones y asignaciones en materia minera y se integraron áreas provenientes de la extinta Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal.
El 2 de octubre de 1995 se publicó en el DOF el Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, el cual presentó una reestructuración basada en el replanteamiento del esquema funcional de dos Subsecretarías: la de Normatividad y Servicios a la Industria y al Comercio Exterior y la de Promoción de la Industria y el Comercio Exterior, asignándoles atribuciones medulares en la operación de la Dependencia, como la promoción y los servicios, entre ellos, impulsar la modernización integral del Registro Público de Comercio y los de propiedad, por lo cual se hizo necesario cambiar denominaciones y adscripción de unidades administrativas. Adicionalmente y dada la importancia económica mundial de la entonces Comunidad Europea y para permitir el desarrollo de las negociaciones tendientes a un tratado de libre comercio, se estableció la Dirección General de Negociaciones de Servicios y Europa.
El 8 de diciembre de 1997, como parte de las atribuciones de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, fue suscrito el Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y sus Estados Miembros; con el cual se estableció un Consejo Conjunto entre México y la Comunidad Europea, mismo que adoptó las Decisiones 2/2000 y 2/2001, cuyo objeto fue la liberación del comercio de bienes y de servicios entre ambas Partes. Tales Decisiones y el Acuerdo, en conjunto, representaron lo que coloquialmente se conoce como el Tratado de Libre Comercio entre México y la Unión Europea.
La Ley del Registro Nacional de Vehículos publicada en el DOF el 2 de junio de 1998 (abrogada mediante diversa publicada en el DOF el 1 de septiembre de 2004), otorgó atribuciones a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial para crear y regular el Registro Nacional de Vehículos cuyo objetivo fue identificar a los vehículos fabricados, ensamblados, importados o que circulaban en el territorio nacional, así como la de brindar el servicio de información al público.
El 9 de diciembre de 1998, la Comisión Intersecretarial de Desincorporación determinó extinguir y liquidar
el Servicio Nacional de Información de Mercados (SNIM), por considerar que el servicio que proporcionaba podría potenciarse empleando la infraestructura de cómputo y telecomunicaciones de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, con lo que ya no resultaba conveniente mantenerlo como entidad paraestatal. El 22 de junio de 1999 se publicó en el DOF el Decreto por el que se autoriza la extinción y liquidación del organismo descentralizado denominado Servicio Nacional de Información de Mercados y la entonces Dirección General de Fomento al Comercio Interior de esta Dependencia absorbió las atribuciones concernientes al sistema estratégico de información de mercados, a fin de dar transparencia a los procesos de comercialización y distribución de productos perecederos.
El 19 de abril de 2000 se publicó en el DOF, el Decreto por el que se reforma la Ley Federal de Procedimiento Administrativo con el que se creó la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría con el objetivo de promover la transparencia en la elaboración y aplicación de las regulaciones, que generen beneficios superiores a sus costos y el máximo beneficio para la sociedad a través de la revisión del marco regulatorio nacional, el diagnóstico de su aplicación y la elaboración de propuestas al Titular del Ejecutivo Federal de proyectos de disposiciones legislativas y administrativas y programas para mejorar la regulación en actividades o sectores económicos específicos.
El 10 de agosto de 2000 fue publicado en el DOF, el Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, el cual incorporó al Secretario Técnico de Planeación, Comunicación y Enlace, a la Dirección General del Registro Nacional de Vehículos, a las Delegaciones y Subdelegaciones Federales y Oficinas de Servicios y Representaciones Comerciales en el Extranjero como unidades administrativas de la Secretaría con sus correspondientes atribuciones, asimismo, cambió la denominación de algunas unidades administrativas, señalando en sus artículos transitorios que todos los servidores públicos, adscritos a la Unidad de Desregulación Económica serían asignados a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria y que en tanto se expidiera y entrara en vigor el Reglamento de dicha Comisión, podrían desempeñar las facultades que el Director General de dicha Comisión les delegara.
Con la publicación de ese Reglamento Interior, la Coordinación General de Negociaciones con Europa y Sector Servicios, absorbió las funciones de la antes Dirección General de Negociaciones de Servicios y Europa y se le establecieron entre otras, las atribuciones de diseñar estrategias para la participación de México en las negociaciones comerciales internacionales con países de Europa y atender las relaciones económicas con esos países.
El 27 de noviembre de 2000, como parte de las atribuciones de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial se suscribió el Tratado de Libre Comercio entre México y la Asociación Europea de Libre Comercio, integrada por Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein.
Mediante el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el DOF el 30 de noviembre de 2000, la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial cambió su denominación a la de Secretaría de Economía, adicionándole entre otros asuntos, el de coordinar y ejecutar la política nacional para crear y apoyar empresas que asocien a grupos de escasos recursos en áreas urbanas a través de acciones de planeación, programación, concertación, coordinación, evaluación, aplicación, recuperación y revolvencia de recursos para ser destinados a los mismos fines.
El 6 de marzo de 2001 se publicó en el DOF el Decreto que reforma el Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, mediante el cual se modificó la denominación del Reglamento Interior a efecto de hacerla congruente con la denominación señalada en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como la denominación y atribuciones de la Subsecretaría de Promoción de la Industria y el Comercio Exterior por la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa. Así mismo, se incorporaron los órganos administrativos desconcentrados: Comisión Federal de Competencia, Comisión Federal de Mejora Regulatoria y la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo a las Empresas de Solidaridad estableciéndose atribuciones para este último, entre las cuales se destacó la de ejecutar el Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad.
El 18 de mayo de 2001 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se modifica la denominación del Programa de Banca Social y Microcréditos, por lo que, con dicho instrumento, ese Programa y el Fideicomiso del Programa de Banca Social y Microcréditos se denominaron Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (PRONAFIM) y Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (FINAFIM), respectivamente.
El 13 de junio de 2001 se publicó en el DOF el Decreto que reforma el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y, con dicha reforma se creó la Coordinación General del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, con objeto de promover el desarrollo del sector microfinanciero entre la población urbana y rural en condiciones de pobreza y los apoyos relacionados con dicho sector, a través del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario.
 
El 22 de noviembre de 2002 se publicó en el DOF un nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, por medio del cual se realizaron cambios de denominación y redistribución de facultades en algunas unidades administrativas.
Con la publicación de este Reglamento, las funciones de la Coordinación General de Negociaciones con Europa y Sector Servicios se desempeñaron por la Unidad de Coordinación de Negociaciones Internacionales. En razón de ello, el personal de dicha Coordinación se incorporó a la Unidad y adicionalmente se creó la Dirección General para Europa, como un área que además de atender los temas con Europa, también se encargaría de la negociación del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA).
El 30 de diciembre de 2002 se publicó en el DOF, la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, que incorporó a la Secretaría de Economía funciones en materia de promoción del desarrollo económico nacional tales como el fomento a la creación de micro, pequeñas y medianas empresas. También se le instruyó para incrementar la participación en los mercados con crecientes encadenamientos productivos con el propósito de generar mayor valor agregado nacional.
Mediante el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio en materia de firma electrónica, publicado en el DOF el 29 de agosto de 2003, se determinó que la Secretaría de Economía coordinaría y actuaría como autoridad certificadora y registradora, respecto de los prestadores de servicios de certificación en materia de firma electrónica. El 19 de julio de 2004 se publicó en el DOF el Reglamento del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación, teniendo como objeto establecer las normas reglamentarias a las que deben sujetarse los prestadores de servicios de certificación en materia de firma electrónica y expedición de certificados para actos de comercio.
El 29 de septiembre de 2003, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, suscribieron un convenio modificatorio del Contrato Constitutivo del Programa del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR) y se estableció a la Coordinación General del PRONAFIM como responsable de coordinar la operación y seguimiento del FOMMUR.
El 4 de febrero de 2004 se publicó en el DOF, el Decreto por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, con el que se otorgaron facultades a la Secretaría de Economía para autorizar y supervisar la operación y administración de sistemas de comercialización consistentes en la integración de grupos de consumidores (sistemas de autofinanciamiento), para la adquisición de bienes muebles nuevos, inmuebles y para los servicios de construcción, remodelación y ampliación de inmuebles.
El 27 de febrero de 2004 fue publicado en el DOF, el Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación para el otorgamiento de apoyos del Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, con ello se autorizó en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio de 2004 una partida que dio origen al Fondo PYME que operó la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa. El objetivo general del Fondo era contribuir al desarrollo económico nacional, a través del otorgamiento de apoyos a proyectos que fomenten la creación, consolidación y competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas y las iniciativas de los emprendedores, así como apoyos a aquellos que promovieran la inversión productiva con el propósito de generar más y mejores empleos, micro, pequeñas y medianas empresas, y emprendedores.
El 1 de septiembre de 2004 se publicó en el DOF, la Ley del Registro Público Vehicular, misma que abrogó la Ley del Registro Nacional de Vehículos, con lo cual desapareció el Registro Nacional de Vehículos y dio paso al Registro Público Vehicular (REPUVE), cuya administración quedó a cargo de la entonces Secretaría de Seguridad Pública.
El 3 de septiembre de 2004 se publicó en el DOF, el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el otorgamiento de apoyos del Fondo de Apoyo para el desarrollo de la industria de software y servicios relacionados (Fondo PROSOFT). Para transparentar su gestión y operación en el otorgamiento de subsidios con carácter temporal, se publicaron lineamientos y reglas de operación a efecto de contar con un mecanismo que asegurara la aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos asignados. En dichos lineamientos se estableció como objetivo general del Fondo PROSOFT, promover el desarrollo económico nacional a través del otorgamiento de apoyos de carácter temporal a programas y proyectos que fomenten la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad de las empresas del sector de tecnologías de la información.
Con el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Minera, publicado en el DOF el 28 de abril de 2005, el organismo descentralizado Consejo de Recursos Minerales (COREMI) cambió de denominación por el de Servicio Geológico Mexicano (SGM) con el propósito de que
dicha denominación guardara congruencia con las funciones que realizaba, ya que demostró ser muy eficaz para incrementar las actividades de exploración minera, de igual forma, permitió conocer el territorio nacional en lo relativo al potencial de sus recursos minerales y continúa dando asistencia técnica y servicios geológicos a los productores.
El 23 de octubre de 2006 se publicó en el DOF, el Manual de Organización y Operación del Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc) y se conformó el Grupo Interinstitucional para Ciclones Tropicales bajo la coordinación de la Secretaría de Gobernación. En representación de la Secretaría de Economía y de manera permanente, la entonces Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital fue incorporada en ese grupo, a fin de apoyar el restablecimiento del abasto privado en situaciones de emergencia, mediante la realización de actividades para prevenir, auxiliar y recuperar el entorno de la población ante situaciones de desastre.
El 26 de enero de 2007 se publicó en el DOF, el Acuerdo por el que se abrogan diversos instrumentos jurídicos en materia de mercados sobre ruedas y relativos a la operación y funcionamiento del Sistema Nacional de Mercados sobre Ruedas, ya que la operación y funcionamiento de los mercados, en términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estaba a cargo de los Municipios y el entonces Distrito Federal. Con ello, la Secretaría de Economía hizo entrega a las autoridades competentes de padrones, registros y demás información del Sistema antes aludido.
El 13 de junio de 2007 se publicó en el DOF, el Decreto por el que se ordena la constitución del Fideicomiso Público considerado Entidad Paraestatal denominado ProMéxico, con el fin de coadyuvar en la conducción, coordinación y ejecución de las acciones que en materia de promoción al comercio exterior y atracción de inversión extranjera directa realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, difundiendo y brindando asesoría, especialmente a las pequeñas y medianas empresas, respecto de los beneficios contenidos en los tratados internacionales o negociaciones en materia comercial, promoviendo la colocación de sus productos y servicios en el mercado internacional, de manera directa o indirecta, entre otros.
Con base en el Acuerdo por el que se expiden las Normas Generales para la desincorporación por fusión de empresas de participación estatal mayoritaria, publicado en el DOF el 28 de marzo de 2008, el Órgano de Gobierno de Exportadora de Sal, S.A. de C.V., (ESSA) resolvió reorganizar el manejo de la empresa mediante la fusión de su filial Transportadora de Sal, S.A. de C.V. (TSSA). El proceso de fusión fue autorizado por la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación, mediante acuerdo CID-08-VIII-1 del 26 de septiembre de 2008. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió el 18 de diciembre de 2008, la resolución mediante la cual se autorizó a la Secretaría de Economía llevar a cabo la desincorporación por fusión de la empresa de participación estatal mayoritaria denominada Transportadora de Sal, S.A de C.V., publicada en el DOF, el 6 de enero de 2009.
El 7 de enero de 2009, como resultado de la crisis económica por la que atravesaba el mundo, se presentó el Acuerdo Nacional a favor de la Economía Familiar y el Empleo, en el cual se estableció, entre otros mecanismos, impulsar al sector productivo. En este acuerdo se contempló un apartado B denominado Proyectos tipo b, para la preservación del empleo, y se definió como objetivo general del Programa para el Desarrollo de las Industrias de Alta Tecnología (PRODIAT), el contribuir a fomentar la preservación y mejoramiento del capital humano desarrollado por las empresas, así como la transferencia y adopción de tecnologías de vanguardia para potenciar la competitividad de los sectores precursores y de alta tecnología, y atender las fallas de mercado que obstaculizan el crecimiento de la producción, el empleo, la productividad y la competitividad de las empresas y de la industria en general, por medio del otorgamiento de apoyos de carácter temporal.
Otra de las medidas adoptadas en el Acuerdo Nacional a favor de la Economía Familiar y el Empleo mandataba un incremento en las contrataciones que el Gobierno Federal realiza con pequeñas y medianas empresas mexicanas a fin de promover la participación de las empresas nacionales en las compras de gobierno. La medida pretendía servir como una herramienta para preservar la planta productiva nacional y contribuir al mejoramiento del mercado interno.
El 15 de enero de 2009, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se crea con carácter permanente la Comisión Intersecretarial de Compras y Obras de la Administración Pública Federal a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, la cual tenía por objeto emitir recomendaciones y proponer medidas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que permitieran una mayor participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), en los procesos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles, así como en la contratación de servicios, de obras públicas y servicios relacionados con las mismas del sector público.
 
El citado acuerdo también estableció que, durante el año 2009, las dependencias y entidades tendrían como objetivo contratar con MIPYMES el 20% del total de las adquisiciones y arrendamientos de bienes, muebles y servicios, así como de las obras públicas y servicios relacionados con las mismas, que sean susceptibles de proveerse por dichas empresas, así como incrementar el porcentaje de forma gradual en los siguientes ejercicios fiscales, hasta alcanzar el 35%.
Con el Decreto que reforma el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía publicado en el DOF el 27 de enero de 2009, cambió la denominación de la Subsecretaría de Normatividad, Inversión Extranjera y Prácticas Comerciales Internacionales a Subsecretaría de Competitividad y Normatividad; la Subsecretaría de Negociaciones Comerciales Internacionales a Subsecretaría de Comercio Exterior, se derogaron las referencias y atribuciones del Secretariado Técnico de Planeación, Comunicación y Enlace y de la Dirección General del Registro Nacional de Vehículos, asimismo se creó como unidad administrativa el Secretariado Técnico de la Competitividad.
En el Acuerdo que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía, publicado en el DOF el 29 de enero de 2009, se cambió la adscripción orgánica de la Coordinación General de Minería a la Subsecretaría de Industria y Comercio, así como de la Coordinación General del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario a la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa. Así mismo, se adscribieron el Secretariado Técnico de la Competitividad a la Subsecretaría de Competitividad y Normatividad y la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad (FONAES) a la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa.
Mediante el Acuerdo por el que se establecen las funciones de las áreas de apoyo al Secretario de Economía para el cumplimiento de diversas atribuciones, publicado en el DOF el 31 de marzo de 2009, se establecieron las funciones de la Dirección General de Planeación y Evaluación, de la Dirección General de Enlace y de la Dirección General de Comunicación Social, las cuales se adscribieron como áreas de apoyo de la Oficina de la persona Titular de la Secretaría de Economía. En el artículo 4 de este Acuerdo, se estableció que la Unidad de Asuntos Jurídicos fungiría como la Unidad de Enlace de la Secretaría de Economía en términos de lo establecido en el Artículo 28 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para realizar las funciones que se especificaron en el artículo referido.
El 11 de mayo de 2009 la persona Titular de la Secretaría de Economía instruyó a la Dirección General de Negociaciones de Servicios para que, a partir del 15 de junio del 2009, asumiera las funciones de negociaciones comerciales internacionales en materia de inversión extranjera; funciones que habían sido desempeñadas hasta esta fecha por la Dirección General de Inversión Extranjera.
El 4 de agosto de 2009 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se da a conocer que la recepción y resolución de las solicitudes de permisos para el uso de denominación para la constitución de sociedades mercantiles y los avisos de uso de los permisos otorgados, podrán realizarse por medios electrónicos. Mediante este acuerdo, se informó la puesta en marcha del portal www.tuempresa.gob.mx implementado por la Secretaría de Economía con la participación de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a fin de facilitar a los emprendedores la interacción con el gobierno en los servicios que ofrece, mejorando la certidumbre, calidad y transparencia; mediante la simplificación de la normatividad y los trámites con una lógica de procesos económicos o de negocio, para contribuir al cumplimiento del Programa para Impulsar el Crecimiento y el Empleo en el país.
Mediante el Decreto que reforma y adiciona el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publicado en el DOF el 17 de agosto de 2009, se otorgaron atribuciones a la persona Titular de la Secretaría de Economía para representar al Presidente de la República en las controversias constitucionales y en las acciones de inconstitucionalidad a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los casos en que lo determine el Titular del Ejecutivo Federal. Asimismo, se facultó al entonces Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos para representar al Presidente de la República en todos los trámites establecidos en la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como para intervenir en las controversias constitucionales y en las acciones de inconstitucionalidad en las que la persona Titular de la Secretaría de Economía representa al Presidente de la República y se le facultó para representar a las personas Titulares de la Secretaría, Subsecretarías, Oficialía Mayor, Jefaturas de Unidad y Direcciones Generales de esta Dependencia en los juicios de amparo.
El 27 de agosto de 2009, se publicó en el DOF el Decreto por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio, mediante el cual se creó el Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG), como una sección adicional del actual Registro Público de Comercio; el RUG está a cargo de la Secretaría de Economía y en éste se inscriben los actos relativos a las garantías mobiliarias otorgadas por los comerciantes.
 
A través del Acuerdo que reforma el diverso que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía y el diverso por el que se reestructura el Consejo Consultivo de Prácticas Comerciales Internacionales y se establece su organización y funciones publicado en el DOF el 22 de octubre de 2009, se cambió la adscripción de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Subsecretaría de Competitividad y Normatividad a la Subsecretaría de Industria y Comercio.
El 1 de febrero de 2010, el personal adscrito a la Dirección de Promoción de Adquisiciones Nacionales del Sector Público (perteneciente a la Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología adscrita a la Subsecretaría de Industria y Comercio), comenzó una labor de apoyo a las funciones del Secretario Ejecutivo de la Comisión Intersecretarial de Compras y Obras de la Administración Pública Federal a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
En este contexto, en mayo de 2010 el Secretario Ejecutivo de la Comisión Intersecretarial propuso la creación de la Unidad de Compras de Gobierno, para atender las funciones de la Secretaría Ejecutiva de la citada Comisión, así como de la Dirección de Promoción de Adquisiciones Nacionales del Sector Público. De este modo, se iniciaron las acciones conducentes para someter a la consideración de las instancias pertinentes la inclusión de la Unidad de Compras de Gobierno y sus atribuciones respectivas en el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía (RISE).
El 19 de mayo de 2010, se creó el Consejo de Cooperación Regulatoria (CCR) México Estados Unidos a partir de la declaración conjunta realizada por los presidentes de los Estados Unidos Mexicanos y de los Estados Unidos de Norteamérica, como un mecanismo de cooperación regulatoria para impulsar la competitividad de la región y reducir los costos de transacción al comercio bilateral entre México y Estados Unidos. Los lineamientos de su operación se consagran en los Términos de Referencia del Consejo de Alto Nivel para la Cooperación Regulatoria entre México y Estados Unidos, publicado por la Oficina de la Casa Blanca de Estados Unidos el 3 de marzo de 2011.
El 5 de julio de 2010 se publicó en el DOF la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y el 23 de diciembre de 2011 se publicó su Reglamento. El objeto de ambas disposiciones es la protección de datos personales en posesión de los particulares con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas. La citada ley dotó a la Secretaría de Economía de diversas atribuciones, en cumplimiento a las fracciones III y V del artículo 43 se publicaron en el DOF, el 17 de enero de 2013, los Lineamientos del Aviso de Privacidad y los Parámetros de Autorregulación, así mismo el 18 de febrero de 2015 se publicó en el DOF el Acuerdo del Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, por el cual se aprobó el Proyecto de Reglas de Operación del Registro de Esquemas de Autorregulación Vinculante y se instruye su publicación oficial, el cual regula la atribución de la Secretaría de Economía para que en coadyuvancia con el entonces Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), autorice a las entidades acreditadas en materia de protección de datos, quienes acreditarán a los organismos de certificación.
En los meses de julio y agosto de 2010, el Gobierno Federal a través de las Secretarías de la Función Pública y de Hacienda y Crédito Público, publicó en el DOF los acuerdos mediante los cuales se expidieron los manuales administrativos de aplicación general, concernientes a las materias de recursos humanos, materiales, obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, de control interno, financieros, tecnologías de la información y comunicaciones y de transparencia y rendición de cuentas, en los que se establecieron los procesos y directrices que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República deberán observar de manera obligatoria para reducir y simplificar la regulación administrativa en la materia que corresponde, con la finalidad de aprovechar y aplicar de manera eficiente los recursos con que cuentan dichas instituciones.
El 10 de agosto de 2010 se emitió el Acuerdo Presidencial por el que se instruye a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulaciones en las materias que se indican, como parte del proceso de desregulación de la normatividad de la Administración Pública Federal y que evita emitir regulación adicional a los manuales administrativos de aplicación general expedidos por la Secretaría de la Función Pública.
La Secretaría de Economía con el propósito de promover una reforma regulatoria a fondo que permitiera eliminar, fusionar y simplificar la normatividad interna que aplica a la Dependencia, y tomando como marco, el proyecto "Regulación Base Cero", realizó una reducción de normas internas sustantivas que pasaron de 38 a 13, cuyo listado se publicó en el DOF el 10 de septiembre de 2010 en la "Relación única de la normativa de la Secretaría de Economía".
Mediante el Acuerdo que modifica el diverso que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía publicado el 5 de noviembre de 2010, se derogó el artículo 3, a través del cual
se adscribía a la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad (FONAES) a la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa cuyo propósito es apoyar los esfuerzos organizados de productores indígenas, campesinos y grupos populares-urbanos, para impulsar proyectos productivos y empresas sociales que generarían empleos e ingresos para la población, lo cual permitiría mejorar sus condiciones de vida y propiciar el arraigo en sus comunidades de origen, a través de los apoyos que se otorgan.
Mediante el Decreto publicado en el DOF el 14 de enero de 2011, se estableció la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, con el objeto de permitir a los agentes de comercio exterior realizar, a través de un solo punto de entrada electrónico, todos los trámites de importación, exportación y tránsito de mercancías. En el establecimiento de esta ventanilla participó la Secretaría de Economía, en el ámbito de sus atribuciones. Este Decreto creó la Comisión Intersecretarial para la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior la cual sería presidida por el Subsecretario de Industria y Comercio de la propia Secretaría.
Mediante el Acuerdo que modifica el diverso que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía, publicado el 18 de marzo de 2011 en el DOF, se cambió la adscripción de la Coordinación General de Delegaciones Federales de la Oficialía Mayor a la Oficina de la persona Titular de la Secretaría de Economía.
En junio de 2011, México adoptó unilateralmente las listas de control de exportaciones y sometió a la obtención de permiso previo de exportación, los bienes contenidos en las listas del Arreglo de Wassenaar, mediante el Acuerdo por el que se sujeta al requisito de permiso previo por parte de la Secretaría de Economía la exportación de armas convencionales, sus partes y componentes, bienes de uso dual software y tecnologías susceptibles de desvío para la fabricación y proliferación de armas convencionales y de destrucción masiva, publicado en el DOF el 16 de junio del 2011. Asimismo, con la finalidad de ingresar a otros regímenes informales multilaterales de control de exportaciones como el Grupo de Suministradores Nucleares y el Grupo de Australia (para sustancias químicas y agentes biológicos), la Secretaría de Economía adoptó las listas de control de estos regímenes mediante reformas a los acuerdos antes señalados publicados en el DOF el 7 de junio y el 22 de octubre de 2012.
Mediante el Acuerdo que modifica el diverso que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía publicado en el DOF el 16 de agosto de 2011, la Coordinación General del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario dejó de estar adscrita a la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa para incorporarse a la Oficina de la persona Titular de la Secretaría de Economía.
En diciembre de 2011, la Oficialía Mayor y la Coordinación General de Delegaciones Federales certificaron bajo la Norma ISO 9001:2008 su Sistema de Gestión de Calidad cuyo alcance abarcó ocho procesos en los que intervenían la Oficialía Mayor y las unidades administrativas adscritas, la Coordinación General de Delegaciones Federales y las Delegaciones y Subdelegaciones Federales. En 2012, como parte de las mejoras al Sistema de Gestión de Calidad, se amplió el alcance incorporando a las coordinaciones administrativas en cuatro procesos clave.
El 15 de diciembre de 2011, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera, de la Ley General de Sociedades Mercantiles, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Federal de Derechos, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal; con lo cual la facultad que correspondía a la Secretaría de Relaciones Exteriores para autorizar el uso de las denominaciones o razones sociales con las que se pretenden constituir sociedades fue transferida a la Secretaría de Economía. Con la citada atribución la Secretaría de Economía incorporó al Portal Tu empresa, un nuevo sistema para tramitar la autorización de uso y cambio de denominaciones y razones sociales.
Antes del lanzamiento del portal tuempresa.gob.mx, el proceso para abrir una empresa en México era complicado, ya que había que cumplir con numerosos trámites para obtener los permisos y autorizaciones correspondientes. El portal agilizó de manera sustancial, los tiempos y los tramos del trámite, facilitando a los interesados el proceso.
En diciembre de 2011, la Coordinación General de Delegaciones Federales y la Oficialía Mayor de la Secretaría de Economía obtuvieron el reconocimiento que otorga el Instituto Great Place to Work, como una de Las Mejores Instituciones de Gobierno para Trabajar.
El 9 de enero de 2012 se suscribió el Convenio Modificatorio al Convenio de Concertación para la Mejora Continua de Prácticas Comerciales Competitivas, cuyo objeto fue fortalecer los derechos del consumidor.
Adicionalmente, se incorporaron acuerdos relevantes en materia de promoción y fomento.
El 20 de enero de 2012, México ingresó al Arreglo de Wassenaar sobre Control de Exportaciones de Armas Convencionales y Bienes y Tecnologías de Uso Dual, que tiene como objetivo principal desarrollar sistemas eficaces de cooperación e información y promover una mayor responsabilidad en las operaciones de exportación de material de defensa y de doble uso, evitando acumulaciones de armamento que pudieran poner en peligro la seguridad mundial y la estabilidad.
El 28 de febrero de 2012 se publicó el Plan de Trabajo del Consejo de Cooperación Regulatoria, en el cual se integraron siete temas en los que se centraron las actividades de cooperación regulatoria entre México y Estados Unidos: Inocuidad y sanidad alimentaria; certificados electrónicos para el comercio internacional de plantas y productos vegetales; estándares y procedimientos de seguridad para autotransportes; nanotecnologías; expedientes clínicos electrónicos; petróleo y gas; y organismos de evaluación de la conformidad.
El 26 de abril de 2012 se firmaron los tres protocolos modificatorios de los Acuerdos sobre agricultura con la Confederación Suiza, el Reino de Noruega y la República de Islandia, cuya facilitación comercial operó en favor de los exportadores mexicanos de productos agrícolas.
El 23 de mayo de 2012, se publicó en el DOF el Decreto por el que se expide la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, a través del cual se creó el Instituto Nacional de la Economía Social como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía. El objetivo de la Ley es establecer mecanismos para facilitar la organización y la expansión de la actividad económica del sector social de la economía, así como definir las reglas de organización, promoción, fomento y fortalecimiento de ejidos, comunidades, organizaciones de trabajadores, sociedades cooperativas, empresas propiedad mayoritaria o exclusiva de los trabajadores, y en general, de todas las formas de organización social; para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios, como un sistema eficaz que contribuiría al desarrollo social y económico del país, a la generación de fuentes de trabajo digno, al fortalecimiento de la democracia, a la equitativa distribución del ingreso y a la mayor generación de patrimonio social.
El 14 de junio de 2012 se publicó en el DOF el Acuerdo mediante el cual se delegan a servidores públicos de la Secretaría de Economía las facultades que se indican. En este acuerdo se delegó, a la Dirección General de Normatividad Mercantil, la facultad de autorizar o, en su caso, rechazar, el uso o cambio de las denominaciones o razones sociales de las asociaciones o sociedades mexicanas, civiles o mercantiles y todas aquellas que conforme a la ley así lo requieran.
En octubre de 2012, México ingresó al Grupo de Suministradores Nucleares (NSG por sus siglas en inglés), uno de los principales regímenes de control de exportaciones de bienes y alta tecnología, cuyo objetivo es contribuir a la no proliferación de armas y material nuclear mediante la instrumentación de directrices para regular la exportación de bienes nucleares, así como software, tecnologías y productos de uso dual relacionados.
El 12 de octubre de 2012, se publicó en el DOF el Reglamento de la Ley Minera que, orientado a la simplificación administrativa, redujo los trámites y el tiempo de respuesta de la autoridad y brinda la posibilidad de aplicar nuevas tecnologías para fomentar el desarrollo del sector minero. Este Reglamento, que abrogó al publicado el 15 de febrero de 1999, dio una mayor transparencia, agilidad y certeza jurídica en la actuación de la autoridad y permitió contar con procedimientos para verificar y tener mayor control de las actividades de los concesionarios mineros.
Del año 2009 al 2012, la Secretaría de Economía desarrolló los siguientes seis proyectos en el marco del Programa de Mejora de la Gestión (PMG), que coordinó la Secretaría de la Función Pública cumpliendo un compromiso con la mejora regulatoria, al profundizar y consolidar los esfuerzos del Ejecutivo Federal para agilizar, transparentar, simplificar y eficientar los trámites y servicios en beneficio de los particulares. Dichos proyectos fueron:
·  Portal Tu empresa.gob.mx.
·  Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM).
·  Sistematización del Programa para Impulsar la Competitividad de los Sectores Industriales (PROIND).
·  Sistema de Registro Nacional de Inversión Extranjera (SI-RNIE).
·  Sistema Integral de Administración Minera (SIAM).
·  Mejora, simplificación y eliminación de Trámites de la Secretaría de Economía.
En octubre de 2012, la Secretaría de Economía se hizo acreedora al "Reconocimiento PMG 2012" por el proyecto denominado "Ventanilla Única de Comercio Exterior", con el que se logró mejorar la gestión de los
procesos y minimizar los costos de operación y administración al realizar los trámites en materia de comercio exterior de manera electrónica eliminando el uso del papel.
El 22 de noviembre de 2012, se publicó en el DOF un nuevo RISE, en el cual se incluyen como unidades administrativas a la Unidad de Diseño e Implementación de Políticas Públicas para la Productividad, la Unidad de Compras de Gobierno, la Dirección General de Planeación y Evaluación, la Dirección General de Comunicación Social y la Dirección General de Vinculación Política, estas tres últimas adscritas a la Oficina del Secretario, que hasta entonces fungían como áreas de apoyo.
En la misma publicación, se establecieron nuevas facultades y cambios de denominación en algunas unidades administrativas, de acuerdo con lo siguiente:
Antes
Conforme al Reglamento Interior de la Secretaría de Economía publicado en el DOF el 22 de noviembre de 2012
Unidad de Coordinación de Negociaciones Internacionales
Unidad de Negociaciones Internacionales
Dirección General de Industrias Básicas
Dirección General de Industrias Ligeras
Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital
Dirección General de Innovación, Servicios y Comercio Interior
Dirección General de Minas
Dirección General de Regulación Minera
Dirección General de Promoción Minera
Dirección General de Desarrollo Minero
Dirección General de Consultoría Jurídica de Negociaciones
Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional
Dirección General de Evaluación y Seguimiento de Negociaciones
Dirección General para América del Norte
Dirección General para Europa y Área del Libre Comercio de las Américas
Dirección General para Europa y África
Dirección General de Negociaciones Multilaterales y Regionales
Dirección General para Asia, Oceanía y Organismos Multilaterales
Dirección General de Análisis y Seguimiento a Tratados Comerciales con América Latina
Dirección General de Comercio Internacional de Bienes
Dirección General de Política Comercial
Dirección General de Comercio Internacional de Servicios e Inversión
Dirección General de Análisis de Comercio Exterior
Dirección General de Reglas de Comercio Internacional
Dirección General de Capacitación e Innovación Tecnológica
Dirección General de Capacitación, Innovación y Fomento
Dirección General de Promoción Empresarial
Dirección General de Acceso al Financiamiento
Dirección General de Oferta Exportable
Dirección General de Acceso a Mercados
Dirección General de Informática
Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
Dirección General de Enlace
Dirección General de Vinculación Política
 
Mediante el Acuerdo que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía, publicado el 29 de noviembre de 2012, se realizó la aclaración de la adscripción de las unidades creadas y aquellas cuya denominación cambió según lo mostrado en el cuadro anterior. En el mismo instrumento se señaló el cambio de adscripción de la Coordinación General de Delegaciones Federales de la Oficina de la persona Titular de la Secretaría de Economía a la Oficialía Mayor.
El 14 de enero de 2013 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, en el cual se creó el Instituto Nacional del Emprendedor como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía, que tenía por objeto instrumentar, ejecutar y coordinar la política nacional de apoyo incluyente a emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, impulsando su innovación, competitividad y proyección en los mercados nacional e internacional para aumentar su contribución al desarrollo económico y bienestar social, así como contribuir al desarrollo de políticas de fomento a la cultura y la productividad
empresarial. El Decreto estableció que las atribuciones, facultades y funciones aplicables a la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa, que desaparecía por virtud del propio Decreto y a las direcciones generales que tenía adscritas, serían ejercidas directamente por el Instituto Nacional del Emprendedor.
En el mismo instrumento se adicionó una atribución a la Dirección General de Normatividad Mercantil para operar, administrar técnicamente y promover el Sistema de Información Empresarial Mexicano, así como para expedir las autorizaciones correspondientes a las cámaras empresariales.
El 24 de enero de 2013 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforma los artículos Segundo, Tercero y Cuarto Transitorios de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, que estableció, entre otras cosas, que el Instituto debería quedar constituido, instalado y reglamentado en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales posteriores a la entrada en vigor de la Ley, asumiendo las funciones e integrándose con los recursos financieros, materiales y humanos que en aquel momento estaban asignados a la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad.
Mediante el Acuerdo que modifica el diverso que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía, publicado el 8 de febrero de 2013 en el DOF, se cambió la adscripción de la Coordinación General de Delegaciones Federales de la Oficialía Mayor a la Oficina de la persona Titular de la Secretaría de Economía.
Con la publicación del Acuerdo que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía el 15 de abril de 2013 en el DOF, se cambió de adscripción la Coordinación General de Minería pasando de la Subsecretaría de Industria y Comercio a la Oficina de la persona Titular de la Secretaría de Economía.
El 15 de abril de 2013, se publicó en el DOF el Acuerdo que regula la organización y funcionamiento interno del Instituto Nacional del Emprendedor, con el objeto de regular la organización y funcionamiento interno de este órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía a fin de tener una eficaz y eficiente gestión administrativa para el ejercicio de sus atribuciones.
Mediante el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, publicado en el DOF el 11 de junio de 2013, se creó la Comisión Federal de Competencia Económica como un órgano constitucional autónomo, cuyo objetivo es garantizar una libre competencia y combatir las prácticas monopólicas y concentración en los mercados. Con ello, desapareció el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía denominado Comisión Federal de Competencia.
El 22 de julio de 2013 se publicó en el DOF el Acuerdo de organización y funcionamiento del Instituto Nacional de la Economía Social, con el objeto precisamente de regular la organización y funcionamiento interno del entonces órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía a fin de tener una eficaz y eficiente gestión administrativa para el ejercicio de sus atribuciones.
En agosto de 2013, México se convirtió en el 42° miembro del Grupo Australia (AG, por sus siglas en inglés), para el régimen internacional del control de exportaciones de sustancias químicas, agentes biológicos, patógenos vegetales y animales, y tecnologías asociadas.
El 30 de agosto de 2013 se publicó en el DOF el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018 el cual constituyó una estrategia transversal que debía aplicarse en todas las políticas públicas de la administración con el propósito principal de que la ciudadanía reforzara su confianza en las acciones del gobierno, a través de una correcta gestión pública orientada a resultados, con la finalidad de optimizar el uso de los recursos públicos, utilizar las nuevas Tecnologías de la Información, fortalecer la transparencia y rendición de cuentas e integrar los diferentes esfuerzos gubernamentales y de la sociedad civil, con el objetivo de llevar a México a su máximo potencial.
El 16 de diciembre de 2013, se publicó en el DOF el Decreto por el que se aprueba el Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018. El Programa definió cinco objetivos, treinta y un estrategias y ciento noventa y cuatro líneas de acción para contribuir a los objetivos definidos del Plan Nacional de Desarrollo para el mismo período, con la finalidad de instrumentar las condiciones para que la economía mexicana alcanzara un óptimo desarrollo.
El 17 de diciembre de 2013, en el marco de la visita de Estado del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos a la República de Turquía, se firmaron los Términos de Referencia para la Negociación de un Tratado de Libre Comercio entre México y Turquía, donde se identificaron los alcances para la celebración de
dicho acuerdo bilateral, y se destacaron los temas de comercio de bienes, servicios, inversión, asuntos legales e institucionales.
El 28 de diciembre de 2013, se publicaron en el DOF las Reglas de Operación del Fondo Nacional Emprendedor para el ejercicio fiscal 2014, por las cuales se fusionaron el Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y el Fondo Emprendedor, para conformar el Fondo Nacional Emprendedor, con el fin de que el uso de los recursos públicos fuera más eficiente y con ello, lograr un mayor impacto en los programas.
El 10 de enero de 2014, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia financiera y se expide la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras. Derivado de dichas reformas se fortaleció el marco regulatorio aplicable a las organizaciones auxiliares del crédito, específicamente a los Almacenes Generales de Depósito, para lo cual, entre otras disposiciones, se crea el Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías (RUCAM) el cual estaría a cargo de la Secretaría de Economía en la Dirección General de Normatividad Mercantil.
El 9 de mayo de 2014 se publicó en el DOF el Programa de Desarrollo Minero 2013-2018, en donde la Secretaría de Economía estableció las bases para promover mayores niveles de inversión y competitividad en el sector minero, con la finalidad de procurar el aumento del financiamiento en el sector minero y su cadena de valor; fomentar el desarrollo de la pequeña y mediana minería y de la minería social; modernizar la normatividad institucional para el sector y, mejorar los procesos de atención a trámites relacionados con las concesiones mineras.
El 23 de mayo de 2014 se publicó en el DOF la Ley Federal de Competencia Económica, (LFCE), la cual es reglamentaria del Artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de libre concurrencia, competencia económica, monopolios, prácticas monopólicas y concentraciones. En dicho instrumento se otorgaron atribuciones a la Secretaría de Economía para que sin perjuicio de las que correspondan a otras dependencias o entidades, previa opinión de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) y con base en criterios que eviten la insuficiencia en el abasto, fije los precios máximos a los bienes y servicios que determine el Ejecutivo Federal mediante decreto y para los cuales no haya condiciones de competencia efectiva en el mercado relevante de que se trate.
El 13 de junio de 2014, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Comercio, de la Ley General de Sociedades Mercantiles, de la Ley de Fondos de Inversión, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con la Miscelánea en Materia Mercantil. Derivado de dichas reformas se estableció la obligatoriedad de llevar a cabo las publicaciones que conforme a las leyes mercantiles deban realizarse por parte de las Sociedades Mercantiles, mismas que surtirán efectos a partir del día siguiente de su publicación en el sistema electrónico, el cual estará a cargo de la Secretaría de Economía, específicamente de la Dirección General de Normatividad Mercantil.
El 7 de julio de 2014, la Oficialía Mayor puso a disposición de los servidores públicos de la Secretaría de Economía en la Intranet, el Registro Único de Trámites Administrativos Simplificados de la Oficialía Mayor e-Rutas. Inició con treinta y dos trámites en materia de recursos humanos, financieros, materiales y de tecnologías de la información con el objetivo de brindar información a los usuarios de los trámites a fin de facilitar, transparentar y brindar certeza en la gestión que se realiza ante las direcciones generales adscritas.
El 11 de agosto de 2014, se publicó en el DOF el Decreto por el que se expide la Ley de Hidrocarburos y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera; Ley Minera, y Ley de Asociaciones Público Privadas en el cual en su transitorio décimo octavo señala que a fin de cumplir con las atribuciones que se establecen en dicho ordenamiento, la Secretaría de Economía debía crear una unidad especializada responsable de:
a.     Dar seguimiento a las estrategias para el fomento industrial de Cadenas Productivas locales y para el fomento de la inversión directa en la Industria de Hidrocarburos y elaborar y publicar el informe sobre los avances en la implementación de las mismas;
b.     Proponer la metodología para medir el contenido nacional en Asignaciones y Contratos de Exploración y Extracción, así como en las otras actividades a que se refiere el artículo 2 de la propia Ley de Hidrocarburos, y
c.     Verificar el cumplimiento de las metas de contenido nacional establecidas en las Asignaciones y Contratos de Exploración y Extracción.
El 31 de octubre de 2014 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía para dar paso a la creación de la Unidad de Contenido Nacional y Fomento de Cadenas Productivas e Inversión en el Sector Energético, la Dirección General de Fomento de Cadenas Productivas e Inversión en el Sector Energético y la Dirección
General de Contenido Nacional en el Sector Energético, con el objeto de dirigir las acciones que realiza la Secretaría de Economía en materia energética sobre contenido nacional y estrategias de fomento industrial y de inversión, en beneficio de la proveeduría nacional que participen en asignaciones, contratos y permisos.
En misma fecha se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Minera en el que principalmente se adicionaron artículos con el fin de regular o negar la coexistencia entre actividades mineras y preferentes de exploración y extracción de petróleo y de los demás hidrocarburos, así como del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica.
Asimismo, el 31 de octubre de 2014 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Entre otros objetivos, se establecieron los requisitos que los interesados deberán presentar para que la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras realice la verificación de los límites de participación de la inversión extranjera en radiodifusión y emita la opinión que establece la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como para simplificar las obligaciones de las empresas con inversión extranjera ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.
El 26 de noviembre de 2014 se publicó en el DOF el Acuerdo que modifica al diverso que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía. En este acuerdo se adscribió a la Subsecretaría de Industria y Comercio, la Unidad de Contenido Nacional y Fomento de Cadenas Productivas e Inversión en el Sector Energético y a esta unidad se adscribieron la Dirección General de Fomento de Cadenas Productivas e Inversión en el Sector Energético y la Dirección General de Contenido Nacional en el Sector Energético.
El 29 de diciembre de 2014 se publicaron en el DOF las Reglas de carácter general para el funcionamiento y operación del Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías (RUCAM) las cuales establecieron las disposiciones para la operación y funcionamiento del referido Registro a cargo de la Dirección General de Normatividad Mercantil.
El 3 de febrero de 2015 se publicó en el DOF el Decreto por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para Trámites e Información del Gobierno con el cual el sitio www.gob.mx será el punto de contacto digital entre las Dependencias y entidades del Gobierno Federal y los ciudadanos, para que estos tengan acceso de forma fácil y ágil a los trámites más solicitados de la Administración Pública Federal. La Secretaría de Economía participa en la Ventanilla Única Nacional (VUN) desde el 3 de agosto de 2015, fecha en que dio inicio la operación de la misma.
El 14 de octubre de 2015 se publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, con el que se crearon la Dirección General de Procesos y Programas de Apoyo y la Dirección General de Promoción de Inversión en el Sector Energético, las cuales se adscribieron a la Unidad de Contenido Nacional y Fomento de Cadenas Productivas e Inversión en el Sector Energético mediante reformas al Acuerdo que modifica al diverso que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía, publicado en el DOF el 24 de noviembre de 2015.
El 30 de diciembre de 2015 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman la denominación y diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, y se adicionan las fracciones XIV y XV al artículo 32 y se deroga la fracción X del artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y entró en vigor el primero de enero de 2016. Con dicho instrumento, entre otros temas, el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía, Instituto Nacional de la Economía Social (INAES), pasó a ser de la Secretaría de Desarrollo Social.
El 22 de enero de 2016, en Davos, Suiza, con la participación de los presidentes de los Estados Unidos Mexicanos y de la Confederación de Suiza, la persona Titular de la Secretaría de Economía y sus contrapartes firmaron la Declaración Conjunta sobre el Inicio de las Negociaciones para la Revisión del Tratado de Libre Comercio entre México y la Asociación Europea de Libre Comercio.
El 4 de febrero de 2016, la persona Titular de la Secretaría de Economía suscribió en nombre de México, el Tratado de Asociación Transpacífico (TPP) en la Ciudad de Auckland, Nueva Zelandia, país depositario del instrumento. El TPP también fue firmado por los ministros de comercio de Australia, Brunei Darussalam, Canadá, Chile, Estados Unidos, Japón, Malasia, Nueva Zelandia, Perú, Singapur y Vietnam, países que junto con México conforman el Tratado. El TPP entraría en vigor transcurridos dos años, a partir de su firma, con la notificación de la ratificación de los doce países participantes o, en su defecto, de seis países que representen el 85% del Producto Interno Bruto (PIB) del TPP.
El 14 de marzo de 2016, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles el cual señala que el sistema electrónico de constitución de las sociedades por acción simplificada (SAS) estaría a cargo de la Secretaría de Economía y
se llevaría por medios digitales mediante el programa informático establecido para tal efecto, cuyo funcionamiento y operación habría de regirse por las reglas generales que para tal efecto se emitieran por la propia Secretaría.
El 30 de mayo de 2016, en la ciudad de Bruselas, Bélgica, la persona Titular de la Secretaría de Economía y la persona Comisionada de Comercio para la Unión Europea anunciaron el inicio de negociaciones para la modernización de la parte comercial del Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, conocida como el Tratado de Libre Comercio entre México y la Unión Europea.
El 18 de julio de 2016 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en Materia de Control Interno del Ejecutivo Federal en el cual se modificó el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal donde se incluyó la indicación de que los manuales de procedimientos y de servicios al público debían estar disponibles para consulta de los usuarios y de los propios servidores públicos, a través del registro electrónico de la Secretaría de la Función Pública.
La Secretaría de la Función Pública estableció el Sistema de Administración de Normas Internas de la Administración Pública Federal SANI-APF (http://www.normasinternasapf.funcionpublica.gob.mx/SANI) como el mecanismo oficial para poner a disposición de los usuarios y de los servidores públicos, las normas internas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, incluyendo los manuales de organización y de procedimientos. La Secretaría de Economía atendió la instrucción y puso a disposición sus normas internas en el SANI-APF.
El 9 de septiembre de 2016, se publicó en el DOF un nuevo RISE, con el propósito de ampliar el espectro de atribuciones de las unidades administrativas en cumplimiento a las disposiciones legales en materia de la competencia de la Secretaría de Economía partiendo de las disposiciones supremas constitucionales y nuevas leyes, así como en el cumplimiento a lo dispuesto en los tratados y acuerdos comerciales internacionales de los que nuestro país es parte, dando con ello mayor certeza al principio de legalidad que rige la actividad de una Dependencia como lo es la Secretaría de Economía.
Conforme lo mencionado anteriormente, con ese Reglamento Interior, se creó la figura del Abogado General, fortaleciendo la participación que antes tenía la Unidad de Asuntos Jurídicos de manera transversal en el despacho de los asuntos competencia de la Secretaría; se precisó su naturaleza para fungir como área de consulta y determinar lineamientos, criterios, parámetros y procedimientos necesarios para el desarrollo de la función jurídica de la Secretaría, y para coadyuvar en las actividades correspondientes al funcionamiento de los órganos de gobierno de las entidades paraestatales sectorizadas. Asimismo, se amplió su competencia en materia de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones; se designó como la unidad responsable de la Secretaría en materia de transparencia y acceso a la información pública y se le otorgó la facultad de fomentar acciones para fortalecer la promoción y defensa de los derechos humanos.
En ese marco de fortalecimiento de atribuciones se incluyeron la Oficialía Mayor, el Coordinador General de Minería, la Coordinación General de Delegaciones Federales, la Unidad de Competencia y Políticas Públicas para la eficiencia de los mercados, la Unidad de Competitividad, la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, la Unidad de Compras de Gobierno, así como las Direcciones Generales de Minas; de Desarrollo Minero; de Planeación y Evaluación; de Inversión Extranjera; de Normas; de Normatividad Mercantil; de Industrias Ligeras; de Innovación, Servicios y Comercio Interior; de Comercio Exterior; de Programación, Organización y Presupuesto; de Recursos Materiales y Servicios Generales; de Recursos Humanos; de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; las Delegaciones y Subdelegaciones Federales, y los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Economía, Comisión Federal de Mejora Regulatoria e Instituto Nacional del Emprendedor.
Como resultado de la publicación y entrada en vigor del RISE, el 3 de noviembre de 2016, se publicó en el DOF el Acuerdo que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía a fin de establecer una debida organización de las unidades con las que contaba la Dependencia para el mejor despacho de los asuntos de su competencia.
Con fecha 19 de diciembre de 2016 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, con el que se creó la Subsecretaría de Minería ante la renovada vigencia e importancia que reviste el sector minero en nuestro país. Asimismo, se establecen las atribuciones de esta Subsecretaría, se derogaron las atribuciones previstas para la Coordinación General de Minería y se otorgan atribuciones a la Dirección General de Minas. Además, se hacen modificaciones en materia de suplencia.
Con base en las reformas señaladas en el párrafo anterior, se requirió establecer la debida adscripción de
las áreas correspondientes a la Subsecretaría de Minería por lo que el 31 de enero de 2017, se publicó en el DOF el Acuerdo que modifica al diverso que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía.
El 18 de mayo de 2018, se publicó en el DOF el Decreto por el que se expide la Ley General de Mejora Regulatoria y se derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, con esta nueva ley se crea un Sistema Nacional de Mejora Regulatoria y se establece su organización y funcionamiento, asimismo se establece, entre otros, la obligación de las autoridades de todos los órdenes de gobierno, de implementar políticas públicas de mejora regulatoria.
El 29 de noviembre de 2018, se publicó en el DOF el Decreto Promulgatorio del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP), hecho en Santiago de Chile, el ocho de marzo de dos mil dieciocho, el cual entró en vigor el 30 de diciembre del mismo año. El CPTPP tiene como propósito mejorar el acceso a mercados; abordar nuevos desafíos comerciales; promover el comercio incluyente, y servir como plataforma para la integración regional.
El 30 de noviembre de 2018 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Dicha Ley, en su artículo 34 estableció que corresponde a la Secretaría de Economía, entre otros, establecer las tarifas para la prestación de aquellos servicios de interés público que considere necesarios, promover en zonas de producción minera la construcción de obras de infraestructura social, en coordinación con el gobierno de las Entidades Federativas, Municipios y con la participación de los pueblos y comunidades indígenas, así como de los sectores social y privado; e impulsar la reubicación de la industria de zonas urbanas con graves problemas demográficos y ambientales en coordinación con las autoridades competentes.
El 1 de diciembre de 2018 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos que regulan la designación de los titulares de las unidades de administración y finanzas de las Dependencias de la Administración Pública Federal cuyo objetivo es regular los requisitos y el procedimiento para la designación de los titulares de las unidades de administración y finanzas de las dependencias de la Administración Pública Federal. Con lo anterior se estableció un modelo organizacional que prevé la creación de las unidades de administración y finanzas, en sustitución de las oficialías mayores y unidades análogas adscritas a las dependencias de la Administración Pública Federal.
El 1 de marzo de 2019 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se delegan al Director General de Planeación y Evaluación de la Secretaría de Economía las facultades que se indican, mediante el cual se delega a la Dirección General de Planeación y Evaluación, por conducto de su titular, las funciones de la Coordinación a que se refieren los Lineamientos para la operación del Programa de Microcréditos para el Bienestar 2019 publicado el 28 de febrero de 2019.
El 3 de mayo de 2019 se publicó en el DOF el Decreto por el que se autoriza la desincorporación mediante extinción del Fideicomiso Público considerado Entidad Paraestatal denominado ProMéxico, en razón de que su funcionamiento ya no resultaba conveniente desde el punto de vista de la economía nacional y del interés público.
El 13 de mayo de 2019 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se delegan a la Coordinación General del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario de la Secretaría de Economía las facultades que se indican, a fin de promover y apoyar el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas, los emprendedores y las franquicias.
El 30 de agosto de 2019 se publicó en el DOF el Programa Nacional de Combate a la Corrupción y a la Impunidad, y de Mejora de la Gestión Pública 2019-2024, dicho programa atiende a compromisos internacionales asumidos por nuestro país a través de diversas convenciones internacionales y es de observancia obligatoria para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. El programa fue elaborado tomando en consideración los resultados de los ejercicios de participación ciudadana y consulta con los distintos sectores sociales, efectuados en el marco de la integración del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, contempla los cinco objetivos prioritarios siguientes y establece una serie de estrategias y acciones diseñadas para su cumplimiento: i) Combatir frontalmente las causas y efectos de la corrupción; ii) Combatir los niveles de impunidad administrativa en el Gobierno Federal; iii) Promover la eficiencia y eficacia de la gestión pública; iv) Promover la profesionalización y la gestión eficiente de los recursos humanos de la Administración Pública Federal, y promover el uso eficiente y responsable de los bienes del Estado Mexicano.
El 17 de octubre de 2019 se publicó en el DOF un nuevo RISE, con el objeto de dotar de efectiva competencia a las unidades administrativas que conformaban la Secretaría, como resultado de la actualización del marco jurídico nacional materia de la competencia de esta Dependencia. Dicho Reglamento reflejó principalmente adaptaciones derivadas de la publicación del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2018.
Con este nuevo Reglamento se modificó la estructura orgánica de la Secretaría de Economía, de la
siguiente manera: se incluyó a la Unidad de Administración y Finanzas, antes Oficialía Mayor; desapareció la Subsecretaría de Competitividad y Normatividad, buscando así mayor eficiencia en la estructura funcional, advirtiendo que las unidades administrativas adscritas a la misma, se asignaron a otras áreas, dando paso a la Subsecretaría de Industria, Comercio y Competitividad; cambiaron de denominación algunas unidades administrativas; se crearon, entre otras, las Unidades de Inteligencia Económica Global, de Prospectiva, Planeación y Evaluación, de Desarrollo Productivo, la Coordinación del Programa Prioritario de Microcréditos para el Bienestar y la Dirección General del Fondo para el Desarrollo de Zonas de Producción Minera. Asimismo, se eliminaron, entre otras, las referencias al Instituto Nacional del Emprendedor, a ProMéxico, a la Coordinación General del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario y a las Delegaciones y Subdelegaciones Federales.
Conforme a lo antes mencionado, con este Reglamento Interior se modificó la denominación de la figura del Abogado General, por la de Titular de la Unidad de Apoyo Jurídico, lo anterior, sin menoscabo de su participación en el despacho de los asuntos competencia de la Secretaría, por el contrario, se ampliaron sus atribuciones en materia de representación del Presidente de la República, sobre los procedimientos constitucionales en los que se le otorgue dicha representación a la persona Titular de la Secretaría. Por virtud de este Reglamento, el Titular de la Unidad referida, forma parte de la Comisión de Estudios Jurídicos del Gobierno Federal y funge como enlace ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, para atender y procesar las quejas y denuncias presentadas ante instituciones y organismos internacionales en contra del Estado mexicano, en asuntos en los que la Secretaría deba ejercer su derecho de defensa. Asimismo, se estableció la atribución de asesorar a las unidades administrativas de la Secretaría, a petición de estas, en la elaboración y modificación de los convenios y contratos que requieran suscribir, así como fungir como apoyo técnico jurídico del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. Con la finalidad de auxiliar al Titular de dicha Unidad de Apoyo Jurídico en el ejercicio de sus facultades, a la Unidad se le adscribieron la Dirección General de Legislación y Consulta y las Direcciones Generales Adjuntas de lo Contencioso, y de Convenios y Contratos.
De igual forma, con la entrada en vigor del RISE vigente, se creó la Unidad de Competitividad y Competencia, la cual es el resultado de la fusión de las atribuciones y recursos de las extintas Unidades de Competitividad y de Competencia y Políticas Públicas para la eficiencia de los mercados.
Asimismo, se creó la Unidad de Desarrollo Productivo, encargada de diseñar y operar los instrumentos necesarios para implementar la política nacional de apoyo a los emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas. Dicha Unidad asumió las atribuciones del Instituto Nacional del Emprendedor y la Coordinación General del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, y debe ejercer las conferidas a la Secretaría de Economía en la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal.
Como resultado de la publicación y entrada en vigor del RISE, el 27 de noviembre de 2019, se publicó en el DOF el Acuerdo que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía, con el propósito de determinar la adscripción de las unidades administrativas de la Dependencia y la subordinación jerárquica de los servidores públicos previstos en su Reglamento Interior a fin de hacer más eficientes sus labores.
Derivado de lo anterior, se establecieron nuevas facultades y cambios de denominación y de adscripción para algunas unidades administrativas, de acuerdo con lo siguiente:
Unidad Administrativa
Cambian de adscripción a la:
Dirección General de Normas
Subsecretaría de Industria, Comercio y Competitividad
Dirección General de Normatividad Mercantil
Subsecretaría de Industria, Comercio y Competitividad
Dirección General de Inversión Extranjera
Unidad de Inteligencia Económica Global de la Subsecretaría de Comercio Exterior
Dirección General de Planeación y Evaluación
Unidad de Prospectiva, Planeación y Evaluación
 
Unidad Administrativa
Cambian de denominación y de adscripción a la:
Unidad de Competitividad
Unidad de Competencia y Políticas Públicas para la eficiencia de los mercados.
 
Unidad de Competitividad y Competencia a la Subsecretaría de Industria, Comercio y Competitividad.
 
Unidad Administrativa RISE 2016
Cambian de denominación
Unidad Administrativa RISE 2019
Oficialía Mayor
Unidad de Administración y Finanzas
Oficina del Abogado General
Unidad de Apoyo Jurídico
Subsecretaría de Industria y Comercio
Subsecretaría de Industria, Comercio y Competitividad.
Unidad de Negociaciones Internacionales
Unidad de Negociaciones Comerciales Internacionales
Dirección General de Promoción de Inversiones en el Sector Energético
Unidad de Inteligencia Económica Global
Dirección General de Reglas de Comercio Internacional
Dirección General para Europa y África
Dirección General de Disciplinas de Comercio Internacional
Dirección General para Asia, Oceanía y Organismos Multilaterales
Dirección General de Planeación y Estrategias de Negociación.
Dirección General para América del Norte
Dirección General de Seguimiento, Administración y Supervisión del Cumplimiento de Tratados Comerciales.
Dirección General de Comercio Internacional de Bienes
Dirección General de Acceso a Mercados de Bienes
Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto
Dirección General de Programación, Presupuesto y Contabilidad
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
Dirección General de Recursos Materiales y Archivo
Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
Dirección General de Tecnologías de la Información
Dirección General de Comercio Exterior
Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior
Dirección General de Comunicación Social
Oficina de Comunicación Social
Dirección General de Vinculación Política
Oficina de Enlace Legislativo
 
El 12 de enero de 2021, se celebró el Acuerdo de Traspaso de Recursos Financieros y Humanos, por el que se transfieren los recursos del Programa de Microcréditos para el Bienestar, de la Secretaría de Economía a la Secretaría de Bienestar.
El 22 de enero de 2021, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se crea con carácter permanente, el Comité Nacional de Facilitación Comercial (Comité), el cual tiene como objetivo facilitar la coordinación entre las dependencias y las diversas entidades de la Administración Pública Federal para el diseño, ejecución y evaluación de programas y acciones en materia de facilitación del comercio, así como para la implementación y aplicación de las disposiciones del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio con base en la normatividad nacional e internacional aplicable, dentro del ámbito de sus respectivas competencias.
El 8 de febrero de 2021, se publicaron en el DOF los Lineamientos para la Operación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares 2021 a fin de en regir la operación y funcionamiento del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares, también referido como "Programa de Crédito a la Palabra", cuyo objetivo general es contribuir a la permanencia de las actividades productivas de las personas microempresarias, ante la crisis económica derivada de la emergencia sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV2.
El 9 de febrero de 2021, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se abrogan las Reglas de Operación del Programa de Microcréditos para el Bienestar, a fin de cumplir con el acuerdo Tercero del Acuerdo de Traspaso celebrado el 12 de enero de 2021, aprobado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el 28 de enero del mismo año.
El 12 de febrero de 2021, se publicó en el DOF el Acuerdo que modifica al diverso que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría, mediante el cual la Unidad de Desarrollo Productivo y la Dirección General de Facilitación Comercial cambiaron de adscripción a la Oficina de la persona Titular de la Secretaría de Economía y a la Subsecretaría de Comercio Exterior, respectivamente.
 
El 12 de abril de 2021, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, en el cual se realizaron movimientos estructurales a fin de brindar certeza en la operación de la Dependencia y el cumplimiento de sus obligaciones; entre otras; desapareció la Subsecretaría de Minería, se fusionaron las unidades administrativas adscritas a la entonces denominada Unidad de Contenido Nacional de Fomento de Cadenas Productivas en el Sector Energético, se crearon unidades administrativas con nuevas facultades y se realizaron diversos cambios de denominación y adscripción.
Para reflejar dichos cambios, el 22 de abril de 2021, se publicó en el DOF el Acuerdo que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía, de acuerdo con lo siguiente:
A la fecha de emisión del presente Manual de Organización General, la Secretaría de Economía cuenta con:
·  Dos Subsecretarías: Industria y Comercio y Comercio Exterior;
·  Diez Unidades incluidas la Unidad de Apoyo Jurídico y la Unidad de Administración y Finanzas.
·  Dos Oficinas: de Comunicación Social y de Enlace Legislativo, así como las Oficinas de Representación en las entidades federativas.
·  Treinta y seis Direcciones Generales.
·  Diez Coordinaciones.
·  Con personal asimilado al Servicio Exterior Mexicano, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, en la Misión Permanente de México ante la Organización Mundial del Comercio ubicada en Ginebra, Suiza y en Agregadurías Comerciales, ubicadas dentro de las Misiones Diplomáticas de la Secretaría de Relaciones Exteriores en: Bruselas, Bélgica; Tokio, Japón; Washington, D.C. Estados Unidos de América; Ottawa, Canadá y Montevideo, Uruguay.
 
·  Un órgano administrativo desconcentrado: la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
·  En el esquema paraestatal le corresponde fungir como coordinadora de sector de cinco entidades paraestatales agrupadas de la siguiente manera; organismos descentralizados: Procuraduría Federal del Consumidor, Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, Centro Nacional de Metrología y Servicio Geológico Mexicano, la empresa de participación estatal mayoritaria Exportadora de Sal, S.A. de C.V. y el Fideicomiso de Fomento Minero.
4. MARCO JURÍDICO
De manera enunciativa, más no limitativa, a continuación, se indican diversos instrumentos que conforman el marco jurídico de la Secretaría de Economía:
1.     Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el DOF el 5 de febrero de 1917 y sus reformas.
Tratados y Acuerdos Internacionales
1.     Convención de Viena sobre el derecho de los tratados, hecha en Viena el 23 de mayo de 1969, publicado en el DOF el 14 de febrero de 1975.
2.     Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, adoptado en Estocolmo el 14 de julio de 1967, publicado en el DOF el 27 de julio de 1976.
3.     Tratado de Montevideo 1980 que instituye la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), hecho en la Ciudad de Montevideo Uruguay el 12 de agosto de 1980, publicado en el DOF el 31 de marzo de 1981.
4.     Protocolo de Adhesión de México al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio firmado en Ginebra, Suiza, publicado en el DOF el 26 de noviembre de 1986.
5.     Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, adoptado en la ciudad de Ginebra, Suiza, el día 12 de abril de 1979, publicado en el DOF el 20 de abril de 1988.
6.     Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales, adoptada en la ciudad de Viena, Austria, el 21 de marzo de 1986, publicado en el DOF el 28 de abril de 1988.
7.     Convención de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos, publicada en el DOF el 5 de julio de 1994.
8.     Decreto de promulgación del Acta Final de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales y, el Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 1994.
9.     Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1994.
10.   Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 1994.
11.   Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1947, con fecha de adhesión de México 26 de noviembre de 1986, y su reforma.
12.   Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 1994.
13.   Acuerdo sobre las Medidas en Materia de Inversiones relacionadas con el Comercio, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 1994.
14.   Acuerdo sobre Salvaguardias, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 1994.
15.   Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 1994.
16.   Decreto Promulgatorio del Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor, adoptado en el Marco de la Conferencia Diplomática sobre Ciertas Cuestiones de Derecho de Autor y Derechos Conexos de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, celebrada en la ciudad de Ginebra, Suiza, el veinte de diciembre de mil novecientos noventa y seis, publicado en el DOF el 15 de marzo de 2002.
17.   Decreto Promulgatorio del Protocolo por el que se Enmienda el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, hecho en Ginebra el seis de
diciembre de dos mil cinco, publicado en el DOF el 7 de marzo de 2017.
18.   Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se Establece la Organización Mundial del Comercio, hecho en Ginebra el veintisiete de noviembre de dos mil catorce, por el que se incorpora el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, publicado en el DOF el 6 de abril de 2017.
19.   Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico, hecho en Santiago de Chile, el ocho de marzo de dos mil dieciocho, y publicado en el DOF el 29 de noviembre de 2018.
20.   Protocolo por el que se sustituye el Tratado de Libre Comercio de América del Norte por el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá, hecho en Buenos Aires, Argentina, el treinta de noviembre de dos mil dieciocho, así como los seis acuerdos paralelos entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América, celebrados por intercambio de cartas fechadas en Buenos Aires, Argentina, el treinta de noviembre de dos mil dieciocho, publicado en el DOF el 29 de julio de 2019.
Códigos
1.     Código de Comercio, publicado en el DOF el 7 de octubre de 1889 y sus reformas.
2.     Código Civil Federal, publicado en el DOF el 26 de mayo de 1928 y sus reformas.
3.     Código Federal de Procedimientos Civiles, publicado en el DOF el 24 de febrero de 1943 y sus reformas.
4.     Código Fiscal de la Federación, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 1981 y sus reformas.
Leyes
1.     Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, publicada en el DOF el 27 de agosto de 1932 y sus reformas.
2.     Ley General de Sociedades Mercantiles, publicada en el DOF el 4 de agosto de 1934 y sus reformas.
3.     Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el DOF el 29 de diciembre de 1976 y sus reformas.
4.     Ley Federal de Derechos, publicada en el DOF el 31 de diciembre de 1981 y sus reformas.
5.     Ley Federal de las Entidades Paraestatales, publicada en el DOF el 14 de mayo de 1986 y sus reformas.
6.     Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, publicada en el DOF el 26 de enero de 1988 y sus reformas.
7.     Ley sobre la Celebración de Tratados, publicada en el DOF el 2 de enero de 1992, y su reforma.
8.     Ley Minera, publicada en el DOF el 26 de junio de 1992 y sus reformas.
9.     Ley Federal de Protección al Consumidor, publicada en el DOF el 24 de diciembre de 1992 y sus reformas.
10.   Ley Federal de Correduría Pública, publicada en el DOF el 29 de diciembre de 1992 y sus reformas.
11.   Ley de Comercio Exterior, publicada en el DOF el 27 de julio de 1993 y sus reformas.
12.   Ley de Inversión Extranjera, publicada en el DOF el 27 de diciembre de 1993 y sus reformas.
13.   Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publicada en el DOF el 4 de agosto de 1994 y sus reformas.
14.   Ley Aduanera, publicada en el DOF el 15 de diciembre de 1995 y sus reformas.
15.   Ley de Protección al Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan el Derecho Internacional, publicada en el DOF el 23 de octubre de 1996 y sus reformas.
16.   Ley Federal del Derecho de Autor, publicada en el DOF el 24 de diciembre de 1996 y sus reformas.
17.   Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicada en el DOF el 4 de enero de 2000 y sus reformas.
18.   Ley de Ciencia y Tecnología, publicada en el DOF el 5 de junio de 2002 y sus reformas.
19.   Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, publicada en el DOF el 30 de diciembre de 2002 y sus reformas.
20.   Ley sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica, publicada en el DOF el
2 de septiembre de 2004.
21.   Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, publicada en el DOF el 20 de enero de 2005 y sus reformas.
22.   Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, publicada en el DOF el 30 de marzo de 2006 y sus reformas.
23.   Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, publicada en el DOF el 5 de julio de 2010.
24.   Ley de Hidrocarburos, publicada en el DOF el 11 de agosto de 2014 y sus reformas.
25.   Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el DOF el 4 de mayo de 2015 y sus reformas
26.   Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el DOF el 9 de mayo de 2016 y sus reformas.
27.   Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicada en el DOF el 18 de julio de 2016 y sus reformas.
28.   Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicada en el DOF el 26 de enero de 2017.
29.   Ley General de Mejora Regulatoria, publicada en el DOF el 18 de mayo de 2018.
30.   Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el DOF el 1 de julio de 2020 y sus reformas.
31.   Ley de Infraestructura de la Calidad, publicada en el DOF el 1 de julio de 2020.
32.   Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, publicada en el DOF el 1 de julio 2020.
33.   Ley de Ingresos de la Federación (del ejercicio fiscal que corresponda).
Reglamentos
1.     Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, publicado en el DOF el 26 de enero de 1990 y sus reformas.
2.     Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública, publicado en el DOF el 4 de junio de 1993 y sus reformas.
3.     Reglamento de la Ley de Comercio Exterior, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 1993 y sus reformas.
4.     Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial, publicado en el DOF el 23 de noviembre de 1994 y sus reformas.
5.     Reglamento del Artículo 122 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, publicado en el DOF el 27 de agosto de 1997.
6.     Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor, publicado en el DOF el 22 de mayo de 1998 y sus reformas.
7.     Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, publicado en el DOF el 8 de septiembre de 1998 y sus reformas.
8.     Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el DOF el 14 de diciembre de 1999 y sus reformas.
9.     Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicado en el DOF el 11 de junio de 2003.
10.   Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, publicado en el DOF el 16 de julio de 2004 y sus reformas.
11.   Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, publicado en el DOF el 28 de junio de 2006 y sus reformas.
12.   Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicado en el DOF el 28 de julio de 2010.
13.   Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, publicado en el DOF el 21 de diciembre de 2011.
 
14.   Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, publicado en el DOF el 9 de febrero de 2012 y sus reformas.
15.   Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales, publicado en el DOF el 14 de septiembre de 2012 y sus reformas.
16.   Reglamento de la Ley Minera, publicado en el DOF el 12 de octubre de 2012 y sus reformas.
17.   Reglamento del Código Fiscal de la Federación, publicado en el DOF el 2 de abril de 2014.
18.   Reglamento de la Ley de Hidrocarburos, publicado en el DOF el 31 de octubre de 2014.
19.   Reglamento de la Ley Aduanera, publicado en el DOF el 20 de abril de 2015.
20.   Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publicado en el DOF el 17 de octubre de 2019 y su reforma.
21.   Reglamento de la Ley Federal de Protección al Consumidor, publicado en el DOF el 19 de diciembre de 2019.
Decretos
1.     Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, publicado en el DOF el 2 de agosto de 2002 y sus reformas.
2.     Decreto por el que se establece la Tasa Aplicable durante 2003, del Impuesto General de Importación, para las mercancías originarias de América del Norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2002 y sus reformas.
3.     Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2003 y sus reformas.
4.     Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en Materia Aduanera y de Comercio Exterior, publicado en el DOF el 31 de marzo de 2008 y sus reformas.
5.     Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la Región Fronteriza y la Franja Fronteriza Norte, publicado en el DOF el 24 de diciembre de 2008 y sus reformas.
6.     Decreto por el que se crea el Premio Nacional de Tecnología e Innovación, publicado en el DOF el 10 de diciembre de 2010.
7.     Decreto por el que se establece la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, publicado en el DOF el 14 de enero de 2011.
8.     Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados, publicado en el DOF el 1 de julio de 2011 y sus reformas.
9.     Decreto de competitividad y reducción arancelaria de la zona económica fronteriza, publicado en el DOF el 23 de enero de 2012.
10.   Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, publicado en el DOF el 1 de noviembre de 2006 y sus reformas.
11.   Decreto por el que se autoriza la desincorporación mediante extinción del Fideicomiso Público considerado Entidad Paraestatal denominado ProMéxico, publicado en el DOF el 3 de mayo de 2019.
12.   Decreto por el que se crea el Consejo Nacional para el Fomento a la Inversión, el Empleo y Crecimiento Económico, publicado en el DOF el 17 de mayo de 2019.
13.   Decreto por el que se establece la Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de América del Norte, publicado en el DOF el 24 de diciembre de 2020.
Acuerdos
1.     Acuerdo que establece el procedimiento y requisitos que deberán cumplir las cámaras empresariales habilitadas para expedir los certificados de origen que se indican, publicado en el DOF el 19 de septiembre de 1997.
2.     Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero y la Procuraduría Federal del Consumidor, publicado en el DOF 22 de marzo de 1999 y sus reformas.
 
3.     Acuerdo por el que se dan a conocer las notas explicativas para la interpretación y aplicación de la nomenclatura de las tarifas establecidas por las leyes del Impuesto General de Importación y de Exportación, publicado en el DOF el 6 de marzo de 2006 y sus reformas.
4.     Acuerdo por el que se establecen las reglas para la operación del Sistema de Información Empresarial Mexicano, publicado en el DOF el 5 de diciembre de 2007 y sus reformas.
5.     Acuerdo por el que se autoriza el monto máximo de las tarifas que las Cámaras podrán cobrar por concepto de operación del Sistema de Información Empresarial Mexicano, publicado en el DOF el 7 de enero de 2008.
6.     Acuerdo por el que se da a conocer el mecanismo de asignación de contingentes arancelarios para importar, con los aranceles preferenciales establecidos en el marco de los compromisos contraídos por México en la Organización Mundial del Comercio, publicado en el DOF el 16 de mayo de 2008.
7.     Acuerdo por el que se establece la Estratificación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, publicado en el DOF el 30 de junio de 2009.
8.     Acuerdo mediante el cual se delegan en el Oficial Mayor de la Secretaría de Economía, las facultades que se indican, publicado en el DOF el 22 de febrero de 2011.
9.     Acuerdo por el que se delegan facultades en materia de contratación a los servidores públicos que se indican, publicado en el DOF el 30 de mayo de 2011.
10.   Acuerdo mediante el cual se delegan a servidores públicos de la Secretaría de Economía las facultades que se indican, publicado en el DOF el 14 de junio de 2012.
11.   Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2012 y sus reformas.
12.   Acuerdo por el que se establece el Premio Nacional del Emprendedor, publicado en el DOF el 14 de febrero de 2014 y sus reformas.
13.   Acuerdo por el que se establece la Metodología para la Medición del Contenido Nacional en Asignaciones y Contratos para la Exploración y Extracción de Hidrocarburos, así como para los permisos en la Industria de Hidrocarburos, publicado en el DOF el 13 de noviembre de 2014 y sus reformas.
14.   Acuerdo por el que se establece la clasificación y codificación de hidrocarburos y petrolíferos cuya importación y exportación está sujeta a permiso previo por parte de la Secretaría de Energía, publicado en el DOF el 29 de diciembre de 2014 y su reforma.
15.   Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos a que se refiere el artículo 62 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, publicado en el DOF el 6 de julio de 2015.
16.   Acuerdo por el que se establece el Sistema de Asuntos Jurídicos para la Inversión Extranjera y las reglas para su uso, publicado en el DOF el 27 de marzo de 2017.
17.   Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para que los asignatarios, contratistas y permisionarios proporcionen información sobre contenido nacional en las actividades que realicen en la industria de hidrocarburos, publicado el 26 de mayo de 2017 y sus modificaciones.
18.   Acuerdo por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Secretaría de Economía, publicado en el DOF el 26 de septiembre de 2018.
19.   Acuerdo General por el que se establecen las reglas a que se sujetará la representación del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en todos los trámites previstos en la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 25 de marzo de 2019.
20.   Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para el proceso de desincorporación por extinción del Fideicomiso Público considerado Entidad Paraestatal denominado ProMéxico, publicado en el DOF el 28 de junio de 2019.
21.   Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la aplicación y administración de los recursos transferidos del Mandato denominado Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros, al Fideicomiso Público de Administración y Pago denominado Fondo para el Desarrollo de Zonas de Producción Minera, publicado en el Diario Oficial de Federación el 31 de octubre de 2019 y sus reformas.
22.   Acuerdo por el que la persona Titular de la Secretaría de Economía delega las facultades que se
indican, publicado en el DOF el 18 de diciembre de 2019 y sus reformas.
23.   Acuerdo por el que se reduce el plazo de respuesta de los trámites que se indican, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, que aplica la Secretaría de Economía, publicado en el DOF el 20 de mayo de 2020.
24.   Acuerdo por el que se establecen la Unidad de Transparencia y el Comité de Transparencia de la Secretaría de Economía, publicado en el DOF el 11 de agosto de 2020.
25.   Acuerdo que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía, publicado en el DOF el 22 de abril de 2021.
Reglas
1.     Reglas de operación de los Programas a cargo de la Secretaría de Economía, en términos de lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación del año fiscal que corresponda.
2.     Reglas para la gestión de trámites por medios de comunicación electrónica ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, publicadas en el DOF el 23 de febrero de 2015 y sus reformas.
Lineamientos
1.     Lineamientos para la Operación del Registro Público de Comercio, publicados en el DOF el 13 de junio de 2011 y sus reformas.
2.     Lineamientos generales para la organización y conservación de los archivos del Poder Ejecutivo Federal, publicados en el DOF el 3 de julio de 2015.
Instrumentos relacionados con la planeación nacional
1.     Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el DOF el 12 de julio de 2019.
2.     Programa Sectorial de Economía 2020-2024, publicado en el DOF el 24 de junio de 2020.
Normas Internas Administrativas
1.     Código de Conducta de la Secretaría de Economía.
2.     Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.
3.     Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
4.     Manual de integración y funcionamiento del Comité de Bienes Muebles de la Secretaría de Economía.
5.     Manual de integración y funcionamiento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Economía.
6.     Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas de la Secretaría de Economía.
Otras disposiciones
1.     Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal (del año que corresponda).
2.     Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Economía.
3.     Normas Mexicanas publicadas por la Secretaría de Economía.
4.     Normas Oficiales Mexicanas que emite la Secretaría de Economía.
5.     Programa Nacional de Normalización y su Suplemento (del año que corresponda).
6.     Aviso por el que se comunica que todos los trámites, servicios y formatos que aplica la Secretaría de Economía y sus órganos desconcentrados, han quedado inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, publicado en el DOF el 19 de mayo de 2003.
5. CULTURA ORGANIZACIONAL
MISIÓN
Desarrollar e implementar políticas integrales de innovación, diversificación e inclusión productiva y comercial, así como de estímulo a la inversión nacional y extranjera, propiciando el aprovechamiento de los recursos minerales e impulsando la productividad y competitividad de los sectores industriales, que permitan su integración a cadenas regionales y globales de valor, con el fin de contribuir a generar bienestar para las y
los mexicanos.
VISIÓN
Ser una Dependencia que contribuya de manera decisiva a transformar la vida pública del país, facilitando, promoviendo, instrumentando políticas públicas incluyentes y responsables para el bienestar común, garantizando un crecimiento económico alto y sostenido para que nadie se quede atrás.
PRINCIPIOS Y VALORES
El 5 de febrero de 2019 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emite el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Gobierno Federal.
Con fundamento en lo señalado en la disposición anterior, en septiembre del año 2021 fue publicado el Código de Conducta de la Secretaría de Economía, el cual tiene como objetivo ser una guía práctica que oriente e impulse al personal de la Institución a cumplir con la misión, visión y objetivos institucionales en estricto apego a la normatividad, actuando en función del interés público, la transparencia y la rendición de cuentas bajo los siguientes valores y principios, buscando con ello, mejorar con nuestro actuar la calidad del servicio público en nuestro país.
Principios
·  Legalidad
·  Honradez
·  Lealtad
·  Imparcialidad
·  Eficiencia
Valores
·  Respeto a los Derechos Humanos
·  Equidad de género
·  Liderazgo
·  Transparencia e integridad
En materia de derechos humanos
El personal que labora en la Secretaría de Economía en el ámbito de su competencia y atribuciones tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de:
·  Universalidad el cual establece que los derechos humanos corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo.
·  Interdependencia que implica que los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí.
·  Indivisibilidad que refiere que los derechos humanos conforman una totalidad de tal forma que son complementarios e inseparables.
·  Progresividad que prevé que los derechos humanos están en constante evolución y bajo ninguna circunstancia se justifica un retroceso en su protección.
En consecuencia, de lo anterior las personas servidoras públicas deberán promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos en los términos que establezca la ley y de conformidad con el Título Primero, Capítulo I "De los Derechos Humanos y sus Garantías" establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
6. ATRIBUCIONES
La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal confiere a la Secretaría de Economía en el artículo 34, las atribuciones para el despacho de los siguientes asuntos:
I.              Formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país; con excepción de los precios de bienes y servicios de la Administración Pública Federal;
II.             Regular, promover y vigilar la comercialización, distribución y consumo de los bienes y servicios;
 
III.            Establecer la Política de industrialización, distribución y consumo de los productos agrícolas, ganaderos, forestales, minerales y pesqueros, en coordinación con las dependencias competentes;
IV.            Fomentar, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores en el ámbito de su competencia, la política de comercio exterior y atracción de inversión extranjera;
V.             Estudiar, proyectar y determinar los aranceles escuchando la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; estudiar y determinar las restricciones para los artículos de importación y exportación, y participar con la mencionada Secretaría en la fijación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos al comercio exterior;
VI.            Estudiar y determinar mediante reglas generales, conforme a los montos globales establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los estímulos fiscales necesarios para el fomento industrial, el comercio interior y exterior y el abasto, incluyendo los subsidios sobre impuestos de importación, y administrar su aplicación, así como vigilar y evaluar sus resultados;
VII.           Establecer las tarifas para la prestación de aquellos servicios de interés público que considere necesarios, con la exclusión de los precios y tarifas de los bienes y servicios de la Administración Pública Federal; y definir el uso preferente que deba darse a determinadas mercancías;
VIII.           Regular, orientar y estimular las medidas de protección al consumidor;
IX.            Participar con las Secretarías de Bienestar, de Agricultura y Desarrollo Rural y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en la distribución y comercialización de productos y el abastecimiento de los consumos básicos de la población; así como el fomento a la cadena de valor productiva agroalimentaria;
X.             Se deroga;
X bis.        Coordinar y ejecutar la política nacional para crear y apoyar empresas que asocien a grupos de escasos recursos en áreas urbanas a través de las acciones de planeación, programación, concertación, coordinación, evaluación; de aplicación, recuperación y revolvencia de recursos para ser destinados a los mismos fines; así como de asistencia técnica y de otros medios que se requieran para ese propósito, previa calificación, con la intervención de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y de los gobiernos estatales y municipales, y con la participación de los sectores social y privado;
XI.            Coordinar y dirigir con la colaboración de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, el Sistema Nacional para el Abasto, con el fin de asegurar la adecuada distribución y comercialización de productos y el abastecimiento de los consumos básicos de la población;
XII.           Normar y registrar la propiedad industrial y mercantil; así como regular y orientar la inversión extranjera y la transferencia de tecnología;
XII bis.       Autorizar el uso o modificación de denominación o razón social de sociedades mercantiles o civiles;
XIII.           Establecer y vigilar las normas de calidad, pesas y medidas necesarias para la actividad comercial; así como las normas y especificaciones industriales;
XIV.          Regular y vigilar, de conformidad con las disposiciones aplicables, la prestación del servicio registral mercantil a nivel federal, así como promover y apoyar el adecuado funcionamiento de los registros públicos locales;
XV.           Fomentar el desarrollo del pequeño comercio rural y urbano, así como promover el desarrollo de lonjas, centros y sistemas comerciales de carácter regional o nacional en coordinación con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural;
XVI.          Impulsar, en coordinación con las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal que tengan relación con las actividades específicas de que se trate, la producción de aquellos bienes y servicios que se consideren necesarios para garantizar el abasto y el funcionamiento eficiente de los mercados;
XVII.         Organizar y patrocinar exposiciones, ferias y congresos de carácter industrial y comercial;
XVIII.         Organizar la distribución y consumo a fin de evitar el acaparamiento y que las intermediaciones innecesarias o excesivas provoquen el encarecimiento de los productos y
servicios;
XIX.          Regular la producción industrial con exclusión de la que esté asignada a otras dependencias;
XX.           Asesorar a la iniciativa privada en el establecimiento de nuevas industrias en el de las empresas que se dediquen a la exportación de manufacturas nacionales;
XXI.          Fomentar, regular y promover el desarrollo de la industria de transformación y definir las estrategias para el fomento industrial de cadenas productivas y para el fomento de la inversión directa de la industria eléctrica;
XXII.         Fomentar, estimular y organizar la producción económica del artesanado, de las artes populares y de las industrias familiares;
XXIII.         Promover, orientar, fomentar y estimular la industria nacional;
XXIV.        Promover, orientar, fomentar y estimular el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa y la microindustria y actividad artesanal, así como regular la organización de productores industriales;
XXIV bis.   Organizar, unificar e implementar el sistema informático que establecerá expedientes electrónicos empresariales con la finalidad de simplificar los trámites que los interesados realizan ante la administración pública federal centralizada y paraestatal;
XXV.         Promover y, en su caso, organizar la investigación técnico-industrial, y
XXVI.        Se deroga;
XXVII.       Formular y conducir la política nacional en materia minera, así como promover en zonas de producción minera la construcción de obras de infraestructura social, en coordinación con los gobiernos estatales, municipales y con la participación de los pueblos y comunidades indígenas, así como de los sectores social y privado, de acuerdo con el artículo 32, fracción XIII de esta ley;
XXVIII.       Fomentar el aprovechamiento de los recursos minerales y llevar el catastro minero, y regular la explotación de salinas ubicadas en terrenos de propiedad nacional y en las formadas directamente por las aguas del mar;
XXIX.        Otorgar contratos, concesiones, asignaciones, permisos, autorizaciones y asignaciones en materia minera, en los términos de la legislación correspondiente;
XXX.         Impulsar la reubicación de la industria de zonas urbanas con graves problemas demográficos y ambientales en coordinación con las autoridades competentes, así como con las entidades federativas, para que se facilite su traslado con infraestructura industrial;
XXXI.        Determinar y operar el sistema electrónico en el que deberán realizarse las publicaciones que establezcan las leyes mercantiles;
XXXII.       Establecer, junto con la Secretaría de Energía, la política nacional de fomento a las compras de proveedores nacionales en los sectores de hidrocarburos y electricidad,
XXXIII.       Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
7.     ESTRUCTURA ORGÁNICA
1.0    Secretaria
1.0.1    Unidad de Administración y Finanzas
1.0.1.1     Dirección General de Programación, Presupuesto y Contabilidad
1.0.1.2     Dirección General de Recursos Humanos
1.0.1.3     Dirección General de Recursos Materiales y Archivo
1.0.1.4     Dirección General de Tecnologías de la Información
1.0.2    Unidad de Apoyo Jurídico
1.0.2.0.1    Coordinación de Convenios y Contratos
1.0.2.0.2    Coordinación de lo Contencioso
1.0.2.1     Dirección General de Legislación y Consulta
1.0.2.2     Dirección General de Procedimientos Constitucionales y Legales
1.0.3    Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia
 
1.0.3.1     Dirección General de Normas
1.0.3.1.1    Coordinación de la Infraestructura de la Calidad
1.0.3.2     Dirección General de Normatividad Mercantil
1.0.3.2.1    Coordinación de Política Mercantil
1.0.3.3     Dirección General de Competitividad y Competencia
1.0.3.4     Dirección General de Apoyo Técnico
1.0.4    Unidad de Coordinación de Actividades Extractivas
1.0.4.1     Dirección General de Desarrollo Minero
1.0.4.2     Dirección General de Minas
1.0.5    Unidad de Prospectiva, Planeación y Evaluación
1.0.5.1     Dirección General de Innovación de Trámites
1.0.5.2     Dirección General de Planeación y Evaluación
1.0.5.3     Dirección General de Vinculación con el Sector Coordinado
1.0.5.4     Dirección General de Coordinación Territorial de Trámites y Servicios de Economía
1.0.5.4.1    Oficinas de Representación en las entidades federativas
1.0.6    Unidad de Desarrollo Productivo
1.0.6.1     Dirección General de Control y Procedimientos
1.0.6.2     Dirección General de Desarrollo Productivo
1.0.6.3     Dirección General de Financiamiento y Apoyo
1.0.6.4     Dirección General de Operación
1.0.6.5     Dirección General de Seguimiento a Compromisos Institucionales
1.0.7    Oficina de Comunicación Social
1.0.8    Oficina de Enlace Legislativo
1.1    Subsecretaría de Industria y Comercio
1.1.1    Unidad de Fomento y Crecimiento Económico
1.1.2    Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales
1.1.2.0.1 Coordinación de Análisis Financiero y Contable
1.1.2.0.2 Coordinación de Daño y Salvaguardas
1.1.2.0.3 Coordinación de Dumping y Subvenciones
1.1.2.0.4 Coordinación Jurídica
1.1.2.0.5 Coordinación Jurídica Internacional
1.1.2.1     Dirección General de Defensa Comercial Internacional
1.1.3    Dirección General de Contenido Nacional y Fomento en el Sector Energético
1.1.4    Dirección General de Industrias Ligeras
1.1.5    Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología
1.1.6    Dirección General de Innovación, Servicios y Comercio Interior
1.2    Subsecretaría de Comercio Exterior
1.2.1    Unidad de Inteligencia Económica Global
1.2.1.1     Dirección General Inversión Extranjera
1.2.1.1.1 Coordinación del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
1.2.1.2     Dirección General de Política de Promoción de Inversiones y Exportación
1.2.2    Unidad de Negociaciones Comerciales Internacionales
 
1.2.2.1     Dirección General de Comercio Internacional de Servicios e Inversión
1.2.2.2     Dirección General de Disciplinas de Comercio Internacional
1.2.2.3     Dirección General de Sistemas de Información Estadística de Comercio Internacional
1.2.3    Dirección General de Acceso a Mercados de Bienes
1.2.4    Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional
1.2.5    Dirección General de Planeación y Estrategias de Negociación
1.2.6    Dirección General de Seguimiento, Administración y Supervisión del Cumplimiento de Tratados Comerciales
1.2.7    Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior
8. ORGANIGRAMA

9. FUNCIONES Y OBJETIVOS
En este apartado se describirán la misión, objetivos y funciones de cada una de las unidades administrativas de la Dependencia. Las funciones se derivan de las atribuciones que les confiere el Reglamento Interior, leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y otras disposiciones jurídico-administrativas.
Funciones generales
De conformidad con las atribuciones que confiere el artículo 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía a las personas titulares de unidad, direcciones generales, coordinaciones y oficinas, les corresponde desempeñar las siguientes funciones generales:
1.     Establecer y determinar las medidas administrativas que estime convenientes, incluyendo la delegación y desconcentración de funciones; que permitan el uso eficaz, racional y eficiente de los recursos con que cuenta la unidad a su cargo.
2.     Procurar la resolución de los asuntos de su competencia previo acuerdo con su superior jerárquico.
3.     Dirigir y coordinar la realización de estudios e informes en materia de su competencia a fin de emitir los comunicados y opiniones que le sean solicitados por su superior jerárquico o cualquier autoridad.
4.     Establecer las acciones necesarias que aseguren el cumplimiento de sus atribuciones y las que le fueran delegadas por su superior jerárquico.
5.     Coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto relativo a la unidad administrativa a su cargo y aprobar el de las que les estén adscritas.
6.     Dirigir las acciones para la ejecución y seguimiento del ejercicio del presupuesto autorizado a la unidad a su cargo.
7.     Desarrollar y establecer los planes y programas de trabajo, a fin de informar sobre el desarrollo de los programas bajo su responsabilidad.
8.     Coordinar la revisión de los contratos, convenios y demás instrumentos que permitan dar cumplimiento a sus atribuciones.
9.     Coordinar e informar sobre el incumplimiento de los contratos, convenios y demás instrumentos celebrados.
10.   Dirigir las acciones tendientes a la orientación técnica sobre los asuntos de su competencia, a los servidores públicos de la Secretaría.
11.   Establecer los mecanismos para dar seguimiento al cumplimiento de sus atribuciones en coordinación con otras unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con Empresas Productivas del Estado.
12.   Establecer, dirigir y determinar los mecanismos para validar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas que le correspondan.
13.   Instruir en la atención de los recursos administrativos que se interpongan en contra de resoluciones dictadas por servidores públicos subalternos, así como sustanciar aquellos recursos que en razón de su competencia le corresponda conforme a la normativa aplicable.
14.   Proponer y proveer los elementos necesarios para imponer las sanciones laborales a que se haga acreedor el personal a su cargo en los términos de la legislación aplicable.
15.   Proporcionar la información, datos y apoyo técnico, en el ámbito de su competencia, requerido por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y las unidades y órganos administrativos internos, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
16.   Expedir las copias certificadas de los documentos que obren en los archivos de la unidad administrativa a su cargo.
17.   Coordinar con la Dirección General de Tecnologías de la Información, la planeación, diseño, desarrollo, mantenimiento y operación de los sistemas informáticos requeridos para el sustento de las funciones asignadas a la unidad administrativa.
18.   Administrar los recursos humanos de su adscripción.
19.   Llevar a cabo las acciones pertinentes a fin de actualizar el Manual de Organización General de la Secretaría y de los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público en el ámbito de su competencia.
 
20.   Determinar el mecanismo para promover la difusión del Manual de Organización General de la Secretaría y de los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público.
21.   Coadyuvar en el cumplimiento de las atribuciones en apoyo a sus superiores jerárquicos.
22.   Vigilar el cumplimiento de las atribuciones de las unidades administrativas que están bajo su adscripción y, en su caso, ejercer directamente dichas atribuciones en los asuntos o casos que estime pertinentes.
23.   Proponer a la Unidad de Administración y Finanzas, estrategias y acciones que permitan elevar la calidad, modernizar y simplificar los procesos operativos relacionados con la atención y servicios de usuarios.
24.   Dirigir, coordinar y apoyar en las acciones conducentes para asegurar el cumplimiento en la atención de la información solicitada en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.
25.   Proponer el nombramiento y remoción de los servidores públicos de las unidades administrativas bajo su adscripción que no estén sujetos al servicio profesional de carrera.
26.   Coordinar la integración de los expedientes laborales del personal a su cargo.
27.   Conducir la realización de estudios de las disposiciones normativas aplicables a asuntos de su competencia para proponer las iniciativas de leyes, decretos, acuerdos, órdenes y demás disposiciones normativas que corresponda en coordinación con la Unidad de Apoyo Jurídico.
28.   Emitir acuerdos, oficios de comisión que corresponda a fin de delegar facultades en los servidores públicos subalternos.
29.   Representar a la Secretaría ante las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y participar en comités y grupos de trabajo interinstitucionales.
30.   Conducir el diseño, implementación y promoción de políticas públicas en materia de su competencia.
31.   Proponer los mecanismos que den seguimiento a la observancia de leyes que expida el Congreso de la Unión y la normativa administrativa que expida el Ejecutivo Federal, en las materias de su competencia.
32.   Las demás que le atribuyan las disposiciones legales o reglamentarias, así como las encomendadas por la persona Titular de la Secretaría o superiores jerárquicos.
1.0   Secretaria
Misión
Desarrollar e implementar políticas integrales de innovación, diversificación e inclusión productiva y comercial, así como de estímulo a la inversión nacional y extranjera, propiciando el aprovechamiento de los recursos minerales e impulsando la productividad y competitividad de los sectores industriales, que permitan su integración a cadenas regionales y globales de valor, con el fin de contribuir a generar bienestar para las y los mexicanos.
Objetivo
Conducir el cumplimiento de los objetivos nacionales del desarrollo económico mediante la formulación y supervisión de políticas generales para impulsar y fortalecer la competitividad de los sectores productivo, industrial, comercial y de servicios, con el propósito de promover y estimular el crecimiento económico del país y generar mayores oportunidades de empleo. Lo anterior, en concordancia con lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo, con los Programas en materia de su competencia y en coordinación y transversalidad con el resto de las dependencias de la Administración Pública Federal en virtud y acato de la normatividad vigente.
Funciones
1.     Determinar, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría, las políticas públicas generales para el desarrollo económico.
2.     Concertar planes de trabajo a fin de acordar los asuntos relevantes de la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas.
3.     Desempeñar las comisiones y funciones especiales que el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos le confiera e informar sobre su desarrollo.
4.     Conducir la realización de estudios a fin de proponer los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás instrumentos normativos, cuya suscripción o expedición corresponda a la persona Titular del Ejecutivo Federal.
 
5.     Definir los temas a tratar y solicitar a las unidades administrativas, la información sobre el estado que guarda la Secretaría y su sector coordinado para informar al Congreso de la Unión.
6.     Acudir ante cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión por convocatoria de éstas, para que informe cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a la competencia de la Secretaría o del sector paraestatal a su cargo, o para que responda a interpelaciones o preguntas de los legisladores.
7.     Refrendar, para su validez y observancia constitucionales los reglamentos, decretos y acuerdos que expida el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos cuando sean competencia de la Secretaría.
8.     Representar al Presidente de la República en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los casos en que lo determine la persona Titular del Ejecutivo Federal.
9.     Coordinar la realización de estudios a fin de validar la organización y funcionamiento de la Secretaría.
10.   Aprobar el anteproyecto de presupuesto de egresos de la Secretaría y sus modificaciones, así como coordinar acciones para integrar el de las entidades paraestatales sectorizadas.
11.   Coordinar, en el ámbito de su competencia, a los órganos nacionales establecidos de conformidad con las disposiciones aplicables de los tratados comerciales internacionales de los que México sea parte.
12.   Emitir acuerdos donde se publique la creación o modificación de las Oficinas de Representación en las entidades federativas.
13.   Ordenar la creación y en su caso las comisiones internas transitorias o permanentes que se requieran para el mejor despacho de los asuntos a su cargo, y designar a los miembros que deban integrarlas.
14.   Establecer las unidades de coordinación, asesoría y de apoyo técnico que requiera la Secretaría para su funcionamiento administrativo.
15.   Establecer la adscripción orgánica de las unidades administrativas de la Secretaría.
16.   Expedir el Manual de Organización General de la Secretaría y los demás manuales de procedimientos y de servicios al público de la Secretaría.
17.   Expedir los acuerdos de carácter general con base en la Ley Minera, Ley Federal de Competencia Económica, Ley de Inversión Extranjera, Ley Federal de Protección al Consumidor, Ley Federal de Correduría Pública, Ley de Infraestructura de la Calidad, Ley de Comercio Exterior y demás ordenamientos de su competencia.
18.   Designar a los representantes de la Secretaría para la participación de éstos en las comisiones, consejos, congresos, organizaciones, entidades e instituciones nacionales e internacionales en la que participe la propia Secretaría.
19.   Designar a los representantes de la Secretaría ante los órganos de gobierno de las entidades paraestatales que corresponda y fijar los lineamientos conforme a los cuales deberán ejercer sus cargos.
20.   Expedir las Condiciones Generales de Trabajo para el adecuado desarrollo de la relación laboral entre la Secretaría y su personal.
21.   Determinar los criterios para fijar la posición y las acciones a seguir de la representación de México ante la Organización Mundial del Comercio.
22.   Designar los nombramientos que por nivel jerárquico le competen.
23.   Coordinar la resolución de los recursos administrativos que se interpongan en contra de sus resoluciones, así como las dictadas por las unidades administrativas y su órgano administrativo desconcentrado.
1.0.1   Unidad de Administración y Finanzas
Misión
Administrar, en observancia de la normativa aplicable y el debido proceso, los recursos humanos, materiales, financieros, de tecnologías de la información y de otra naturaleza asignados a la Secretaría, para el logro de los objetivos y metas institucionales.
 
Objetivo
Administrar los recursos de la Secretaría y su sector coordinado en cumplimiento de las disposiciones y procesos aplicables, en el ámbito de su competencia y en coordinación con las unidades responsables correspondientes.
Funciones
1.     Determinar conforme a las disposiciones aplicables y el modelo organizacional básico establecido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las políticas, normas, criterios, bases, lineamientos, sistemas y procesos para la administración de los recursos con que cuenta la Secretaría, su órgano administrativo desconcentrado y su sector coordinado que permitan el uso eficaz, racional y eficiente de los recursos, con base en las medidas de austeridad y disciplina hacendaria que deben observarse en el ejercicio del gasto público federal.
2.     Ejecutar, en los términos de las disposiciones aplicables, los servicios de apoyo administrativo en materia de planeación, programación, presupuesto, contabilidad, tecnologías de la información, recursos humanos, recursos materiales, archivos, y los demás que sean necesarios, en los términos que fije el Ejecutivo Federal.
3.     Coordinar con cada unidad administrativa responsable, el diseño y transformación sus estructuras organizacionales.
4.     Dirigir y orientar las acciones requeridas para promover y ejecutar las estrategias, lineamientos, criterios y procesos que defina la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, u otra autoridad competente, a las que se deban sujetar las unidades administrativas y entidades del sector, en relación con el Plan Nacional de Desarrollo y los programas del mismo.
5.     Dirigir las acciones necesarias para la programación, presupuestación y gasto de la Unidad, el de las unidades administrativas que le estén adscritas, y las demás vinculadas con su competencia.
6.     Establecer las acciones para organizar e integrar la información de la Dependencia y su sector coordinado requerida por las autoridades competentes.
7.     Definir la metodología para la elaboración, actualización, dictamen, emisión y difusión de los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público de la Secretaría, así como de los respectivos formatos.
8.     Suscribir los nombramientos de los servidores públicos de la Secretaría.
9.     Presentar para consideración de la persona Titular de la Secretaría, previa opinión de la persona Titular de la Unidad de Apoyo Jurídico y demás autoridades competentes, el Reglamento Interior de la Secretaría o sus modificaciones, el Manual de Organización General de la Secretaría y los demás manuales de procedimientos y de servicios al público, que la persona Titular de la Dependencia deba expedir.
10.   Dirigir las relaciones laborales de la Secretaría y supervisar la aplicación de las Condiciones Generales de Trabajo y demás ordenamientos aplicables en la materia.
11.   Presentar a la persona Titular de la Secretaría, previa validación de la persona Titular de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Economía; así como establecer los mecanismos para vigilar y difundir el cumplimiento de las mismas.
12.   Establecer el programa de trabajo para la capacitación, profesionalización y el adiestramiento del personal de la Secretaría, y proponerlo a la persona Titular de la Dependencia.
13.   Presidir los comités de adquisiciones, arrendamientos y servicios, obra pública, de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, la Comisión Mixta de Escalafón y los demás organismos colegiados que de acuerdo con sus atribuciones deba coordinar o presidir, o bien, determinar a su suplente.
14.   Supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública, así como lo correspondiente a las enajenaciones de la Secretaría.
15.   Coordinar las acciones necesarias para la ejecución de los procesos de adquisición y suministro de bienes y servicios específicos necesarios para la Unidad, así como de aquellos orientados al desarrollo de los programas que ejecuten las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados.
 
16.   Orientar al sector coordinado respecto de los procesos de adquisición y suministro de bienes y servicios específicos necesarios para el desarrollo de sus programas.
17.   Coordinar la integración de la información relacionada con los procesos de adquisición y suministro de bienes y servicios específicos ejecutados y por ejecutar de las unidades administrativas de la Secretaría y su órgano administrativo desconcentrado.
18.   Suscribir los instrumentos jurídicos y demás documentos que impliquen actos de administración o dominio, de conformidad con la normativa aplicable.
19.   Coordinar la integración de la información sobre las necesidades institucionales en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública de conformidad con la metodología determinada por la autoridad competente.
20.   Coordinar los trabajos de integración de la información para elaborar el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría, y llevar a cabo la ejecución del mismo, así como orientar al sector coordinado, a petición de parte.
21.   Coordinar las acciones para integrar y presentar a la persona Titular de la Secretaría el anteproyecto de presupuesto de la Secretaría y su sector coordinado.
22.   Fungir como responsable del proceso de mejora regulatoria de la Secretaría.
23.   Determinar las estrategias que permitan ofrecer orientación, captar la opinión y dar atención a la ciudadanía respecto de los programas, trámites y servicios que ofrece la Secretaría.
24.   Dirigir las acciones para la elaboración y ejecución del Programa Interno de Protección Civil para salvaguardar el personal, instalaciones, bienes e información.
25.   Determinar en coordinación con la Oficina de Comunicación Social, el sistema de comunicación interna en la Secretaría.
26.   Coordinar las acciones tendientes a administrar y garantizar el debido funcionamiento de los archivos, las bibliotecas, hemerotecas, áreas protocolarias, recintos, galerías y museos de la Secretaría o aquellas que se encuentren a cargo de ésta.
27.   Conducir la organización de los eventos públicos y privados en los que intervenga la persona Titular de la Secretaría, o aquellos que en cumplimiento a las atribuciones de la Secretaría se deban realizar.
28.   Impulsar las acciones que favorezcan el cumplimiento del Código de Ética de las personas servidoras públicas del Gobierno Federal y de Conducta de la Secretaría y orientar lo procedente en los términos de sus atribuciones a las entidades coordinadas.
29.   Coordinar, a través de la Dirección General de Recursos Humanos, las acciones para la implementación de la transversalidad de género en la cultura organizacional; así como en el diseño, planeación y ejecución de los programas a cargo de la Secretaría, y orientar lo procedente en los términos de sus atribuciones a las entidades coordinadas.
30.   Coordinar la aplicación y seguimiento de las disposiciones en materia de control interno institucional.
31.   Realizar acciones que contribuyan a la coordinación y supervisión de los órganos de vigilancia y control en la Dependencia.
32.   Coordinar las acciones que le defina la persona Titular de la Secretaría, la persona Titular de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o le confieran las disposiciones aplicables.
33.   Coordinar acciones, a efecto de que, a través de las Direcciones Generales adscritas a la Unidad, en el ámbito de su competencia, apoyen a las unidades administrativas que conforman a la Secretaría.
1.0.1.1    Dirección General de Programación, Presupuesto y Contabilidad
Misión
Facilitar a la Secretaría y a su sector coordinado, de manera eficaz, eficiente y transparente, el cumplimiento de sus objetivos a través de servicios presupuestarios y de mejora regulatoria y administrativa.
Objetivo
Administrar y promover el uso eficiente de los recursos financieros asignados a la Secretaría y a su sector coordinado, mediante mecanismos que permitan operar el proceso de programación, presupuestación, ejercicio, administración y rendición de cuentas del gasto público, así como propiciar la mejora regulatoria en la Dependencia mediante la gestión de anteproyectos y análisis de impacto regulatorio, la actualización de trámites y procesos necesarios para la operación de la Secretaría, de acuerdo con las leyes y disposiciones aplicables en la materia.
 
Funciones
1.     Elaborar, y proponer a su superior jerárquico, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, criterios específicos y procedimientos para la administración de los recursos financieros de la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas por ésta.
2.     Coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas a ésta, conforme a la normatividad aplicable y enviarlo a las instancias competentes para su aprobación.
3.     Coordinar la integración de la estructura programática de la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas a ésta en congruencia con las disposiciones jurídicas aplicables.
4.     Coadyuvar en la supervisión de la ejecución del presupuesto y el cumplimiento de las metas comprometidas en la programación y presupuestación anual de la Secretaría, órgano administrativo desconcentrado y de las entidades del sector.
5.     Coordinar la planeación de los programas y proyectos de inversión de la Secretaría, de conformidad con la información que proporcionen las unidades administrativas, el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría y las entidades paraestatales sectorizadas a ésta, así como promover el registro y actualización de los mismos en la cartera de inversión.
6.     Gestionar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las solicitudes y consultas en materia presupuestaria y contable.
7.     Proponer los procedimientos internos y las líneas de acción en materia de programación, presupuesto y ejercicio de los recursos financieros que apliquen en su gestión las coordinaciones administrativas.
8.     Establecer los mecanismos para dar a conocer a las unidades administrativas, al órgano administrativo desconcentrado, y a las entidades paraestatales sectorizadas los presupuestos aprobados y las disposiciones normativas para el proceso interno del ejercicio programático-presupuestario.
9.     Dar seguimiento a dicho ejercicio para coadyuvar a la eficacia y eficiencia del gasto público.
10.   Planear, programar y ejercer el presupuesto de servicios personales de la Secretaría y coordinar el ejercicio del gasto de servicios personales de las entidades paraestatales sectorizadas a ésta.
11.   Establecer las estrategias para coordinar el ejercicio del presupuesto autorizado que esté centralizado en las Direcciones Generales subordinadas directamente a la Unidad de Administración y Finanzas.
12.   Coordinar la gestión ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de las adecuaciones presupuestarias que planteen las unidades responsables, el órgano administrativo desconcentrado y entidades paraestatales sectorizadas a la Secretaría, así como las demás que se requieran para la administración del presupuesto.
13.   Dirigir el proceso de verificación de los pagos que se autoricen a las unidades responsables con cargo a sus presupuestos y de su gestión ante la Tesorería de la Federación, con excepción de las que correspondan a las Oficinas de Representación en las entidades federativas y delegaciones jurisdiccionales y el órgano administrativo desconcentrado.
14.   Dirigir las acciones para gestionar ante la Tesorería de la Federación la aplicación de los reintegros presupuestarios.
15.   Dirigir la operación del sistema de contabilidad de la Secretaría de Economía, con base en las disposiciones aplicables en materia de contabilidad gubernamental.
16.   Dirigir la conformación y operación de un archivo para la custodia y consulta de la documentación contable, con excepción de la documentación correspondiente a las Oficinas de Representación en las entidades federativas y delegaciones territoriales y el órgano administrativo desconcentrado.
17.   Fungir como representante legal de la Secretaría en las declaraciones fiscales que deban presentarse ante las autoridades e instituciones competentes para realizar los trámites asociados al ejercicio del presupuesto y el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
18.   Coordinar la integración de la información que requiere la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la formulación de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de la Secretaría e incorporar la que corresponde al órgano administrativo desconcentrado y entidades paraestatales sectorizadas.
 
19.   Coordinar las acciones para integrar y presentar los informes presupuestarios, programáticos y contables que conforme a las disposiciones legales se requieran.
20.   Coordinar la elaboración, integración y entrega a las diversas instancias normativas de los informes que se requieran, sobre el ejercicio del gasto y el cumplimiento de metas del sector central, órgano administrativo desconcentrado, programas federales y transversales.
21.   Coordinar las acciones para gestionar ante las autoridades hacendarias competentes la autorización de las tarifas de derechos, productos y aprovechamientos.
22.   Gestionar ante las instancias correspondientes las autorizaciones presupuestarias necesarias respecto de los programas con reglas de operación de la Secretaría, su órgano administrativo desconcentrado y entidades del sector coordinado.
23.   Gestionar ante las instancias correspondientes el registro, renovación o extinción y demás trámites presupuestarios relacionados de los fideicomisos, mandatos, contratos análogos coordinados por la Secretaría, su órgano administrativo desconcentrado y entidades del sector coordinado.
24.   Formular y proponer a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, los lineamientos y procedimientos para la elaboración, actualización y dictamen de los formatos de los trámites que deban inscribirse en el Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios.
25.   Dictaminar los formatos que deban inscribirse en el Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios, que elaboren las unidades administrativas de la Secretaría.
26.   Coordinar la integración y dar seguimiento a los programas de mejora regulatoria de la Secretaría y su órgano administrativo desconcentrado.
27.   Fungir como ventanilla de recepción y seguimiento de las solicitudes de dictamen regulatorio que envíen las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría.
28.   Gestionar y fungir como ventanilla de recepción y seguimiento de las solicitudes de modificación a la información inscrita en el Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios que envíen las unidades administrativas de la Secretaría y su órgano administrativo desconcentrado.
29.   Fungir como enlace de la Secretaría ante la Auditoría Superior de la Federación durante los trabajos de auditoría y revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, así como, dirigir las acciones para coordinar la atención a las observaciones y/o acciones que resulten de las revisiones y auditorías practicadas por esa instancia fiscalizadora.
30.   Gestionar los requerimientos en materia de presupuesto y ejercicio del gasto que realicen las Oficinas de Representación en las entidades federativas de la Secretaría.
31.   Coordinar las acciones para integrar y proponer a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas los inventarios de procesos sustantivos y administrativos de la Secretaría, así como promover su actualización y mejora.
32.   Elaborar las evaluaciones de impacto presupuestario de los proyectos de disposiciones jurídico administrativas competencia de la Secretaría para la expedición de la persona Titular del Ejecutivo Federal.
1.0.1.2    Dirección General de Recursos Humanos
Misión
Proporcionar a la Secretaría y a su sector coordinado servicios en materia de planeación y administración de los recursos humanos, estructuras organizacionales y salariales, con énfasis en la igualdad de género, racionalidad, disciplina presupuestal y transparencia, para el cumplimiento de sus objetivos institucionales.
Objetivo
Proponer, instrumentar y coordinar la aplicación de las normas, políticas, lineamientos, procedimientos, procesos y sistemas para la administración del capital humano, con criterios de racionalidad, disciplina presupuestal, eficiencia y transparencia, de conformidad con las disposiciones y ordenamientos vigentes, promover la actuación de las personas públicas basada en el Código de Ética y el Código de Conducta de la Secretaría, así como propiciar la actualización de los manuales de organización y de procedimientos de las unidades administrativas de la Secretaría, para contribuir al cumplimiento de los objetivos institucionales; coordinar la observancia de la normatividad en materia de servicios personales y de estructuras orgánicas de su órgano administrativo desconcentrado y entidades sectorizadas, para coadyuvar al logro de las estrategias y objetivos de la Secretaría.
 
Funciones
1.     Coordinar la aplicación de políticas y estrategias en materia de planeación y administración de los recursos humanos, estructuras organizacionales y salariales de la Secretaría.
2.     Presentar a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, las propuestas de estructuras orgánicas y ocupacionales de las unidades administrativas de la Secretaría, así como sus modificaciones y formular pronunciamientos sobre las modificaciones propuestas por su sector coordinado.
3.     Conducir y administrar los mecanismos de reclutamiento, selección e ingreso del personal a la Secretaría, bajo los esquemas de: servicio profesional de carrera, personal que ocupa plazas eventuales, contratado por honorarios, gabinete de apoyo, designación directa, movimientos laterales y operativos de base y confianza.
4.     Suscribir los contratos de prestación de servicios profesionales por honorarios de las unidades administrativas de la Secretaría.
5.     Expedir los nombramientos de las y los servidores públicos y resolver sobre los cambios de adscripción.
6.     Establecer y administrar la expedición de la identificación oficial del personal de la Secretaría.
7.     Establecer los criterios para la expedición de cualquier identificación que se requiera para el correcto ejercicio de las atribuciones de la Secretaría.
8.     Conducir los mecanismos de administración de remuneraciones, pago de sueldos, prestaciones, retenciones y descuentos al personal de la Secretaría.
9.     Administrar las acciones derivadas del sistema de escalafón de la Secretaría y asesorar a los representantes de la misma ante la Comisión Nacional Mixta de Escalafón, así como vigilar el cumplimiento de su reglamento.
10.   Determinar, instrumentar y promover los esquemas de profesionalización, capacitación y desarrollo del capital humano en la Secretaría, para mejorar su desempeño y productividad.
11.   Dirigir el establecimiento de mejores prácticas en materia de recursos humanos que fomenten la productividad, el desarrollo y la mejora de la operación en la Secretaría.
12.   Informar y asesorar al personal y a las unidades administrativas en materia de los derechos y obligaciones derivados de la relación laboral.
13.   Asegurar el cumplimiento de las disposiciones que rigen las relaciones laborales de la Secretaría.
14.   Determinar e instrumentar las normas y procedimientos, en coordinación con la Unidad de Apoyo Jurídico, para la aplicación de sanciones al personal, así como intervenir y asesorar en el levantamiento de actas por incumplimiento de obligaciones laborales e imponer y revocar las medidas disciplinarias correspondientes.
15.   Participar con las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría en la conducción de la relación con la representación sindical.
16.   Establecer y administrar los mecanismos para la aplicación de descuentos, retenciones autorizadas y recuperación de salarios no devengados.
17.   Resolver en coordinación con la Unidad de Apoyo Jurídico la separación de las y los servidores públicos cuando proceda.
18.   Atender las resoluciones, laudos o sentencias en materia laboral.
19.   Desarrollar mecanismos de comunicación interna en la Secretaría para el desarrollo del personal y el cumplimiento de los objetivos institucionales.
20.   Intervenir dentro de la Secretaría en las comisiones mixtas de su competencia conforme a las disposiciones correspondientes.
21.   Conducir las acciones en materia de recursos humanos de las Coordinaciones Administrativas.
22.   Dirigir las actividades necesarias para la operación del Sistema del Servicio Profesional de Carrera, de conformidad con las disposiciones aplicables.
23.   Formular las acciones que promuevan la mejora de la operación del Sistema del Servicio Profesional de Carrera.
24.   Establecer los Comités Técnicos de Profesionalización y de Selección.
 
25.   Coordinar las acciones necesarias para generar el pago o entrega de premios, de estímulos y recompensas a las y los servidores públicos, de conformidad con las disposiciones aplicables en la materia.
26.   Fomentar la participación del personal y sus familiares en actividades deportivas, recreativas y culturales, que permitan un desarrollo integral del capital humano.
27.   Proponer la actualización de Lineamientos para emitir el dictamen de los manuales de organización y de procedimientos de la Secretaría de Economía.
28.   Coordinar la integración del Manual de Organización General de la Secretaría de Economía.
29.   Coordinar el Programa de Trabajo para la actualización de manuales de organización y de procedimientos.
1.0.1.3    Dirección General de Recursos Materiales y Archivo
Misión
Contribuir a que las unidades administrativas que integran la Secretaría, cuenten con el suministro de recursos materiales, bienes, arrendamientos y servicios generales indispensables que requieren para su funcionamiento, de manera ininterrumpida.
Objetivo
Brindar a las unidades administrativas de la Secretaría, los recursos materiales, servicios generales, bienes muebles e inmuebles y archivo para su adecuado funcionamiento; así como el apoyo y asesoría que permita llevar a cabo los procedimientos de contratación de bienes, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados, que requieran, de manera oportuna, conforme a criterios de racionalidad, transparencia, honradez y austeridad, apegados a la normatividad y demás ordenamientos aplicables.
Funciones
1.     Realizar las acciones en materia de administración de bienes muebles e inmuebles asignados a la Secretaría, servicios generales, obra pública y servicios relacionados con la misma, con la finalidad de suministrar a las áreas de la misma, las condiciones mínimas necesarias para el desempeño de sus funciones.
2.     Conducir los procedimientos de contratación de bienes y servicios, así como la obra pública y servicios relacionados con la misma, de la Secretaría, para que las unidades administrativas cuenten oportunamente con los servicios requeridos.
3.     Conducir los procedimientos relativos a la baja, destino final y enajenación de bienes muebles de la Secretaría, cualquiera que sea su naturaleza, a fin de mantener actualizado el inventario.
4.     Conducir los procesos para la formalización de los contratos de adquisición de bienes, arrendamiento, servicios, obra pública y los servicios relacionados con la misma, a fin de asegurar que se registren oportunamente con apego al debido proceso.
5.     Autorizar las solicitudes de prórrogas para la entrega de bienes o la prestación de servicios, o en la ejecución de obra pública y servicios relacionados con la misma, y en su caso las excepciones de garantía de cumplimiento de contratos, según corresponda, a fin de que los expedientes se integren conforme al debido proceso.
6.     Asegurar que las penas convencionales se notifiquen oportunamente y en su caso, los procesos de rescisión administrativa o terminación anticipada de los contratos se lleven a cabo conforme al procedimiento establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
7.     Fungir como responsable inmobiliario de la Secretaría, administrar el almacén general y llevar a cabo el registro de los bienes muebles con los sistemas establecidos para ello, con la finalidad de mantener un control sistemático de los mismos, así como coordinar el levantamiento de los inventarios físicos de bienes muebles e inmuebles.
8.     Coordinar las acciones para que la operación de los archivos de la Secretaría, se lleve a cabo conforme al marco normativo aplicable, a efecto de que las diferentes unidades administrativas lleven a cabo la disposición y destino final de sus documentos.
9.     Dirigir la elaboración e integración de los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios; de la obra pública y servicios relacionados con la misma, así como de disposición final de bienes muebles, a efecto de que se registren oportunamente y se lleve a cabo el seguimiento puntual.
 
10.   Coordinar el Programa de Aseguramiento de Bienes Patrimoniales de la Secretaría de Economía, incluyendo en su caso, al sector coordinado, así como el programa de protección civil del sector central, a efecto de que se mantengan actualizados permanentemente y estar en posibilidad de hacer frente a cualquier eventualidad que se presente en cada caso.
11.   Conducir el desarrollo y realización de los comités de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma, así como de bienes muebles, con el objeto de que se resuelvan en tiempo los asuntos que compete a cada uno.
12.   Conducir las acciones en materia de recursos materiales y servicios generales de las coordinaciones administrativas de la Secretaría.
13.   Suscribir los contratos, convenios y pedidos en materia de adquisición y arrendamientos de bienes y servicios, así como los relativos a obra pública y servicios relacionados con la misma, de conformidad con las disposiciones aplicables.
14.   Asegurar que las oficialías de partes y los módulos de recepción de documentos establecidos en cada inmueble de la Secretaría, funcionen correctamente a fin de garantizar la entrega oportuna de los documentos a las unidades administrativas.
15.   Conducir las acciones que permitan operar correctamente los espacios físicos destinados a los archivos de la Secretaría, con el objeto de asegurar su resguardo y custodia, en apego al marco normativo en la materia.
1.0.1.4    Dirección General de Tecnologías de la Información
Misión
Proveer soluciones tecnológicas a las unidades administrativas de la Secretaría, que contribuyan en el desarrollo de sus funciones y el logro de sus objetivos para fomentar la productividad y competitividad de la economía mexicana e impulsar sus empresas y emprendedores.
Objetivo
Proporcionar servicios y soluciones de tecnologías de la información y comunicaciones a las unidades administrativas de la Secretaría que automaticen y optimicen funciones, recursos y procesos.
Funciones
1.     Proponer, emitir y aplicar las políticas, normas, lineamientos, planes, programas y estrategias institucionales en materia de tecnologías de la información y comunicaciones (TIC) para la sistematización y optimización de funciones, recursos y procesos dentro de la Secretaría.
2.     Elaborar, validar y ejecutar el Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
3.     Coordinar el análisis de la situación en materia de tecnologías de la información y comunicaciones de la Secretaría e integrar un mapa estratégico de TIC para establecer las metas y acciones.
4.     Definir los criterios para el diseño y desarrollo de soluciones tecnológicas requeridos para satisfacer las necesidades de las unidades administrativas de la Secretaría.
5.     Administrar la infraestructura de tecnologías de la información y comunicaciones, y soluciones tecnológicas de la Secretaría.
6.     Proporcionar los servicios de soporte técnico que permitan mantener un correcto funcionamiento de la infraestructura de cómputo.
7.     Dirigir las acciones necesarias para el control de las licencias de uso de programas o tecnologías de cómputo adquiridas en la Secretaría.
8.     Administrar la asignación de los servicios de tecnologías de la información y comunicaciones a las unidades administrativas de la Secretaría, así como dictaminar sobre el estado físico u obsolescencia del equipo o bienes informáticos en propiedad, para su desincorporación del inventario institucional.
9.     Coordinar la integración de los programas de capacitación institucional y cursos de tecnologías de la información y comunicaciones.
10.   Propiciar el uso racional de recursos y servicios de tecnologías de la información y comunicaciones en la Secretaría.
11.   Diseñar, ejecutar, actualizar y supervisar los programas relativos a la capacidad, contingencia, continuidad y disponibilidad de las tecnologías de la información y comunicaciones.
 
12.   Evaluar, definir y proponer para su implementación las innovaciones tecnológicas que permitan actualizar los recursos informáticos de la Secretaría.
13.   Promover estándares en materia de tecnologías de la información y comunicaciones para las entidades paraestatales sectorizadas con la finalidad de lograr la homogeneidad e interoperabilidad en los sistemas o soluciones informáticas.
14.   Coordinar, administrar y dirigir los procesos asociados a la seguridad de la información y comunicaciones de la Secretaría.
15.   Dirigir y administrar la implementación, operación y actualización de la Intranet conforme a los lineamientos aplicables en la materia.
16.   Representar a la Secretaría en materia de tecnologías de la información y comunicaciones.
1.0.2      Unidad de Apoyo Jurídico
Misión
Apoyar a las unidades administrativas, al órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría y a las entidades sectorizadas a la misma, en el diseño, implementación y defensa de las políticas públicas competencia de la propia Dependencia, en un marco de legalidad, transparencia y fomento de los derechos humanos.
Objetivo
Brindar asesoría jurídica a la Secretaría y servir como área de enlace y consulta para asegurar la emisión de criterios generales de interpretación, la congruencia en la aplicación de las disposiciones jurídicas que son de su competencia, así como aplicar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de cámaras empresariales, fungir como Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría, y representar judicial y administrativamente a la Dependencia.
Funciones
1.     Asesorar jurídicamente a la persona Titular de la Secretaría, a sus unidades administrativas y a su órgano administrativo desconcentrado, así como, coordinar y participar en las actividades jurídicas de las unidades administrativas de la misma.
2.     Coordinar la formulación y revisión de los proyectos de iniciativas de leyes o decretos legislativos, así como de los reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones de observancia general en las materias competencia de la Secretaría y del sector coordinado por la misma.
3.     Emitir opinión jurídica respecto de ordenamientos que corresponda firmar o refrendar a la persona Titular de la Secretaría, así como de los que tengan relación con las materias competencia de la Dependencia.
4.     Tramitar ante el Diario Oficial de la Federación la publicación de las disposiciones normativas de carácter general o de carácter interno que expida la Secretaría, y llevar la compilación de los mismos.
5.     Revisar, analizar y resolver el criterio de la Secretaría cuando dos o más de sus unidades administrativas, su órgano administrativo desconcentrado, o más entidades paraestatales sectorizadas a ésta, en su caso, entre unas y otras, se pronuncien o emitan criterios contradictorios en cuestiones jurídicas y actuar en la solución de las mismas.
6.     Emitir criterios generales de interpretación y aplicación para efectos administrativos de las disposiciones jurídicas en las materias competencia de la Secretaría y de su sector coordinado, que serán de observancia obligatoria para las unidades administrativas de la misma y sus órganos administrativos desconcentrados.
7.     Representar al Presidente de la República en todos los trámites establecidos por la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en aquellos asuntos que corresponda a la Secretaría representar al Titular del Ejecutivo Federal, así como intervenir en las controversias constitucionales, en las acciones de inconstitucionalidad y en los demás procedimientos constitucionales, en términos de la normativa aplicable.
8.     Representar legalmente a la Secretaría ante cualquier autoridad jurisdiccional, administrativa, agraria y del trabajo; formular demandas, contestaciones y, en general, todas las promociones que se requieran.
 
9.     Atender las diligencias respectivas, absolver posiciones, comparecer en todo tipo de audiencias, interponer toda clase de recursos que se consideren necesarios y allanarse cuando se estime procedente.
10.   Representar a la persona Titular de la Secretaría, a las personas Titulares de las Subsecretarías, a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas y demás personas Titulares de las Unidades, Direcciones Generales, Coordinaciones y Oficinas de la Secretaría, en todos los trámites dentro de los juicios de amparo.
11.   Coordinar y dar atención a las promociones, desahogar trámites y asistir a audiencias y diligencias, que exija el trámite procesal de cualquier otra instancia de carácter judicial o contencioso administrativo en la que sean parte los servidores públicos.
12.   Coordinar y coadyuvar en la elaboración de informes previos y justificados en materia de amparo que deban rendir los servidores públicos de la Secretaría en donde sean señalados como autoridades responsables.
13.   Ejercer las acciones judiciales y contencioso-administrativas que competan a la Secretaría; formular querella o realizar las denuncias ante el Ministerio Público de los hechos que lo ameriten; intervenir en los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias previstos en la ley de la materia; otorgar perdón y gestionar ante cualquier autoridad la liberación y devolución de bienes de activo fijo de la Secretaría relacionados con averiguaciones previas, carpetas de investigación, procedimientos judiciales o administrativos de cualquier naturaleza.
14.   Fungir como Asesor Jurídico de la Secretaría en el sistema procesal penal acusatorio ejerciendo todas las prerrogativas y facultades que se contemplen en la legislación aplicable.
15.   Autorizar a los servidores públicos de la propia Unidad de Apoyo Jurídico para representar legalmente a la Secretaría en el ejercicio de las atribuciones en esta materia, mediante oficio suscrito por la persona Titular o bien por los servidores públicos que puedan suplirlo por ausencia.
16.   Llevar a cabo las acciones necesarias para hacer del conocimiento de las autoridades fiscalizadoras, jurisdiccionales y ministeriales, según corresponda, de las posibles conductas irregulares en el ejercicio del servicio público, que le hagan de su conocimiento u observe en el ejercicio de sus funciones.
17.   Coordinar la elaboración de estudios en materia del procedimiento jurisdiccional o administrativo, siempre y cuando la materia de esta sea un bien jurídicamente disponible y conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, a fin de actuar en representación de la Secretaría.
18.   Representar a la persona Titular de la Secretaría ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y ante cualquier otra autoridad laboral en los juicios y procedimientos en que sea parte la Secretaría, ejerciendo las acciones, excepciones y defensas, desistimientos, conciliar, allanarse, interponer los recursos que procedan y demás promociones que se requieran.
19.   Verificar la documentación para las bajas y demás sanciones que procedan respecto del personal de base o de confianza, por las causas establecidas en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría y demás disposiciones aplicables en materia laboral.
20.   Autorizar a los servidores públicos de la propia Unidad de Apoyo Jurídico para representar legalmente a la Secretaría mediante oficio suscrito por el propio Titular de la Unidad de Apoyo Jurídico o bien, por los servidores públicos que puedan suplirlo en caso de ausencia.
21.   Verificar el cumplimiento de requisitos de los contratos, convenios y acuerdos, bases, así como de cualquier instrumento jurídico que celebre la Secretaría con integrantes de los sectores público, privado y social, de carácter nacional e internacional para su registro y control.
22.   Dictaminar y registrar dichos instrumentos una vez cumplidos los requisitos necesarios.
23.   Dictaminar una vez cumplidos los requisitos y resolver respecto de las solicitudes de acreditamiento de personalidad que se presenten ante la Secretaría, así como administrar el Registro Único de las Personas Acreditadas y emitir las constancias correspondientes.
24.   Proponer las resoluciones que procedan sobre los recursos administrativos previstos en los diversos ordenamientos que aplica la Secretaría promovidos en contra de sanciones y proporcionar la asesoría necesaria para resolver otro tipo de recursos.
 
25.   Verificar que los documentos de uso oficial que se utilicen en forma reiterada en las actividades que realizan las diversas unidades administrativas de la Secretaría contengan las formalidades y requisitos jurídicos a fin de emitir el dictamen correspondiente.
26.   Colaborar en la organización de las actividades que correspondan al funcionamiento de los órganos de gobierno de las entidades paraestatales sectorizadas a la Secretaría.
27.   Fungir como Secretario Técnico en aquellos órganos de gobierno que determine la persona Titular de la Secretaría.
28.   Dictar los lineamientos para el seguimiento de las reuniones, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
29.   Fungir como enlace en los asuntos jurídicos de la Secretaría con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México.
30.   Atender las solicitudes de compulsa y expedir copias certificadas de los documentos que obren en los archivos de la Secretaría, cuando deban ser exhibidas ante las autoridades judiciales, administrativas, del trabajo y, en general, para cualquier procedimiento, proceso o investigación.
31.   Acreditar la participación de los representantes de la Secretaría en los órganos de gobierno de las entidades paraestatales y cuerpos colegiados en que intervengan, e informar en forma trimestral a la persona Titular de la Secretaría.
32.   Mantener actualizado el registro de los nombramientos y firmas de los servidores públicos de la Secretaría.
33.   Tramitar ante el área correspondiente de la Secretaría de Gobernación el registro de aquéllos servidores públicos que estén facultados para hacer constar la legitimidad de documentos.
34.   Integrar los informes y demás requerimientos que deba rendir la Secretaría a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y otros organismos análogos.
35.   Autorizar la constitución de cámaras empresariales y sus confederaciones, registrar sus estatutos y modificaciones, así como las delegaciones de las cámaras.
36.   Sancionar los casos de incumplimiento conforme a la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, en los casos que así proceda, tomando en cuenta la opinión del área técnica.
37.   Convocar a las asambleas generales de las cámaras o sus confederaciones.
38.   Coadyuvar al fortalecimiento de las Cámaras y sus Confederaciones, así como vigilar y verificar la observancia de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, y en su caso, sancionar en caso de incumplimiento.
39.   Aprobar el uso del término cámara o confederación en las denominaciones o razones sociales de personas morales distintas a las mencionadas instituciones de interés público.
40.   Representar jurídicamente a la Secretaría en los asuntos relacionados con la propiedad industrial y los derechos de autor ante las autoridades competentes.
41.   Resguardar y custodiar los títulos y demás documentos en los que se consignen los derechos de la Secretaría en ambas materias.
42.   Autorizar y registrar el uso de logotipos distintivos por parte de la Secretaría.
43.   Fungir como Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría e integrante del Comité de Transparencia, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP) y de las demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia.
44.   Proponer acciones para fortalecer, en el ámbito de la competencia de la Secretaría, la promoción y defensa de los derechos humanos, y asesorar a las diversas unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la propia Dependencia, y de las entidades paraestatales sectorizadas a ésta, para que en su caso, realicen modificaciones de las disposiciones reglamentarias, así como para la implementación de prácticas administrativas que permitan garantizar el respeto de los derechos humanos.
45.   Conducir la emisión y actualización de los lineamientos, criterios, parámetros y procedimientos internos, que permitan el desarrollo de la función jurídica de la Secretaría, así como de las funciones a cargo de las diversas áreas y asesores jurídicos de la misma, incluyendo la de su órgano administrativo desconcentrado, e instruir, en su caso, la atención de asuntos jurídicos a éstos.
 
46.   Asesorar a las unidades administrativas de la Dependencia, en la elaboración y modificación de los convenios y contratos que requieren celebrar.
47.   Fungir como apoyo técnico jurídico del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría.
48.   Emitir los acuerdos para delegar las atribuciones indispensables, previa aceptación de la persona Titular de la Secretaría.
49.   Compilar, sistematizar y difundir las normas jurídicas relacionadas con las atribuciones de la unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados.
50.   Verificar que las actas administrativas, los oficios de sanciones laborales, notificaciones, visitas de inspección y, en general, los demás documentos que se utilicen en forma reiterada contengan las formalidades y requisitos jurídicos a fin de emitir el dictamen correspondiente.
51.   Participar en la Comisión de Estudios Jurídicos del Gobierno Federal.
52.   Fungir como enlace de la Secretaría ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, para atender y procesar las quejas y denuncias presentadas ante instituciones y organismos internacionales en contra del Estado mexicano, en asuntos en los que la Secretaría deba ejercer su derecho de defensa.
1.0.2.0.1 Coordinación de Convenios y Contratos
Misión
Emitir el dictamen jurídico sobre formalidades y requisitos que deben contener los diversos instrumentos jurídicos que suscriba la Secretaría, así como de los trámites en materia de acreditación de personalidad y temas en materia de órganos de gobierno, transparencia y Derechos Humanos, a través de los procedimientos y criterios establecidos.
Objetivo
Coordinar la revisión de los contratos, convenios, acuerdos, bases, así como cualquier instrumento jurídico que celebre la Secretaría, dictaminarlos y registrarlos cuando dichos instrumentos cumplan con los requisitos necesarios, las solicitudes de acreditación de personalidad, órganos de gobierno y los informes en materia de Derechos Humanos, así como gestionar y atender todo lo relacionado con temas de transparencia y acceso a la información.
Funciones
1.     Coordinar la revisión de los contratos, convenios, acuerdos, bases, así como cualquier instrumento jurídico que celebre la Secretaría con integrantes de los sectores público, privado y social, así como lo que tenga que ver con la naturaleza corporativa en temas de la Secretaría y su relación con el sector coordinado; a fin de emitir el dictamen correspondiente.
2.     Establecer y llevar el control necesario para el registro de contratos, convenios, acuerdos, bases, así como cualquier instrumento jurídico que celebre la Secretaría.
3.     Participar en los órganos de gobierno en los que interviene la Secretaría o sus unidades administrativas, emitiendo opinión sobre los temas jurídicos.
4.     Establecer el mecanismo para la guarda y custodia de las fianzas de anticipos y de cumplimiento de contratos competencia de la Unidad de Apoyo Jurídico.
5.     Dictaminar y dar respuesta al trámite de las solicitudes de acreditación de personalidad que se presenten ante la Secretaría.
6.     Dar trámite y emitir las constancias de calificación para participar en las licitaciones públicas para asignar cupos de importación y exportación.
7.     Coordinar y revisar los diversos instrumentos jurídicos que suscriba la Secretaría a fin de que cumplan con las formalidades y requisitos respectivos.
8.     Elaborar y verificar el cumplimiento de los requisitos en las acreditaciones de los servidores públicos que representen a la Secretaría en los órganos de gobierno de las entidades paraestatales y cuerpos colegiados.
9.     Verificar la asistencia y participación de los servidores públicos de la Secretaría en los órganos de gobierno de las entidades paraestatales y cuerpos colegiados, a fin de elaborar y enviar el informe trimestral correspondiente a la persona Titular de la Secretaría.
 
10.   Realizar el análisis de la posición jurídica de la Secretaría, sobre los diversos temas que surjan en el seno de los órganos de gobierno de las entidades paraestatales del sector coordinado.
11.   Coordinar la elaboración de los análisis y anteproyectos de instrumentos jurídicos a efecto de crear, modificar, disolver, liquidar, extinguir, fusionar, enajenar o transferir las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal del sector coordinado y de los fideicomisos o mandatos a cargo de la Secretaría.
12.   Conducir los estudios, análisis e investigaciones en materia jurídica sobre las entidades paraestatales y fideicomisos a cargo de la Secretaría.
13.   Coordinar la elaboración de informes sobre el cumplimiento a los Derechos Humanos por parte de la Secretaría, así como la integración de los requerimientos realizados por otras dependencias de la Administración Pública Federal o comisiones intersecretariales, siempre y cuando no sean competencia de otra unidad administrativa.
14.   Proveer la información que requiera la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de las entidades del sector coordinado, para la integración de la relación de las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal.
15.   Coordinar la atención a las diversas consultas en materia de Derechos Humanos y en su caso emitir opinión de los proyectos y programas al respecto.
16.   Dar trámite y atención a las solicitudes en materia de transparencia y acceso a la información incluyendo la recepción de solicitudes de información que ingresen a través de la Unidad de Transparencia. Así como atender los requerimientos y obligaciones de transparencia solicitadas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
17.   Realizar las acciones de atención a los recursos de revisión interpuestos ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
1.0.2.0.2 Coordinación de lo Contencioso
Misión
Intervenir en toda clase de juicios, investigaciones o procedimientos seguidos ante las autoridades competentes, en los que sea parte o sea requerida su intervención, para interponer los medios de defensa contemplados en la Ley, en protección a los intereses de la Secretaría de Economía y del Estado, así como suscribir promociones, desahogar trámites, dar seguimiento oportuno, asistir a audiencias y diligencias y ejercer la estrategia de litigio que exija el trámite procesal de cualquier otra instancia de carácter judicial, controversias y/o contencioso administrativo en la que sean parte la Secretaría o los servidores públicos que desempeñan funciones en la misma.
Objetivo
Ejercer la representación de la Secretaría ante cualquier autoridad jurisdiccional, administrativa, agraria y del trabajo, así como proporcionar la orientación jurídica necesaria para resolver todo tipo de recursos e intervenir en la formulación de querellas o denuncias ante el Ministerio Público a fin de salvaguardar los derechos e intereses de la Secretaría y los servidores públicos que en ella intervienen.
Funciones
1.     Contribuir en las acciones necesarias para que la persona Titular de la Unidad de Apoyo Jurídico represente al Presidente de la República en todos los trámites en los que la persona Titular de la Secretaría represente al Presidente de la República.
2.     Representar a la Secretaría ante cualquier autoridad jurisdiccional, administrativa, agraria y del trabajo; formular demandas, contestaciones y, en general, todas las promociones que se requieran, así como oponer defensas y excepciones en defensa de la Secretaría.
3.     Representar a la persona Titular de la Secretaría, las personas Titulares de las Subsecretarías, y demás personas Titulares de las unidades administrativas de la Secretaría, en todos los trámites dentro de los juicios de amparo y cualquier otra instancia de carácter judicial y administrativo.
4.     Coordinar la formulación de los informes previos y justificados en materia de amparo que deban rendir los servidores públicos de la Secretaría.
5.     Llevar a cabo la formulación de querella o denuncias ante el Ministerio Público de los hechos que lo ameriten y ejercer acción penal ante los Tribunales en los casos que proceda y cuando se cuente con los elementos necesarios.
 
6.     Representar legalmente a la Dependencia ante las autoridades en materia penal tanto administrativas como jurisdiccionales.
7.     Brindar el apoyo a la Secretaría en el sistema procesal penal acusatorio ejerciendo todas las prerrogativas y facultades que se contemplen en la legislación aplicable.
8.     Ejercer la representación de la persona Titular de la Secretaría ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y ante cualquier otra autoridad laboral en los juicios y procedimientos en que sea parte la Secretaría.
9.     Contribuir en la formulación de las propuestas de resoluciones que procedan sobre los recursos administrativos previstos en los diversos ordenamientos que aplica la Secretaría promovidos en contra de sanciones.
10.   Dirigir el desahogo de consultas que formulen las unidades administrativas de la Secretaría sobre el alcance e interpretación de determinada norma procesal o sustantiva en el ámbito litigioso.
11.   Coordinar la elaboración de la compulsa y expedición de copias certificadas de los documentos que obren en los archivos de la Secretaría cuando así se requiera.
12.   Coordinar la integración de informes que se deban presentar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y otros organismos análogos.
13.   Proponer la denuncia de contradicción de tesis sustentadas por los Tribunales Colegiados de Circuito, Plenos de Circuito y por las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en las materias a que se refiere el artículo 14, fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.
1.0.2.1    Dirección General de Legislación y Consulta
Misión
Asegurar que los actos de las unidades y el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría se encuentren apegados al marco jurídico aplicable.
Objetivo
Analizar, formular y tramitar los anteproyectos de iniciativas de leyes, decretos, reglamentos, acuerdos y disposiciones de carácter general, así como coordinar la revisión y análisis de instrumentos y ordenamientos normativos competencia de la Secretaría; emitir opiniones e interpretaciones administrativas a las consultas jurídicas que le formulen a la persona Titular de la Secretaría y a las unidades administrativas de la Dependencia, para garantizar que los actos de las unidades y del órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría se emitan conforme al marco jurídico aplicable.
Funciones
1.     Proponer a su superior jerárquico los anteproyectos de iniciativas de leyes y decretos legislativos, así como de reglamentos, decretos, acuerdos y demás ordenamientos normativos que contengan disposiciones en las materias de la competencia de la Secretaría.
2.     Analizar con un enfoque a técnica jurídica, así como emitir opinión, escuchando en su caso, a las áreas técnicas correspondientes, respecto de ordenamientos normativos y disposiciones que corresponda firmar o refrendar a la persona Titular de la Secretaría, así como de los que tengan relación con las materias competencia de la misma, previa solicitud de las áreas competentes, y cuando proceda, proponer a su superior jerárquico las reformas a dichos ordenamientos y disposiciones, con la finalidad de que la actuación de las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría se encuentren apegados al marco jurídico aplicable.
3.     Elaborar los criterios interpretativos para efectos administrativos de las disposiciones jurídicas en las materias competencia de la Secretaría.
4.     Proponer criterios generales de observancia obligatoria para las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría.
5.     Conducir la gestión para la publicación de disposiciones normativas competencia de la Secretaría en el Diario Oficial de la Federación.
6.     Gestionar ante el área correspondiente de la Secretaría de Gobernación el registro de los autógrafos de los servidores públicos de la Secretaría, que estén facultados para hacer constar la legitimidad de documentos.
 
7.     Verificar que los proyectos de iniciativas de leyes y decretos legislativos, competencia de la Secretaría cumplan con la técnica jurídica y en su caso, emitir la opinión correspondiente.
8.     Asegurar que se atiendan las consultas que se formulen a la persona Titular de la Secretaría o a sus unidades administrativas, garantizando que se den respuestas confiables y dentro del marco jurídico.
9.     Coordinar la integración del acervo jurídico y su compilación.
10.   Coordinar la atención de los asuntos relacionados con la propiedad industrial y los derechos de autor ante las autoridades competentes, a fin de que se encuentren custodiados los derechos de la Dependencia en dichas materias.
11.   Coordinar la integración de la información respecto de las solicitudes de productos y aprovechamientos, así como de las propuestas de derechos, a fin de que los cobros de los trámites se encuentren debidamente autorizados por las autoridades hacendarias competentes.
12.   Dar trámite a las solicitudes para la autorización de la constitución de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones.
13.   Registrar los estatutos y las modificaciones de estos, registrar sus delegaciones, y convocar a las Asambleas Generales de las Cámaras o sus Confederaciones.
14.   Coordinar las labores derivadas de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, y de sus disposiciones reglamentarias.
1.0.2.2    Dirección General de Procedimientos Constitucionales y Legales
Misión
Participar en las acciones que en materia jurídica lleva a cabo la Secretaría, a fin de prevenir y atender posibles conflictos normativos, cuando se trate de normas jurídicas en materia de procedimientos constitucionales, así como en materia de juicios y procedimientos.
Objetivo
Coordinar las acciones para la defensa de los actos e intereses de la Secretaría que sean impugnados por la vía administrativa o judicial, actuando para tales efectos en representación del Presidente de la República, cuando así lo determine la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, de la persona Titular de la Secretaría y de las diferentes unidades administrativas ante las autoridades administrativas, judiciales, laborales, agrarias, penales.
Funciones
1.     Participar en los procedimientos constitucionales y asuntos contenciosos en que tenga injerencia la Secretaría.
2.     Brindar asesoría sobre materia procesal constitucional y en materia contenciosa.
3.     Proponer acciones para el cumplimiento de los preceptos constitucionales de los asuntos competencia de la Secretaría.
4.     Proponer mejoras en procesos de adecuación del orden normativo que rige el funcionamiento de la Secretaría, cuando se trate de normas jurídicas en materia de procedimientos constitucionales, así como de procedimientos contenciosos y laborales.
5.     Establecer los lineamientos y criterios para apoyar a la persona Titular de la Unidad de Apoyo Jurídico en la representación de la persona Titular de la Secretaría en los juicios de amparo y trámites en los que participe la persona Titular de la presidencia de la república para los temas de la Secretaría.
6.     Actuar en representación de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, ante los Tribunales Federales y del fuero común, y ante toda autoridad jurisdiccional, administrativa, agraria y del trabajo, en los trámites jurisdiccionales y cualquier otro asunto de carácter legal en que tenga interés e injerencia la Secretaría en la representación del Titular o las unidades administrativas.
7.     Supervisar la elaboración de las demandas, contestaciones, ofrecimientos de pruebas, recursos, desistimientos y demás promociones que correspondan; transigir cuando así convenga a los intereses de la Secretaría, intervenir con dicho carácter para realizar cualquier acto que resulte necesario para la defensa de los derechos de la autoridad representada, en los términos que señalen las leyes, así como sugerir la interposición de los recursos que procedan contra las sentencias y resoluciones definitivas de dichas autoridades.
 
8.     Coordinar las acciones para suscribir promociones, desahogar trámites y asistir a audiencias y diligencias, que exija el trámite procesal de cualquier otra instancia de carácter judicial o contencioso administrativo en la que sean parte los servidores públicos de la Secretaría y sus unidades administrativas.
9.     Dirigir la denuncia de contradicción de tesis sustentadas por los Tribunales Colegiados de Circuito, Plenos de Circuito y por las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en las materias a que se refiere el artículo 14, fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría.
10.   Dirigir las acciones para suscribir los escritos y desahogar los trámites que correspondan a los casos urgentes relativos a términos, interposición de recursos y recepción de toda clase de notificaciones y toda clase de actuaciones.
11.   Coordinar y formular los informes previos y justificados en materia de amparo que deban rendir los servidores públicos de la Secretaría.
12.   Coordinar y formular, cuando corresponda, la querella o denuncias ante el Ministerio Público de los hechos que lo ameriten, ejercer acción penal ante los Tribunales en los casos que proceda y cuando se cuente con los elementos necesarios.
13.   Representar legalmente a la Dependencia ante las autoridades en materia penal tanto administrativas como jurisdiccionales, así como en los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.
14.   Coordinar las acciones para para representar legalmente a la Secretaría e intervenir en los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.
15.   Gestionar la liberación y devolución de los bienes de activo fijo de la Secretaría relacionados con investigaciones jurisdiccionales, carpetas de investigación, procedimientos judiciales o administrativos de cualquier naturaleza.
16.   Dirigir los estudios y análisis para prestar el apoyo a la Unidad de Apoyo Jurídico en el sistema procesal penal acusatorio ejerciendo todas las prerrogativas y facultades que se contemplen en la legislación aplicable.
17.   Proporcionar la información en su caso de las posibles conductas irregulares en el ejercicio del servicio público, que le hagan de su conocimiento u observe en el ejercicio de sus funciones a las instancias fiscalizadoras jurisdiccionales y ministeriales.
18.   Coordinar los trabajos para la representación, e intervenir en representación de la persona Titular de la Secretaría, ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y ante cualquier otra autoridad laboral en los juicios y procedimientos en que sea parte la Secretaría.
19.   Brindar asesoría a las unidades administrativas en el levantamiento de constancias de hechos y actas administrativas, así como dictaminar sobre las bajas y demás sanciones que procedan respecto del personal de base o de confianza, por las causas establecidas en las disposiciones jurídicas laborales.
20.   Participar en la revisión de las Condiciones Generales de Trabajo, así como en la conducción de las relaciones de la Secretaría con su sindicato.
21.   Coordinar y formular las propuestas de resoluciones que procedan sobre los recursos administrativos previstos en los diversos ordenamientos que aplica la Secretaría promovidos en contra de sanciones y proporcionar la orientación jurídica necesaria para resolver otro tipo de recursos.
22.   Dirigir las acciones para realizar la compulsa y expedir las copias certificadas de los documentos que obren en los archivos de la Secretaría, cuando deban ser exhibidas ante las autoridades judiciales, administrativas, del trabajo y, en general, para cualquier procedimiento, proceso o investigación jurisdiccional.
23.   Solicitar a las unidades administrativas la información para integrar los informes que soliciten la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y otros organismos análogos.
24.   Proponer y participar en las acciones que en materia jurídica lleva a cabo la Secretaría, a fin de prevenir y atender posibles conflictos normativos, cuando se trate de normas jurídicas en materia de procedimientos constitucionales, así como en materia de juicios y procedimientos.
25.   Dirigir las acciones para requerir a las personas servidoras públicas, unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría, la documentación e información que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones.
26.   Emitir los dictámenes que corresponda a la Unidad de Apoyo Jurídico, respecto de los actos en materia de minería
 
1.0.3      Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia
Misión
Instrumentar políticas públicas que incentiven el funcionamiento eficiente en los mercados, así como, fortalecer la competitividad y productividad de la economía mexicana, para impulsar el crecimiento económico y el bienestar de la población mexicana.
Objetivo
Diseñar y coordinar la implementación de políticas públicas en materia de competencia, competitividad, normatividad mercantil y del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad, así como, promover la difusión de las mismas, sus resultados e impactos en foros nacionales e internacionales.
Funciones
1.     Establecer mecanismos para asegurar la ejecución de las políticas públicas que promuevan la competitividad a nivel nacional.
2.     Diseñar políticas públicas que promuevan la competencia, el incremento de la productividad, la eficiencia de mercados y otros temas a fines, para impulsar el crecimiento de la economía nacional y el bienestar de la población.
3.     Coordinar y promover la realización y participación de la Secretaría en foros y eventos nacionales e internacionales, y programas de capacitación, a fin de tratar el funcionamiento eficiente de los mercados, desarrollo económico, fomento de la actividad empresarial, incremento de la competitividad y mejora del ambiente de negocios.
4.     Coordinar la formulación de solicitudes para el inicio de un procedimiento de investigación, resolución sobre condiciones de competencia efectiva o insumos esenciales, así como determinar la existencia de poder sustancial en el mercado relevante u otros términos análogos y la emisión de opinión ante la Comisión Federal de Competencia Económica o el Instituto Federal de Telecomunicaciones para el inicio de investigaciones.
5.     Informar a la Comisión Federal de Competencia Económica o al Instituto Federal de Telecomunicaciones de hechos que puedan constituir prácticas prohibidas por la Ley Federal de Competencia Económica.
6.     Emitir la opinión que soliciten las unidades administrativas sobre la fijación de precios máximos a los bienes y servicios que sean necesarios para la economía nacional o el consumo popular.
7.     Elaborar estudios orientados al análisis del funcionamiento eficiente de los mercados.
8.     Dirigir las acciones de la Secretaría en el Comité Nacional de Concertación y Productividad, y definir en coordinación con las instancias participantes, los objetivos, metas, estrategias, acciones y prioridades en materia de productividad.
9.     Establecer mecanismos de coordinación y colaboración con el sector público, privado y social para identificar, analizar y diseñar políticas públicas para promover el desarrollo y competitividad del país.
10.   Proporcionar la información necesaria para difundir y promover los avances del Gobierno Federal en materia de competitividad.
11.   Coordinar las acciones para emitir la autorización de acuerdos de equivalencia para reconocer o aceptar unilateral o recíprocamente los reglamentos técnicos extranjeros, o los resultados de la Evaluación de la Conformidad.
12.   Coordinar y proponer las acciones para el desarrollo e implementación de una normativa mercantil clara y eficaz, así como de los procesos de normalización, estandarización, acreditación, evaluación de la conformidad y metrología.
13.   Coordinar acciones que incentiven la competitividad, identificar los factores que la fortalezcan e impulsar políticas públicas que la promuevan, adicionalmente participar en la realización de investigaciones, procedimientos especiales y opiniones en materia de competencia económica.
14.   Establecer los mecanismos para ejecutar las acciones de la Secretaría en relación con el Código de Comercio, la Ley General de Sociedades Mercantiles y otras leyes afines.
15.   Proponer y dar seguimiento a las acciones que aseguren la operación del Registro Público de Comercio a nivel federal.
16.   Coordinar acciones para identificar, analizar y diseñar políticas públicas y programas para agilizar los trámites para la constitución de empresas y la conducción de los negocios en territorio nacional.
 
17.   Presentar e informar a la persona Titular de la Secretaría el cumplimiento de los asuntos encomendados a las unidades administrativas adscritas a su responsabilidad.
18.   Coordinar la participación de las unidades administrativas adscritas a su responsabilidad en la elaboración de los anteproyectos de iniciativas de leyes o decretos legislativos, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones de observancia general, respecto de los asuntos de su competencia.
1.0.3.1    Dirección General de Normas
Misión
Impulsar en el ámbito nacional e internacional, el desarrollo de normas y procedimientos de evaluación de la conformidad como herramientas de política económica para fomentar la competitividad y productividad de la industria y el comercio, en beneficio de los consumidores.
Objetivo
Coordinar el sistema nacional de infraestructura de la calidad, apegándose para ello, a lo dispuesto en la Ley de Infraestructura de la Calidad para proteger la seguridad de los consumidores, fomentar la competitividad de la industria y el comercio en el ámbito nacional e internacional.
Funciones
1.     Aplicar la Ley de Infraestructura de la Calidad, la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley de Hidrocarburos y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en el ámbito de competencia de la Secretaría, así como las disposiciones aplicables en materia de normalización, metrología, evaluación de la conformidad y vigilancia del mercado, así como los acuerdos y tratados internacionales en esa materia.
2.     Coordinar la elaboración y difusión de las políticas públicas y estrategias en materia de metrología, normalización y evaluación de la conformidad, en el ámbito nacional e internacional, sin afectar las atribuciones de promoción y difusión a nivel internacional de la Subsecretaría de Comercio Exterior.
3.     Dirigir la operación del Centro de Información y Punto de Contacto del país, en materia de normalización, metrología y evaluación de la conformidad con el fin de dar cumplimiento a los compromisos establecidos en los tratados comerciales internacionales de los que México sea parte.
4.     Dirigir acciones y programas para el fomento de la calidad de los productos y servicios mexicanos y para la promoción y difusión de la normalización, metrología y evaluación de la conformidad, y de la investigación y análisis en la materia en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, los organismos nacionales de estandarización, las entidades de acreditación y las personas acreditadas por éstas, las instituciones de enseñanza superior, asociaciones o colegios de profesionales.
5.     Expedir y publicar la lista de instrumentos de medición propuesta por el Centro Nacional de Metrología o los Institutos Designados de Metrología competentes, cuya calibración, verificación inicial, periódica o extraordinaria sea obligatoria.
6.     Evaluar y verificar los instrumentos de medición a través de las instancias competentes y personas acreditadas y aprobadas.
7.     Autorizar el uso de contraseñas y marcas oficiales y, en su caso conceder licencias para el uso de estas últimas en los términos de la Ley de Infraestructura de la Calidad.
8.     Definir y establecer los lineamientos para emitir dictámenes de calibración por laboratorios o entidades, previa opinión de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad.
9.     Desarrollar las funciones que le sean conferidas por la normatividad aplicable en materia de metrología en coordinación con el Centro Nacional de Metrología.
10.   Integrar en coordinación con las dependencias competentes y organismos nacionales de Estandarización, el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad y dirigir su ejecución en los temas competencia de la Secretaría.
11.   Elaborar, revisar, expedir, modificar, cancelar y difundir las normas oficiales mexicanas y estándares en el ámbito de competencia de la Secretaría, así como determinar la fecha de su entrada en vigor y coordinarse con otras dependencias para la elaboración conjunta de normas oficiales mexicanas.
12.   Constituir, organizar y presidir el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría y participar con voz y voto en otros Comités Consultivos Nacionales de Normalización en los que se afecten las actividades industriales o comerciales.
 
13.   Autorizar el uso o aplicación de materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas, diferentes a los previstos en las normas oficiales mexicanas competencia de la Secretaría, en los términos de la Ley de Infraestructura de la Calidad.
14.   Fungir como Secretariado Ejecutivo de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad y coordinar sus organismos de colaboración.
15.   Determinar las reglas de operación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría con base en las disposiciones legales aplicables.
16.   Registrar, verificar y vigilar a los organismos nacionales de estandarización y sujetos facultados para estandarizar, en su caso, participar en sus órganos de gobierno, así como suspender o cancelar su registro.
17.   Integrar, organizar y presidir los comités mexicanos para la participación y atención de los organismos internacionales de normalización, metrología, acreditación y evaluación de la conformidad y de la calidad.
18.   Aprobar previa opinión de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, los lineamientos para la organización de los comités mexicanos y participar en los organismos y en las negociaciones comerciales internacionales que correspondan en el ámbito de competencia de la Dirección General de Normas.
19.   Establecer el destino de los recursos generados por la participación de México en los organismos internacionales de normalización, así como el mecanismo para el pago de regalías por derechos de autor generadas por la venta en el país de normas internacionales propiedad de dichos organismos en coordinación con la Dirección General de Programación, Presupuesto y Contabilidad, y de conformidad con los lineamientos que dicte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
20.   Establecer e implementar los procedimientos para la evaluación de la conformidad de las normas oficiales mexicanas y estándares u otras especificaciones, prescripciones o características determinadas, competencia de la Secretaría, y opinar sobre los procedimientos de evaluación de la conformidad elaborados por las demás dependencias competentes, relacionadas con los mismos.
21.   Autorizar, previa opinión de las dependencias competentes, a las entidades de acreditación, así como recibir las reclamaciones que se presenten en contra de ellas, requerirles información, vigilar y verificar su actuación, opinar sobre la suspensión o cancelación de las acreditaciones que otorguen y, en su caso, requerir la revisión de dichas acreditaciones.
22.   Aprobar, previa opinión de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, los lineamientos para la organización de los comités de evaluación para la acreditación y, en su caso, para la aprobación de personas acreditadas, así como participar en dichos comités y supervisar su operación.
23.   Supervisar y vigilar las acciones de las entidades de acreditación y de las personas acreditadas competencia de la Secretaría.
24.   Recibir y resolver las reclamaciones, inconformidades y quejas que se presenten en contra de las entidades de acreditación o de las personas acreditadas o aprobadas, competencia de la Secretaría.
25.   Aprobar, en su caso, a las personas acreditadas que se requieran para realizar la evaluación de la conformidad con las normas oficiales mexicanas, así como renovar, suspender o revocar la aprobación conforme a lo dispuesto en la Ley de Infraestructura de la Calidad.
26.   Verificar y vigilar, por sí o a través de personas acreditadas o aprobadas y las instancias competentes en términos de la Ley de Infraestructura de la Calidad, el cumplimiento de las disposiciones de su competencia, así como imponer las medidas precautorias y las sanciones que correspondan.
27.   Requerir a personas físicas y morales sujetas al cumplimiento de las normas oficiales mexicanas, los documentos, informes y datos, así como las muestras de productos en términos de la Ley de Infraestructura de la Calidad.
28.   Coordinar y desarrollar programas de vigilancia de cumplimiento de las normas oficiales mexicanas con el apoyo de las personas acreditadas y aprobadas.
29.   Participar con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, en la gestión y mantenimiento de la equivalencia internacional para el reconocimiento del Sistema de control nacional a que se refiere el artículo 6 de la Ley de Productos Orgánicos.
 
30.   Participar con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en la identificación de los productos, bienes, insumos y servicios con menor impacto ambiental, en términos de lo dispuesto en el artículo 37 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
31.   Celebrar acuerdos con instituciones oficiales extranjeras e internacionales para el reconocimiento mutuo de los resultados de la evaluación de la conformidad que se lleve a cabo por las dependencias, personas acreditadas e instituciones.
32.   Realizar otras actividades o funciones que, en materia de metrología, normalización y evaluación de la conformidad, en los ámbitos nacional e internacional, se establezcan a favor de la Secretaría.
1.0.3.1.1 Coordinación de la Infraestructura de la Calidad
Misión
Fomentar la calidad de los productos y servicios mexicanos y difusión de la evaluación de la conformidad, y de la investigación y análisis en la materia.
Objetivo
Diseñar criterios para la implementación de la evaluación de la conformidad de las Normas Oficiales Mexicanas y Estándares u otras especificaciones, prescripciones o características determinadas, competencia de la Secretaría, así como proponer acciones para el fomento de la calidad de los productos y servicios mexicanos.
Funciones
1.     Proponer las políticas de evaluación de la conformidad que deban ser observadas para la implementación de las Normas Oficiales Mexicanas y Estándares.
2.     Elaborar las acciones para el fomento, la investigación y el análisis respecto de la calidad de los productos y servicios mexicanos.
3.     Formular los criterios para la implementación de la evaluación de la conformidad de las Normas Oficiales Mexicanas y Estándares u otras especificaciones, prescripciones o características determinadas, competencia de la Secretaría.
4.     Emitir opinión sobre los procedimientos de evaluación de la conformidad elaborados por las demás dependencias competentes.
5.     Establecer acciones para promover la celebración de acuerdos de reconocimiento mutuo que fortalezcan la infraestructura de evaluación de la conformidad.
6.     Asesorar a otras dependencias para la elaboración e implementación de las Normas Oficiales Mexicanas y Estándares.
7.     Establecer un programa de trabajo para el seguimiento y verificación de las tarifas, oportunidad y calidad en los servicios que prestan las entidades de acreditación y personas acreditadas.
8.     Establecer comunicación para el intercambio de información en materia de implementación de reglamentos técnicos a nivel nacional e internacional.
9.     Promover la calidad en productos mexicanos y servicios conforme a las Normas Oficiales Mexicanas y Estándares a través de los programas de la Secretaría.
10.   Coordinar la realización de estudios de calidad en productos y servicios.
11.   Verificar que la infraestructura para la evaluación de la conformidad de las Normas Oficiales Mexicanas y Estándares sea la requerida.
12.   Asesorar en la elaboración de anteproyectos y proyectos de Normas Oficiales Mexicanas y de Estándares.
13.   Promover en todos los sectores la capacitación en materia de normalización, metrología y evaluación de la conformidad en las Normas Oficiales Mexicanas.
1.0.3.2    Dirección General de Normatividad Mercantil
Misión
Conducir, determinar e implementar las políticas, estrategias y directrices que faciliten la apertura de empresas, su vida corporativa y su desarrollo, así como promover un marco regulatorio eficiente en materia mercantil que fortalezca el desarrollo del comercio, el gobierno electrónico y la simplificación de la interacción entre los comerciantes y el gobierno.
 
Objetivo
Autorizar, definir, dictar y coordinar las políticas, estrategias y directrices encaminadas a fortalecer los servicios de los Registros Públicos a su cargo, del Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM) y de Correduría Pública que faciliten la apertura de empresas y su vida corporativa, así como el desarrollo del comercio, asimismo fomentar y regular el uso de la firma electrónica avanzada como factor en el gobierno electrónico y la simplificación de la interacción entre los comerciantes y el gobierno, a fin de dar cumplimiento a la normatividad vigente.
Funciones
1.     Definir estrategias y directrices para aplicar y vigilar el cumplimiento del marco normativo aplicable, en la prestación del servicio del Registro Público de Comercio.
2.     Coordinar las actividades para establecer, administrar y mantener actualizados los recursos tecnológicos, la operación y funcionamiento de los portales y herramientas informáticas en materia de registros públicos apertura, funcionamiento de empresas, y del expediente electrónico empresarial.
3.     Implementar mecanismos que permitan la interoperabilidad de los portales y herramientas informáticas en materia de registros públicos, apertura y funcionamiento de empresas, de la Secretaría con otros portales relacionados con el fomento y funcionamiento de empresas.
4.     Coordinar acciones de capacitación y atención de los usuarios del Registro Público de Comercio, del Registro Único de Garantías Mobiliarias y de los demás portales y herramientas informáticas de su competencia, así como difundir y promover dichos registros, portales y herramientas informáticas.
5.     Administrar, procesar, certificar y expedir la información registral contenida en las bases de datos del Registro Público de Comercio y del Registro Único de Garantías Mobiliarias.
6.     Autorizar la consulta y acceso a las bases de datos del Registro Público de Comercio y del Registro Único de Garantías Mobiliarias a las personas que lo soliciten y cumplan con los requisitos para ello.
7.     Colaborar en el desarrollo del programa de modernización de los Registros Públicos de la Propiedad.
8.     Fomentar la celebración de convenios para el uso de los programas informáticos en materia del Registro Público de Comercio, así como de los Registros Públicos de la Propiedad.
9.     Coordinar las acciones para la administración y operación de la Autoridad Certificadora y Registradora, de la Secretaría, así como realizar atribuciones que en materia de firma electrónica avanzada sean de su competencia.
10.   Representar a la Secretaría ante órganos u organismos destinados al establecimiento de estándares en materia de comercio electrónico y firma electrónica avanzada.
11.   Establecer acciones para acreditar a los interesados en ser Prestadores de Servicios de Certificación, así como establecer visitas de inspección y auditorías a estos y requerirles información respecto de los servicios acreditados y, en su caso, sancionarlos por el incumplimiento de sus obligaciones conforme a la normativa aplicable.
12.   Establecer mecanismos para impulsar el uso de la firma electrónica avanzada en los trámites y procesos a cargo de la Secretaría y su sector coordinado, y conjuntamente con otras dependencias de la Administración Pública Federal, las administraciones estatales y organismos autónomos.
13.   Formular y establecer acciones de capacitación y actualización en materia de Prestación de Servicios de Certificación y firma electrónica e integrar el padrón correspondiente.
14.   Dirigir y administrar el proceso de los exámenes de aspirante y definitivo para corredor público, empleando cualquier medio o tecnología, así como fijar las bases y reglas para el desarrollo de los mencionados exámenes.
15.   Coordinar la atención de los exámenes de aspirante y definitivo, sobre cualquier acto relacionado con la habilitación de los corredores públicos y el ejercicio de la correduría pública, así como solicitar las publicaciones de los acuerdos de Habilitación, Licencia, Suspensión, Cambio de Plaza o Cese de Efectos en el Diario Oficial de la Federación, periódicos o gacetas oficiales de las entidades federativas.
16.   Establecer el tipo y monto de la garantía que deben otorgar los corredores públicos, y supervisar que dicha garantía se mantenga actualizada y vigente conforme a lo señalado en los ordenamientos aplicables.
 
17.   Administrar y resguardar el Archivo General de Correduría Pública, así como expedir copias certificadas y constancias de los instrumentos públicos y documentos que se tengan resguardados.
18.   Establecer políticas y directrices para llevar a cabo visitas de inspección a las corredurías públicas y a los colegios de corredores públicos, así como requerirles información para su vigilancia.
19.   Coordinar la atención de las quejas y procedimientos administrativos contra los corredores públicos y colegios de corredores públicos, e imponer las sanciones que procedan conforme a la normativa aplicable.
20.   Impulsar la creación de los colegios de corredores públicos, aprobar los estatutos de dichos colegios, incluyendo sus modificaciones, así como apoyar en la difusión de las materias registrales y de correduría pública.
21.   Analizar el marco normativo en materia mercantil y materias de su competencia proponiendo mejoras a éste.
22.   Coordinar la atención de consultas y opiniones sobre asuntos y propuestas en materia mercantil, registral, correduría pública, garantías mobiliarias, sociedades mercantiles, denominaciones y razones sociales y firma electrónica avanzada.
23.   Verificar las propuestas que se presenten respecto de la modificación a los precios y tarifas de los bienes y servicios de la Administración Pública Federal a fin de emitir opinión.
24.   Establecer y aplicar los criterios para determinar la procedencia de las solicitudes de autorización de uso de denominaciones o razones sociales, emitir la resolución correspondiente, así como recibir y procesar los avisos de usos y avisos de liberación a través del sistema. Además de imponer las sanciones que procedan en caso de incumplimiento, de conformidad con la legislación aplicable.
25.   Coordinar la operación del Sistema de Información Empresarial Mexicano y expedir las autorizaciones correspondientes a las cámaras empresariales.
26.   Administrar, controlar y operar el debido funcionamiento del sistema informático a través del cual se llevan a cabo todos los trámites relativos con el uso de denominaciones y razones sociales, así como su base de datos y el acceso a la información albergada en ella.
27.   Establecer los criterios o requisitos para la operación del sistema que prevea la formación de expedientes electrónicos empresariales, en los términos del artículo 69 C Bis de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
28.   Administrar y operar el Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías (RUCAM), para permitir la consulta y el acceso a la base de datos a personas que así lo soliciten.
29.   Suscribir instrumentos de colaboración y de coordinación que tengan por objeto el intercambio de información con fines informáticos o estadísticos en materia mercantil entre autoridades de la Administración Pública Federal, de entidades federativas, de municipios y alcaldías de la Ciudad de México.
30.   Colaborar con la Secretaría de Turismo en la instrumentación de programas que permitan facilitar los trámites y gestión de los inversionistas y demás integrantes del sector turístico.
31.   Ordenar y practicar visitas de inspección y requerir información para verificar el cumplimiento de las obligaciones de registro a cargo de los Almacenes Generales de Depósito, formular observaciones y, en su caso, ordenar la adopción de medidas correctivas.
32.   Administrar y operar el debido funcionamiento del Sistema Electrónico de Constitución de Sociedades por Acciones Simplificada, así como capacitar y dar atención a consultas de los usuarios de éste. Además, difundir y promover su correcto uso.
33.   Administrar y operar el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles.
34.   Capacitar y dar atención a las consultas de los usuarios, así como permitir la consulta y el acceso al Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles a las personas que así lo soliciten y cumplan con los requisitos establecidos.
35.   Emitir los acuerdos que sean necesarios para delegar las atribuciones que permitan atender las funciones competencia de la unidad administrativa.
36.   Coordinar la revisión de solicitudes para autorizar la constitución de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Interés Público.
 
1.0.3.2.1 Coordinación de Política Mercantil
Misión
Determinar e implementar políticas y estrategias que otorguen certeza jurídica y seguridad a aquellos actos de comercio realizados a través de medios electrónicos, así como promover el uso de la firma electrónica avanzada en los trámites y procesos a cargo de la Secretaría y el sector coordinado, y de forma coordinada con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
Objetivo
Dirigir las políticas y estrategias en materia de promoción, capacitación y actualización en el uso de firma electrónica avanzada, así como la actualización de los recursos tecnológicos para la operación y funcionamiento de los portales y herramientas informáticas en materia de registros públicos, apertura y funcionamiento de empresas, así como supervisar la acreditación, operación y vigilancia de los Prestadores de Servicios de Certificación y del Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías, para dar cumplimiento a la normatividad que les rige.
Funciones
1.     Establecer las acciones correspondientes para participar ante órganos u organismos destinados al establecimiento de estándares en materia de comercio electrónico y firma electrónica avanzada.
2.     Coordinar las acciones de acreditación a los interesados en ser Prestadores de Servicios de Certificación; así como en las órdenes de visitas de inspección y auditorías a estos; sus requerimientos de información respecto de los servicios acreditados y en su caso proponer la imposición de sanciones por incumplimiento de obligaciones.
3.     Formular estrategias para la promoción y apoyo del uso de la firma electrónica avanzada en los trámites y procesos a cargo de la Secretaría y el sector coordinado por esta.
4.     Elaborar programas de capacitación en materia jurídica e informática en materia de Prestación de Servicios de Certificación y firma electrónica.
5.     Coordinar la elaboración de estrategias para el desarrollo de los servicios de firma electrónica a cargo de los Prestadores de Servicios de Certificación para el desarrollo del comercio y el gobierno electrónicos.
6.     Instruir para la elaboración de políticas y estrategias encaminadas a la implementación del reconocimiento transfronterizo de la firma electrónica.
7.     Conducir la ejecución de políticas y prácticas de certificación de la Autoridad Certificadora de la Secretaría.
8.     Verificar la ejecución de políticas y estrategias para regular el acceso a la base de datos a cargo de la Dirección General de Normatividad Mercantil.
9.     Coordinar las estrategias de actualización de los recursos tecnológicos para la operación y funcionamiento de los portales y herramientas informáticas en materia de registros públicos, apertura y funcionamiento de empresas, así como ejecutar esquemas que permitan la interoperabilidad de los referidos portales y herramientas informáticas de la Secretaría con otros portales relacionados con el fomento y funcionamiento de empresas.
10.   Coordinar las acciones necesarias para la expedición de copias certificadas de los documentos que obren en los archivos de la Dirección General de Normatividad Mercantil en la materia de su competencia.
11.   Coordinar la atención de consultas y opiniones sobre toda clase de asuntos y propuestas en materia mercantil, así como proponer al Titular de la Dirección General de Normatividad Mercantil anteproyectos de reformas al marco normativo en materia mercantil.
12.   Coordinar la celebración de convenios para el uso de los programas informáticos implementados por la Dirección General de Normatividad Mercantil, así como en materia de firma electrónica y aquellos que tengan por objeto el intercambio de información con fines informáticos o estadísticos en materia mercantil; con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
13.   Las demás que le confieran otras disposiciones legales o administrativas en el ámbito de su competencia, así como las que le encomiende su superior jerárquico.
 
1.0.3.3    Dirección General de Competitividad y Competencia
Misión
Ser la unidad administrativa del Gobierno Federal que desarrolle políticas públicas y acciones que fomenten el funcionamiento eficiente en los mercados, además de coordinar y promover acciones para fortalecer la competitividad y la productividad de la economía mexicana, para impulsar el crecimiento económico, la inversión y la generación de empleos.
Objetivo
Formular políticas públicas y coadyuvar a su implementación con los tres niveles de gobierno para fomentar la competencia, la libre concurrencia y la eficiencia en los mercados, la simplificación regulatoria y fomentar la competitividad y productividad de la economía mexicana, a fin de impulsar el desarrollo económico y la actividad empresarial y contribuir al bienestar de la población.
Funciones
1.     Establecer mecanismos de coordinación y colaboración con el sector público, privado y social para identificar, analizar y diseñar políticas públicas que promuevan el desarrollo económico a través de la competitividad la competencia, el incremento de la productividad, la eficiencia de mercados y otros temas a fines.
2.     Proponer, coordinar y promover la realización y participación de la Secretaría en foros nacionales e internacionales, programas de capacitación, talleres, seminarios, conferencias u otros eventos o estudios en donde se analicen y generen propuestas para el diseño y fortalecimiento de políticas públicas.
3.     Proponer, coordinar y promover la celebración de convenios con las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México.
4.     Proponer, coordinar y promover acciones con entidades y dependencias de la Administración Pública Federal, para diseñar, implementar y evaluar las políticas públicas que coadyuven a fomentar la eficiencia de los mercados y en general, mejorar el ambiente de negocios en el país.
5.     Solicitar ante la Comisión Federal de Competencia Económica o el Instituto Federal de Telecomunicaciones el inicio de investigaciones, procedimientos y la emisión de opiniones de conformidad con la Ley Federal de Competencia Económica.
6.     Informar a las autoridades competentes y dar seguimiento a los hechos que puedan constituir prácticas prohibidas por la Ley Federal de Competencia Económica, o sobre la existencia de barreras a la competencia o insumos esenciales que afecten el proceso de competencia y libre concurrencia.
7.     Fungir como enlace por parte de la Secretaría con la Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
8.     Proponer la opinión sobre la fijación de precios cuando se lo soliciten las demás unidades administrativas pertenecientes a la Secretaría a fin de cumplir con el artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica.
9.     Elaborar solicitudes de información a otras unidades administrativas pertenecientes a la Secretaría con el fin de dar cumplimiento a las atribuciones estipuladas en el Reglamento Interior de esta Secretaría.
10.   Diseñar mecanismos de cooperación a nivel internacional en coordinación con la Subsecretaría de Comercio Exterior y demás autoridades competentes.
11.   Fungir, en el ámbito de competencia, como enlace con organismos nacionales e internacionales para la generación de indicadores y propuestas de política pública.
12.   Proponer y coordinar la elaboración de estudios en materia de funcionamiento eficiente de los mercados.
13.   Identificar los principales factores que inhiben la competitividad y comunicarlos al Comité Nacional de Concertación de Productividad, con fundamento en el artículo 18 párrafo segundo de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional.
14.   Promover la mejora de la productividad en los sectores estratégicos del país a través de los programas e instrumentos establecidos.
 
15.   Dar seguimiento a las estrategias, líneas de acción e indicadores de los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo vinculados a la competitividad, con fundamento en la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional.
16.   Coordinar la participación con los sectores público, social y privado en el diseño e implementación de agendas transversales, sectoriales y regionales que promuevan la competitividad del país.
17.   Coordinar la operación y fortalecimiento de los órganos colegiados, comités o mecanismos interinstitucionales constituidos por instancias público-privadas en materia de competitividad.
18.   Coordinar el registro para dar seguimiento a los acuerdos adoptados en materia de competitividad.
19.   Proponer y coordinar la elaboración de estudios en materia de competitividad.
20.   Participar en las acciones establecidas para posicionar a México en los indicadores de competitividad que emitan los organismos nacionales e internacionales.
21.   Participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la elaboración del Programa Especial para la Productividad y la Competitividad.
22.   Contribuir al cumplimiento de las funciones que se derivan de las atribuciones que en materia de competitividad se otorgan a la Secretaría en disposiciones legales y que no están delegadas o conferidas.
1.0.3.4    Dirección General de Apoyo Técnico
Misión
Promover la competitividad del país y el funcionamiento eficiente de los mercados a través de la evaluación de las políticas públicas establecidas.
Objetivo
Planear y proponer las acciones de mejora en la atención y desarrollo de asuntos de la Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia, a fin de contar con elementos de atención y desarrollo oportuno y transparente de las actividades que se ejecutan en la Unidad.
Funciones
1.     Colaborar en la elaboración y evaluación, de políticas públicas en materia de competencia en los mercados con la persona Titular de la Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia.
2.     Participar en la definición y desarrollo de estudios y diagnósticos que permitan a la Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia generar propuestas para el funcionamiento eficiente de los mercados y dar seguimiento a la promoción de la competitividad del país.
3.     Colaborar en la organización y desarrollo de acciones en el marco del Comité Nacional de Productividad.
4.     Establecer los vínculos de colaboración y coordinación con los sectores público, social y privado para la promoción y desarrollo de la competitividad del país.
5.     Colaborar en la promoción y difusión de los avances del Gobierno Federal en materia de competitividad.
6.     Colaborar en los análisis y opiniones técnicas de los anteproyectos de iniciativas de leyes, decretos, acuerdos y demás disposiciones de observancia general que requiera la persona Titular de la Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia para contribuir con elementos de mejora y fortalecimiento.
1.0.4      Unidad de Coordinación de Actividades Extractivas
Misión
Contribuir al desarrollo del sector minero nacional, asegurando la sostenibilidad mediante la formulación, aplicación y supervisión de la legislación minera; estimular la innovación y generación de conocimiento geológico, el fomento de la diversificación y productividad, de la cadena de valor de la industria minera, y la atracción de inversión a través de la cooperación con las comunidades mineras facilitando su bienestar.
Objetivo
Formular y vigilar la aplicación de las políticas, estrategias y acciones del gobierno federal dirigidas a fortalecer la competitividad del sector minero, incentivar nuevas inversiones y consolidar las existentes, estimular el comercio y el aprovechamiento de productos minero-metalúrgicos, promover el potencial de las regiones mineras, así como el desarrollo sustentable del sector.
 
Funciones
1.     Desarrollar planes y programas de trabajo para asegurar y supervisar el desarrollo de las actividades mineras que deriven del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2.     Aplicar, en el ámbito de competencia de la Secretaría en lo que corresponde al sector minero, la Ley Minera, la Ley de Hidrocarburos, la Ley de la Industria Eléctrica y sus respectivos Reglamentos, así como las disposiciones aplicables en la materia.
3.     Instruir la realización de planes para determinar las modificaciones de los programas a que se refieren los artículos 7 y 8 de la Ley Minera.
4.     Coordinar las actividades para la elaboración, formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los programas en materia minera.
5.     Organizar y establecer las acciones para asistir a foros y eventos nacionales e internacionales en asuntos relativos a la minería.
6.     Fungir como enlace con los sectores privado y académico del sector minero.
7.     Coordinar la revisión y análisis para determinar el cumplimiento de políticas públicas en materia minera.
8.     Organizar la información proporcionada en materia minera a fin de medir y evaluar la obtención de resultados de dichas políticas.
9.     Coordinar las acciones para el cumplimiento de las funciones de la Unidad a fin de obtener los resultados programados.
10.   Conducir, determinar e implementar las estrategias para la participación de la Secretaría en las actividades relacionadas con el sector minero.
11.   Coordinar a las entidades paraestatales, Exportadora de Sal, S.A. de C.V., Fideicomiso de Fomento Minero y el Servicio Geológico Mexicano, para la planeación estratégica de la política minera y el programa sectorial de la Secretaría.
12.   Desarrollar los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales en materia minera, con la participación de la Unidad de Prospectiva, Planeación y Evaluación, así como llevar a cabo las acciones para su cumplimiento.
13.   Impulsar el desarrollo regional sostenible de las comunidades mineras, en coordinación con los tres niveles de gobierno.
14.   Coordinar las acciones para el intercambio de información y apoyo técnico con otras unidades administrativas, entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México; así como con las organizaciones de los sectores privado y social, vinculados con la industria minera.
15.   Promover acciones que permitan el respeto a los derechos humanos en la actividad minera.
16.   Recabar la información y documentación necesaria a efecto de conocer el desempeño y gestión administrativa, presupuestal y financiera de las entidades paraestatales Exportadora de Sal, S.A. de C.V., Fideicomiso de Fomento Minero y el Servicio Geológico Mexicano.
17.   Participar en la elaboración de los anteproyectos de iniciativas de leyes o decretos legislativos, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones de observancia general, respecto de los asuntos de su competencia.
1.0.4.1    Dirección General de Desarrollo Minero
Misión
Contribuir al desarrollo del sector minero a través de acciones que estimulen la inversión y la competitividad en un marco de sustentabilidad.
Objetivo
Vincular y promover los programas y acciones del Gobierno Federal con los Gobiernos Estatales e instituciones educativas para crear mecanismos que contribuyan al desarrollo del sector minero y prospectos mineros con potencial de desarrollo.
Funciones
1.     Formular, proponer e implementar acciones tendientes a estimular la inversión nacional y extranjera en el sector minero, de forma conjunta con dependencias y actores involucrados.
2.     Promover la interlocución entre los diversos actores del sector para favorecer el desarrollo de la actividad minera.
 
3.     Difundir información económica, confiable y oportuna, de la industria minera nacional, así como análisis sobre el sector para apoyar las políticas de promoción y desarrollo de la actividad minera.
4.     Establecer vínculos de colaboración y coordinación con organizaciones del sector privado y con las entidades federativas para la realización de acciones conjuntas que fomenten la actividad minera y el desarrollo de las regiones donde se realiza.
5.     Conducir con la opinión, en su caso, de las autoridades competentes de las entidades federativas, municipales y de las alcaldías de la Ciudad de México y con la participación de los pueblos y comunidades indígenas acciones para intervenir en la construcción de obras de infraestructura y desarrollo de capacidades.
6.     Participar cuando se le designe, en los comités técnicos auxiliares de las entidades del sector coordinado en materia minera.
7.     Participar en foros nacionales e internacionales en materia minera.
8.     Atender los asuntos internacionales y de cooperación relacionados con la actividad minera, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría y dependencias competentes.
9.     Elaborar y difundir estadísticas confiables y oportunas que den cuenta del desarrollo económico del sector.
10.   Elaborar y divulgar estudios sobre el entorno minero nacional e internacional, así como elaborar diagnósticos sobre problemas específicos del sector minero y propuestas que incentiven la actividad minera.
11.   Participar en la integración, elaboración y difusión del informe anual de los resultados del sector minero mexicano.
12.   Identificar y promover proyectos mineros específicos entre inversionistas nacionales y extranjeros.
13.   Atender las consultas sobre información del sector minero.
14.   Coordinar la realización de estudios para determinar la viabilidad del desarrollo de la actividad minera nacional, a fin de promover la exploración, explotación, y beneficio de los recursos minerales de la Nación.
15.   Promover una minería sustentable en coordinación con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en el ámbito de su competencia.
16.   Atender las acciones necesarias para la aplicación de los recursos recaudados por concepto de derechos mineros en términos de las disposiciones aplicables.
1.0.4.2    Dirección General de Minas
Misión
Garantizar la seguridad jurídica a la actividad minera nacional, mediante la aplicación trasparente y oportuna de la normatividad minera y la vigilancia de su cumplimiento, a fin de promover una mayor inversión que genere más y mejores empleos.
Objetivo
Aplicar las disposiciones contenidas en la Ley Minera y sus disposiciones normativas complementarias e impulsar programas de mejora regulatoria que faciliten la realización de trámites por parte de los concesionarios e interesados en invertir en el sector minero.
Funciones
1.     Contribuir en la formación de los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales en materia minera.
2.     Requerir y conservar la información sobre la producción, beneficio y destino de los minerales, geología de los yacimientos y reservas del mineral, así como sobre los estados económicos y contables de empresas mineras y metalúrgicas.
3.     Coordinar el análisis de los asuntos y trámites en materia minera para emitir el dictamen correspondiente.
4.     Llevar a cabo las acciones necesarias para el control y actualización del Registro Público de Minería, el Registro de Peritos Mineros, y la cartografía minera.
5.     Coordinar la integración de la información a fin de crear un compendio estadístico de producción minera y publicarlo en el sitio web de la Secretaría.
 
6.     Coordinar la formulación de los proyectos de decreto para determinar la concesibilidad de minerales o sustancias, así como los relativos a la incorporación o desincorporación de zonas de reservas mineras, para que a través de la persona Titular de la Secretaría de Economía, se sometan a la consideración del Ejecutivo Federal.
7.     Coordinar las acciones para la expedición de títulos de concesión y de asignación minera y sus duplicados.
8.     Emitir las resoluciones sobre las correcciones administrativas, sustituciones, prórrogas, desistimientos, nulidades o cancelaciones o de la suspensiones e insubsistencia de los derechos que deriven de las concesiones y asignaciones mineras.
9.     Dirigir las actividades para celebrar las acciones que permitan el otorgamiento de concesiones mineras.
10.   Determinar y dirigir la elaboración de las declaratorias de libertad de terreno o de insubsistencia de las mismas, previo dictamen favorable por parte de la Unidad de Apoyo Jurídico y solicitar su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
11.   Autorizar la realización de obras y trabajos mineros de exploración y explotación de minerales incluido el carbón en todas sus variedades en terrenos amparados por asignaciones petroleras, previa opinión de la autoridad competente, así como los agrupamientos de concesiones mineras o la incorporación o separación de éstas a dichos agrupamientos.
12.   Conducir las acciones para la resolución de los expedientes de expropiación, ocupación temporal y constitución de servidumbre e insubsistencia de éstas previo dictamen favorable por parte de la Unidad de Apoyo Jurídico.
13.   Formular en coordinación con la Dirección General de Normas y con otras dependencias las normas oficiales mexicanas y estándares en materia minera.
14.   Contribuir con las dependencias de la Administración Pública Federal que sean competentes, en el análisis, revisión, formulación, evaluación y seguimiento de disposiciones que promuevan una minería sustentable.
15.   Dirigir y establecer las acciones necesarias para el cumplimiento de las facultades de verificación que le confiere la Ley Minera y sus Reglamentos a la Secretaría y en caso de inobservancia, imponer sanciones administrativas.
16.   Coordinar el análisis a fin de emitir opinión a la Comisión de Comercio Exterior o de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior respecto a la autorización previa del permiso de exportación de mineral de hierro.
17.   Intervenir cuando se le designe en los órganos de gobierno de las entidades del sector coordinado en materia minera.
18.   Conducir las acciones para resolver la suspensión o insubsistencia de los derechos que deriven de la concesión, así como de la realización de obras y trabajos mineros.
19.   Realizar estudios técnicos, en coordinación con la Secretaría de Energía, para determinar la factibilidad de la coexistencia de actividades mineras con las actividades preferentes de exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos, o con las del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica.
20.   Diseñar, elaborar y proponer, en conjunto con la Secretaría de Energía, reglas de convivencia entre las actividades mineras y las actividades preferentes de exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos y del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica.
21.   Llevar a cabo todas las acciones necesarias para la debida coordinación con las autoridades competentes en materia energética, a fin de cumplir con las disposiciones de la Ley Minera, la Ley de Hidrocarburos, la Ley de la Industria Eléctrica y sus Reglamentos, así como con las demás disposiciones jurídicas aplicables.
22.   Determinar a través de estudios en coordinación con las autoridades competentes, si en la superficie donde se encuentra el lote minero concesionado pueden coexistir las actividades mineras con las actividades preferentes de exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos, o con las del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica.
23.   Participar con las autoridades competentes para determinar si existe afectación a los derechos de una concesión minera donde se pretendan realizar las actividades preferentes.
 
24.   Conducir las acciones para la resolución de los recursos de revisión presentados por particulares o concesionarios, previo dictamen favorable por parte de la Unidad de Apoyo Jurídico.
25.   Supervisar los trámites, inscripciones de actos y certificaciones emitidos por la Dirección del Registro Público de Minería y Derechos Mineros, así como por la Dirección de Revisión de Obligaciones, que previamente se hayan dictaminado por la Unidad de Apoyo Jurídico.
1.0.5      Unidad de Prospectiva, Planeación y Evaluación
Misión
Desarrollar y coordinar acciones de gestión, planeación estratégica y evaluación de las políticas públicas, programas, proyectos, acciones y trámites de la Secretaría de Economía, sus entidades paraestatales sectorizadas, su órgano administrativo desconcentrado y las Oficinas de Representación en las entidades federativas.
Objetivo
Coordinar los procesos estratégicos de planeación, seguimiento y evaluación que instruya la persona Titular de la Secretaría de Economía y que permitan a la Dependencia contar con políticas públicas, programas, proyectos y acciones con la finalidad de dar cumplimiento a los objetivos institucionales, asegurando su contribución al desarrollo nacional.
Funciones
1.     Fomentar y coordinar la vinculación entre las acciones y actividades propias de los programas y proyectos de la Secretaría y el sector coordinado, y los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y del Programa Sectorial de la Secretaría.
2.     Proponer y establecer los criterios para la evaluación de programas, proyectos y acciones de las entidades paraestatales sectorizadas de la Secretaría.
3.     Brindar asesoría sobre los procesos de planeación y seguimiento orientados a la elaboración de programas y proyectos para asegurar el cumplimiento de las funciones de las unidades administrativas, órgano administrativo desconcentrados de la Secretaría y entidades paraestatales sectorizadas.
4.     Coordinar el diseño de programas, proyectos y acciones de políticas para el logro de las metas y objetivos establecidos, así como mecanismos de vinculación entre los mismos.
5.     Fungir como enlace de la Secretaría ante el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y ante la Unidad de Evaluación del Desempeño de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
6.     Intervenir y asesorar en la contratación de las evaluaciones externas de los programas a cargo de la Secretaría, así como dirigir su operación y seguimiento.
7.     Difundir los resultados y recomendaciones de las evaluaciones externas de los programas a cargo de la Secretaría.
8.     Brindar la asesoría para el diseño, operación y seguimiento de las evaluaciones externas de los programas a cargo del órgano administrativo desconcentrado y entidades paraestatales sectorizadas.
9.     Intervenir en la formulación de los proyectos relacionados con la emisión o modificación de reglas de operación o lineamientos de los programas a cargo de la Secretaría y del sector coordinado.
10.   Coordinar el análisis e integración de la información necesaria para la elaboración de los informes, sobre el grado de avance y cumplimiento de los objetivos de la planeación nacional.
11.   Contribuir en coordinación con la Unidad de Administración y Finanzas en las actividades de planeación y evaluación relacionadas con el proceso de programación y presupuestación anual de la Secretaría.
12.   Dirigir el análisis de la información de carácter socioeconómica y estadística relevante para el Sector Economía proveniente de encuestas, estudios, registros administrativos, entre otros, con el objetivo de proveer datos para la planeación y mejora de los programas, proyectos y acciones estratégicas del Sector Economía.
13.   Asesorar a las unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría y entidades paraestatales sectorizadas, en la elaboración de la matriz de indicadores de desempeño de las políticas y programas, con base en los lineamientos específicos que para tal efecto emitan las instancias competentes.
 
14.   Establecer los criterios y lineamientos de carácter técnico, así como los procedimientos para la planeación y evaluación de los programas, proyecto y acciones estratégicas del Sector Economía.
15.   Desarrollar y actualizar de manera periódica la herramienta tecnológica que integre la información sobre la operación, desempeño e indicadores de resultados de las unidades administrativas y del órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría.
16.   Promover, con las unidades administrativas de la Secretaría, acciones que aseguren el cumplimiento de los objetivos, estrategias y líneas de acción del Plan Nacional de Desarrollo y Programas derivados de éste, así como el Programa Sectorial de la Secretaría de Economía.
17.   Coordinar la realización de evaluaciones y estudios a fin de verificar los resultados e impacto de los programas y acciones a cargo de las unidades administrativas.
18.   Suscribir convenios y acuerdos con dependencias y organismos públicos de los tres órdenes de gobierno para desarrollo de procesos y actividades de evaluación de políticas, programas y acciones.
19.   Establecer los mecanismos para difundir el conocimiento sobre la evaluación y monitoreo de programas de fomento al desarrollo económico.
20.   Coordinar la revisión y el análisis de los trámites que competen a la Secretaría de Economía a fin de emitir el dictamen y expedir las resoluciones correspondientes en coordinación con las unidades administrativas competentes.
21.   Coordinar la emisión de opiniones técnicas a las Reglas o Lineamientos de Operación de los programas a cargo del Sector Economía para su mejora.
1.0.5.1    Dirección General de Innovación de Trámites
Misión
Integrar y hacer congruentes, a través de plataformas tecnológicas, los datos e información necesarios para facilitar la toma de decisiones estratégicas respecto de la operación, desempeño y resultados de las unidades administrativas y del órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría.
Objetivo
Dar seguimiento a la operación, desempeño y resultados de las unidades administrativas y del órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría a través del diseño y despliegue de plataformas informáticas creadas para tal fin, así como dictaminar los asuntos y trámites que competen a la Secretaría en materia de comercio exterior e interior, industria, minas, normas e inversión extranjera, y expedir las resoluciones correspondientes, en coordinación con las unidades administrativas competentes.
Funciones
1.     Coordinar la sistematización de la información para dar seguimiento a la operación, desempeño y resultados de las unidades administrativas y del órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría.
2.     Elaborar un programa de trabajo a fin de reportar el avance en el desempeño y resultados.
3.     Difundir la información sobre la evaluación y monitoreo del desempeño de los programas de fomento y desarrollo económico de las unidades administrativas de la Secretaría.
4.     Coordinar la revisión de los trámites que competen a la Secretaría en las diversas materias, a fin de expedir las resoluciones correspondientes.
5.     Emitir el dictamen de los trámites una vez cumplidos los requisitos establecidos en las disposiciones jurídico administrativos.
1.0.5.2    Dirección General de Planeación y Evaluación
Misión
Desarrollar acciones de planeación y evaluación de las políticas públicas, programas, proyectos y acciones de la Secretaría de Economía y su sector coordinado, con el fin de establecer mecanismos de mejora continua en su implementación y alcance para el logro de los objetivos sectoriales, fortaleciendo su efectividad y orientación a resultados.
Objetivo
Coordinar y definir las acciones de planeación y evaluación que instruya la persona Titular de la Secretaría de Economía y que permitan a la Dependencia contar con políticas públicas, programas, proyectos y acciones eficaces para contribuir a generar bienestar para las y los mexicanos.
 
Funciones
1.     Dirigir las acciones y actividades propias para la coordinación y vinculación de los programas y proyectos de la Secretaría y el sector coordinado, y los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y del Programa Sectorial de la Secretaría.
2.     Formular criterios para la evaluación de las políticas, programas, proyectos y acciones de las entidades paraestatales sectorizadas de la Secretaría.
3.     Diseñar procesos de planeación y seguimiento orientados a la elaboración de programas y proyectos para asegurar el cumplimiento de las funciones de las unidades administrativas, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría y entidades paraestatales sectorizadas.
4.     Diseñar, con apoyo de las Unidades Responsables, los programas, proyectos y acciones de políticas para el logro de las metas y objetivos establecidos, así como mecanismos de vinculación entre los mismos.
5.     Dirigir las acciones de evaluación y seguimiento de la Secretaría, ante el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y ante la Unidad de Evaluación del Desempeño de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
6.     Establecer los mecanismos y acciones para dar a conocer los resultados y recomendaciones de las evaluaciones externas de los programas de la Secretaría.
7.     Coordinar la elaboración de acciones de mejora por las unidades responsables a cargo de los programas.
8.     Proporcionar información para las actividades de planeación y evaluación relacionadas con el proceso de programación y presupuestación anual de la Secretaría.
9.     Coordinar la recopilación y elaboración de información de carácter socioeconómica y estadística relevante para el Sector Economía proveniente de encuestas, estudios, registros administrativos, entre otros, con el objetivo de proveer datos para la planeación y mejora de los programas, proyectos y acciones estratégicas del Sector Economía.
10.   Dirigir, en coordinación con la Dirección General de Programación, Presupuesto y Contabilidad, los procesos para que las unidades administrativas, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría y entidades paraestatales sectorizadas, elaboren o mejoren su matriz de indicadores de desempeño de las políticas y programas, con base en los lineamientos específicos que para tal efecto emitan las instancias competentes.
11.   Proponer los criterios y lineamientos de carácter técnico, así como los procedimientos para la planeación y evaluación de los programas, proyectos y acciones estratégicas del Sector Economía.
12.   Diseñar estrategias para promover con las unidades administrativas de la Secretaría, acciones que aseguren el cumplimiento de los objetivos, estrategias y líneas de acción del Plan Nacional de Desarrollo y Programas derivados de éste, así como el Programa Sectorial de la Secretaría de Economía.
13.   Dirigir las evaluaciones y estudios a fin de verificar los resultados e impacto de los programas y acciones a cargo de las unidades administrativas.
14.   Dirigir la emisión de las opiniones técnicas a las Reglas o Lineamientos de Operación de los programas a cargo del Sector Economía para su mejora.
1.0.5.3    Dirección General de Vinculación con el Sector Coordinado
Misión
Asegurar el cumplimiento de los lineamientos específicos que emitan las instancias competentes para la elaboración y seguimiento de indicadores de resultados gestión operativa y de los programas a cargo de las entidades paraestatales coordinadas por la Secretaría y su órgano administrativo desconcentrado.
Objetivo
Contribuir en la elaboración y seguimiento de indicadores de resultados, gestión operativa y de los programas a cargo de las entidades paraestatales coordinadas por la Secretaría y su órgano administrativo desconcentrado a fin de coadyuvar a los objetivos de Planeación Nacional de la Secretaría.
 
Funciones
1.     Contribuir con las unidades administrativas, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría y entidades paraestatales sectorizadas en la elaboración de la matriz de indicadores para resultados de servicios de gestión de sus programas.
2.     Participar en el diseño, operación y seguimiento de las evaluaciones externas de los programas a cargo del órgano administrativo desconcentrado y entidades paraestatales sectorizadas.
3.     Coordinar el análisis, integración y difusión de los informes oficiales de la persona Titular de la Dependencia sobre la aportación del Sector Economía y su órgano administrativo desconcentrado, así como el grado de avance y cumplimiento de los objetivos y metas de la planeación nacional.
4.     Establecer un programa de trabajo con las unidades administrativas para el desarrollo de procesos y actividades de evaluación de políticas, programas y acciones en el marco de convenios y acuerdos suscritos con dependencias y organismos públicos de los tres órdenes de gobierno, así como con representantes de los sectores privado, social o de otra índole.
5.     Promover la suscripción de convenios y acuerdos con dependencias y organismos públicos de los tres órdenes de gobierno, así como con representantes de los sectores privado, social o de otra índole, con miras a desarrollar herramientas de evaluación de políticas, programas y acciones a cargo de las unidades administrativas, del órgano administrativo desconcentrado y las entidades paraestatales sectorizadas a la Secretaría.
1.0.5.4    Dirección General de Coordinación Territorial de Trámites y Servicios de Economía
Misión
Coordinar la operación de las Oficinas de Representación en las entidades federativas mediante la gestión de recursos para asegurar la atención y aplicación de trámites y programas en coordinación con las unidades administrativas del ámbito central.
Objetivo
Coordinar y fomentar en las Oficinas de Representación la aplicación de las políticas y programas de la Secretaría en las entidades federativas y dar seguimiento en éstas a la atención de los asuntos y trámites que competen a la Secretaría en materia de comercio exterior e interior, industria, minas, normas e inversión extranjera en coordinación con las áreas a responsables de los mismos dentro de la Secretaría, y gestionar el presupuesto y recursos para la operación de las Oficinas de Representación en la entidades federativas.
Funciones
1.     Fomentar y coordinar en las entidades federativas el cumplimiento de las políticas, programas y acciones a cargo de la Secretaría en coordinación con las unidades responsables de las mismas.
2.     Establecer los mecanismos para la participación de la Secretaría ante las autoridades de la entidad federativa que corresponda a través de las Oficinas de Representación.
3.     Proponer y establecer los criterios para la aplicación de las políticas y programas de la Secretaría en las entidades federativas en coordinación con las unidades responsables de las mismas.
4.     Formular de acuerdo a los objetivos institucionales las prioridades y metas para la operación de los programas en las Oficinas de Representación en las entidades federativas.
5.     Establecer los mecanismos, criterios y parámetros de medición de resultados para la evaluación de la gestión de las Oficinas de Representación en las entidades federativas.
6.     Dirigir las acciones para evaluar la operación de las Oficinas de Representación en las entidades federativas conforme a los criterios y metas establecidos.
7.     Establecer un programa de trabajo para dar seguimiento al cumplimiento de disposiciones administrativas que regulan la operación de las Oficinas de Representación en las entidades federativas.
8.     Dirigir las acciones a fin de que las Oficinas de Representación en las entidades federativas coadyuven con el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría en el cumplimiento de sus atribuciones.
9.     Proponer el anteproyecto anual de presupuesto asignado a las Oficinas de Representación en las entidades federativas.
 
10.   Coordinar la atención de funciones en materia de recursos humanos, financieros, materiales, servicios generales e informáticos en las Oficinas de Representación en las entidades federativas en coordinación con las unidades responsables de las mismas en la Secretaría.
11.   Coordinar la gestión de las solicitudes de pago de los compromisos adquiridos en las Oficinas de Representación en las entidades federativas.
12.   Participar en los procedimientos de adquisiciones, arrendamientos y servicios que se requieran en las Oficinas de Representación en las entidades federativas.
13.   Contribuir a la realización de proyectos para la promoción de negocios, inversiones y exportaciones que se presenten en las Oficinas de Representación en las entidades federativas en coordinación con las unidades responsables de los mismos en la Secretaría.
14.   Proporcionar la información de las Oficinas de Representación en las entidades federativas en materia normativa, políticas y programas.
15.   Establecer el mecanismo que permita brindar asesoría a los usuarios en los trámites o servicios que deban realizar ante las instancias competentes de la Secretaría en las Oficinas de Representación en las entidades federativas, en coordinación con las unidades responsables de las mismas.
16.   Coordinar con las unidades administrativas el seguimiento a los asuntos y trámites que competen a la Secretaría en materia de comercio exterior, interior, industria, minas, normas e inversión extranjera.
17.   Dictaminar en coordinación con las unidades administrativas competentes los asuntos y trámites que competen a la Secretaría en materia de comercio exterior, interior, industria, minas, normas e inversión extranjera, y expedir las resoluciones correspondientes.
1.0.5.4.1 Oficinas de Representación en las entidades federativas
Misión
Posicionar a la Secretaría de Economía a través de la promoción de los programas de fomento económico y en la atención y resolución de los trámites y servicios que ofrece la Dependencia.
Objetivo
Fungir como enlace de la Secretaría en la promoción de los programas de fomento económico a cargo de la Dependencia con las autoridades estatales, municipales y alcaldías de la Ciudad de México, así como apoyar en la recepción y resolución de los trámites en materia de comercio exterior, interior, industria, minas, normas e inversión extranjera.
Funciones
1.     Fungir como enlace de la Secretaría ante las autoridades de su circunscripción, organizaciones, cámaras empresariales y confederaciones.
2.     Fungir como enlaces de la Secretaría ante los consejos, comisiones y comités, en materia de promoción y fomento.
3.     Coordinar la revisión y en su caso expedir las resoluciones correspondientes a los trámites que se presenten en la representación federal en materia de comercio exterior, interior, industria, minas, normas e inversión extranjera.
4.     Fungir como enlace de la Secretaría en la promoción de los programas de fomento económico con las autoridades estatales, municipales y alcaldías de la Ciudad de México.
5.     Instruir en la atención y cumplimiento de criterios de control implementados para atender sus atribuciones.
6.     Proponer acciones para el desarrollo de proyectos para la promoción de negocios, inversiones y exportaciones.
7.     Establecer los mecanismos para que el personal conozca la normativa, políticas y programas de la Secretaría.
8.     Establecer y mantener vigente un archivo de consulta de la documentación comprobatoria y justificativa del gasto de las Oficinas de Representación en las entidades federativas.
9.     Dar seguimiento a la recepción de notificaciones en materia de juicios, demandas y litigios en los que esté de por medio el interés de la Secretaría.
 
10.   Dar seguimiento a la recepción y atención de asuntos competencia de la Secretaría, en materia de normativa minera en coordinación con la Dirección General de Minas.
11.   Coordinar la participación en la ejecución de los actos de autoridad y diligencias instruidas por las unidades administrativas de la Secretaría, incluyendo las de inspección, verificación, visitas domiciliarias e imposición de sanciones.
1.0.6      Unidad de Desarrollo Productivo
Misión
Impulsar la política nacional de apoyo a los emprendedores y las micro, pequeñas y medianas empresas que contribuya al desarrollo económico y bienestar social, propiciando su formación, innovación, competitividad, productividad, crecimiento, consolidación y proyección en los mercados nacional e internacional, a través de estrategias y líneas de acción de vanguardia.
Objetivo
Instrumentar, ejecutar y coordinar la política nacional de apoyo incluyente a emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, impulsando su innovación, competitividad y proyección en los mercados nacional e internacional para aumentar su contribución al desarrollo económico y bienestar social, así como contribuir al desarrollo de políticas que fomenten la cultura y la productividad empresarial.
Funciones
1.     Presentar las estrategias, programas, y acciones para el apoyo, atención, creación, capacitación, consolidación y competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, los emprendedores y las franquicias.
2.     Apoyar, facilitar e impulsar la creación de micro, pequeñas y medianas empresas.
3.     Diseñar y operar, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, cualquier vehículo financiero, y demás instrumentos normativos que sean necesarios para implementar la política nacional de apoyo a los emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas.
4.     Promover y ejecutar las acciones derivadas de la implementación de las políticas transversales en materia de apoyo a los emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas.
5.     Suscribir convenios de colaboración, de coordinación y de concertación con los actores relevantes en materia de fomento a las micro, pequeñas y medianas empresas.
6.     Autorizar y, en su caso, canalizar de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, los recursos públicos de los programas a su cargo para el apoyo a proyectos relacionados con las micro, pequeñas y medianas empresas y los emprendedores del país.
7.     Desarrollar y ejecutar las estrategias, programas y mecanismos necesarios para la creación, desarrollo y fortalecimiento de agrupamientos empresariales de innovación y financiamiento; que a su vez incidan en la aceleración, consolidación, competitividad e internacionalización de las micro, pequeñas y medianas empresas y los emprendedores.
8.     Coordinar y promover estudios que permitan y posibiliten proponer una mejora regulatoria para el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas y los emprendedores.
9.     Instaurar y operar una plataforma electrónica con el objeto de dar seguimiento y obtener datos, análisis, estudios, estadísticas, casos de éxito, modelos replicables, facilitar capacitaciones y el desarrollo empresarial a favor de los emprendedores y las micro, pequeñas y medianas empresas del país.
10.   Coordinar la elaboración de estudios e investigaciones en materia de innovación, desarrollo tecnológico, cadenas productivas, desarrollo de proveedores, agrupamientos empresariales y de sectores industriales, el acceso a mercados para promover el desarrollo y competitividad. de los emprendedores y las micro, pequeñas y medianas empresas.
11.   Coordinar el desarrollo de herramientas tecnológicas que permitan obtener información de los esquemas de financiamiento, obtención de capital y de los procesos de acceso y otorgamiento de créditos para los emprendedores y las micro, pequeñas y medianas empresas.
12.   Coordinar la evaluación de los resultados de las acciones orientadas a la creación y consolidación de los emprendedores y las micro, pequeñas y medianas empresas en el marco del Plan Nacional de Desarrollo.
 
13.   Establecer e implementar programas y acciones para apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas afectadas por desastres naturales, reactivando su actividad económica.
14.   Fomentar y apoyar la constitución y fortalecimiento de fondos de garantía, así como de otros programas, instrumentos y esquemas financieros que faciliten el acceso al financiamiento a las micro, pequeñas y medianas empresas y a los emprendedores.
15.   Promover y fomentar la diversificación de productos de financiamiento, capacitación y asistencia técnica para microempresarios a fin de contribuir con su crecimiento, inclusión y potenciación.
16.   Proponer estrategias para el fortalecimiento de instituciones, organizaciones e instrumentos cuyo objetivo sea el financiamiento a microempresarios que no tienen acceso a los servicios de financiamiento.
17.   Coordinar las acciones y consultas en materia de microfinanciamiento, con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y sectores relacionados con dicha materia, en el ámbito de su competencia.
18.   Promover el desarrollo del sector microfinanciero en beneficio de la población urbana y rural en condiciones de pobreza.
19.   Implementar y administrar el registro de las operaciones del sector microfinanciero a fin de contar con información que permita conocer dicho sector.
20.   Establecer acciones de capacitación y fortalecimiento institucional dirigidas al sector microfinanciero y sus acreditados.
21.   Planear, coordinar y mantener acciones de evaluación del desempeño financiero y del impacto social de los programas a su cargo.
22.   Representar a la Secretaría en todos los actos cuyo objetivo sea el desarrollo del sector microfinanciero.
23.   Operar y administrar el Registro Nacional de Empresas Integradoras como instancia de consulta.
24.   Ejercer las atribuciones conferidas a la Secretaría en la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, y en la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
25.   Coordinar la emisión de las constancias que acrediten a las empresas estar constituidas como microempresas o microindustrias.
26.   Dar seguimiento a los recursos, resultados, impactos y metas derivados de los apoyos otorgados al amparo de los programas y acciones que se desprenden de las atribuciones de la Unidad.
27.   Incentivar la productividad de las micro y pequeñas empresas, en coordinación con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
28.   Formular acciones y programas para el desarrollo del pequeño comercio rural y urbano, así como promover el desarrollo de lonjas, centros y sistemas comerciales de carácter regional o nacional en coordinación con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
29.   Fomentar, estimular y organizar la producción económica del artesanado, de las artes populares y de las industrias familiares.
30.   Promover y fomentar el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas, la microindustria y las actividades artesanales, de conformidad con la normativa vigente.
31.   Ordenar visitas de verificación para comprobar el cumplimiento de las reglas de operación vigentes.
32.   Llevar a cabo la defensa de los intereses de la Secretaría que tengan relación con los programas a cargo de la Unidad, sin perjuicio de las facultades de la Unidad de Apoyo Jurídico.
1.0.6.1    Dirección General de Control y Procedimientos
Misión
Brindar a la persona Titular de la Unidad de Desarrollo Productivo y sus áreas administrativas atención jurídica, en el diseño, implantación y defensa de las políticas públicas competencia de la propia Unidad, en un marco de legalidad y transparencia.
Objetivo
Determinar los instrumentos de control y procedimientos necesarios para dar seguimiento y cumplimiento a la política nacional de apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas y emprendedores, en defensa de los intereses de la secretaría que tengan relación con los programas a cargo de la Unidad de Desarrollo Productivo.
 
Funciones
1.     Coadyuvar en la implementación de acciones para el cumplimiento de las funciones a cargo de la persona Titular de la Unidad de Desarrollo Productivo y las unidades administrativas adscritas a ésta.
2.     Coadyuvar con la Unidad de Apoyo Jurídico en la elaboración, opinión, y seguimiento respecto de las iniciativas de ley, reglamentos, acuerdos, decretos, lineamientos y demás disposiciones de carácter general que incidan en la competencia de la Unidad.
3.     Coordinar con la Unidad de Apoyo Jurídico la elaboración de toda clase de convenios, contratos, acuerdos, bases y demás instrumentos de carácter contractual que, en su caso, deban suscribir la persona Titular de la Unidad de Desarrollo Productivo, así como de las Direcciones Generales adscritas a ésta, así como dar seguimiento a los mismos.
4.     Determinar el procedimiento interno para el resguardo y liberación de fianzas de anticipos y cumplimiento de contratos, así como orientar en su aplicación y observancia.
5.     Proveer la información requerida por la Unidad de Apoyo Jurídico para la representación de la persona Titular de la Unidad de Desarrollo Productivo y de las Direcciones Generales adscritas a ésta en los juicios de amparo, así como suscribir promociones, desahogar trámites y asistir a audiencias y diligencias, que exija el trámite procesal de cualquier otra instancia de carácter judicial o contencioso administrativo en la que sean parte.
6.     Auxiliar a la Unidad de Apoyo Jurídico, cuando así lo solicite esta, en la formulación de las promociones necesarias que deba hacer la Unidad de Desarrollo Productivo, para la defensa de los intereses de la Secretaría.
7.     Coordinar y expedir copias certificadas de los documentos que obren en los archivos de la Unidad de Desarrollo Productivo y las Direcciones Generales adscritas a ésta, conforme la normatividad aplicable.
1.0.6.2    Dirección General de Desarrollo Productivo
Misión
Diseñar, proponer y conducir las herramientas que promuevan apoyos en capacitación, consultoría, innovación, uso de la tecnología y promoción de la cultura empresarial, entre los emprendedores y de las micro, pequeñas y medianas empresas del país.
Objetivo
Planear, establecer y promover políticas, estrategias, programas, convocatorias y herramientas para impulsar la creación, capacitación, consolidación y competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas y los emprendedores del país.
Funciones
1.     Coordinar acciones de fomento a la cultura empresarial de los sectores de la población considerados en situación de vulnerabilidad para que puedan tener un desarrollo profesional y personal a partir del emprendimiento y de la creación de nuevas empresas.
2.     Diseñar y proponer convocatorias, mecanismos, programas integrales de apoyo que fomenten una cultura empresarial innovadora a fin de impulsar la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas y los emprendedores.
3.     Administrar y ejecutar los programas integrales de apoyo que fomenten una cultura empresarial innovadora, impulsando el uso de la tecnología para elevar la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas.
4.     Proponer esquemas y herramientas para la generación, acceso y uso de tecnologías de la información y comunicaciones de vanguardia, entre las micro, pequeñas y medianas empresas, que les permita modernizarse para competir en los mercados nacionales y extranjeros.
5.     Apoyar en la difusión de las convocatorias de apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas y emprendedores a fin de incidir en el interés de la población objetivo en todo el país facilitando su acceso.
6.     Proponer los tipos de apoyo, productos financieros y programas de capital, para la capacitación y consultoría, creación de empresas, financiamiento, garantías, capital, fomento a la cultura emprendedora y cualquier otro que se considere conveniente.
 
7.     Establecer mecanismos que aseguren la operación de los programas que fomenten el acceso al financiamiento para las micro, pequeñas y medianas empresas.
8.     Definir la estrategia para la comunicación y promoción de los diversos programas para facilitar el acceso a los mismos.
9.     Establecer los mecanismos de operación de los programas que serán apoyados a través de cualquier vehículo financiero a cargo de la Unidad de Desarrollo Productivo.
1.0.6.3    Dirección General de Financiamiento y Apoyo
Misión
Desarrollar una oferta de productos crediticios para fortalecer el acceso y alternativas de financiamiento a las Micro, Pequeñas y Medianas empresas, así como procurar mecanismos de apoyos no crediticios.
Objetivo
Establecer y coordinar las estrategias y programas que fomenten la diversificación de productos crediticios y no crediticios; así como facilitar el acceso al financiamiento de los emprendedores y las micro, pequeña y mediana empresas, a fin de coadyuvar a su crecimiento, inclusión y potenciación.
Funciones
1.     Proponer la creación de vehículos de inversión para impulsar el desarrollo de proyectos productivos de emprendedores y de las micro, pequeñas y medianas empresas en el país.
2.     Establecer mecanismos que faciliten el acceso de los emprendedores, de las micro, pequeñas y medianas empresas al financiamiento a través de esquemas o capital.
3.     Supervisar el cumplimiento de los programas operativos de créditos y apoyos no crediticios.
4.     Coordinar las estrategias para el otorgamiento de apoyos crediticios y no crediticios a emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas.
5.     Identificar y evaluar los riesgos de las políticas que corresponde implementar a la Unidad de Desarrollo Productivo a través de procesos y herramientas establecidas.
6.     Coordinar el análisis de la información financiera y operativa de las instituciones, organizaciones o empresas que soliciten a la Secretaría la constancia que las acredite como microempresa o microindustria.
7.     Implementar los programas de apoyo al financiamiento para las micro, pequeñas y medianas empresas de acuerdo con los programas vigentes en la Secretaría.
1.0.6.4    Dirección General de Operación
Misión
Canalizar de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, los recursos públicos de los programas a su cargo para el apoyo a proyectos relacionados con las micro, pequeñas y medianas empresas y los emprendedores del país.
Objetivo
Planear y administrar los recursos públicos de los programas asignados a la Unidad de Desarrollo Productivo a fin de impulsar el desarrollo de los proyectos relacionados con las micro, pequeñas y medianas empresas, así como el desarrollo de los emprendedores del país.
Funciones
1.     Establecer estrategias para la administración y canalización de los recursos públicos de los programas a cargo de la Unidad, para el apoyo a proyectos relacionados con las micro, pequeñas y medianas empresas y los emprendedores del país.
2.     Dirigir la emisión de constancias que acrediten la constitución de las microempresas o microindustrias en términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor y su Reglamento.
3.     Formular dictámenes, opiniones e informes que les sean solicitados por la persona Titular de la Unidad o por cualquier otra autoridad en el ámbito de su competencia.
4.     Dirigir las acciones para formular el anteproyecto de presupuesto de los recursos públicos de los programas de la Unidad de Desarrollo Productivo.
5.     Administrar el ejercicio del presupuesto asignado a la Unidad para el apoyo a proyectos relacionados con las micro, pequeñas y medianas empresas y los emprendedores del país.
 
6.     Elaborar y suscribir instrumentos jurídicos necesarios para la administración de los recursos públicos asignados a la Unidad, previo dictamen de la Unidad de Apoyo Jurídico, así como informar a dicha Unidad sobre el cumplimiento o incumplimiento de las partes contratantes.
7.     Establecer y coordinar las acciones que se requieran para elevar la calidad, modernizar y simplificar los procesos operativos relacionados con la atención y servicios de usuarios.
8.     Dirigir las acciones conducentes para la operación y administración del Registro Nacional de Empresas Integradoras, así como instruir la atención de las consultas que dichas empresas realicen respecto a programas de apoyo en áreas específicas como la tecnología, productividad, capacitación, financiamiento y diseño, a cargo del gobierno federal e instituciones de apoyo.
9.     Coordinar las acciones para contar con los recursos presupuestarios necesarios para realizar las visitas de supervisión, a fin de comprobar el cumplimiento de las reglas de operación vigentes.
1.0.6.5    Dirección General de Seguimiento a Compromisos Institucionales
Misión
Verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios de los programas a fin de tomar acciones en su caso, y mitigar los riesgos hacia los programas a cargo de la Unidad de Desarrollo Productivo.
Objetivo
Formular e instrumentar esquemas, políticas, lineamientos y mecanismos que permitan dar seguimiento a los recursos, resultados, impactos y metas derivados de los apoyos otorgados al amparo de los programas que pertenezcan a la unidad.
Funciones
1.     Establecer el procedimiento que permita dar seguimiento a los proyectos apoyados por los programas a cargo de la Unidad de Desarrollo Productivo hasta su cierre.
2.     Coordinar la elaboración de mecanismos que faciliten la evaluación y seguimiento a los programas que corresponde implementar a la Unidad de Desarrollo Productivo.
3.     Coordinar el seguimiento a resultados y recomendaciones derivadas de las auditorías practicadas por distintos órganos fiscalizadores.
4.     Apoyar en la integración de información para elaborar informes oficiales que sean de su competencia, que son de interés para las otras áreas en la Unidad de Desarrollo Productivo.
5.     Establecer los mecanismos necesarios para verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios de los apoyos otorgados a través de los programas de la Unidad de Desarrollo Productivo mediante visitas de supervisión.
6.     Coordinar la elaboración de recomendaciones y alertas pertinentes derivados de las visitas de supervisión a fin de tomar acciones y mitigar riesgos institucionales.
7.     Coordinar la atención y seguimiento de solicitudes emitidas por las entidades fiscalizadoras que auditen o revisen la operación de programas a cargo de la Unidad de Desarrollo Productivo.
8.     Coordinar el análisis de la información a fin de proponer herramientas y bases de datos que permitan mejorar los procesos de operación que sean de su competencia.
9.     Verificar la implementación de los procedimientos para dar seguimiento a los proyectos apoyados por los programas a fin de asegurar su cumplimiento.
10.   Coordinar el análisis de los resultados obtenidos derivados de los procesos operativos de la Unidad de Desarrollo Productivo a fin de proponer las acciones de mejora pertinentes.
1.0.7      Oficina de Comunicación Social
Misión
Establecer las políticas de comunicación social que permitan a la Secretaría de Economía dar a conocer al sector empresarial y público en general los diversos programas y servicios que proporciona, difundir las acciones y resultados alcanzados, captar en los medios la opinión pública y difundirla a los funcionarios respecto de los temas de su competencia.
Objetivo
Elaborar y dirigir la política de comunicación social, supervisar y asesorar al órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría para facilitar y promover la difusión a la sociedad de los planes, programas y resultados de la gestión pública a través de los medios de comunicación.
 
Funciones
1.     Elaborar y conducir la política de comunicación social de la Secretaría.
2.     Coordinar las acciones de difusión, comunicación y prensa de la Secretaría.
3.     Asesorar a las unidades administrativas y entidades coordinadas en materia de comunicación.
4.     Elaborar el programa anual de comunicación social de la Secretaría y autorizar los programas anuales de comunicación social de las entidades coordinadas, así como supervisar su ejecución.
5.     Establecer y verificar el cumplimiento de los lineamientos generales para la comunicación digital, así como la producción de materiales.
6.     Determinar e instrumentar los mecanismos para la difusión objetiva y permanente de los planes, programas y actividades de la Secretaría a través de los medios de comunicación disponibles.
7.     Instrumentar la difusión de la información nacional e internacional de la Secretaría en los medios de comunicación.
1.0.8      Oficina de Enlace Legislativo
Misión
Conducir las relaciones de la Secretaría de Economía y su sector coordinado, en coordinación con la Secretaría de Gobernación, con el Congreso de la Unión, los Congresos Estatales, los representantes de los gobiernos de los estados, municipios y de las alcaldías de la Ciudad de México, así como con los organismos del sector privado y organizaciones sociales, a efecto de coadyuvar en la instrumentación de las políticas y programas de la Secretaría y su sector coordinado.
Objetivo
Facilitar y coordinar al interior de la Secretaría y su sector coordinado las acciones de enlace, vinculación, comunicación, difusión e información con los integrantes del Congreso de la Unión, los Congresos Estatales, los representantes de los gobiernos de los estados, municipios y de las alcaldías de la Ciudad de México, así como con los organismos del sector privado y organizaciones sociales; con el fin de favorecer las políticas públicas de la Secretaría, su sector coordinado y sus programas institucionales.
Funciones
1.     Facilitar el proceso de vinculación entre la persona Titular de la Secretaría de Economía, servidores públicos de la Secretaría y de su sector coordinado con integrantes del Congreso de la Unión, legislaturas locales, y los diversos actores políticos nacionales para fortalecer el diálogo respecto de temas competencia de la Dependencia.
2.     Fungir como vínculo para informar y difundir los contenidos y estrategias de la política económica, comercial e industrial de México, al Congreso de la Unión, legislaturas locales, organizaciones políticas y sociales que lo soliciten.
3.     Ser enlace institucional ante la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a efecto de atender los asuntos de la competencia de la Secretaría y su sector coordinado, relacionados con el H. Congreso de la Unión, legislaturas locales, organizaciones políticas y sociales, así como con las dependencias de la Administración Pública Centralizada, de la Administración Pública Paraestatal y de los órganos con autonomía constitucional.
4.     Proponer, coordinar e implementar en su caso, la postura institucional ante el Congreso de la Unión, las legislaturas locales, así como organizaciones políticas y sociales sobre los temas que sean de interés de la Secretaría en razón de su competencia.
5.     Coordinar las comparecencias y asistencia a sesiones de trabajo en el Congreso de la Unión, de la persona Titular de la Secretaría de Economía y demás servidores públicos de la Secretaría y de su sector coordinado, conjuntamente con la SEGOB.
6.     Dar seguimiento y elaborar la respuesta, en coordinación con las áreas de la Secretaría, sobre los puntos de acuerdo y pronunciamientos legislativos de interés de la Secretaría y su sector coordinado, presentados en el Congreso de la Unión y legislaturas locales.
7.     Informar sobre los temas que son competencia de la Secretaría y su sector coordinado, que formulen los integrantes del Congreso de la Unión, organizaciones políticas y sociales, en coordinación con la SEGOB.
 
1.1         Subsecretaría de Industria y Comercio
Misión
Instrumentar la política de fomento industrial y de innovación que eleve la productividad de la economía, incremente la competitividad del país y fortalezca el mercado interno.
Objetivo
Contribuir a generar las condiciones óptimas para el crecimiento de las actividades productivas de México, atendiendo las necesidades particulares de cada sector económico.
Funciones
1.     Diseñar y proponer políticas públicas que promuevan la modernización y operación eficiente del comercio interior, la innovación, el desarrollo logístico y de cadenas de suministro, la economía digital y el sector de tecnologías de la información y servicios relacionados, implementarlas, difundirlas y evaluarlas en coordinación con los entes públicos y privados.
2.     Coordinar la realización de análisis de información en materia de comercio interior, crecimiento de empresas y cadenas productivas de todos los sectores industriales a fin de proponer mecanismos e impulsar el desarrollo de dichos sectores.
3.     Desarrollar los planes y programas donde se definan las actividades que impulsen el desarrollo de acciones para los sectores de la industria y el comercio, servicios y cadenas productivas.
4.     Diseñar y proponer políticas y acciones para el funcionamiento eficiente de los mercados, mediante la promoción de la competencia, mejora de la política regulatoria y la simplificación administrativa con el objeto de mejorar el ambiente de negocios e incrementar la competitividad de la economía mexicana en beneficio de los consumidores, las empresas y la sociedad en su conjunto.
5.     Coordinar el sistema de metrología, normalización y evaluación de la conformidad en el ámbito de su competencia y de conformidad con las disposiciones de la Ley de Infraestructura de la Calidad, la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley de Hidrocarburos, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, los Reglamentos y demás disposiciones aplicables en materia de normalización, metrología y evaluación de la conformidad, a fin de proteger la seguridad de los consumidores, fomentar la competitividad de la industria y el comercio en el ámbito nacional e internacional.
6.     Coordinar las acciones que realiza la Secretaría de Economía en materia de contenido nacional y estrategias de fomento industrial y de inversión en el sector energético.
7.     Dirigir las acciones necesarias que permitan crear las condiciones de competencia leal en México a través de la operación y defensa del sistema de prácticas comerciales internacionales y mediante las investigaciones en materia de prácticas desleales y salvaguarda.
1.1.1      Unidad de Fomento y Crecimiento Económico
Misión
Promover la aplicación de las políticas encaminadas a la generación e integración de cadenas productivas para contribuir al fortalecimiento del mercado interno.
Objetivo
Proponer y coordinar las estrategias y mecanismos en materia de inversión y desarrollo económico, así como de industria y tecnología del estado mexicano a fin de impulsar el desarrollo incluyente de los sectores productivos para fortalecer el mercado interno y desarrollo del país.
Funciones
1.     Proponer políticas públicas que promuevan el desarrollo económico en materia de inversión y fortalecimiento de las fuentes de empleo en el país.
2.     Coordinar y promover la realización de estudios que coadyuven a lograr los objetivos estratégicos de crecimiento en materia de inversión y desarrollo económico.
3.     Establecer los mecanismos que promuevan las políticas en materia industrial y tecnológica para elevar el contenido nacional de éstos.
4.     Establecer los mecanismos que promuevan el desarrollo de los sectores productivos para generar más y mejores empresas tendientes a crear empleos mejor remunerados
 
5.     Establecer los mecanismos que promuevan las políticas encaminadas a la generación e integración de cadenas productivas para contribuir al fortalecimiento del mercado interno.
6.     Proponer las políticas públicas que incentiven el desarrollo tecnológico e innovación en las actividades productivas del país.
7.     Establecer los mecanismos de comunicación entre la Administración Pública Federal y los sectores económicos del país que promuevan la inversión, fomenten el desarrollo económico y fortalezcan las fuentes de empleo en el país.
8.     Diseñar mecanismos que permitan mejorar el fomento a la actividad productiva nacional.
9.     Coordinar la elaboración de estudios para actualizar el marco jurídico en materia de inversión, desarrollo económico y fortalecimiento de las fuentes de empleo.
10.   Desarrollar acciones encaminadas a impulsar el crecimiento incluyente en áreas de inversión y desarrollo económico prioritarias para el país.
11.   Identificar los principales factores que inciden en el desarrollo económico y el fortalecimiento de las fuentes de empleo en el país.
12.   Coordinar y promover acciones de participación con grupos de trabajo sectoriales o transversales y consejos regionales que se requieran para atender las problemáticas identificadas en materia de inversión, desarrollo económico y fortalecimiento de las fuentes de empleo en el país.
13.   Proponer los asuntos que deban someterse a consideración del Consejo Nacional para el Fomento a la Inversión, el Empleo y Crecimiento Económico.
14.   Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos del Consejo Nacional para el Fomento a la Inversión, el Empleo y Crecimiento Económico, de los grupos de trabajo y consejos regionales.
15.   Presentar los reportes periódicos sobre el grado de avance en el cumplimiento de los asuntos que se someten a consideración del Consejo Nacional para el Fomento a la Inversión, el Empleo y Crecimiento Económico.
16.   Coordinar la elaboración de los mecanismos que promuevan la integración regional de sectores para el fomento y crecimiento económico.
1.1.2      Unidad de Práctica Comerciales Internacionales
Misión
Contribuir al fortalecimiento y desarrollo de la producción nacional, mediante el restablecimiento de condiciones equitativas de competencia en el mercado interno frente a las importaciones en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional, o mediante medidas de salvaguardia; defender las resoluciones emitidas ante impugnaciones en mecanismos de solución de diferencias de carácter bilateral o multilateral, y brindar asesoría a los exportadores mexicanos involucrados en investigaciones en la materia que se lleven a cabo en el extranjero.
Objetivo
Promover condiciones de competencia leal en México a través de la operación y defensa del sistema contra prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda.
Funciones
1.     Admitir, desechar o declarar el abandono de las solicitudes de inicio de investigación en materia de prácticas desleales y medidas de salvaguarda, así como iniciar, tramitar, suspender y/o concluir dichos procedimientos. Imponer o, en su caso, modificar, eliminar o revocar las cuotas compensatorias o medidas de salvaguarda que resulten de los procedimientos en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda previstos en la Ley de Comercio Exterior y demás disposiciones jurídicas aplicables, incluidos los tratados comerciales internacionales suscritos por México, así como firmar las resoluciones y demás actos administrativos que resulten de dichos procedimientos.
2.     Ordenar y practicar visitas de verificación, inspección y reconocimiento a cualquier persona física o moral involucrada en los procedimientos en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda, ya sea en territorio nacional o en el extranjero, conforme a lo previsto en la Ley de Comercio Exterior, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables, con el objeto de verificar o precisar la información presentada en el curso de los procedimientos, o de obtener más detalles.
 
3.     Practicar, repetir o ampliar cualquier diligencia probatoria que estime necesaria y sea conducente para el conocimiento de la verdad, y efectuar otras diligencias que estime pertinentes para allegarse de mejor información.
4.     Emitir resoluciones, avisos, acuerdos, órdenes, notificaciones, oficios y cualquier otro acto administrativo que deban dictarse en el curso de los procedimientos en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda.
5.     Requerir la información y toda clase de documentos que se estimen pertinentes para resolver los procedimientos en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda, a las partes interesadas y a cualquier otra persona física o moral que realice actividades relacionadas directa o indirectamente con dichos procedimientos administrativos.
6.     Resolver la procedencia y, en su caso, aprobar o rechazar, los compromisos de exportadores o gobiernos extranjeros previstos en la Ley de Comercio Exterior, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables, incluidos los tratados comerciales internacionales suscritos por México; así como, en su caso, revisar periódicamente su cumplimiento.
7.     Conducir las audiencias conciliatorias que se realicen entre las partes interesadas en los procedimientos en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda y, cuando resulte procedente, aprobar la solución y conclusión de dichos procedimientos.
8.     Integrar y conservar los expedientes de los procedimientos en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda y definir los mecanismos para la consulta de los mismos, conforme a las disposiciones de la Ley de Comercio Exterior, su Reglamento y las demás disposiciones jurídicas aplicables en materia de transparencia y acceso a la información pública.
9.     Comunicar, cuando proceda, a las autoridades aduaneras y a otras autoridades competentes las resoluciones y otros actos administrativos que emita, así como los criterios normativos conforme a los cuales deberán aplicarse las cuotas compensatorias o medidas de salvaguarda.
10.   Autorizar, modificar, revocar o negar, según proceda, el acceso a la información confidencial contenida en los expedientes de los procedimientos en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda, sin perjuicio de lo previsto en las leyes de transparencia y acceso a la información y en los procedimientos de solución de controversias en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda previstos en los tratados internacionales, en términos de la Ley de Comercio Exterior, su Reglamento y los tratados comerciales internacionales suscritos por México.
11.   Someter a la opinión de la Comisión de Comercio Exterior los proyectos de resolución final de los procedimientos en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda, en los términos que dispone la Ley de Comercio Exterior y su Reglamento.
12.   Fungir como unidad técnica de consulta en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda.
13.   Participar en las negociaciones comerciales internacionales y en el establecimiento de la posición de México, en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda.
14.   Asistir a los exportadores mexicanos involucrados en procedimientos instruidos en el extranjero en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda, y coordinar, en su caso, la participación del Gobierno de México en dichos procedimientos.
15.   Asistir técnicamente, y requerir información y toda clase de documentos que se estimen pertinentes a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, en relación con procedimientos instruidos en el extranjero en materia de subvenciones.
16.   Representar a la Secretaría en la defensa de las resoluciones que emita, en los procedimientos arbitrales de solución de controversias instaurados conforme al Capítulo XIX del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, o el instrumento que lo sustituya, lo que incluye, enunciativa y no limitativamente, representar a la Secretaría en estos procedimientos, coordinar la participación que, eventualmente, tengan otras unidades administrativas de la Secretaría en dichos procedimientos, así como para comparecer en los mismos, formulando reclamaciones, contestaciones a dichas reclamaciones, asistir a las audiencias que se celebren, llevar a cabo los actos para dar cumplimiento a las decisiones que resulten de estos procedimientos y, en general, presentar cualquier promoción que considere conveniente, sin perjuicio de la participación que corresponda a la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional, ni de las facultades de la Unidad de Apoyo Jurídico.
 
17.   Participar con la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional en la defensa de los intereses nacionales en los procedimientos de solución de controversias en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda instaurados conforme a los tratados comerciales de los que México sea parte; así como, intervenir en determinar la posición de México y coordinar la generación de los argumentos pertinentes, cuando este tenga el carácter de demandado o equivalente en los procedimientos a los que se refiere esta función.
18.   Llevar un seguimiento sistemático de las resoluciones administrativas de su competencia, e integrar criterios y precedentes en la materia.
1.1.2.0.1 Coordinación de Análisis Financiero y Contable
Misión
Identificar la afectación financiera a la industria nacional, como consecuencia posible de un aumento súbito de importaciones que permita agilizar las investigaciones.
Objetivo
Diseñar y dirigir estudios especializados que permitan evaluar la situación contable y financiera de la industria nacional, de los exportadores y en su caso de los importadores y de gobiernos extranjeros, para dar certidumbre sobre la información proporcionada por las partes comparecientes en el transcurso de las investigaciones por prácticas desleales de comercio internacional y en materia de salvaguarda.
Funciones
1.     Coordinar los procesos, estudios e investigaciones sobre la situación financiera de la industria nacional y la identificación de los efectos derivados del ingreso de:
a)   Importaciones en condiciones de discriminación de precios, de conformidad con la legislación aplicable.
b)   Importaciones subvencionadas, de conformidad con la legislación aplicable.
2.     Colaborar, en el ámbito de su competencia, en las investigaciones por salvaguardas, que tengan como propósito el identificar la afectación financiera a la industria nacional, como consecuencia posible de un aumento súbito de importaciones, de conformidad con la legislación aplicable.
3.     Conducir las visitas de verificación, inspección y reconocimiento a cualquier persona física o moral involucrada en una investigación con el propósito de verificar o precisar la información económica y financiera de las empresas participantes en las investigaciones en materia de prácticas desleales de comercio internacional, así como por medidas de salvaguarda.
4.     Evaluar la pertinencia y, en su caso, proponer a su superior jerárquico la realización de visitas de verificación a las personas físicas y morales participantes en los procedimientos tanto por prácticas desleales de comercio internacional, como por medidas de salvaguarda.
5.     Supervisar la elaboración de fichas técnicas y actas circunstanciadas derivadas de las visitas de verificación, inspección y reconocimiento.
6.     Supervisar y autorizar los reportes técnicos derivados de las visitas de verificación, inspección y reconocimiento.
7.     Dirigir la elaboración de los dictámenes técnicos, así como validar los mismos, con la finalidad de que con estos se pueda determinar, en su caso, la afectación financiera ocasionada por el ingreso de importaciones en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional y por el aumento súbito de importaciones.
8.     Conducir y aportar elementos para la elaboración de estudios específicos de estructura de costos e ingresos que permitan identificar comportamientos atípicos en las utilidades de las ramas de la producción nacional, como consecuencia de prácticas desleales de comercio internacional.
9.     Participar en las reuniones técnicas y audiencias públicas que tengan como objeto analizar y, en su caso, validar la información en materia financiera y contable de las resoluciones que se emitan en razón de la existencia de prácticas desleales de comercio internacional y de medidas de salvaguarda.
10.   Proponer, validar y aclarar metodologías en materias financiera y contable relacionadas con investigaciones por prácticas desleales de comercio internacional y de medidas de salvaguarda.
11.   Las demás que le confieran otras disposiciones legales o administrativas en el ámbito de su competencia, así como las que le encomiende su superior jerárquico.
 
1.1.2.0.2 Coordinación de Daño y Salvaguardas
Misión
Determinar el daño que causen las importaciones en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional, así como el daño grave a la producción nacional y facilitar el ajuste de esta a través de la operación de los procesos establecidos para las medidas de salvaguarda aplicables a los productos que sean introducidos al país en cantidades crecientes.
Objetivo
Evaluar los resultados de las investigaciones en materia de daño causado por prácticas desleales de comercio internacional, así como la posición competitiva de productores nacionales afectados por incrementos sustanciales en importaciones con el propósito de recomendar el monto de cuotas compensatorias o recomendar la aplicación de medidas de salvaguarda, respectivamente, de acuerdo con la legislación en la materia.
Funciones
1.     Dirigir los procesos que tengan por objeto determinar el posible daño ocasionado a los productores nacionales en las investigaciones en materia de prácticas desleales de comercio internacional.
2.     Dirigir los procesos que se requieren para proponer a la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales las medidas de salvaguarda aplicables a los productos que sean introducidos al país en cantidades crecientes, con el propósito de evitar el daño grave a la producción nacional y facilitar el ajuste de esta.
3.     Coordinar y validar la elaboración y presentación de dictámenes técnicos en materia de daño ocasionado a los productores nacionales y medidas de salvaguarda, con el propósito de integrar resoluciones iniciales, preliminares y finales en las investigaciones que lleve a cabo la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales.
4.     Proponer a la persona Titular de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales el monto de las cuotas compensatorias aplicables a los productos que sean introducidos al país en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional, con el propósito de restablecer condiciones equitativas de competencia para la producción nacional.
5.     Definir y coordinar estudios relacionados con la competitividad y los programas de ajuste de los sectores productivos, en atención a la imposición de medidas de salvaguarda.
6.     Proponer medidas de política comercial para apoyar temporalmente el ajuste competitivo de los sectores productivos nacionales en razón del daño ocasionado por las importaciones introducidas al país en cantidades crecientes o en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional.
7.     Plantear a su superior jerárquico, en las investigaciones por prácticas desleales de comercio internacional o por medidas de salvaguarda, los requerimientos de información y toda clase de documentos que se estimen pertinentes en materia de daño, que permitan aportar elementos aclaratorios y complementarios.
8.     Promover y supervisar la sistematización de información para facilitar el proceso de toma de decisiones en materia de imposición de cuotas compensatorias o medidas de salvaguarda.
9.     Coadyuvar técnicamente en negociaciones comerciales internacionales, en la defensa de resoluciones ante impugnaciones nacionales e internacionales, y en la asistencia a exportadores en materia de prácticas desleales de comercio internacional y de medidas de salvaguarda.
10.   Evaluar los resultados de las investigaciones en materia de daño, causado por prácticas desleales de comercio internacional y por medidas de salvaguarda.
11.   Las demás que le confieran otras disposiciones legales o administrativas en el ámbito de su competencia, así como las que le encomiende su superior jerárquico.
1.1.2.0.3 Coordinación de Dumping y Subvenciones
Misión
Proporcionar los requerimientos de información y toda clase de documentos adicionales en materia de dumping y de subvenciones, que permitan aportar elementos aclaratorios y complementarios en materia de dumping y/o subvenciones.
 
Objetivo
Dirigir y coordinar los procesos de investigación en materia de dumping y/o subvenciones conforme a lo establecido en la legislación en la materia, a fin de aprobar la metodología de cálculo de los márgenes de discriminación de precios y/o subvenciones aplicables y los dictámenes técnicos correspondientes.
Funciones
1.     Dirigir los procesos que tengan por objeto determinar la existencia de dumping y de subvenciones, en las investigaciones en materia de prácticas desleales de comercio internacional.
2.     Aprobar y validar la metodología de cálculo de los márgenes de discriminación de precios o del monto de las subvenciones, aplicables en materia de prácticas desleales de comercio internacional.
3.     Conducir el proceso de análisis de la información aportada por las partes comparecientes en las investigaciones en materia de dumping y/o de subvenciones.
4.     Dirigir y autorizar los dictámenes técnicos y la metodología empleada en el análisis de dumping y/o subvenciones correspondientes a las investigaciones en materia de prácticas desleales de comercio internacional.
5.     Conducir el análisis de la información aportada por las partes comparecientes en los procedimientos de investigación, para determinar su pertinencia, claridad y suficiencia.
6.     Proponer los cuestionarios en materia de dumping y subvenciones, dirigidos a las partes comparecientes y no partes, en los procedimientos de investigación.
7.     Plantear, a su superior jerárquico, en las investigaciones por prácticas desleales de comercio internacional o por medidas de salvaguarda, los requerimientos de información y toda clase de documentos adicionales en materia de dumping y/o subvenciones, que permitan aportar elementos aclaratorios y complementarios.
8.     Determinar y validar la procedencia de los ajustes, tanto al valor normal como al precio de exportación, propuestos por las partes comparecientes en las investigaciones en materia de prácticas desleales de comercio internacional.
9.     Coadyuvar en las visitas de verificación, inspección y reconocimiento que se efectúen a cualquier persona física o moral, con el propósito de cotejar la información de respaldo documental y/o contable proporcionada a la Secretaría en los procedimientos de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional.
10.   Las demás que le confieran otras disposiciones legales o administrativas en el ámbito de su competencia, así como las que le encomiende su superior jerárquico.
1.1.2.0.4 Coordinación Jurídica
Misión
Dirigir la tramitación de los procedimientos administrativos en materia de prácticas desleales de comercio internacional y de medidas de salvaguarda, con objeto de asegurar que los mismos se realicen con estricto apego a la normatividad aplicable.
Objetivo
Coordinar las investigaciones en materia de prácticas desleales de comercio internacional y de salvaguarda, así como coadyuvar en la defensa tanto de las resoluciones que se impugnen ante instancias nacionales, como de los intereses comerciales de México en materia de prácticas desleales de comercio internacional y de salvaguarda.
Funciones
1.     Conducir las investigaciones en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda que lleve a cabo la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales.
2.     Dirigir la tramitación de los procedimientos administrativos en materia de prácticas desleales de comercio internacional y de medidas de salvaguarda, con objeto de asegurar que los mismos se realicen con estricto apego a la normatividad aplicable.
3.     Evaluar la información presentada por las partes durante los procedimientos que lleve a cabo la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, para determinar si la información cumple con los requisitos previstos en la legislación en la materia.
 
4.     Proponer a su superior jerárquico, la formulación de los diferentes actos administrativos que deban dictarse como parte de la tramitación en los procedimientos en materia de prácticas desleales de comercio internacional y de medidas de salvaguarda.
5.     Intervenir, durante las reuniones técnicas de información, para explicar a las partes interesadas la metodología empleada por la Secretaría en sus determinaciones preliminares y definitivas, así como autorizar el reporte que se levante de dicha reunión.
6.     Revisar y verificar las autorizaciones, denegaciones, modificaciones y revocaciones de acceso a la información confidencial contenida en los expedientes de los procedimientos que sustancia la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, sin perjuicio de lo previsto en las leyes de transparencia y acceso a la información.
7.     Dirigir e intervenir en las audiencias públicas en las que las partes interesadas manifiesten los argumentos que consideren oportunos y pertinentes en su defensa, o aquellos que les permitan elevar cuestionamientos o refutar a sus contrapartes respecto de la información presentada en el procedimiento.
8.     Expedir copias certificadas de los documentos y constancias que se encuentren en los expedientes administrativos de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales con motivo de los procedimientos en materia de prácticas desleales de comercio internacional.
9.     Proponer, a la persona Titular de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, los proyectos de resolución para que sean sometidos a opinión de la Comisión de Comercio Exterior, y asistir a las reuniones de dicha Comisión.
10.   Proponer, a la persona Titular de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, los proyectos de resolución que deban emitirse en cada etapa de los procedimientos administrativos de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda.
11.   Coadyuvar en la coordinación de las visitas de verificación de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales para vigilar que se desahoguen conforme a la legislación en la materia.
12.   Coadyuvar en la defensa de las resoluciones de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales que se impugnen ante instancias nacionales e internacionales, en materia de prácticas desleales de comercio internacional y de medidas de salvaguarda.
13.   Coordinar y autorizar la respuesta a las consultas formuladas en el ámbito de su competencia en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda.
14.   Las demás que le confieran otras disposiciones legales o administrativas en el ámbito de su competencia, así como las que le encomiende su superior jerárquico.
1.1.2.0.5 Coordinación Jurídica Internacional
Misión
Participar en las estrategias de defensa de las resoluciones emitidas por la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales en los procedimientos de solución de controversias.
Objetivo
Coordinar la participación de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales en las actividades relativas a procedimientos e instancias internacionales, en materia de prácticas desleales de comercio internacional y de salvaguardas, previstas en los tratados, convenios y acuerdos comerciales internacionales de los que México forma Parte, y ante las autoridades extranjeras, para defender los intereses comerciales de nuestro país.
Funciones
1.     Coordinar, conducir e intervenir, con apego en lo dispuesto en los tratados de los que México forma parte y sin perjuicio de la participación que corresponda a la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional, ni de las atribuciones conferidas a la Unidad de Apoyo Jurídico; en las estrategias de defensa de las resoluciones emitidas por la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales en los procedimientos de solución de controversias sobre:
       a) Prácticas desleales de comercio internacional.
       b) Medidas de Salvaguarda.
 
2.     Apoyar a la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales en la participación que le corresponda en los procedimientos de solución de controversias en los que se impugnen medidas adoptadas por otros países y que afecten las exportaciones mexicanas.
3.     Contribuir en las acciones que permitan dar cumplimiento a una resolución, acuerdo, determinación, orden o recomendación internacional, emitidas en materias de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda.
4.     Coadyuvar en el diseño de la estrategia, así como participar en los comités, grupos de trabajo e instancias similares, con el propósito de defender los intereses comerciales del país en materia de prácticas desleales de comercio internacional.
5.     Proponer a la persona Titular de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales la estrategia de participación de dicha Unidad ante los organismos internacionales correspondientes y pertinentes en materia de prácticas desleales de comercio internacional.
6.     Participar en el diseño de estrategias en las negociaciones de tratados en materia de prácticas desleales de comercio internacional.
7.     Formular opiniones respecto de proyectos de reformas a la legislación nacional, con el propósito de que la normativa legislativa tenga congruencia con los compromisos adquiridos por México en virtud de los tratados comerciales con el resto del mundo.
8.     Dar seguimiento a las legislaciones extranjeras en materia de prácticas desleales de comercio internacional, para asegurar el respeto de los compromisos adquiridos por otros países con México.
9.     Coordinar la participación de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales en los procedimiento