Transportes por carretera a Reino Unido 2024 - VDO
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Transportes por carretera a Reino Unido 2024

En este artículo te muestro todo lo que necesitas saber de transportes por carretera entre Reino unido, Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la Unión Europea.   

¿Qué requisitos debemos cumplir los transportistas españoles para realizar un transporte a Reino Unido?  

En este artículo voy a describir los requisitos que deben cumplir los transportistas españoles que realicen transportes por carretera hacia, desde o en el interior del Reino Unido, para lo cual tomaremos como base el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, publicado el 31 de diciembre de 2020 en el Diario Oficial de la UE.

El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte dejaron de ser Estados miembros de la UE y pasaron a tener la consideración de terceros países el 31 de enero de 2020, tras la ratificación del Acuerdo sobre la Retirada del Reino Unido de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.

Desde el 1 de enero de 2021 el Derecho de la Unión Europea dejó de aplicarse en el Reino Unido y entró en vigor un Acuerdo de Comercio y Cooperación entre ambas partes con numerosas áreas entre las que destacan el transporte.

A continuación, vamos a distinguir entre:

  • Transporte público de mercancías
  • Transporte de viajeros por carretera

A.- Transporte público de mercancías por carretera a Reino Unido.

A.1 Transportes Internacionales permitidos a Reino Unido

Los transportistas de mercancías por carretera matriculados en España pueden realizar:

  • (a) Recorridos con carga utilizando un vehículo desde España hasta el Reino Unido, con o sin tránsito a través del territorio de un tercer país, entendiendo como tercer país aquel que no pertenece a la U.E;
  • (b) Recorridos con carga utilizando un vehículo desde España al territorio de cualquier estado miembro de la Unión Europea con tránsito a través del territorio  del Reino Unido;
  • (c) Recorridos con carga utilizando un vehículo desde o hacia España con tránsito a través del territorio del Reino Unido;
  • (d) Recorridos de vacío utilizando un vehículo en combinación con los recorridos mencionados en las letras a), b) y c).

A.2 Cabotaje dentro del Reino Unido

Los transportistas españoles de mercancías por carretera, pueden realizar hasta dos recorridos con carga dentro del territorio del Reino Unido, siempre que dichos recorridos:

  • (a) sean posteriores a un viaje desde el territorio de la Unión autorizado en virtud del apartado 1, letra a); y 
  • (b) se lleven cabo en un plazo de siete días después de la descarga en el territorio del Reino Unido de las mercancías transportadas en el recorrido a que se refiere la letra a).

Transportes exentos del requisito de Licencia CE

  • El transporte de correo como servicio universal
  • El transporte de vehículos accidentados o averiados;   
  • El transporte de mercancías en vehículos de motor cuya masa de carga admisible, incluida la de los remolques, no exceda de 2,5 toneladas
  • El transporte de productos, aparatos, equipos y otros artículos médicos necesarios para la atención médica en situaciones de ayuda de emergencia, en particular, en caso de desastres naturales y asistencia humanitaria; 
  • El transporte de mercancías en vehículos siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
    • i) que las mercancías transportadas sean propiedad de los transportistas de mercancías por carretera o hayan sido vendidas, compradas, dadas en alquiler o alquiladas, producidas, extraídas, transformadas o reparadas por el transportista;
    • ii) que el objeto del viaje sea transportar las mercancías a las instalaciones del transportista de mercancías por carretera o expedirlas desde dichas instalaciones o desplazarlas en el interior o al exterior de las instalaciones para sus propias necesidades;
    • iii) que los vehículos utilizados para dicho transporte sean conducidos por personal empleado por el transportista de mercancías por carretera o puesto a su disposición con arreglo a una obligación contractual;
    • iv) que los vehículos que transporten las mercancías sean propiedad del transportista de mercancías por carretera, hayan sido comprados por él a crédito o hayan sido alquilados; y
    • v) que dicho transporte no sea más que una actividad accesoria a las actividades generales del transportista de mercancías por carretera;
  • El transporte de mercancías mediante vehículos de motor con una velocidad máxima autorizada que no supere los 40 km/h.

Requisitos para transporte internacional y cabotaje en Reino Unidos

Para realizar los transportes indicados en puntos a1 y a2, se deberá cumplir lo siguiente:

  • El transportista debe ser titular de una Licencia CE válida.
  • El conductor del vehículo debe ser titular de un Certificado de Aptitud Profesional (CAP).
  • El conductor debe cumplir las normas sobre tiempo de conducción y de trabajo, períodos de descanso, pausas y uso de tacógrafos. Si se realiza transporte con el Reino Unido y países de la Unión Europea (UE) se debe cumplir el Reglamento (UE) 561/2006

Ejemplo: Transportista español que carga mercancías en Francia con destino al Reino Unido.

 Ejemplo: Transportista español que carga mercancías en Marruecos con destino al Reino Unido.

B. Transporte de viajeros por carretera a o desde Reino Unido

b1. Transporte discrecional

Para el transporte de viajeros discrecional se aplica el Convenio Interbus que ha sido ratificado por la UE y por el Reino Unido.

No se precisa autorización, para los siguientes tipos de servicios discrecionales:

  • 1) Viajes a puerta cerrada,
  • 2) Servicios que realizan el viaje de ida con pasaje y el de vuelta sin pasaje.
  • 3) Servicios en que el viaje de ida se hace sin pasaje y se recoge a todos los viajeros en el mismo lugar, siempre que cumplan una de las siguientes condiciones:
    • a) los viajeros constituyen, grupos que se han formado en virtud de contratos de transporte.
    • b) los viajeros han sido llevados previamente, por el mismo transportista en el curso de un viaje anterior.
    • c) se ha invitado a los viajeros a viajar al territorio de otra Parte contratante, siendo la persona que invita quien sufraga los costes del transporte.

b2. Transporte regular

Los servicios regulares y regulares especiales están sujetos a autorización. La solicitud de autorización se formula ante la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes, Medio Ambiente y Agenda Urbana.

Documentación que debe conservarse en el autocar o autobús.

Para realizar los transportes indicados en puntos b1 y b2, se deberá cumplir lo siguiente:

  • Transporte regular
    • La autorización, o su copia certificada.
    • La licencia CE del transportista, o su copia auténtica.
  • Servicio regular especial
    • La autorización, o su copia certificada.
    • La licencia CE del transportista, o su copia auténtica.
    • El contrato entre el organizador y el transportista, o una copia de este, así como un documento que acredite que los viajeros constituyen una categoría específica de viajeros con exclusión de todos los demás.
  • Servicio discrecional
    • Una hoja de ruta cumplimentada.
    • Una copia auténtica de la licencia para realizar el servicio discrecional internacional.
  • Requisitos de los conductores
    • Estar en posesión de un certificado de aptitud profesional (CAP).
    • Cumplir las normas sobre tiempos de conducción, períodos de descanso, pausas y uso de tacógrafos, conforme con el Reglamento 561/2006, según ha sido modificado por el Paquete de Movilidad I. 
    • Ejemplo 1: Transportista español que realiza un servicio discrecional en la modalidad de circuito a puerta cerrada con punto de partida en España e itinerario por Francia, Bélgica, Reino Unido y punto de final en España, se aplica el Reglamento 561/2006. 
    • Ejemplo 2: Transportista español que realiza un servicio discrecional en la modalidad de circuito a puerta cerrada con punto de partida en España e itinerario por Francia, Bélgica, Reino Unido, Turquía y punto de finalización en España, se aplica el Reglamento 561/2006.
    • Cumplir con las normas de utilización del tacógrafo conforme con el Reglamento 165/2014, según ha sido modificado por el Paquete de Movilidad I.

Espero que este artículo te haya sido útil en el caso de que realices transporte de mercancías o viajeros a UK United Kingdom (Reino Unido). A continuación te dejo otros artículos relacionados que te van a interesar,

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Por Belén Gómez

Soy Belén Gómez, Responsable de desarrollo de negocios y marketing de la División S3.
Escribo con un objetivo claro: ayudar a la digitalización del sector y apoyar a sus empresas para ser rentables.
Llevo más de 20 años trabajando en una de las empresas Internacionales de mayor renombre del Sector de Vehículo Industrial, Continental Automotive Spain.

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