Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
China Faw Group Co., Ltd.
Vs.
Juan Javier Lugo Márquez
M. 2367545 Bestune
Exped.: P.C.1065/2023(N-301)12419 Folio: 041915
"2023, Año de Francisco Villa, el revolucionario del pueblo"
Juan Javier Lugo Márquez
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS.
Por escrito presentado en la oficialía de partes de esta Dirección el 09 de mayo de 2023, con folio de entrada 012419, JORGE GUILLERMO LEÓN BAZ, apoderado de CHINA FAW GROUP CO., LTD., solicitó la declaración administrativa de nulidad del registro marcario citado al rubro.
Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 336, 367 fracción IV y 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, JUAN JAVIER LUGO MÁRQUEZ, el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 336 último párrafo de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Atentamente
6 de noviembre de 2023.
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad
Roberto Díaz Ramírez
Rúbrica.
(R.- 548360)