ACTA NÚMERO DOS DE LA MESA DE CONTRATACIÓN PERMANENTE DEL EXPEDIENTE DE LICITACIÓN:
676/20 – SERVICIO DE PELUQUERÍA EN LOS CENTROS ASISTENCIALES DEPENDIENTES DE LA DIPUTACIÓN, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, ANUNCIADO EN LA PLACSP EL DÍA 02/12/2020
Fecha y hora de celebración 15 de enero de 2021 a las 09:18.
Lugar de celebración
Palacio de Pimentel-Sala de Comisiones.
Asistentes PRESIDENTE
D. Aurelio Baró Gutiérrez, Jefe del Área de Contratación y Administración Electrónica.
SECRETARIO Y VOCAL
D. José Daniel Molero González, Vicesecretario.
D.ª Carmen Lucas Lucas, Secretaria General.
VOCALES
D. José Claudio Álvarez Villazón, Interventor Adjunto.
D.ª Isabel Martín García, Jefa del Servicio de Contratación.
Orden del día
1. Aprobación Acta: CT676/20 S1 22.12.20 – Aprobación del acta anterior de 22 de diciembre de 2020.
2. Acto de valoración oferta criterios cuantificables automáticamente (art. 159): 676/20 – Servicio de peluquería en los Centros Asistenciales dependientes de la Diputación.
3. Propuesta adjudicación: 676/20 – Servicio de peluquería en los Centros Asistenciales dependientes de la Diputación.
Desarrollo de la sesión
1. Aprobación Acta: CT676/20 S1 22.12.20 – Aprobación del acta anterior de 22 de diciembre de 2020
De conformidad con lo previsto en el art. 18.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el acta elaborada por la Secretaria con el visto bueno del Presidente fue remitida a través de medios electrónicos a los miembros de la Mesa, los cuales no han manifestado reparos al texto a efectos de su aprobación, considerándose, pues, aprobada en la misma sesión.
2. Acto de valoración oferta criterios cuantificables automáticamente (art. 159): 676/20 – Servicio de peluquería en los Centros Asistenciales dependientes de la Diputación
A la vista del informe de valoración que se adjunta a la presente acta, suscrito con fecha 7 de enero de 2021 por D.
Juan José Zancada Polo, Jefe de Sección del Área de Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades, la Mesa acuerda, por unanimidad, ratificar las puntuaciones otorgadas a la única proposición económica presentada, de acuerdo a los criterios del PCAP y clasificar la oferta como sigue:
Nº. de
Plica Proposiciones Puntos
Oferta económica
Puntos Experiencia
Total Puntuación
1 GONZALEZ PARIENTE RAQUEL 25 14 39
3. Propuesta adjudicación: 676/20 – Servicio de peluquería en los Centros Asistenciales dependientes de la Diputación
3.1. Propuesta de adjudicación: Seguidamente, la Mesa, acuerda, proponer al órgano de contratación la adjudicación del contrato de “Servicio de peluquería en los Centros Asistenciales dependientes de la Diputación”, a favor de la única plica presentada: GONZALEZ PARIENTE, RAQUEL, hasta un máximo de 22.205,44 €, IVA incluido, en los siguientes precios unitarios para cada unidad de actuación integrante de las diversas prestaciones objeto de contrato, conforme al siguiente desglose:
SERVICIOS
Nº SERVICIOS MÁXIMOS ESTIMADOS ANUALES CARDENAL
MARCELO
Nº SERVICIOS MÁXIMOS ESTIMADOS ANUALES “DR.
VILLACIÁN”
PRECIO UNITARIO SIN
IVA
PRECIO UNITARIO CON
IVA
PRECIO MÁXIMO TOTAL
CORTE CABALLERO 410 280 3,25 3,93 2711,70
LAVAR Y MARCAR 550 300 4,00 4,84 4114,00
TINTE 250 75 8,50 10,29 3344,25
CORTE
SEÑORA/PEINAR 550 400 5,25 6,35 6032,50
MOLDEADOS 30 8 11 13,31 505,78
PLIS/ESPUMA 950 700 0,99 1,20 1980,00
SUMA TOTAL 18688,23
• Precio máximo sin I.V.A.: 15444,82 euros.
• I.V.A. al 21%: 3243,41 euros.
• Precio máximo total: 18688,23 euros.
- Asimismo, incluye los siguientes criterios relacionados con la calidad:
Relación nominativa del personal comprometido en la Declaración Responsable (nombre y dos apellidos)
Meses de experiencia que se acreditan en atención a personas mayores en Residencias de Ancianos, Centros Asistenciales, así como
Centros de día (Indicar en cada apartado el número de meses)
RESIDENCIA GRUPO AMMA ENCINAR
DEL REY (VA) 48
RESIDENCIA MEDINA LAS CLARAS
MEDINA DEL CAMPO (VA) 48
CARDENAL MARCELO (VA) 36
DOCTOR VILLACIAN (VA) 36
Y todo ello, con estricta sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que rigen la contratación, así como a la oferta del licitador que es la única presentada y, por tanto, la mejor valorada.
3.2. Requerimiento de documentación al propuesto como adjudicatario: De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 22 del Pliego rector de esta contratación, verificada la consulta telemática a los datos del ROLECE o, en su caso, a los sistemas autorizados y no estando inscrito en el mismo, el órgano de contratación requerirá al licitador propuesto como adjudicatario, para que, dentro del plazo de siete días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el aviso de la comunicación del requerimiento, presente electrónicamente a través de los servicios de la PLACSP la siguiente documentación justificativa:
Requisitos de capacidad de obrar:
- Documento que acredite su personalidad. Los españoles: Documento Nacional de Identidad o documento que haga sus veces. Los extranjeros: Pasaporte, Autorización de Residencia o Permiso de Trabajo.
Requisitos de solvencia económica-financiera y técnica:
- La SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA se acreditará de acuerdo con lo previsto en el artículo 87 de la LCSP, por el siguiente medio:
VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS DEL LICITADOR DE LOS AÑOS 2017, 2018 y 2019, que referido al año de mayor volumen de negocio de los 3 últimos concluidos deberá ser igual o superior a una vez y media el valor anual medio del contrato (27.527,40 €).
El volumen de negocio se acreditará indistintamente mediante la aportación de los siguientes documentos:
- Las CUENTAS ANUALES APROBADAS Y DEPOSITADAS EN EL REGISTRO MERCANTIL, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. En caso de no estar aprobadas y depositadas las cuentas del último ejercicio, se presentarán las de 2016, 2017 Y 2018 aportando en este caso el volumen anual de negocios de estos ejercicios. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- CERTIFICADO DE IMPORTE NETO DE LA CIFRA DE NEGOCIOS expedido por la Agencia Tributaria.
En el caso de no quedar suficientemente clara la solvencia económica o financiera con los documentos aportados, el Órgano de Contratación se reserva la posibilidad de requerir a los licitadores que presenten nueva documentación complementaria.
- La SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL se acreditará, de acuerdo con lo previsto en el art. 90 LCSP, por los siguientes medios:
- RELACIÓN DE LOS PRINCIPALES SERVICIOS prestados por el licitador en los 3 últimos años (2017, 2018 y 2019), de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato. Esta relación recogerá el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los servicios y vendrá avalada por certificados de buena ejecución, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
Para que se considere que la empresa dispone de esta solvencia será necesario que haya prestado, al menos, 3 servicios de similares características en los 3 últimos años.
Prohibiciones para contratar:
- Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato referida al ejercicio corriente, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, o último recibo del I.A.E. Los sujetos pasivos que estén exentos de este impuesto, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de exención a que se refieren los apartados e) y f) del artículo 82.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Garantía definitiva:
- La documentación acreditativa de haber constituido la garantía definitiva por importe del 5% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, es decir, 917,58 €, en las condiciones descritas en la cláusula 22.6 del PCAP.
3.3. Facultar al servicio instructor del expediente para formalizar el requerimiento a través de la PLACSP incorporando, en su caso, de oficio, los documentos y justificaciones que obren en poder de la Diputación Provincial.
De conformidad con lo previsto en el art. 18.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Secretario elaborará el acta con el visto bueno del Presidente y lo remitirá a través de medios electrónicos, a los miembros de la Mesa, quienes podrán manifestar por los mismos medios su conformidad o reparos al texto, a efectos de su aprobación, considerándose, en caso afirmativo, aprobada en la misma sesión. El acta aprobada se publicará en el Perfil de contratante en atención a lo dispuesto en el art. 63 LCSP.
Y no habiendo más asuntos que tratar el Presidente da por finalizada la sesión a las nueve horas y veintisiete minutos del día de la fecha, de lo que, como Secretario, certifico con el visto bueno del Presidente.
ElSecretario El Presidente
JOSE DANIEL|
MOLERO|
GONZALEZ
Firmado digitalmente por JOSE DANIEL|MOLERO|
GONZALEZ Fecha: 2021.01.18 13:44:33 +01'00'
AURELIO|
BARO|
GUTIERREZ
Firmado digitalmente por AURELIO|BARO|
GUTIERREZ Fecha: 2021.01.18 13:47:33 +01'00'