En caso de separación, ¿quién se queda con el perro? - Diario Córdoba

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En caso de separación, ¿quién se queda con el perro?

La abogada Lourdes Cano recomienda llegar a un acuerdo entre ambas partes cuando las dos quieren la custodia del animal | La reforma del Código Civil obliga a considerar a las mascotas como "seres sintientes"

Los perros son ya uno más en muchos hogares.

Los perros son ya uno más en muchos hogares. / CÓRDOBA

M.J. Raya

M.J. Raya

Cuando se plantea un proceso de separación o de divorcio, la abogada Lourdes Cano, miembro de la Comisión de Protección Animal y Medioambiental del Colegio de Abogados de Córdoba, pregunta desde el primer momento a las personas que han dado el paso de dejar de estar juntas si tienen en común hijos o animales de compañía. Antes de la reforma del Código Civil, primaba que la propiedad del animal era de quien aparece como titular, pues solo una persona puede estar como registrada, pero “en la actualidad por encima de todo está el bienestar del animal, porque ha pasado a ser considerado un ser sintiente”, señala esta letrada. 

La modificación del Código Civil, que se aprobó el 2 de diciembre de 2021, recoge que los animales de compañía han dejado de ser considerados “cosas” o “bienes inmuebles” para ser reconocidos como “seres sintientes”, o seres dotados de sensibilidad. En base a esa consideración, cuando se establece un acuerdo de separación o divorcio los animales domésticos deberán estar sujetos a una custodia compartida, en el caso de que los dos miembros de la pareja quieran tener potestad sobre esa mascota.

Se recomienda llegar a un acuerdo

Lourdes Cano expone que las partes deberán especificar en el convenio regulador de separación con quién se queda el animal, durante qué periodos de tiempo, de qué forma se van a hacer las visitas o quién corre con sus gastos. Cano desconoce que en Córdoba haya habido por el momento sentencias relativas a juicios de parejas que no se hayan puesto de acuerdo previamente sobre la custodia del animal de compañía que tenían en común, pero lo que sí ha notado es un incremento de los casos que llegan a despachos de abogados como el suyo planteando esta situación.

Esta letrada recalca que todos los casos que ha gestionado hasta el momento han sido referentes a perros, pero se pueden extrapolar a gatos u otros animales de compañía o mascotas que tenga en común una pareja que quiere separarse.

“Quienes se van a separar no suelen percatarse de que hay que decidir también sobre el bienestar del animal de compañía que tienen en común y sobre con quien conviene mejor que siga viviendo. Hay parejas en las que hay una parte que no quiere continuar con el animal a su cargo, pero cada vez más son más las que prefieren adoptar algún tipo de acuerdo sobre régimen de visitas y de convivencia”, indica Cano.

¿Qué pasa si no se es matrimonio ni pareja de hecho?

Esta abogada precisa que, en el caso de que la pareja no tenga ningún documento que oficialice su relación, que no sean matrimonio o pareja de hecho, ni tengan hijos en común, entonces para determinar sobre la custodia de un animal de compañía que tengan en común tendrían que acudir a la jurisdicción ordinaria y no a la de familia. En esos supuestos, el juez debe determinar si la mascota se la queda el titular que aparece en el registro del animal o si hay alguna forma de demostrar que la persona que no es la dueña del perro es quien realmente se hace cargo del cuidado y gastos de la mascota, destaca.

“Con los animales de compañía se adoptan medidas similares a las que se establecen con la custodia de los hijos, pues al margen del cariño que aportan, son seres vivos que necesitan cuidados, que deben estar bajo la responsabilidad de una persona y que conllevan unos gastos que no son bajos”, resalta.

“Los abogados siempre recomendamos que estos animales se queden con la parte que tenga a los hijos, siempre que la misma así lo quiera, porque consideramos que es muy beneficioso para niños y mascotas. También suele pesar que haya una parte que tenga una vivienda más adecuada para el animal de compañía y más tiempo para cuidarlo o se tiene en cuenta en el acuerdo que cuando me toque el niño, me tocará también el perro”, añade esta abogada.

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