Esta es la forma de resolver un conflicto que cada vez aparece con más frecuencia en las comunidades de propietarios
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¿Se puede prohibir tener animales en una comunidad de vecinos?
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Mientras la tasa de natalidad va en picado, cada vez más personas son dueños de animales de compañía. Según datos de la Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos Para Animales de Compañía (ANFAAC), en 2023 había más de 31 millones de mascotas en España. Muchos animales y no siempre con buenos dueños.

En las comunidades de propietarios, suele ser frecuente que el propietario de una mascota no atienda sus responsabilidades como debería, por ejemplo, recogiendo sus necesidades o procurando que la existencia del animal no afecte a otros vecinos. Por ello, muchos se preguntan qué se puede hacer si el perro de un vecino hace sus necesidades en zonas comunes o privativas de una comunidad. Así se puede solucionar.

¿Se puede prohibir tener mascotas en una comunidad de vecinos?

En una comunidad de propietarios jamás se podrá prohibir que los vecinos tengan mascotas. En cambio, sí se pueden establecer ciertas normativas en los estatutos de la comunidad que vigilen o definan la conducta de las mascotas, por ejemplo, limitar su acceso a ciertas zonas comunes como la piscina o el jardín. La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) estipula que los propietarios de una comunidad tienen libertad de acción dentro de su inmueble, siempre y cuando no molesten a otros vecinos.

Sin embargo, cabe destacar que el propietario de un piso en alquiler puede establecer una cláusula en el contrato que prohíba que su inquilino pueda tener un perro, un gato, un loro o cualquier mascota. Para ello, se debe reflejar antes de que se firme el contrato de arrendamiento, en la redacción del mismo.

¿Pueden las mascotas hacer sus necesidades en zonas comunes?

Evidentemente, no. Pese a que no haya disposiciones específicas en los estatutos de la comunidad, los animales no pueden hacer sus necesidades en áreas comunes. Si no hay reglas definidas a este respecto en los estatutos, la normativa municipal será la que regule estas situaciones, y el sentido común, aunque a veces parece ser el menos común de los sentidos…

Podría darse el caso de que en una urbanización haya un parque de perros. La forma de proceder vendría a ser la misma: el dueño tiene que tener el civismo suficiente para limpiar los desechos de su mascota.

¿Qué hacer si el perro de un vecino hace sus necesidades en zonas comunes?

Estos son los pasos a dar para solucionar este conflicto que cada vez es más frecuente:

  1. Exponer amistosamente al vecino en cuestión el problema que genera su perro. Si no se sabe qué mascota es, habla con el presidente de la comunidad.
  2. Si el dueño del perro no atiende a tu petición, que no es otra que la de ser responsable con su mascota y el resto de vecinos, tendrás que elevar la queja al presidente de la comunidad. 
  3. Si el problema persiste, lleva el tema a la próxima junta de la comunidad de vecinos. Entre todos los propietarios quizá surja alguna medida o acuerdo para terminar con el problema.
  4. Poner carteles que señalicen que los perros no pueden hacer sus necesidades en áreas comunes.
  5. Conseguir pruebas que pongan de manifiesto el problema, como fotografías y videos. Eso sí, respetando la ley y la privacidad. Tienes más información en este artículo: ¿Es legal poner cámaras en la fachada de mi casa?
  6. Denunciar a la policía si el problema no se resuelve. Las multas por no recoger los excrementos de los perros rondan los 300 euros, aunque depende de cada municipio. 

¿Se puede denunciar a un vecino por no recoger los excrementos de su perro en la urbanización?

Sí, se puede. El artículo 7.2  de la Ley de Propiedad Horizontal establece que “al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.” Por tanto, se podría llevar a cabo una acción de cesación de la actividad molesta, en este caso, los excrementos del perro, que se resolvería en juicio.

En este escenario, el juez puede ordenar de manera cautelar que se detenga inmediatamente la actividad prohibida, advirtiendo que no cumplir puede constituir un delito de desobediencia. Además, podría imponer medidas para garantizar el cumplimiento de esta orden y, de ser favorable el fallo, determinar compensación por daños y, dependiendo de la gravedad de la infracción y el daño a la comunidad, privar del derecho a usar la vivienda o local hasta por tres años.

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