(DOC) Dos tratados sobre el gobierno civil, 1689,, ensayo John LOCKE | África Airam F. R - Academia.edu
Flores Ruiz África Airam 2173033015 Ensayo final, Filosofía contemporánea. La ilustración fue un movimiento indispensable y pauta importante que renovó en todo ámbito intelectual el pensamiento occidental. Desde la cultura, ideológicamente y dentro de la política, por ello surgió en Europa como resultado e influencia de la Revolución Francesa. Alcanzó su mayor esplendor en el siglo XVIII, igualmente llamado "siglo de las luces". Le denominaron así por el esplendor en que se vivía, la luz de la razón estableció un nuevo régimen, enfrento el pasado y las creencias canonícas, se enfrentó a la iglesia, con el único objetivo de obtener conocimiento, estudio de la época y cultura, sin olvidar la razón como el libre pensamiento. Los intelectuales más importantes fueron  John Locke, Voltaire, Montesquieu, Diderot, Rousseau, etc. Definiciones del hombre, la realidad y como se debería llevar a cabo nuestra organización saltaron como temas principales, tanto Thomas Hobbes, Montesquieu, John Locke y Rousseau, trataron de responder preguntas específicas, ¿Cuáles son los derechos del individuo dentro de los Estados? ¿Cuál es la forma correcta del Estado? Esto suscito en los pensadores controversias por la diversificación de ideales. Cabe destacar que el poder político se aseguraba de dictaminar leyes, regular y preservar la propiedad, defender el estado frente a extranjeros y todo con un único fin, preservar el bien público. John Locke (1632, 1704) presenta en su obra, Dos tratados sobre el gobierno civil, 1689, una teoría a lo que él llama "estado de naturaleza", sentando con esto las bases de cómo ocurre el desarrollo político y como desarrollar la obligación. Cabe recalcar que el primer tratado se dedica en refutar y criticar la teoría política de Robert Filmer, quien estaba a favor de un sistema naturalmente patriarcal, además de asegurar el rey gobernaba por un derecho divino, y por descendencia hereditaria.  Sin embargo el segundo tratado se dedica plenamente al estado de naturaleza antes mencionado. El hombre se encuentra un estado de perfecta libertad, mismo que le permite disponer de sus acciones, personas y posesiones  como juzgue oportuno, sin depender de una opinión externa; también es un estado de igualdad con todos los hombres, desde sus facultades, poder y jurisdicción, pues su igualdad impide una subordinación de cualquier tipo. Exceptuando la existencia de una declaración que posicione una voluntad sobre otra, con un derecho de dominio y soberanía. Sin embargo, la  libertad de Locke no es una aprobación a destruir o dañar sus posesiones o las del prójimo, si no es necesario, es imposible concebir que un hombre con razón, igualdad e independencia dañe a otro en salud, libertad o posesiones. Sin embargo, aquel que obre mal, la ley y el derecho propio en cada uno tendrá derecho a castigar a los trasgresores. Esto no significa que cualquiera pueda hacer lo que le venga en gana a un criminal, sino que en medida de su afectación se le considere un castigo, estas son para Locke las únicas razones para dañar legalmente un hombre a otro. "cada hombre tiene el derecho de castigar al que comete una ofensa, y de ser ejecutor de la ley de naturaleza."  (John Locke, Segundo tratado sobre gobierno civil, 1689) Y aunque todo hombre tiene derecho a ejecutar esta ley natural, no es razonable sean jueces de sí mismos, conocidos o parientes, pues podrían influir pasiones en su propio juzgar  llevando a cabo injusticias. La existencia del hombre en este estado de naturaleza fue juzgado, pues sí bien existen pactos que establecen un acuerdo mutuo para integrarse a la comunidad, también hay promesas y convenios que no dejan el estado de naturaleza, ya que estos no son sinónimo necesario de pertenencia a una comunidad o un cuerpo político. El estado de naturaleza es pues, tan pre-político que juzga como únicos derechos la libertad, igualdad y la propiedad privada, sin olvidar como último el derecho a defenderlos, como antes ya se demostró, pero esto último, explica Locke como un "estado de guerra". Aquel que intenta poner a su igual bajo su poder, se posiciona a sí mismo en un estado de guerra con él. Esto significa que las intenciones de quien subordine a otro pueden atentar contra su vida, dado que no habría esta necesidad sino para tener poder sobre el otro sin su consentimiento, obligarlo y utilizarlo a su gusto, contra su voluntad, desaprobando lo contrario, pues propio de la esclavitud. Este estado de guerra es aplicable al estado de naturaleza como al estado de sociedad, pues en ambos contextos hay posibilidad de apropiarse de los derechos del hombre, con ello se considera legal buscar justicia, implicando la muerte, pues este es el riesgo a que se expone el agresor. La diferencia clara entre el estado de naturaleza y de guerra reside en esto mismo. "Pues el primero es un estado de paz, buena voluntad, asistencia mutua y conservación, mientras que el segundo es un estado de enemistad, malicia, violencia y mutua destrucción" (John Locke, Segundo tratado sobre gobierno civil, 1689) Estas controversias, permiten exista un tercero que intervenga en los estados de guerra y este es el paso hacia un estado de sociedad, con esto se busca un juez sobre la tierra, pues Locke cree en Dios como juez supremo,  pero no presente en todos las disputas terrenales, y asegura llegara el momento de rendir cuentas a Dios, quien juzgara todas nuestras acciones. Así pues, la libertad del hombre está sobre la tierra, y la sociedad establece por consentimiento poder al Estado de legislar, regido en base a leyes públicas. Pero no olvidemos otro gran derecho, la propiedad privada, siendo condescendientes con Locke, diremos que Dios nos entregó el mundo para nosotros, pero también nos otorgó la razón para buscar nuestro mayor beneficio.  Como todo lo del mundo es de todos, la forma de apropiarnos de algo antes de que pertenezca a un solo hombre, es la fuerza, es el trabajo de su cuerpo y la labor que le dan el derecho de pertenencia, es decir, cualquier cosa que sea sacada de su estado natural para ser modificada, esa labor añade algo suyo, y lo hace de su propiedad. Es decir, aunque en un principio los bienes sean comunes a todos los hombres, al ser utilizadas se sirven de una fuerza de trabajo, esto le agrega un valor añadido, transformándola a su propiedad. Pese a esto, es inconcebible  se aumente una propiedad tanto como se guste, pues la ley de naturaleza lo delimita, ya que se nos ha dado toda esta abundancia sólo hasta donde podamos disfrutarla, sin excedernos pues ese exceso puede ser utilizable para otros. Es imposible pues acumular todas las posesiones que desees. Sin embargo la posición de Locke no fue única, ejemplo de ello es Thomas Hobbes (1588, 1679), que en su estado de naturaleza lo ve más bien como un estado de discordia permanente, totalmente un estado de guerra. Recapitulando a Locke, vemos que en el estado de naturaleza  existe una paz entre los hombres que es fácil trasgredir, pues somos inconscientes de las leyes o derechos naturales, nuestra imparcialidad al juzgar nuestras propias causas o a seres cercanos, o a quien nos ha dañado, y por ultimo una ausencia en nuestra voluntad para cumplir la ley, pues esto no impide vuelva a cometerse un delito. Así llegamos al estado civil, ya que Dios había hecho al hombre, dotándolo de raciocinio, también tiene fuertes necesidades de estar en convivencia, es decir, vivir en sociedad, con el objetivo de proteger la propiedad privada y castigar justamente los agravios que se puedan cometer, para lograrlo todos los miembros deberán renunciar a uno de sus derechos, el de defender personalmente mi propiedad privada, vida y libertad, esto logra excluir la subjetividad dentro de los conflictos, delegar este derecho al estado permite que él se encargue de protegernos como individuos, así se establecerán reglas imparciales y aplicables por igual. Esto delimita que s+olo sean sociedades civiles las que lleven un guía en cuestiones de derechos, obligaciones, tomar decisiones en los conflictos, el estado se origina para hacer leyes, y ser coercitivo en donde se comete una violación a las leyes. Todo esto le otorgamos al Estado, sin olvidar que también se le atribuye cierto juicio y poder juzgar como mejor le parezca, pues Locke lo dijo, “este segundo poder es el de hacer la guerra y la paz”. “Y ahí tenemos el origen del poder legislativo y ejecutivo de la sociedad civil, poder que consiste en juzgar, mediante leyes, hasta qué punto deben castigarse las ofensas cuando son cometidas dentro del Estado, y, también, determinar, mediante juicios ocasionales fundados en las circunstancias presentes del hecho, en qué medida deben vindicarse las injurias procedentes de afuera”. (John Locke, Segundo tratado sobre gobierno civil, 1689) Siempre que haya unos hombres otorgando su derecho del poder ejecutivo al Estado, se creara una sociedad política o civil, es un pacto social que tiene consentimiento por todos, aceptando la creación de leyes que vean por el bien público, el más supremo, sin embargo, los grupos que carecen de un poder al cual recurrir seguirán siendo parte de su estado de naturaleza, y con este pensamiento, Locke realiza una crítica a la monarquía absoluta. El consentimiento deberá ser recogido en una constitución propiamente, todo esto con el fin de lograr una convivencia sana, segura y pacífica, disfrutando de nuestras libertades con delimitación que no permita perjudicar a los demás, es decir, aceptando los decretos de la sociedad, siendo obligado también sí no estuviese de acuerdo con ellos. Para evitar la corrupción en el poder político, dentro de la constitución también se asignara una división de poderes, que ayudaran a regular de mejor forma, también representa que el poder no se abstiene en una sola mano, como la de un rey o dictador, la división es propiamente el poder legislativo, correspondiente al pueblo, asamblea o parlamento, encargado de la creación de leyes sin transgredir ninguna ley natural. El poder ejecutivo que está en manos del gobernante y se encarga de hacer cumplir la ley. El tercer poder para Locke, al que llama poder federativo, tiene por función regular las relaciones internacionales, esto adjuntado al gobernante, nótese pues, que este último se ocupa de dos poderes, ejecutivo y federativo, pues necesitan la fuerza para ejercerse. Ya que aún no existía propiamente el poder judicial, pues fue Montesquieu (1686, 1755), quien introdujo el término. “…todo hombre que tiene poder se inclina a abusar del mismo; él va hasta que encuentra límites. Para que no se pueda abusar del poder hace falta que, por la disposición de las cosas, el poder detenga al poder.” (Montesquieu, De l'esprit des loix, 1748) ¿Qué sucede cuando haya un abuso de poder? Aunque para Hobbes quien tiene la jurisdicción del estado tiene también el poder absoluto de ejercer lo que se le venga en gana, rompiendo con el estado de naturaleza de Hobbes, que es un conflicto permanente, con ello evita que el estado de guerra sea continuo, es preferible pues un estado de opresión, pero visto desde la filosofía de Locke no es así. Este último afirma todos los individuos tienen la capacidad para tomar decisiones sobre el gobernante, permitiendo juzgarlo conforme a sus actos, así pues, si el mismo se aprovecha de su posición privilegiada, la sociedad tiene derecho a rebelarse contra él. Propiamente la rebelión no será más que una defensa de la forma del poder político que se debería ejercer y funcionar como se estipula, pero existen quienes alteran y perturban el estado civil, cuando este surgió precisamente para vivir mucho mejor y no bajo la monarquía o control sobre un solo rey, modificando nuestro estado de naturaleza siempre con un fin último, la integridad y bienestar de cada individuo. Calif. 10 Muy buen trabajo – sintetizas muy bien algunas líneas centrales de los pensamientos de los autores que trabajas. Lástima que no asististe al curso, porque probablemente hubiera habido mejor discusión.