Divorcio entre cristianos (y II) - Protestante Digital

Divorcio entre cristianos (y II)

Luis Eduardo Cantero

17 DE ENERO DE 2012 · 23:00

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1.El divorcio en la historia de la iglesia En la iglesia de los primeros siglos se nota un fuerte énfasis antidivorcista. Había una pluralidad de criterios interpretativos sobre posibles excepciones. Por lo general, el divorcio era rechazado por Atenágoras, quien consideraba un segundo matrimonio como un adulterio decente, según su interpretación de Mt 19:9, “no permitiendo abandonar a aquella cuya virginidad uno deshizo, ni casarse de nuevo. El que se separa de su primera mujer, aunque hubiera muerto, es un adúltero encubierto, pues traspasa la indicación de Dios, ya que en el principio creó Dios un solo hombre y una sola mujer.” [i] Así también Hermas y Clemente de Alejandría. Otro grupo permitía el divorcio en caso de inmoralidad sexual. San Jerónimo afirma: “Mandó el Señor que no se repudie a la mujer, excepto por razón de fornicación, y de haber sido repudiada, ha de permanecer innupta, ahora bien, lo que se manda a los varones, lógicamente también se aplica a las mujeres. Por lo que no sería lógico repudiar a la mujer y tener que soportar al marido. Si ‘el que se une con una ramera, se hace un solo cuerpo con ella’ (1 Cor. 6:16), luego por el mismo caso, la que se une con un disoluto se hace con él un solo cuerpo (…), entre nosotros lo que no es lícito a la mujer, tampoco es lícito al varón. Podría más fácilmente ser aceptado contraer una especie de sombra del matrimonio, que vivir como ramera bajo la gloria de ser mujer de un solo marido.” [ii] Por lo anterior, nos da la sensación de que para Jerónimo la idea de ser un adúltero es tan terrible, que prefiere en última instancia que esa persona se case por segunda vez. El ve en el divorcio y el segundo matrimonio, no una solución sino un mal menor, entre dos males, que bajo toda circunstancia no tendría aprobación divina de ninguna manera. La posición de Agustín con respecto al divorcio se debía a su vida turbulenta del pasado, pues sostenía que “Dios bendijo el matrimonio, si la esencia de éste consiste solo en la unión sexual del hombre y la mujer, idéntica es la esencia en los adúlteros y en los casados, pues, en los dos existe unión sexual; y si esto es absurdo, la esencia del matrimonio no consiste solo en la unión sexual (…). Pero, hay otra cosa que pertenece formalmente a las nupcias; y por ello, el adulterio se distingue del matrimonio, como son la fidelidad conyugal, el cuidado procreador ordenado, y lo que constituye una radical diferencia, es un buen uso del mal, es decir, el buen uso de la concupiscencia de la carne, pues de este mal los adúlteros hacen mal uso.” [iii] Podemos decir que el divorcio, por lo general, estaba asociado con el adulterio, y que éste se constituía como la única causa del divorcio. En la iglesia de la edad media, la posición está dividida. Por un lado la iglesia católica de Roma era muy rigurosa, y por otro lado, la iglesia griega (Constantinopla) contemplaba excepciones y concesiones para permitir el divorcio en algunos casos. Con respecto al divorcio, Santo Tomas sigue los lineamientos de Jerónimo y Agustín a que el uso del sexo debe ser restringido al matrimonio, cuando el propósito que lo impulsa es el de la procreación, y da a entender que una relación sexual que busque otro fin se convierte en una relación pecaminosa que no ayuda a cultivar la vida espiritual cristiana. Con respecto al divorcio, dice: “en cualquiera de los casos, dígase fornicación o adulterio, queda en manos de los cónyuges el tomar una determinación respecto a su separación, de uno u otro modo la posibilidad de contraer matrimonio por segunda vez queda prohibida, ya que el consorte que se casa de nuevo incurre en pecado de adulterio, mientras su cónyuge viva.” Otra causa en la que está de acuerdo Tomas es que el no pagar el débito conyugal es causa de separación, pero impide que se vuelvan a casar por la razón antes dicha [iv]. En Europa occidental el antidivorcismo iba en aumento. [v] 2.El divorcio en la iglesia de la reforma Los reformadores, por lo general, estaban de acuerdo con el divorcio sólo en caso de inmoralidades sexuales y por abandono injustificado del hogar. Por ejemplo, Martin Lutero afirmaba que el divorcio debía ser aplicado en caso de adulterio, y sugería a las autoridades civiles castigar con pena de muerte al adúltero, ‘por eso mandó Dios en la ley que los adúlteros fuesen apedreados’. Otra forma de divorcio es cuando uno de los cónyuges se niega al otro; es decir, no hay relación sexual entre ellos, lo esquiva y no permanece a su lado [vi]. La reforma de Lutero permitió romper el velo de la indisolubilidad del matrimonio, porque “significó la reaparición de la institución en las naciones que abrazaron el protestantismo, las cuales fueron incorporándola a sus legislaciones. Las teorías acerca de la naturaleza contractual del matrimonio, propugnadas por los filósofos racionalistas del XVIII, se fueron abriendo paso paulatinamente e impregnaron la legislación positiva de países tradicionalmente católicos. Así, el parlamento de Prusia (Landsrecht) lo admitió ampliamente en 1794, dos años después de que en Francia se promulgase la ley de 20 de noviembre, que constituye el principal antecedente de los sistemas modernos. En su texto se fundamenta la admisión del divorcio en la necesidad de proteger el derecho a la libertad individual de los cónyuges, que debe existir tanto para establecer el vínculo como para romperlo. Esta regulación pasó más tarde al Código de Napoleón, que influyó decisivamente en el resto de los ordenamientos europeos. Tan sólo se mantuvo vigente la indisolubilidad del matrimonio en países cuyas normas estaban basadas en la doctrina de la Iglesia Católica (….)”. [vii] 3.El divorcio en la iglesia de hoy Hoy “el divorcio está plenamente admitido e incorporado en la legislación de la mayor parte de los países protestantes[viii] y en los católicos, ésta solo lo admite en caso de adulterio, en cuyo caso se recurre a la anulación. Al respecto, Waldo Beach, dice: “Con respecto al bien y el mal, los aciertos y errores de un divorcio, hay que mirar, por debajo de la maraña de sutilezas legales, las cuestiones éticas que subyacen a la ley. La posición tradicional de la Iglesia Católica Romana como de la derecha religiosa, es que el divorcio es moralmente malo. Porque, para la Iglesia romana el matrimonio es un sacramento, celebrado por la iglesia, y por ende es indisoluble. Por lo tanto, las personas divorciadas que quieren seguir estrictamente los dictámenes de la fe católica no pueden lograr un segundo matrimonio bendecido por un sacerdote.Por supuesto, un matrimonio católico puede ser anulado de forma automática por el tribunal de la Sagrada Romana, con procedimientos largos y complicados, si hay pruebas suficientes de que las condiciones esenciales del matrimonio no eran válidas en el momento de la celebración; entonces queda anulado”.[ix] En cambio, la iglesia evangélica latinoamericana, quien ha sido la defensora del matrimonio y la familia, vive este problema y ha surgido desde dentro de los muros inquebrantables. Pastores, líderes y demás han vivido esta experiencia, otros han conocido al Señor en convivencias de parejas. Han tenido que reflexionar sobre sus acciones hacia estos casos, cosa que ha dividido al pueblo evangélico en grupos que solo aceptan el divorcio por cuestiones inmorales: adulterio, adicción a pornografías, entre otros (iglesias conservadoras, fundamentalistas y renovadas). “Muchos protestantes conservadores -asegura Beach- se oponen al divorcio sobre la base de la prohibición bíblica atribuida a Jesús (Mc 10:11-12), que establece que aquel que se divorcia de su propio cónyuge comete adulterio. En otros pasajes de los Evangelios encontramos una excepción: el adulterio.[x] Otra posición, más abierta, acepta el divorcio por cualquier causa: inmoralidad o por deseo de los contrayentes. Dentro de estos grupos hay una gran diversidad de opiniones en cuanto a los divorciados. Algunos consideran que el divorcio debe ser tratado como cualquier otro pecado. Incluso toman al pie de la letra 1 Timoteo 3: 2,12 y Tito 1:6. Y se preguntan: ¿Deben ejercer ministerios las personas divorciadas? ¿Pueden contraer nuevas nupcias? Alan Walkerrespondería a estas preguntas diciendo:“(...) Jesús repudiaba las respuestas legalistas a todas las preguntas. Y así lo hizo con el divorcio. Elevó toda la cuestión al nivel de los grandes principios morales, espirituales y humanos... A la luz de su comprensión, firmeza y simpatía, ¿cómo aparecen las actitudes de la Iglesia moderna? No encuentro apoyo para la ‘línea dura’ adoptada hacia el divorcio y el nuevo matrimonio por algunas de las grandes iglesias del mundo (...)[xi] Hoy los problemas que vive nuestra sociedad como la globalización, el desempleo, la inseguridad, la pobreza, la exclusión, etc., afectan de una manera sorprendente las relaciones humanas, en especial la familia. La iglesia cristiana como esposa de Cristo “se encuentra frente a disyuntivas críticas: la atadura de la ley (social o religiosa), o la libertad de Dios en la expresión del amor y de la reconciliación”. Continúa diciendo Bravo: “La situación del pecado social e individual en que vive el ser humano nos debe llevar a preguntarnos como miembros del cuerpo de Cristo: ¿es cristiano negar la realidad del divorcio en nuestra sociedad y en la iglesia, imperfectas aún? ¿Es cristiano demandar que las personas vivan en relaciones quebradas y adulteradas por un ‘amor’ diluido, manteniendo una relación de apariencia y negando el ‘vivir en paz como nos llama el Señor’?”. [xii] Antes de responder, deberíamos considerar las palabras de Severino Croatto & Pietrantonio: “Una ley de divorcio de por sí no genera permisividad; todo lo contrario, puede profundizar los lazos del amor cuando es real. Mantener la indisolubilidad por ley es una coacción externa, creadora de hipocresía. El amor está en la pareja y no necesita una presión de afuera para sostenerse. La ley regula otros aspectos del matrimonio que resultan socialmente de aquella opción de formar pareja. Con una ley de divorcio habría más coherencia entre el amor real y su expresión legal. Incluso la posibilidad de la disolución del vínculo –que se supone no es por cualquier motivo- debe suscitar en la pareja una profundización y no una banalización de sus relaciones de amor.[xiii] Estoy de acuerdo con Bravo, cuando considera que “el adulterio no resulta como consecuencia del divorcio. También, puede haber adulterio en una relación conyugal, cuando la relación de pareja está rota – ya hay pecado. ‘Puede haber algunos muy puros sexualmente, y que ya no aman, y entonces la unión está rota’ . Por lo tanto, están en pecado de adulterio, aunque vivan juntos como marido y mujer, cumpliendo con la ley.” No queremos hacer del divorcio un motivo de regocijo, pues es algo serio que conlleva una serie de problemas… Si usted sufre, todo el cuerpo de la iglesia sufre, como lo afirma Pablo en 1ª Cor. 12: 26ª. En toda relación que emprendemos con alguien, siempre nos une el amor; cuando el amor se muere, todo se acaba, no hay vuelta atrás. Por eso, tanto la iglesia como la pastoral necesitan tener en cuenta esto, más que seguir farisaicamente una ley por muy bíblica, debemos saber que solo el amor va a hacer que permanezca unida esa relación. Dios es amor, lo que él unió en amor de identificación mutua, ningún género humano lo separe. Luego entonces podemos sostener que lo que Dios no une en amor, al romperse éste vínculo que es la metáfora de la identificación, que lo separe la persona. De esta manera, no existe ningún indicio bíblico de que el matrimonio fuese establecido como un sacramento religioso. De esto estaba seguro Juan Calvino, que fue el primer teólogo reformado que afirmo que: “Si bien todos admiten que ha sido instituido por Dios, a ninguno se le ocurrió que fuera sacramento, hasta el tiempo del papa Gregorio VII. La ordenación de Dios es buena y santa, pero también lo son los oficios de labradores, albañiles, zapateros y barberos, los cuales, sin embargo, no son sacramento, porque no solamente se requiere para que haya sacramento que sea obra de Dios, sino que además es necesario que exista una ceremonia externa, ordenada por Dios, para confirmación de alguna promesa, ahora bien, que nada semejante existe en el matrimonio.” El término sacramento significa recordar lo sagrado. Todos sabemos que lo único sagrado es Dios; por lo tanto podemos afirmar que el matrimonio como acto de celebración entre una mujer y un hombre, nos recuerda la presencia del amor entre los cónyuges, que Dios ha formado en su creación, identificado en ese amor: “eres huesos de mis huesos y carne de mi carne.” En este sentido, el matrimonio ha sido instituido por Dios mismo, según Calvino, para beneficio del género humano y mejor organización de la sociedad, y la estabilidad matrimonial y familiar para la edificación mutua en la iglesia. 4. Conclusión Después haber reflexionado sobre el tema, desde una perspectiva histórica, teniendo en cuenta la posición teológica de cada época en particular, llegamos a la conclusión que el divorcio es un problema antiguo, ha estado en toda la historia del pensamiento humano. Moisés tuvo que legislar sobre este problema. Más tarde, Jesús tuvo que enfrentarlo como una cuestión moral. Infortunadamente, dice Alan Walker, el Nuevo Testamento parece poner en boca de Jesús dos respuestas diferentes. Una la encontramos en Mc. 10 y la otra en Mt. 19. Basar la actitud de Cristo hacia el divorcio en Marcos o en Mateo me parece un error, si no tenemos en cuenta el contexto de que Jesús solo repudiaba las respuestas legalistas a todas las preguntas. Así lo hizo con el divorcio. Elevó toda cuestión al nivel de los grandes principios morales, espirituales y humanos. En todos los dichos de Jesús sobre el divorcio, reconoce el divorcio de Moisés con grandes limitaciones y el pecado humano, que hace que el divorcio se produzca. Por ende, el divorcio no es un impedimento para que la persona divorciada reciba el perdón y recibir la salvación de la vida eterna que Cristo le ofrece. A la luz de la práctica de Jesús de su comprensión, firmeza y simpatía, analicemos nuestras prácticas pastorales y eclesiales con respecto a cómo hemos abordado este problema mayúsculo. “¿Cómo aparecen las actitudes de la iglesia moderna?”, se pregunta Walker, y responde: “no encuentro apoyo para la ‘línea dura’ adoptada hacia el divorcio y el nuevo matrimonio por algunas de las grandes iglesias del mundo”. Creo que de alguna manera Jesús, sin debilitar el valor divino del matrimonio, ofrecía los ministerios de su gracia en el servicio del matrimonio y comunión a aquellos que ‘por la dureza de sus corazones’ hubieran fallado y pecado. Por manchados y sucios que estemos, él nos ama, vino a esta tierra a morir por todos y a rehacer nuestras vidas. Para que los divorciados le sigan sirviendo, no como marginados y excluidos de los sistemas legalistas que pululan en las iglesias que condenan y hacen sentir mal a cualquier divorciado. A estas iglesias se les olvida que el amor de Jesús es más transcendente que la ley, que su amor pudo más que la ley. Creo, sin embargo, “que tal vez la respuesta más útil de nuestras comunidades eclesiales es la práctica de la medicina preventiva. Es decir, no la prohibición del divorcio, sino una guerra ofensiva contra las fuerzas centrífugas de la sociedad, destructiva de la unidad familiar monógama, a través de programas y terapias que fortalezcan los lazos familiares de amor en la familia, de manera que cada vez menos personas lleguen a divorciarse.” Luis Eduardo Cantero – Pastor, teólogo, maestro – Argentina

[i]José Vives, Los padres de la iglesia, Textos doctrinales del cristianismo. Desde los orígenes hasta San Atanasio, Barcelona: Herder, 1982, p. 91.
[ii]San Jerónimo, Cartas de San Jerónimo I, Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos, 1962, p. 169.
[iii]Miguel Laneros y otros, Obras completas de San Agustín, Madrid: Ed. Católicas, 1977, pp. 88 – 94.
[iv]Tomas de Aquino, “Tratado sobre el orden y el matrimonio, en Suma Teológica de Tomas de Aquino, T. XV, Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos, 1995, p. 16.
[v]Tomas de Aquino, “Tratado sobre el orden y el matrimonio, en Suma Teológica de Tomas de Aquino, T. XV, Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos, 1995, p. 16.
[vi]Ricardo García Villoslada, Martin Lutero I, El fraile hambriento de Dios, Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos, 1976, p. 56.
[vii]“Divorcios, causas”, en Monografías, Editorial Estudios [Consultado 15 – 03 – 2011]: http://www.todoiure.com.ar/monografias/mono/civil/Divorcio.htm
[viii]Ibíd.
[ix]Waldo Beach, L´etica cristiana nella tradizione protestante, Per la Traduzione di María Sbaffi, Torino: Claudia, 1993, p. 91.
[x]Ibíd., p. 92.
[xi]Alan Walker, “Jesús y una divorciada” en Jesús y los conflictos humanos, Ed. La Aurora, Buenos Aires, 1969, pp. 17 – 26.
[xii]Bravo, op., cit.
[xiii]J. Severino Croatto, Ricardo Pietrantonio, “Matrimonio, Familia y Divorcio”, en Revista Cuaderno de Teología, ISEDET Vol. III, N° 4 (1986), p. 308.
[xiv]Ernesto Cardenal, “Jesús habla del matrimonio”, en El Evangelio en Solentiname, Ed. Sígueme, Madrid, 1977, p. 93. Citado por José Bravo – Caballero, op., cit.
[xv]Ibíd.
[xvi]Juan Calvino, Institución de la Religión Cristiana, Tomo II, Países bajos: Fundación Editorial de literatura reformada, 2006, p. 1165 y siguiente.
[xvii]Calvino, Op., cit., p. 1167.
[xviii]Walker, Op., cit., pp. 17 – 26.
[xix]Beach, Op., cit., p. 93.

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