A continuación aparece una instantánea de la página web tal y como aparecía en 23/04/2024 (la última vez que nuestro rastreador la visitó). Esta es la versión de la página que se usó para la clasificación de los resultados de búsqueda. Puede que la página haya cambiado desde la última vez que la guardamos en caché. Para ver lo que puede haber cambiado (sin la información destacada), ve a la página actual.
Bing no se hace responsable del contenido de esta página.
Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) 2021
Descárgate la app
Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) 2021
Asimismo, existen deducciones fiscales por inversiones en vehículos eléctricos, híbridos enchufables y sistemas de recarga. Más información sobre las deducciones fiscales en el siguiente enlace: Deducciones fiscales.
1. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA SOLICITUD INICIAL:
Consultar la documentación requerida para realizar la solicitud y la cuantía de la ayuda solicitada en la Resolución 51E/2021 y en los siguientes documentos resumen sin validez legal:
Actuación 1: Adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible
Actuación 2: Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos
Importante: la no presentación de alguno de los documentos junto con la solicitud inicial no es subsanable y conllevará el archivo de la solicitud de ayuda.
2. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR TRAS LA CONCESIÓN (1 mes), SOLO PARA PERSONAS JURÍDICAS Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS CON ACTIVIDAD ECONÓMICA:
Personas jurídicas privadas: presentar en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión la declaración de obligación de transparencia.
3. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA JUSTIFICAR LAS ACTUACIONES:
Se deberá presentar en el plazo máximo de 18 meses desde la notificación de la resolución de concesión. A continuación se adjuntan modelos de algunos de los documentos requeridos:
Logo Moves III solamente en los casos en lo que se cumplan los requisitos del Artículo 20-Publicidad del RD 266/2021.
Se puede consultar el resto de documentación requerida para realizar la justificación posterior de la actuación realizada en la Resolución 51E/2021 y en los siguientes documentos resumen sin validez legal:
Actuación 1: Adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible
Actuación 2: Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos
Sección de Ayudas a la Transición Energética
Parque Tomás Caballero, nº 1, 5ª Planta
Edificio Fuerte del Príncipe II
31005 Pamplona
Teléfono: 848 42 97 00
Correo electrónico: transicionenergetica@navarra.es (indicar en el asunto del correo el nombre de la convocatoria y realizar un resumen de la consulta)
info
Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.