BONIFACIO VIII, Papa


BONIFACIO VIII, Papa
(1294-1303)
DicEc
 

Tras la abdicaci�n del santo papa Celestino V (1294), fue elegido para sucederlo el h�bil canonista Benedetto Caetani, quien adopt� el nombre de Bonifacio VIII 1. Empez� poniendo orden en la administraci�n de su santo, pero m�s bien incompetente, predecesor. Apoy� a las �rdenes mendicantes, aunque m�s tarde restringir�a su �mbito de influencia con el decreto Super cathedram (1301). Intervino constantemente en los asuntos internacionales, pero su pol�tica frecuentemente no tuvo �xito, porque era impulsivo y ten�a una concepci�n del papa como �rbitro universal, que en el siglo XIV era ya inaceptable. Su pontificado estuvo dominado por un largo enfrentamiento con Felipe IV de Francia (1285-1314). Fue el primer papa en proclamar un a�o jubilar (1300) con indulgencias por visitar las tumbas de los ap�stoles2. Hizo una contribuci�n perdurable al derecho can�nico publicando en 1298 el Liber sextus, que constituy� una ter-cera parte del corpus can�nico. Fue un mecenas de las letras y de las artes, pero la codicia de su familia y sus defectos de car�cter, que lo hac�an particularmente dif�cil de tratar, estropearon su pontificado.

Es recordado sobre todo por la bula Unam sanctam (1302)3. Es una exposici�n extremada, pero no nueva en su tiempo, de la doctrina del poder temporal del papa. Afirma la total libertad de la Iglesia respecto de cualquier interferencia por parte de los poderes temporales, proclamando el sometimiento del poder temporal al espiritual, que se identifica con el del papa; el papa tiene plenitud de poder4. Bonifacio insiste fuertemente en la unidad de la Iglesia: esta no tiene m�s que una cabeza. La bula trata luego el tema de las dos espadas, que se encuentra en san /Bernardo: la espada material es usada para la Iglesia, la espiritual por la Iglesia; la espada material est� en manos de los reyes y de los soldados, pero a discreci�n de los sacerdotes. El poder espiritual puede instituir (instituere, que puede significar �instituir� o �instruir�) al secular y juzgarlo cuando comete faltas. Si el poder terreno se desv�a, es juzgado por el espiritual; el poder espiritual es juzgado s�lo por Dios5.

La bula acaba con las siguientes palabras: �Adem�s declaramos, afirmamos y definimos que es absolutamente necesario para la salvaci�n de todos los hombres que se sometan al romano pont�fice�6. Los estudiosos no se ponen de acuerdo sobre el significado de esta conclusi�n. G. Tavard sostiene que se afirma la supremac�a papal sobre los gobernantes temporales, pero no de manera infalible7. Hay varias razones para negar que esta declaraci�n, a pesar de su aparente solemnidad, sea de hecho infalible. En primer lugar, no ha sido universalmente recibida como tal, ni en el momento de su proclamaci�n ni despu�s. En segundo lugar, falta la palabra t�cnica pronuntiamus (�proclamamos�); la f�rmula usada, declaramus, dicimus, diffinimus, era la que se utilizaba entonces en las decisiones consistoriales8. En tercer lugar, el texto est� tomado de santo Tom�s de Aquino, y puede considerarse que no afirma m�s de lo que se dice al comienzo de la bula, a saber: que la Iglesia es necesaria para la salvaci�n9. F. A. Sullivan concluye: �Hay que decir que si la bula define algo, es simplemente la doctrina tradicional de que no hay salvaci�n fuera de la Iglesia cat�lica�10. Ha de interpretarse por tanto de acuerdo con la teolog�a de �fuera de la Iglesia� (>Extra Ecclesiam nulla salus). El texto es mencionado en el concilio >Letr�n V 11. Se puede decir que la Unam sanctam representa el apogeo del absolutismo papal.

NOTAS: 1 H. WOLTER, Celestino V y Bonifacio VIII, en H. JEDIN (dir.), Manual de historia de la Iglesia IV, Herder, Barcelona 1986, 450-470; J. PAREDES (dir.), Diccionario de los Papas y Concilios, Ariel, Barcelona 1998, 235-240. � 2 Cf D. O'GRADY, Historia de los jubileos. Roma: 1300-2000, San Pablo, Madrid 1999, 65ss. � 3 DENZINGER-H�NERMANN, 870-875. � 4 F. A. SULLIVAN, �Hay salvaci�n fuera de la Iglesia?, Descl�c de Brouwer, Bilbao 1999, 79-82; G. H. TAVARD, The Bull �Unam sanctam� of Boniface VIII, en P. C. EMPIE-T. A. MURPHY (eds.), Papal Primacy and the Universal Church, Minneapolis 1974, 105-119. � 5 DENZINGER-H�NERMANN, 873. �6 Ib, 875. �7 G. H. TAVARD, The Bull �Unam .sanctam� qf Boniface VIII, o.c. � 8 J. WILLEBRANDS, Roman Catholic/Lutheran Dialogue in the U.S.A. Papal Primacy: An Appraisal, One in Christ 13 (1977) 207-219, siguiendo a K. A. FINK, TQ 146 p. 500. �9 Contra error. Graec. 2, 32; pero cf E. GALLINA, De potestate ecclesiae in temporalibus iuxta doctrinara Bonifaci VIII, Ephemerides iuris canonici 45 (1989) 9-37, con bibliograf�a. -10 �Hay salvaci�n fuera de la Iglesia?, o.c., 79-82. �11 Ses. 11� (1516); cf J. PAREDES, Diccionario de los Papas y Concilios, o.c., 618-620; DENZINGER-H�NERMANN, 800-820.