Sunat: personas naturales podrán presentar la Declaración Anual de Renta 2023

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Desde ayer lunes 13, el Formulario Virtual Nº 709 – Renta Anual – Persona Natural para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR) y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) deberá ser presentado por personas naturales sin negocio. Conoce más aquí.


Se espera que alrededor de 600,000 personas cumplan con este deber tributario.

¿Quiénes están obligados a declarar?

Deben presentar la Declaración Jurada Anual de Renta 2023 las personas naturales que:

  • Hubieran percibido Rentas de Quinta Categoría (en planilla) y, al mismo tiempo, deduzcan gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
  • Los trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (independientes) y/o Quinta Categorías y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor.
  • Los que hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categorías que atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos.
  • Quienes tengan un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.
  • Los que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría.

Para la Declaración Anual del año 2023..

La Sunat ofrece a los contribuyentes naturales información personalizada referente a sus ingresos, pagos, retenciones y gastos, actualizada hasta el 30 de abril de 2024. Esta información puede ser verificada, completada o modificada al momento de presentar la declaración anual.

En caso de que se determine un saldo a favor del impuesto a la renta, el contribuyente puede ingresar o actualizar su Código de Cuenta Interbancario (CCI) para que la Sunat realice el depósito directamente en su cuenta bancaria.

Además, los contribuyentes tienen la opción de solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago del impuesto determinado inmediatamente después de presentar la declaración, sin necesidad de acudir a una oficina de la Sunat.

Se aconseja no esperar al cronograma final de vencimientos, que va del 27 de mayo al 11 de junio de 2024 según el último dígito del RUC, para presentar la declaración.

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Conoce más detalle en este vídeo:

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Javier Camones D.
Javier Camones D.
3 meses atras

Han programado algún seminario , por el cierre anual 2023 , presencia ????????