España Secretaría de Relaciones Exteriores

 

 ESPAÑA

Capital: Madrid (Ver mapa.)

Idiomas: Español

Moneda: Euro

¿Se requiere visa?: NO

 

Embajada de México en España

  • Dirección: Carrera de San Jerónimo 46, 28014, Madrid, España.
  • Teléfono de atención: 0034913692814
  • Días de atención: lunes a viernes
  • Horario: 9:00 am - 1:00 pm
  • Teléfono de emergencias: 
    • Marcación local 660862625
    • Marcación Internacional 0034660862625
  • Sitio de internet: https://embamex.sre.gob.mx/espana

  • Facebook:@embamexespana
  • Twitter: @EmbaMexEsp
  • Instagram: @embamexesp
  • Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • Comunidades Autónomas de Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, así como el Principado de Andorra. 

Consulado de México en Barcelona

  • Dirección: Paseo de la Bonanova 55, C.P. 08017, Barcelona, España.
  • Teléfono de atención: 00 34 932 011822
  • Días de atención: lunes a viernes
  • Horario: 9:00 am - 6:00 pm
  • Teléfono de emergencias: 
    • Marcación local 608 322569
    • Marcación Internacional 00 34 608 322569
  • Sitio de internet: https://consulmex.sre.gob.mx/barcelona/

  • Facebook:@ConsulMexBCN
  • Twitter: @ConsulMexBCN 
  • Instagram: @consulmexbcn
  • Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • Circunscripción que atiende: Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Comunidad Valenciana.
  • Teléfono de área de protección: 0034932011822

  

Llama al 112, en caso de requerir asistencia por una situación de riesgo personal o colectivo, la Agencia de Seguridad y Emergencias puede auxiliarte.

 
   

Aviso a personas mexicanas que viven en España y a turistas con planes de viaje a ese país

Se sugiere:

  • Prestar atención al entorno, evitar zonas de riesgo y siempre seguir las indicaciones de las autoridades locales en casos de emergencias, así como tener precauciones de seguridad y autocuidado usuales en grandes ciudades y zonas metropolitanas:
  • No perder de vista sus pertenencias y evitar viajar con altas sumas de dinero en efectivo.
  • Con un pasaporte mexicano con una vigencia mínima de seis meses, las personas mexicanas pueden permanecer hasta por un máximo de 90 días acumulados, sean consecutivos o no, en un periodo de 6 meses. Al término de esos 90 días, la persona debe abandonar el Espacio Schengen (área común migratoria europea) por otros 90 días antes de intentar volver a ingresar. Bajo ninguna circunstancia se debe exceder este plazo para evitar sanciones.

  • Los requisitos de ingreso, permanencia y salida están sujetos a cambios sin previo aviso, por lo que se recomienda consultar las páginas oficiales de las autoridades gubernamentales competentes en el país de destino, así como la información proporcionada por la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) https://www.iatatravelcentre.com/world.php
  • Cuando una persona mexicana viaja al extranjero, a cualquier país, o si reside fuera de México, es altamente recomendable que incluya o actualice sus datos en el Sistema de Registro para Personas Mexicanas en el Exterior (SIRME) https://sirme.sre.gob.mx Esto permite a la SRE brindar información oportuna y localizarte en caso de emergencia.
  • Se sugiere llevar siempre una identificación oficial con fotografía y una copia de tu pasaporte mexicano, así como conservar una copia electrónica de dichos documentos.
  • El pasaporte mexicano debe coincidir con la identidad de la persona titular, de lo contrario es posible enfrentar problemas al ingresar a algunos países y/o territorios.
  • Antes de realizar cualquier viaje es importante verificar que tu pasaporte mexicano tenga, al menos, seis meses de vigencia.
  • Se recomienda contar con un seguro de viaje internacional que incluya servicios médicos, válido en los países a visitar. Recuerda: las embajadas y consulados de México en el exterior no tienen facultades para cubrir facturas derivadas de gastos médicos de personas mexicanas en el extranjero.
  • En todo momento se deben respetar las leyes e indicaciones de las autoridades locales, así como los usos y costumbres.
  • Para información específica o de último momento, puede consular el sitio oficial de la Clínica de Atención Preventiva del Viajero(CAPV) de la UNAM.
  • Se recomienda informar a familiares y amigos sobre su itinerario de viaje.
  • Se recomienda establecer comunicación con las empresas proveedoras de servicios turísticos para conocer las rutas que se encuentren disponibles.

En caso de requerir asistencia o protección consular inmediata, ponte en contacto con la Embajada de México en España o con el Consulado de México en Barcelona.

DATOS DE CONTACTO

Embajada de México en España

Dirección: Carrera de San Jerónimo 46, 28014, Madrid, España.

Teléfono de atención: 0034913692814

Días de atención: lunes a viernes

Horario de labores: 9:00 am – 7 pm

Horario de atención al público: 9:00 am - 2:00 pm

Teléfono de emergencias:

Marcación local 660 862 625

Marcación Internacional +34 660 862 625

Sitio de internet: https://embamex.sre.gob.mx/espana

Facebook:@embamexespana

Twitter: @EmbaMexEsp

Instagram: @embamexesp

Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Comunidades Autónomas de Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, así como el Principado de Andorra

 

Consulado de México en Barcelona

Dirección: Paseo de la Bonanova 55, C.P. 08017, Barcelona, España.

Teléfono de atención: + 34 932 011822 ext.: 201

Días de atención: lunes a viernes

Horario de labores: 9:00 am – 6 pm

Horario de atención al público: 9:00 am - 2:00 pm

Teléfono de emergencias: 

Marcación local 608 322 569

Marcación Internacional + 34 608 322 569

Sitio de internet: https://consulmex.sre.gob.mx/barcelona/

Facebook: @ConsulMexBCN

Twitter: @ConsulMexBCN

Instagram: @consulmexbcn

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Circunscripción que atiende:

Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Comunidad Valenciana.

Publicado el 16 de febrero de 2023

 
 

 

Monday, 27 Mayo 2024

Para realizar llamadas de España a México

  • A teléfono fijo: 00 +52 + código de la ciudad + número local
  • A celular: 00 + 52 + código de la ciudad + número local

(código de la ciudad y local deben sumar diez dígitos)

Para realizar llamadas de México a España

  • A teléfono fijo: 00 + 34 + nueve dígitos del teléfono
  • A celular: 00 + 34 + nueve dígitos del teléfono

  • La moneda de curso legal en España es el Euro ("€", EUR). Esta es la única moneda aceptada en locales comerciales, restaurantes y estaciones de servicio.
  • En todo el país hay cajeros automáticos que aceptan diferentes tipos de tarjetas; las de mayor aceptación son American Express, Visa, Diners y Mastercard.
  • El impuesto al valor agregado (IVA) por regla general es del 21%, del 10%  para productos alimenticios, sanitarios, transporte y hostelería, y del 4% para productos destinados a la alimentación humana (incluida el agua). Si viajas a España en calidad de turista es posible realizar el trámite de devolución de IVA antes de tu partida. Para mayor información sobre condiciones y requisitos consulta el sitio de AENA Aeropuertos.
  • Para obtener más recomendaciones, consulta la sección dinero de esta guía.

Puedes consultar el tipo de cambio del Euro frente al Peso mexicano aquí. 

Las personas mexicanas NO necesitan visa para hacer viajes de turismo o visitas familiares (actividades no remuneradas) a España.

Por otro lado, es indispensable tramitar una visa para realizar estudios, trabajar o residir en España.

Puedes consultar la lista completa de requisitos de entrada, tipos de visas y cuotas, en la página web de la Embajada de España en México.

***Recuerda: Es facultad exclusiva de las autoridades españolas otorgar o negar una visa para ingresar a su territorio.***

Requisitos para ingresar:

  • Con un pasaporte con una vigencia mínima de seis meses, las personas mexicanas pueden permanecer hasta por un máximo de 90 días acumulados, sean consecutivos o no, en un periodo de 6 meses. Al término de esos 90 días, la persona debe abandonar el Espacio Schengen (área común migratoria europea) por otros 90 días antes de intentar volver a ingresar. Es recomendable que no excedas el plazo citado ya que la autoridad migratoria puede expulsarte y sancionarte con la prohibición de entrada a toda el área común migratoria europea.

De acuerdo con la legislación española, es obligatorio que todas las personas, incluidos los turistas, lleven consigo una identificación vigente; en el caso de los turistas deben portar su pasaporte, el cual podrá ser requerido por las autoridades de policía en cualquier momento.

  • Boleto de regreso o de circuito turístico con fechas cerradas (menos de 90 días).

 Los boletos de avión abiertos o sujetos a disponibilidad pueden ser causa automática de no admisión al territorio español.

  • Justificar el motivo de viaje y comprobar medios económicos suficientes para cubrir los gastos de estancia.

Es necesario acreditar recursos económicos por 810 euros como mínimo por los primeros 9 días más 90 euros por cada día subsiguientes. La disponibilidad de los medios económicos se acreditará mediante la exhibición de los mismos, en el caso de que sea en efectivo, o mediante la presentación de cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago, o tarjetas de crédito, deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día (no admitirán cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios de Internet) o cualquier otro medio con el que se acredite fehacientemente la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta o cuenta bancaria.

  • Documento justificativo de hospedaje.

Documento justificativo de la existencia de lugar de hospedaje, ya sea emitido por el establecimiento de hospedaje o una Carta de Invitación de un particular tramitada previamente ante la Comisaría española correspondiente, por la persona que te dará hospedaje en España cuyo contenido habrá de responder exclusivamente a que quede constancia de la existencia de hospedaje cierto a disposición del extranjero, no supliendo en ningún caso la acreditación por el extranjero de los demás requisitos exigidos para la entrada. No obstante, el documento justificativo de la existencia de lugar de hospedaje a disposición del extranjero contendrá la información relativa a si el alojamiento supone o no la cobertura de toda o parte de su manutención. Para mayor información sobre requisitos, tramitación y resolución de la carta de invitación, puedes consultar el sitio del Ministerio del Interior de España.

  • Confirmación de la reserva de un viaje organizado.

Se facilitará el tránsito a los ciudadanos mexicanos que viajen a otro país del espacio Schengen y que cuenten con la comprobación de viaje correspondiente. En caso de que una persona menor de edad viaje sola, se recomienda que tenga consigo una carta notariada de autorización de los padres. La carta notariada de autorización es igualmente necesaria si la persona menor de edad viaja a cargo de personas adultas que no sean el padre, madre o tutor. 

Nota importante: Los requisitos y documentos indicados anteriormente pueden ser exigidos por la autoridad migratoria, aún si la persona llega a España únicamente en tránsito hacia otro país del Espacio Schengen. De acuerdo con las autoridades españolas, en estos casos, la persona deberá acreditar su alojamiento mediante reserva de hotel confirmada en el lugar de destino o, si se hospeda en un domicilio particular, acreditar la identidad y lugar de alojamiento de la persona que le invita.

Si no cumples con estos requisitos, puedes estar sujeto a inadmisión, decretándote un retorno inmediato a México o al país en el cual te embarcaste antes de intentar ingresar a España.

Para mayor información, contacta a la Embajada de España en México.

*** Recuerda: Es facultad exclusiva de las autoridades españolas otorgar o negar el ingreso a una persona extranjera a su territorio, aún si cuenta con visa. ***

  • Las drogas de todo tipo, incluido el cannabis están absolutamente prohibidas.
  • No transportes especies animales o vegetales protegidas.
  • En cuanto a la franquicia de importación y exenciones fiscales, si procedes de un país no miembro de la Unión Europea, puedes importar mercancías en tu equipaje personal hasta por un valor máximo de 430 euros en transporte aéreo o marítimo, y 300 euros para otros medios de transporte. Los menores de 15 años disponen de un límite de 150 euros, cualquiera sea el medio de transporte.
  • Hay limitaciones en cuanto a la cantidad de alcohol y tabaco que se puede importar.
  • Más allá de los límites permitidos, debes declarar espontáneamente las mercancías y presentarte en la aduana para pagar los impuestos y tasas correspondientes. La falta de declaración puede resultar en la confiscación de los bienes y en multas de aduana.
  • Debes declarar el ingreso y salida de 10,000 euros o más en efectivo, o su equivalente en otras divisas en metálico o en activos fácilmente convertibles (por ejemplo, obligaciones, acciones, cheques de viaje).

Para mayor información, consulta la página en internet de la Agencia Tributaria del Gobierno de España.

Procedimiento a la salida

A tu salida del territorio español, debes presentar a los funcionarios responsables del control en los puestos habilitados para ello la documentación señalada para su obligada comprobación.

Si la documentación es hallada conforme y no existe ninguna prohibición o impedimento para la salida del titular o de los titulares, se estampará en el pasaporte o título de viaje el sello de salida.

Si la salida se realiza con documentación defectuosa, sin documentación o con documento de identidad en el que no se pueda estampar el sello de salida, el extranjero cumplimentará, en los servicios policiales de control, el impreso previsto para dejar constancia de la salida.

Las salidas del territorio español pueden realizarse libremente, excepto en los casos previstos en el Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) y en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. La salida de los extranjeros a los que no les sea de aplicación el régimen comunitario, podrán ser registradas por las autoridades españolas a los efectos de control de su período de permanencia legal en España de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Excepcionalmente, el Ministro del Interior podrá prohibir la salida del territorio español por razones de seguridad nacional o de salud pública. La instrucción y resolución de los expedientes de prohibición tendrá siempre carácter individual.

La salida será obligatoria en los siguientes supuestos:

  • Expulsión del territorio español por orden judicial, en los casos previstos en el Código Penal.
  • Expulsión o devolución acordadas por resolución administrativa en los casos previstos en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
  • Denegación administrativa de las solicitudes formuladas por el extranjero para continuar permaneciendo en territorio español, o falta de autorización para encontrarse en España.
  • Cumplimiento del plazo en el que un trabajador extranjero se hubiera comprometido a regresar a su país de origen en el marco de un programa de retorno voluntario.

Si bien España es un país que no registra altos índices de inseguridad, en fechas recientes se han registrado casos numerosos de hurto, en los que turistas sufren el robo de dinero, y documentos de identidad.  En vista de lo anterior, hay que guardar ciertas precauciones para evitar ser víctima de robos:

  • Conserva siempre tus objetos de valor como pasaporte, dinero, tarjetas de crédito y otras identificaciones en un lugar seguro.
  • Nunca lleves todo el dinero y las tarjetas juntos.
  • Mantén siempre contigo tus objetos personales y de identidad.
  • Se recomienda tener una copia digitalizada en archivo USB de pasaporte y acta de nacimiento mexicana.
  • Mantén siempre a la vista tus maletas, bolsos u otros objetos personales, especialmente en lugares con gran flujo de personas.
  • No aceptes ayuda de personas desconocidas o ayuda no solicitada.

Asimismo, mantente siempre atento y no descuides en ningún momento tus maletas, bolsos u otros objetos personales, especialmente en lugares con gran flujo de personas, como son restaurantes, el aeropuerto, las estaciones de tren o en el transporte público en horas pico, ya que son espacios en los que operan con mayor frecuencia los carteristas.

Tenga en cuenta que se han presentado diversos reportes de robo de pertenencias mediante rotura de cristales de vehículos de renta.

  • El 112 es el número de asistencia más inmediata en España a las solicitudes de las personas que se encuentren en una situación de riesgo personal o colectivo.
  • El número 062  es el número de emergencia para pedir auxilio a la Guardia Civil
  • El 091 es el número de emergencia de la Policía española.
  • 112 ó 080 Bomberos
  • 112 ó 061 Ambulancias – emergencia médica (SAMU). 

  • No se requieren vacunas específicas para el ingreso de turistas a España. Tampoco hay riesgos de salud particulares detectados en ese país.
  • Para información específica o de último momento sobre medidas sanitarias preventivas en España, se recomienda consultar el sitio oficial de la Clínica de Atención Preventiva del Viajero (CAPV) de la UNAM.
  • Los turistas no tienen derecho a la atención médica gratuita en España. Es aconsejable contar con un seguro de viaje o un seguro de gastos médicos con cobertura en el extranjero antes de salir de México. Lleva siempre contigo tu tarjeta de identificación del seguro y los teléfonos de emergencia del mismo.
 


SARAMPIÓN

La Organización Mundial de la Salud anunció la Iniciativa de Lucha contra el Sarampión cuyo objetivo consiste en reducir la mortalidad mundial por sarampión. Se encuentra encabezada por la Cruz Roja Americana, la Fundación pro Naciones Unidas, los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de los EE.UU., UNICEF y la Organización Mundial de la Salud, presta apoyo en materia de campañas de vacunación y vigilancia de la enfermedad en todo el mundo. Debido a que este destino se encuentra dentro de los países en los que se ha detectado la presencia del brote de sarampión te informamos lo siguiente:

¿Qué es? Es una enfermedad infecciosa muy contagiosa y grave causada por un virus de la familia de los paramixovirus suele transmitirse normalmente a través del contacto directo y del aire ya sea por contacto con fluidos nasales, de la boca o la garganta de una persona infectada.

Síntomas

  • El virus infecta el tracto respiratorio y se extiende al resto del organismo, esparciéndose fácilmente de persona a persona causando una erupción en la piel de color roja con manchas la cual suele comenzar en la cabeza y descender al resto del cuerpo.
  • Los síntomas del sarampión aparecen, por lo general, unos 7 a 14 días después de que la persona se infecta, pueden incluir fiebre, tos, moqueo nasal, conjuntivitis, sensación de dolor y malestar, pequeñas manchas blancas dentro de la boca.
  • Tres a cinco días después de que comienzan los síntomas, se produce un sarpullido que generalmente empieza como puntos rojos y planos en la cara de la persona en la parte donde comienza el cabello y se extiende hacia el cuello, el tronco, los brazos, las piernas y los pies.
  • Sobre los puntos rojos y planos pueden aparecer unos bultos pequeños. Los puntos pueden unirse a medida que se extienden desde la cabeza hacia el resto del cuerpo. Cuando aparece el sarpullido, la fiebre puede aumentar a más de 40 grados centígrados.
  • Después de unos días, la fiebre disminuye y el sarpullido desaparece.

Prevención

  • Vacunarse es una forma muy efectiva de prevenir el sarampión; las personas que no reciben la vacuna están en alto riesgo de contraer la enfermedad.
  • Tomar inmunoglobulina sérica dentro de los 6 días posteriores a la exposición al virus puede reducir el riesgo de desarrollar el sarampión o hacer que la enfermedad sea menos intensa.

Recomendaciones:

  • Se recomienda que todos los viajeros internacionales estén correctamente vacunados con vacuna triple vírica de acuerdo a las recomendaciones oficiales para niños y adultos.
  • Si durante tu viaje sospechas que contrajiste sarampión o rubéola:
    • Busca inmediatamente ayuda de un médico,
    • evita el contacto cercano con otras personas por siete días a partir del comienzo de la erupción,
    • permanece en el lugar donde te hospedas excepto para ir al médico,
    • evita viajar y/o visitar a lugares públicos.
  • Consulta en la página de la Clínica del Viajero si es necesario que te apliques la vacuna ya que ésta debe ser individualizada y realizada por el personal facultativo en base a la existencia de posibles factores de riesgo debidos a las características del viajero (edad, estado de inmunización previa, patologías preexistentes, etc.) y las características del viaje.

Actualizado en enero de 2019.

 

 


  • Si viajas a España en época invernal, lleva contigo vestimenta adecuada para hacer frente a las bajas temperaturas y eventuales nevadas.
  • Si practicas esquí o alpinismo, manéjate con precaución.
  • Consulta las condiciones meteorológicas y, particularmente, atiende las recomendaciones de las autoridades locales sobre los riesgos de avalancha.
  • En caso de emergencia, sigue las indicaciones de las autoridades locales.
  • En caso de requerir asistencia especial, contacta a la embajada o consulado de México más cercano.

  • Porta siempre contigo una identificación personal.
  • De acuerdo con la legislación española, es obligatorio que todas las personas, incluidos los y las turistas, lleven consigo una identificación vigente original, misma que podrá ser solicitada por las autoridades de policía en cualquier momento.
  • Está prohibido fumar en lugares públicos (museos, monumentos, cines.), en los transportes públicos y en el interior de restaurantes y bares.
  • Está prohibido conducir con una tasa de alcohol puro en sangre igual o superior a 0,5 g/l de sangre y 0,25 mg/l de aire espirado. La violación a esta norma es sancionada con multa, suspensión del permiso de conducir y hasta prisión.
  • Promover, favorecer o facilitar el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mediante actos de fabricación, tráfico o posesión es fuertemente perseguido y castigado. No aceptes transportar paquetes o encargos de parte de personas desconocidas.
  • La aceptación de una licencia de conducir mexicana está condicionada a que se halle dentro del período de vigencia, su titular tenga la edad requerida en España para la obtención del permiso español equivalente.

Es importante que tenga en cuenta que entre México y España no existe convenio bilateral ni internacional ni acuerdo parcial para el reconocimiento mutuo u homologación de licencias. 

La  Dirección General de Tráfico (DGT) del Gobierno de España publica en su página de internet información sobre permisos válidos para conducir en España.

https://www.dgt.es/nuestros-servicios/permisos-de-conducir/permisos-extranjeros-y-de-fuerzas-y-cuerpos-de-seguridad/permisos-validos-para-conducir-en-espana/

Pide a las autoridades españolas –migratorias, policiacas u otras- entrar en comunicación con la embajada o consulado de México. Esta notificación consular es tu derecho y forma parte de las convenciones internacionales que ambos países han suscrito. Personal consular te visitará en cuanto se lo permitan las autoridades españolas.

Se recomienda llevar el número de teléfono de protección consular a la mano o portar en tu cartera la ficha que obtienes al registrarte en el Sistema de Registro para Mexicanos en el Exterior.

Consulta las acciones de protección y asistencia consular que el Gobierno de México puede ejercer a tu favor en España.

Algunas de las regiones autonómicas se caracterizan por reivindicaciones nacionalistas, generalmente expresadas mediante la utilización de su lengua (Catalán, Euzkera, Gallego, entre otros). Por dicha razón, en ocasiones la gente puede rehusarse a hablar en Castellano.

No olvides notificar a tu institución de crédito y/o ejecutivo de cuenta de tu banco que viajarás a España, para que te informe sobre los procedimientos en caso de robo o extravío, o problemas que podrías enfrentar al retirar dinero con tus tarjetas en el extranjero.

Si durante su viaje vas a rentar un vehículo verifica los requisitos con la empresa correspondiente, en particular sobre el tipo de licencia de conducir que sea aceptable.

Desconfía de ofertas que prometen el mejor alojamiento al mejor precio. Investiga y asegúrate de que la oferta es real. Evita contratar hospedaje en el que te soliciten pagos con urgencia.

No confíes en supuestos propietarios que no pueden mostrar la vivienda a rentar, que no contestan al teléfono, que utilizan correos electrónicos diferentes, con denominaciones extrañas o que solicitan pagos por adelantado.

Para obtener más consejos por tema y/o tipo de viajante visita la sección de recomendaciones de esta guía.

 Estudiantes

Antes de viajar al extranjero, se recomienda incluir:

Gastos y manutención: prevé y organiza la forma de realizar tus gastos y manutención durante tu estancia en el extranjero, de preferencia con el uso de una tarjeta de crédito internacional o algún medio de pago electrónico. Evita viajar con altas sumas de dinero en efectivo.

Durante tu estancia, se recomienda incluir:

Apoyo y bienestar: ubica y mantén contacto regular con la oficina de Acogida y Movilidad, o su equivalente de tu centro de estudios en el exterior. Además de información útil sobre asuntos académicos, estas oficinas pueden ayudarte a resolver dudas sobre la vida cotidiana y proporcionar referencias sobre servicios y actividades para una estancia más provechosa.

HOSPEDAJE

 Evita fraudes al momento de elegir tu hospedaje:

  • Desconfía de ofertas que prometen el mejor alojamiento al mejor precio. Investiga y asegúrate de que la oferta es real.
  • Evita contratar hospedaje en el que te soliciten pagos con urgencia.
  • No confíes en supuestos propietarios que no pueden mostrar la vivienda a rentar, que no contestan al teléfono, que utilizan correos electrónicos diferentes, con denominaciones extrañas o que solicitan pagos por adelantado.

 Recomendaciones

  • Verifica la autenticidad de la vivienda: ubicación, características acordes a la oferta, si es posible comprueba que es el propietario sea real y compara precios en la zona en la que buscas alquilar. El Ayuntamiento de Barcelona cuenta con un verificador de alojamientos con licencia, en línea en: https://meet.barcelona.cat/habitatgesturistics/es
  • No realices pagos fuera de las plataformas oficiales y asegúrate de que queden registrados.  Guarda todos los documentos relacionados con tu reservación (anuncios, correos electrónicos, recibos y comprobantes de pago, etc.)

 La estancia en alojamientos turísticos genera toda una serie de derechos y deberes que debe saber identificarse a la hora de contratarlo.

 Más información oficial del Ayuntamiento de Barcelona sobre este tema en:

https://ajuntament.barcelona.cat/educacioeconomica/es/cuidado-con-las-estafas-y-los-fraudes-en-los-alquileres-turisticos/

 

Para mayor información, visita nuestra sección de Recomendaciones.