¿Cómo saber si estamos en un registro de morosos y cómo salir? | Comunidad de Madrid
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¿Cómo saber si estamos en un registro de morosos y cómo salir?

Los registros de morosos son ficheros en los que se recogen deudas contraídas por las personas consumidoras como resultado de alguna operación comercial. En este reportaje le explicamos cómo actuar en el caso de que aparezcamos registrados en uno de estos ficheros.

Los registros de morosos, también conocidos como ficheros de solvencia patrimonial o sistemas de información crediticia, son registros que recogen datos de impago, ya sea de personas físicas o jurídicas, sobre deudas dinerarias, crediticias o financieras.

Para que nos puedan incluir en un registro de morosos tienen que darse varios requisitos, entre ellos que en el contrato que firmemos, sea del tipo que sea, tenga una cláusula por la cual la empresa nos informe de forma explícita y clara que puede meternos en un registro de solvencia patrimonial o puede ceder nuestros datos a una tercera empresa.

La inclusión de los datos personales deberá ser realizada por el propio acreedor o, en su defecto, por un intermediario (como puede ser una empresa de recobro) que actúe en representación del acreedor. Además, debe tratarse de una deuda cierta, vencida, exigible e impagada; debe especificar el origen de la deuda y su cuantía y debe haber existido un requerimiento previo de pago.

No podrán tampoco incluirnos en un registro de morosos antes de cuatro meses desde el inicio del impago y la cantidad mínima adeudada para poder ser incluidos es de 50 euros para las personas físicas y de 300 euros para las personas jurídicas.

Los registros más conocidos y empleados son Asnef-Equifax, Experian-Badexcug y RAI. Si una persona consumidora ha sido incluida en un registro puede aparecer en todos estos o solo en algunos.

Si queremos saber si estamos en algunos de estos registros de morosos, podemos consultarlo en cada una de sus páginas web. También podemos conocer si estamos en uno de estos ficheros haciendo uso del formulario de derecho de acceso en la web de la Agencia Española de Protección de Datos.

Los casos más habituales por los que se produce el registro en estos ficheros son por impago de facturas telefónicas o por descubiertos en las cuentas bancarias. La inclusión en un fichero de este tipo puede suponer un perjuicio para las personas consumidoras, ya que puede ser motivo para que nos denieguen desde tarjetas de crédito hasta hipotecas y préstamos, así como el alta en cualquier servicio de suministro e incluso la compra a plazos o los pagos con tarjeta.

Ello se debe a que pueden consultar nuestros datos en un fichero, tanto el acreedor como cualquier otra empresa con la que hayamos intentado realizar algún tipo de contratación, sea de financiación, de pago aplazado o de facturación periódica. Estas empresas están habilitadas para dicha consulta desde el momento en el que intentamos darnos de alta como clientes.

Si usted no está conforme con la deuda que le reclaman, puede: iniciar un procedimiento arbitral para discutir la certeza de la deuda, reclamar ante la Agencia de Protección de Datos haciendo uso del formulario de derecho de supresión o iniciando una demanda judicial por la vía civil.

Hasta que no se resuelva la reclamación o demanda que usted haya interpuesto por cualquiera de las anteriores vías, la deuda no será cierta y por tanto no podrán incluirle en el listado de morosos.

 

Cómo salir de un registro de morosos

Actualmente, los registros de morosos se rigen por la  Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos. Varias sentencias del Tribunal Supremo ya consideran discutibles algunos casos de inclusión en estos registros, ya que el hecho de no pagar una cantidad no tiene por qué deberse a la insolvencia de la persona consumidora, sino que puede derivar de una disconformidad con la reclamación de la cantidad.

Si queremos salir de un registro de morosos, la alternativa más fácil es pagar la deuda. Hay que tener en cuenta que puede que hayamos contraído deudas de las que no somos conscientes.

Una vez que la deuda está resuelta, el siguiente paso es contactar con el registro de morosos para solicitar la eliminación de nuestros datos personales, ya que suelen tardar un tiempo en hacerlo por ellos mismos. Para solicitar la supresión, debemos adjuntar el justificante de haber pagada la deuda.

Si usted está en un registro de morosos, sepa que pasados cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación dineraria, financiera o de crédito, puede solicitar al Registro en el que hayan incluido sus datos, el derecho de supresión.