Ayuda a los productores de plátano IGP, Medida II del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias - Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Ayuda a los productores de plátano IGP, Medida II del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Relación de afiliados a la Organización con indicación de nombre y apellidos o denominación, número de asociado, dirección y NIF Fichero en soporte informático según estructura Anexo I
    • Superficie declarada por cada productor con relación de municipios, polígonos, parcelas y recintos SIGPAC Fichero en soporte informático según estructura Anexo II
    • Declaración responsable afectados volcán Declaración responsable de los productores afectados por el volcán, , con indicación de la superficie afectada, identificada según el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), donde se comprometan a continuar con la actividad agraria al menos durante 3 campañas.(Anexo III)
    • Justificación bimestral:
      • Cantidades de plátano comercializado de cada uno de los afiliados Anexo VI
      • Facturas de venta Anexo IV
      • Documento de transporte DUA (plátanos comercializados fuera de Canarias ) Anexo V
      • Fotocopia sellada y firmada de resúmenes de registro de controles de calidad
      • Cantidades de plátano retiradas de la comercialización de cada afiliado Anexo VII
    • Traspaso de cantidades de referencia:
      • Traspaso de cantidades de referencia por transmisión de la explotación productora de plátano Anexo VIII
      • Traslado de cantidades de referencia a una nueva superficie por pérdidas de producción Anexo XI
      • Traslado cantidades de referencia pérdida superficie por el volcán (Anexo XII)
    • Reducciones de superficie:
      • Abandono de superficie Anexo IX
    • Renovación de plantaciones:
      • Renovación de cultivo Anexo X

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

Tramitación

Objeto

  • Conceder ayudas a los productores de plátano fresco con Indicación Geográfica Protegida -Plátano de Canarias- (IGP). Campaña 2023
A quién está dirigido:
Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Productores de plátano cuya explotación se encuentra en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Grado de administración electrónica:
Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • 1. Podrán acogerse a las ayudas previstas en esta convocatoria, los productores de plátano cuya explotación se encuentre en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, inscritos en el órgano de gestión de la Indicación Geográfica protegida -Plátano de Canarias-. En el caso del complemento de la ayuda, los beneficiarios serán los productores que cultiven plátano al aire libre.
  • 2. Los citados beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos o condiciones de admisibilidad:
  • a) Estar afiliado a una Organización de Productores de Plátano reconocida por la Viceconsejería de Sector Primario.
  • b) Que sus superficies productivas figuren correctamente inscritas en el -Fichero de Afiliados del Registro de Organizaciones de Productores de Plátano- y sus recintos SIGPAC debidamente identificados, conforme a la última actualización publicada en el momento de la solicitud.
  • c) Que figuren inscritos en la Indicación Geográfica Protegida -Plátano de Canarias-.
  • d) Que hayan producido y comercializado plátanos durante la campaña por la que sea pagadera la ayuda al menos en una cantidad equivalente al 70% de la cantidad de referencia que tengan asignada.
  • e) Que se les haya asignado una cantidad de referencia en la forma que se indica en el siguiente resuelvo.
  • 3. A los efectos establecidos en la letra b) del apartado 2 anterior, se considerarán superficies admisibles para la ayuda los siguientes:
  • a) Aquellos recintos que teniendo la incidencia 112 tengan uso SIGPAC -FY- (Frutales), -IV- (Invernaderos y cultivos bajo plástico) o -CF- (Asociación cítricos-frutales).
  • b) Respecto al complemento de cultivo al aire libre, se considerarán admisibles aquellas superficies con uso SIGPAC -FY- e incidencia 112. Aquellos recintos que además de dicho uso e incidencia, tengan la incidencia 150, se considerará admisible el 50% de su superficie. Igualmente, se considerará admisible el 50% de la superficie de aquellos recintos que tengan uso SIGPAC -CF- e incidencia 112.
  • c) Se considerará también admisibles para la ayuda las superficies de los elementos del paisaje que formen parte y estén integradas con la incidencia 116 en los recintos SIGPAC que tengan incidencia 112, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9, apartado 1 del Reglamento Delegado (UE) nº 640/2014, de la Comisión, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control y a las condiciones sobre denegación o retirada de los pagos y sobre sanciones administrativas aplicables a los pagos directos.
  • d) Adicionalmente, se considerarán admisibles aquellas superficies con uso SIGPAC “IM” (Improductivo) e incidencia 210 para aquellos productores con recintos en las zonas afectadas por la erupción volcánica de La Palma, referidas en el apartado 2 y 3 del resuelvo segundo, que hubieran sido previamente solicitados por el productor en las campañas 2021 y 2022. El cálculo de la ayuda que pudiera corresponderles asociada a estos recintos se realizará con los datos que figuran para dichos recintos en la base SIGPAC de noviembre de 2021.
Cuantía
  • El importe total de la ficha financiera asignada es de ciento cuarenta y un millones cien mil euros (141.100.000 €).
Criterios de valoración y baremación:
  • Se llevará a cabo por el órgano instructor control administrativo y sobre el terreno, de conformidad con lo previsto en el apartado 2 del articulo 9 de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para las medidas que componen el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, aprobada por Orden de 28 de noviembre de 2017, así como cualquier otra información adicional que le sea requerida al inicio o en el transcurso de dichos controles, y conforme a lo establecido en la Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario, de 3 de diciembre de 2018, por la que se dictan instrucciones relativas a los controles administrativos y sobre el terreno de la Medida II Ayuda a los Productores de Plátanos IGP del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (BOC núm. 246, de 20 de diciembre de 2018)-
Forma de Abono:
  • La ayuda se abonará a los productores de plátanos que resulten beneficiarios de la ayuda que se convoca a través de las correspondientes OPP, salvo que éstas soliciten que se realice el pago directamente a sus afiliados, en dos pagos, entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de junio de 2024.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 15/1/2023 0:0
Fecha Fin: 15/2/2023 23:59

Fecha Inicio: 16/2/2023 0:0
Fecha Fin: 12/3/2023 23:59
  • Condición: Las solicitudes con entrada en la Administración en los 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación serán consideradas para la gestión y pago, pero la ayuda que se conceda se reducirá en 1% por cada día hábil fuera del plazo previsto, las presentadas con posterioridad al 25 de marzo de 2022, serán desestimadas

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Apoyo a la Producción y Comercialización

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Plazo de resolución:
      18 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006)
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      7748
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2929936
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