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Cuadro resumen del DLEG 1095 - Modificado Ley 31522
Asignatura: Derecho Internacional
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Universidad: Universidad Tecnológica del Perú
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DECRETO
LEGISLATIV
O 1095
REGLAS DE
EMPLEO Y
USO DE LA
FUERZA POR
PARTE DE
LAS
FUERZAS
ARMADAS
EN EL
TERRITORIO
NACIONAL
TÍTULO I
EMPLEO DE LA FUERZA ANTE ACCIONES
DE UN GRUPO HOSTIL EN ZONAS
DECLARADAS EN ESTADO DE
EMERGENCIA
TITULO II
USO DE LA FUERZA EN OTRAS
SITUACIONES DE VIOLENCIA, EN
ZONAS DECLARADAS EN ESTADO
DE EMERGENCIA CON EL
CONTROL DEL ORDEN INTERNO
A CARGO DE LA POLICIA
NACIONAL
TITULO III
USO DE LA FUERZA EN OTRAS
ACCIONES DE APOYO A LA POLICÍA
NACIONAL
Escenario
geográfico
Territorio del Perú Territorio del Perú Territorio del Perú
Situación
jurídica del
territorio
Estado de emergencia Estado de emergencia Estado de emergencia (Ley 31522)
Derecho
aplicable
Derecho Internacional Humanitario Derechos humanos/
Derecho Internacional de los
Derechos Humanos
Derechos humanos/
Derecho Internacional de los Derechos
Humanos
Calificación
de la
situación
de violencia
Conflicto armado no internacional también
denominado conflicto armado interno
Otras situaciones de violencia que
no constituyen conflicto armado
interno
Otras situaciones de violencia que no
constituyen conflicto armado interno
Actuación
de las
Fuerzas
Armadas
Operaciones militares para enfrentar a grupos
hostiles
Acciones militares en apoyo a la
Policía Nacional del Perú, enfocadas
al mantenimiento o
restablecimiento del orden interno
Acciones militares en apoyo a la Policía
Nacional del Perú, porque esta ha sido
sobrepasada en el control del orden interno.
Control a
cargo de:
Fuerzas Armadas Policía Nacional del Perú Policía Nacional del Perú
Contra
quien se
utiliza la
fuerza
Grupo hostil
Esta era la definición inicial de grupo hostil:
“Pluralidad de individuos en el territorio
nacional que reúnen 3 condiciones: (i) están
mínimamente organizados; (ii) tienen
Ciudadanos en actitud violenta que
afectan con sus actos el
mantenimiento del orden interno.
En este caso no son grupos hostiles
bajo ninguna circunstancia.
Contra:
Tráfico ilícito de drogas
Terrorismo
Protección de instalaciones estratégicas y
en otros casos constitucionalmente
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