«Acuerdos por la paz y tratados internacionales». Por José Guzmán – Revista De Frente
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«Acuerdos por la paz y tratados internacionales». Por José Guzmán

Por José Guzmán

“Acuerdo por la Paz Social y la nueva Constitución” del 15 de noviembre de 2019 firmado por la mayoría de los/as jefes/as de partidos representados en el Congreso Nacional, el 24 de diciembre del mismo año se publicó en el Diario Oficial la reforma constitucional que habilita el proceso constituyente.

En lo que respecta a los tratados internacionales, sin mencionar el carácter de estos, confiere a los “tratados comerciales” el mismo estatus de los tratados sobre “derechos humanos”, estatus que ni siquiera existe en la Constitución vigente, la cual reconoce como límite a la soberanía el “respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana” (artículo 5° inciso II), resultando inequívoca la voluntad de blindar el modelo económico al mantener inalterados los tratados comerciales y desconociendo una vez más el carácter soberano del órgano constituyente.

Respecto del procedimiento que deberá darse la CC o la CMC, en una reglamento aprobado por 2/3 de sus miembros en ejercicio, una posible alternativa es que se opte por emular el proceso legislativo, organizando el trabajo de la Convención en comisiones y plenario en los que se irán produciendo los acuerdos en general y particular por 2/3 respecto de las normas, revisando que lo aprobado tenga coherencia y sea un conjunto armónico orientado al fin buscado (una nueva Constitución).

¿Qué es un Tratado Internacional?

Tratado internacional es un término que designa los acuerdos jurídicos entre diferentes Estados o entre un Estado y un organismo internacional.

Estos acuerdos establecen compromisos de parte y parte que, en principio, facilitan las relaciones bilaterales entre naciones, sea a nivel económico, político, cultural o científico, etc.

Los tratados internacionales se rigen por las normativas jurídicas del derecho internacional.

 

Tratados de Libre Comercio

Desde fines de la década de 1990, Chile se ha adherido a una serie de tratados de libre comercio (TLC) con países tanto de Latinoamérica como del resto del mundo Chile actualmente posee libre acceso a los principales mercados en el mundo, alcanzando más de 4200 millones de personas distribuidas en los cinco continentes. Hasta la fecha se han suscrito 26 acuerdos comerciales con más de 50 países.

 

Tratados de DDHH

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial de 1965. Ratificada por el Estado de Chile el 20 de octubre de 1971.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966. Ratificado por el Estado de Chile el 10 de febrero de 1972.

Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966. Ratificado por el Estado de Chile el 27 de mayo de 1992.

Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos destinado a abolir la pena de muerte de 1989. Ratificado por el Estado de Chile el 26 de septiembre de 2008.

  1. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966. Ratificado por el Estado de Chile el 10 de febrero de 1972.
  2. Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de 1979. Ratificada por el Estado de Chile el 7 de diciembre de 1989.
  3. Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de 1984. Ratificada por el Estado de Chile el 30 de septiembre de 1988.

Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de 2002. Ratificado por el Estado de Chile el 12 de diciembre de 2008.

  1. Convención sobre los Derechos del Niño de 1989. Ratificada por el Estado de Chile el 13 de agosto de 1990.

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía de 2000 ratificado por el Estado de Chile el 06 de febrero de 2003

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados de 2000. Ratificado por el Estado de Chile el 31 de julio de 2003.

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones de 2011. Ratificado por el Estado de Chile el 1 de septiembre de 2015.

  1. Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares de 1990. Ratificada por el Estado de Chile el 21 de marzo de 2005.
  2. Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas de 2006. Ratificada por el Estado de Chile el 8 de diciembre de 2009.
  3. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 2006. Ratificada por el Estado de Chile el 29 de julio de 2008.

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 2006 ratificado por el Estado Chileno el 29 de julio de 2008.

 

TPP

El Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica es un tratado de libre comercio entre varios países de la Cuenca del Pacífico firmado el 4 de febrero de 2016 en Auckland, Nueva Zelanda.4​ Entre otras cosas, el TPP busca rebajar las barreras comerciales, establecer un marco común de propiedad intelectual, reforzar los estándares de derecho del trabajo, derecho ambiental y establecer un mecanismo de arbitraje de diferencias.5​

Acuerdo Estratégico Trans-Pacífico de Asociación Económica (o Acuerdo P4), un tratado de libre comercio firmado por Brunéi, Chile, Nueva Zelanda y Singapur, el 3 de junio de 2005 y que entró en vigencia el 1 de enero de 2006. Desde 2008, otros países se sumaron para un acuerdo más amplio: Australia, Canadá, Estados Unidos, Japón, Malasia, México, Perú, y Vietnam, aumentando el número de países firmantes a doce.

Crítica al TPP:

-introduciendo fuertes medidas de protección de la propiedad intelectual,33​ aún más severas que las del tratado de libre comercio entre Corea del Sur y los Estados Unidos y al Acuerdo Comercial Anti-Falsificación (ACTA),34​ e incluso han sido comparadas al polémico proyecto de ley Stop Online Piracy Act (SOPA).35​

-También podría afectar la disponibilidad de medicamentos genéricos en los países en desarrollo que formen parte de este acuerdo comercial en el futuro.36​

-Organizaciones de derechos humanos también han criticado que el tratado se haya discutido en secreto, e incluso parlamentarios de los países involucrados no han podido acceder a los documentos libremente.37​

-El TPP es considerado un sucesor del Área de Libre Comercio de las Américas en la estrategia comercial de EE. UU.40​ El ALCA había sido descartado tras la IV Cumbre de las Américas realizada en Argentina en 2005, debido a las desventajas que conllevaba para los países de la región sudamericana y, en particular, para los miembros del Mercado Común del Sur (Mercosur).

Equipo editorial Revista De Frente

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