Ciudadanía por descendencia – Ambasciata d'Italia Città del Messico

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Ciudadanía por descendencia

Las solicitudes de ciudadanía por descendencia se pueden presentar a través de la VFS, empresa contratada por la Embajada para proporcionar información y conceder citas para la presentación de las solicitudes de ciudadanía correspondientes. Los contactos para solicitar cita a través de la VFS son:

Sito internet: https://services.vfsglobal.com/mex/es/ita/apply-visa

Email: info.italymexico@vfsglobal.com

Teléfono: 55 67228 165

Dirección: Ave. Jaime Balmes 11, Plaza Polanco, Torre D-Oficina 201, Col. Polanco, Miguel Hidalgo, Ciudad de México

AVISO: En consideración de la validez temporal y limitada de los documentos solicitados para el trámite de ciudadanía, se recomienda a los amables usuarios en que esperen a solicitar la emisión de tales documentos, hasta obtener una confirmación de cita para la presentación de los mismos, a manera de no tener que pagar nuevamente.

 

REQUISITOS

– Extracto del Acta de nacimiento reciente original del antepasado nacido en Italia, emitido por el Comune italiano de nacimiento, con indicación de los nombres de los padres. A falta del acta de registro civil se podrá aceptar la fe de bautizo, SOLO con carta del registro civil que explica la falta del acta y con copia del libro de bautizo, legalizado por la Curia;

Copia fiel del libro del matrimonio y eventual muerte del antepasado italiano (apostillado y traducido al italiano). Se aceptan actas de matrimonio sólo emitidos por el estado civil. Quedan excluidas de validez legal las actas eclesiásticas.

Certificado emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores (Ministerio del Exterior mexicano) que haga constar si el ancestro realizó algún trámite de naturalización mexicana, conocido como “Certificado positivo/negativo de naturalización” con apostilla y traducción al italiano. El certificado debe contener los datos del ancestro indicados en el acta de nacimiento italiana y los diferentes nombres y apellidos con los que la persona haya sido identificada en los documentos formados en el extranjero (relativos a matrimonios, nacimientos de los hijos, defunción). El documento deberá tener únicamente apostilla si es negativo y en caso de ser positivo se requerirá apostilla y traducción en italiano;

Copia fiel del libro de las actas de nacimientomatrimonio y eventual muerte (apostillados y traducidos al italiano) de todos los descendientes en línea directa hasta el solicitante;

Copia fiel del libro del acta de nacimiento, eventual matrimonio y actas de nacimiento de los hijos menores, del solicitante (apostilladas, traducidas al italiano y copia).

Certificado emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores (Ministerio del Exterior mexicano) que haga constar si los descendientes renunciaron o no a la ciudadanía italiana en ocasión de la naturalización mexicana por elección o por haber solicitado un “Certificado de nacionalidad mexicana por nacimiento”. Tal Certificado se llama “Constancia de no antecedentes de naturalización o búsqueda de antecedentes de naturalización”. Dicho Certificado es necesario para los siguientes ascendientes:

– todos los descendientes nacidos en México antes del año 1917 más el descendiente sucesivo;

– todos los descendientes de primera generación (hijos directos de italianos) nacidos en México antes del año 1981;

– todos los descendientes nacidos antes de 1981, fuera del territorio mexicano y que tengan uno o ambos padres mexicanos;

– todos los descendientes nacidos fuera del territorio mexicano y que hayan migrado a México.

– todos los descendientes nacidos fuera del territorio mexicano y que hayan contraído matrimonio con un/una ciudadano/a mexicano/a.

El certificado debe contener los datos del descendiente indicados en el acta de nacimiento y los diferentes nombres y apellidos con los que la persona haya sido identificada en los documentos formados en el extranjero (relativos a matrimonios, nacimientos de los hijos, defunción).

El documento deberá tener únicamente apostilla si es negativo y en caso de ser positivo se requerirá apostilla y traducción en italiano.

 

IMPORTANTE

1) Los ciudadanos no mexicanos pueden solicitar la ciudadanía en México sólo si son residentes (con FM para residentes temporáneo o permanente).

2) El costo de presentación de cada solicitud de reconocimiento de la ciudadanía italiana es de 300 Euros, que se pagan en pesos mexicanos en el momento de entrega de los documentos.

3) Son aceptados exclusivamente los documentos (emitidos en Italia o en el extranjero) con fecha de emisión no superior a 1 año.

4) El solicitante deberá traer todos los documentos de la lista en original, al menos que un familiar directo (padre/madre, hermano/a, hijo/a) después del año 2022 haya presentado los mismos documentos en la propia solicitud de ciudadanía.

No serán aceptadas copias de documentos presentados por otros familiares del solicitante, que no sean parientes en línea directa (ej. Abuelo/a, tío/tía, primo/a. etc.), tampoco de documentos presentados en Italia o en otras Sedes.

5) Antes del año 1948, la mujer italiana no podía transmitir la ciudadanía a sus hijos, por lo tanto, antes de tal fecha, la ciudadanía italiana podrá ser atribuida solamente a los descendientes por línea paterna.

6) Si hubo divorcio/s y posterior/es matrimonio/s el solicitante debe mencionarlo con una auto declaración firmada por el solicitante, indicando el lugar y fecha de la disolución del matrimonio y el nombre del segundo cónyuge, lugar y fecha del segundo matrimonio, y una vez concluido el trámite positivamente, se deberá entregar la sentencia con causa ejecutoria y segundo matrimonio, si fuera el caso. Si la paternidad del solicitante ha sido reconocida después del registro del nacimiento, se deberá entregar el acta de reconocimiento (con apostilla, fotocopia y traducción en italiano).

7) El en caso de que el ancestro nacido en Italia y migrado al extranjero haya nacido antes de la proclamación del Reino de Italia (17 de marzo de 1861) en uno de los Estados pre-unitarios, la condición indispensable para el reconocimiento del derecho a la transmisión de la ciudadanía italiana, es que el mismo no haya muerto antes del 17 de marzo de 1861 y que no se haya naturalizado extranjero antes de tal fecha.

8) Las provincias actuales de Trento, Bolzano, Trieste, Gorizia y algunas Comunas de las provincias de Belluno y Udine se convirtieron en territorio italiano desde el 16 de julio de 1920 (Fecha de ratificación del Tratado de Saint Germain en Laye). Por lo tanto, los ancestros originarios de dichos territorios, que murieron o migraron antes de tal fecha, no son ciudadanos italianos (más bien del ex Imperio de Austria y Hungría). Quienes tienen el ancestro migrado con este estatus pudieron presentar solicitud de reconocimiento de ciudadanía únicamente hasta el 20/12/2010.

 

FORMULARIOS EN LA SECCIÓN “MODULISTICA” (Cittadinanza):

  • Solicitud de “richiesta di trascrizione di atto di stato civile”
  • Árbol genealógico desde al antepasado italiano
  • Solicitud de “Richiesta di riconoscimento di cittadinanza per discendenza”, debidamente llenado y firmado por el solicitante
  • Solicitud de “Iscrizione A.I.R.E.”