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Actos Públicos

Acto Público Digital

El Acto Público Digital (APD) garantiza los principios de transparencia y celeridad, asegurando la cobertura de los espacios docentes que lo requieran y la igualdad de oportunidades de todos los docentes que cumplan con lo ya mencionado en el capítulo 12 de la Ley 10579 “Estatuto del Docente”

De esta manera, cada institución cuenta con las coberturas de provisionalidades y suplencias que garantizan el efectivo desarrollo de los proyectos institucionales en garantía del derecho a la educación de los niños y niñas, adolescentes, jóvenes y adultos de la Provincia de Buenos Aires

Acto Público Digital

El Acto público Digital se encuentra enmarcado en el Estatuto del Docente Ley 10.579 y su reglamentación: Artículo 64 y Capítulo XIX De las Provisionalidades y Suplencias. Así como también, el Decreto 690/20, la Resolución 1480/20 y la Resolución 3226/21

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A.P.D