Ley 1801 de 2016. Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana
Disposiciones de carácter preventivo que buscan establecer las condiciones para la convivencia en el territorio nacional propiciando el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas, así como determinar el ejercicio del poder, la función y la actividad de Policía, de conformidad con la Constitución Política y el ordenamiento jurídico vigente.
- Artículo 87, numeral 3. Requisitos para cumplir actividades económicas.
- Artículo 172. Objeto de las medidas correctivas
- Artículo 173. Tipos de medidas correctivas.
- Artículo 180. Multas y su clasificación.
- Artículo 183. Consecuencias por el no pago de multas. Artículo 184. Registro Nacional de Medidas Correctivas.
Ley 2000 de 2019
Artículo 6: Modifica el nombre de la norma pasando de Código Nacional de Policía a Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.