Art. 172 Código Penal del Estado de Michoacán Secuestro Artículo 172 - Legislación mexicana 2021

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Código Penal Artículo 172 Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/05/2024

Código Penal Michoacán
Artículo 172. Secuestro

En los tipos penales, las sanciones y competencia de los tribunales locales correspondientes al secuestro, se estará a lo dispuesto por la legislación general expedida por el Congreso de la Unión en la materia.



Estado de Michoacán Artículo 172 Código Penal
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Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue cel . 5518163525


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


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