(DOC) La Inquisición en Nueva españa | Ricardo Rincón Huarota - Academia.edu
La Inquisición en la Nueva España RICARDO RINCON HUAROTA Para el común de la gente es casi un hecho que la Inquisición fue la única institución existente durante los tres siglos de dominación colonial en México. Asimismo, generalmente se le confiere a este órgano del virreinato un carácter netamente represor que era ejercitado arbitrariamente por los miembros de la clase religiosa contra personas indefensas. No obstante, tales apreciaciones son erróneas y constituyen algunos de los muchos prejuicios en torno a la Inquisición que, si bien fue un tribunal terrible, también tuvo una dimensión humana e histórica. Un correcto análisis del funcionamiento de la Inquisición implica necesariamente distinguir varios matices en su proceso evolutivo, ya que en el lapso de 300 años desplegó diversas actividades con facultades y atribuciones distintas. Así pues, es menester hacer una diferencia básica entre dos tipos de Inquisición: la primera de ellas abarca el periodo comprendido de 1524 a 1571. Dentro de este intervalo de tiempo se alternan en el control de la actividad inquisitorial las órdenes monásticas —franciscanos y dominicos– y el arzobispado de México. Es decir, tanto el clero regular como el secular tuvieron en su momento atribuciones inquisitoriales para perseguir delitos contra la fe cristiana, aplicadas fundamentalmente en la tarea de combatir la idolatría de los indígenas. Durante estos años, la Inquisición fue desvirtuando sus objetivos puesto que paulatinamente se convirtió en arma política utilizada por los inquisidores de la jerarquía episcopal contra las órdenes de frailes, especialmente la de los franciscanos. La Corona española se percató de las pugnas entre los religiosos de la Nueva España y de la brutal represión desplegada por la Inquisición contra los indígenas, por lo que en 1571 decidió crear el Tribunal del Santo Oficio, que sería un órgano autónomo tanto de la función episcopal así como de la injerencia monástica. El Tribunal, que funcionaría hasta 1820, sería nombrado desde España y tendría facultades exclusivas para juzgar todos los casos de fe, con la salvedad de no intervenir en asuntos de idolatría de los indígenas que recaerían en la jurisdicción de los obispos. Entre 1571 y 1820 pueden advertirse también diversas subetapas por las que transitó la Inquisición; es decir, aunque fue la misma institución, su funcionamiento fue distinto en este segundo periodo. Hacia finales del siglo XVI, la actividad inquisitorial adquirió un gran auge ya que el Tribunal inició relevantes procesos de persecución contra el grupo de judaizantes, o falsos cristianos, establecidos en la Nueva España. Aun cuando la misión del Tribunal no era perseguir judíos, pues en teoría no había ninguno en las posesiones españolas, el Santo Oficio se dio a la tarea de procesar, sentenciar y ejecutar a todos aquellos judíos que, convertidos al cristianismo, seguían practicando sus ritos judaicos. Hacia 1640 se desató la segunda gran persecución de judaizantes promovida por el obispo Palafox y Mendoza. Este, como visitador de la Nueva España, descubrió graves problemas de corrupción al interior del Tribunal en donde estaban coludidos los propios inquisidores y un amplio número de judaizantes quienes eran ricos comerciantes de origen portugués. Alrededor de 40 familias fueron hechas prisioneras, se les confiscaron sus bienes y se les sometió a un largo proceso del que 20 personas resultaron sentenciadas a morir en la hoguera. Al término de esta amplia y compleja actividad contra los falsos cristianos o criptojudíos, la Inquisición entró en una etapa de decadencia que se extendió hasta el siglo XVIII. No obstante, durante la época de la Independencia procesó dos casos muy importantes: el del padre Hidalgo y el del padre Morelos, quienes fueron juzgados en el Tribunal por los delitos de herejía y concubinato. La organización del Tribunal del Santo Oficio era muy compleja pues en realidad estaba conformado por un gran número de tribunales. A la cabeza de todos ellos se encontraba la Suprema, ubicada en Madrid, que era el máximo tribunal de la Inquisición en donde se analizaban los casos de última instancia. De la Suprema dependían otros tribunales de entre los cuales 18 estaban establecidos en España y tres en América: el de Nueva España, el de Perú y el de Cartagena de Indias. El Tribunal de la Nueva España, ubicado en la Ciudad de México, al igual que el resto de los tribunales era una burocracia formada por una amplia cantidad de funcionarios. Seis jueces ocupaban los cargos más prominentes, a saber: dos inquisidores nombrados por el rey; un juez ordinario, que representaba al arzobispo y tres jueces calificadores quienes generalmente eran frailes de las órdenes mendicantes y representantes de la Audiencia. Por otro lado, la Inquisición de México tenía representaciones en cada provincia y ciudades importantes o secundarias que hacían un total de 222. Los funcionarios de tales representaciones, denominados comisarios, eran clérigos regulares o seculares quienes se encargaban de recibir las denuncias y remitirlas al tribunal central. Asimismo, se contaba con elementos que quizá caían un poco fuera del ámbito de la estructura pero colaboraban con la actividad inquisitorial. Ellos eran los consultores y los familiares. Los primeros eran gente especializada en algunos temas, por ejemplo oidor o abogado. Los familiares, por su lado, ostentaban un título honorífico que se otorgaba a aristócratas o ricos comerciantes. En cuanto al financiamiento del Tribunal, éste vivía básicamente de los bienes confiscados a los acusados. Pero la Inquisición también tenía un trapiche, es decir una hacienda azucarera de donde extraía fondos económicos. Como ya fue mencionado, el proceso inquisitorial llevado a cabo contra los judaizantes en 1640, fue motivo de una gran corrupción por parte de los funcionarios del Tribunal. En efecto, los visitadores de la Corona descubrieron una serie de anomalías como la de que los bienes confiscados no habían sido depositados en las cajas de la Inquisición sino en las bolsas de los inquisidores. Los procesos inquisitoriales se iniciaban a partir de las denuncias que surgían después de un edicto de gracia. Es decir, existía un margen de tiempo en el que un individuo podía acusar a otro de delitos contra la fe cristiana. El motivo de la denuncia y el denunciante se mantenían en absoluto secreto ya que en ocasiones el inculpado, al ser interrogado, confesaba otros delitos por lo que no había sido apresado. También existía la opción de la autodenuncia. Generalmente, la Inquisición era benigna en estos casos, incluso con aquellos que se reconocían judaizantes o herejes. Cuando se encontraba culpabilidad, de acuerdo con la gravedad del caso, se comenzaba un proceso lento, se confiscaban los bienes del acusado y se le encarcelaba. El Tribunal del Santo Oficio ejercía tormento para sacar confesiones, pero al parecer la Inquisición era menos rígida en comparación con otros tribunales, ya que aquélla no buscaba la muerte de la gente sino buscaba el arrepentimiento. Una vez concluido el proceso se dictaba la sentencia que podía ser muy variada. Si el prisionero había sido víctima de una calumnia, se le absolvía, le devolvían sus bienes y se le pedía perdón. Si la persona confesaba su culpabilidad era perdonado y sólo se hacía acreedor de una pena leve. Si más tarde este individuo incidía en el mismo delito, era considerado un relapso que definitivamente no escaparía, en el caso de los herejes, de morir en la hoguera. Preciso es señalar que la aplicación de las penas se hacía de acuerdo al estamento social, a la condición económica, a las circunstancias psicológicas y al sexo del infractor. En lo que respecta a los autos de fe, o castigos en público a los infractores, existe un mito de que cada domingo había una gran “quemazón”, lo cual es absolutamente falso pues durante toda la época colonial solamente hubo 30 casos de personas quemadas vivas. Otros autos de fe eran los azotes para delitos menores y los rezos que eran una especie de pena espiritual. Los delitos que perseguía la Inquisición caían en el ámbito de las ideas; es decir, era un tribunal ideológico que generalmente orientaba su actividad a la persecución de ideas religiosas, aunque en ocasiones se ocupaba de ideas políticas. El mayor delito que perseguía la Inquisición era la herejía porque esta era un ataque directo a la Iglesia. Pero también contra la autoridad, pues en un estado católico todo delito contra la Iglesia es una traición a la patria: no sólo se traiciona a Dios, también se traiciona al rey. Cualquier tipo de herejía, como el ateísmo u otro tipo de ideología religiosa contraria al dogma cristiano, era el único delito que se castigaba con la pena de muerte. Otra clase de delito era en el que incurrían los “iluminados”, especialmente mujeres, quienes falsamente hacían creer que tenían conversaciones con Dios para lucrar con la credulidad de la sociedad. El castigo a este delito no llegaba más allá de los azotes y trabajos forzados. También existían delitos religiosos menores que no implicaban herejías ni engaño. Más bien, estaban relacionados con la blasfemia la cual era ejercitada principalmente por arrieros, navegantes y marinos. La blasfemia podía expresarse a través de un discurso en donde se denota una falta de respeto a lo sagrado: contra Cristo, la Virgen o los santos, pero también por hacer mal uso de las imágenes. Los castigos eran selectivos pues a los pobres se les aplicaba la pena de azotes, en tanto que a los ricos les imponían el pago de una multa. Los delitos sexuales que perseguía la Inquisición eran todos aquellos contrarios a la sexualidad ortodoxa. Por ejemplo, la bigamia era una infracción muy grave ya que con ello se hacía una burla al sacramento del matrimonio. Los bailes obscenos, practicados fundamentalmente por los negros, eran prohibidos pues a la manera de ver de las autoridades religiosas, se incitaban las bajas pasiones. Los castigos eran multas y azotes y los reincidentes eran deportados a las Filipinas con trabajos forzados. Otro grupo de delitos del ámbito inquisitorial es el relacionado con las prácticas mágicas, que pueden dividirse en tres rubros: la brujería, la hechicería y la magia. La primera es un tipo de herejía ya que es un ejercicio relacionado con algún culto satánico. La hechicería estaba proscrita debido a que realizaba prácticas de curandería y hacía uso de yerbas y alucinógenos. Por su parte, la magia, que agrupaba entre muchas de sus ramas la astrología adivinatoria, estaba prohibida por la Iglesia ya que solamente Dios podía saber el futuro. Por último, la solicitación en el confesionario era un grave delito en los que incurrían exclusivamente los clérigos. Estos solicitaban a los confesados realizar un acto carnal, lo que era severamente penado no por el hecho del acto sexual en sí, sino en la infracción cometida contra el sacramento de confesión.