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La primer oficina consular establecida en Monterrey, fue una agencia consular, la cual abrió sus puertas en Febrero 6 de 1892. Por varios años el establecimiento de la agencia consular en Monterrey y los oficiales consulares en el Norte de México estuvieron bajo la supervisión del consulado general de Nuevo Laredo. Monterrey, sin embargo, estaba mejor situado para el trabajo de supervisión, y que además tenía mejores instalaciones de comunicación con otros puntos en el norte de México. Fue entonces que en febrero 1 de 1898, el Departamento de Estado autorizó la transferencia del Consulado General a Monterrey. La oficina de Nuevo Laredo fue simultaneamente convertida en Consulado.
Desde 1892, las oficinas del Consulado General de Estados Unidos han ocupado doce diferentes locaciones en Monterrey, incluyendo varias casas privadas, una tienda de abarrotes cerca de la plaza Hidalgo, varios edificios de oficinas, y de 1969 hasta el 2014 en el edificio de Av. Constitución, que fué el primero en ser construido para albergar al consulado. Ahora con su nueva y sede y modernas instalaciones en Santa Catarina, N.L., el Consulado General de los Estados Unidos crece para atender a un mayor número de visitantes.
El Primer agente consular fue Ellsworth J. Wiggins, que comenzó sus actividades en Febrero 6 de 1892. El actual Cónsul General es Roger C. Rigaud.
Hoy en día, el Consulado General de los Estados Unidos en Monterrey es uno de los más grandes y el que más trabajo tiene en el mundo, está integrado por oficiales americanos representando a agencias del gobierno americano junto con empleados nacionales. Su distrito consular incluye al estado de Nuevo León, Coahuila, Durango, San Luis Potosí, y Zacatecas.
Columna Mensual
Consulado General de Estados Unidos en Monterrey
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Servicios a Ciudadanos de E.U.
Desde México: 814-160-5512
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Cónsul General Roger C. Rigaud
Roger C. Rigaud es un diplomático de carrera con rango de Consejero. Ingresó al Servicio Exterior de los Estados Unidos en mayo de 1998. Su primera asignación fue como Oficial de Asuntos Políticos y Consulares en Puerto Príncipe, Haití. Inició su cargo como Cónsul General en Monterrey en Agosto 2021.
Tarjetas de residencia legal (Greencard) perdida-robada
Por favor tome en consideración lo siguiente: Si usted ha estado fuera de los Estados Unidos por más de 365 días calendarios, existe la posibilidad de que usted haya perdido su estatus de residente permanente legal (LPR, por sus siglas en inglés) por lo que deberá consultar a los servicios de U.S. Citizens and Immigration Services (USCIS) (Ciudadanía e Inmigración de EE.UU) para obtener mayor información y guía llamando al Centro de Atención Telefónica de USCIS al +1 (212) 620-3418.
Oportunidades de Contratación y Adquisiciones
Para oportunidades de venta y servicios, por favor ingrese al vinculo que le interese. Si la página esta en blanco, quiere decir que por el momento no hay oportunidades o solicitudes. Le sugerimos visitar la página regularmente para ver si una oportunidad se abre.
1. Si usted es un ciudadano mexicano que: Estará viajando a los Estados Unidos de América por aire o por mar Estará cruzando por tierra la frontera con los Estados de Texas, Nuevo Mexico, o California con la intención de viajar 25 millas más allá de la línea de frontera. Estará cruzando por tierra la frontera con el estado de Arizona con la intención de viajar 70 millas más allá de la línea de frontera o Estará cruzando por tierra la frontera con la intención de permanecer en los Estados Unidos por más de 72 horas, aún cuando planee permanecer dentro de la zona fronteriza permitida. Debe presentar los siguientes documentos: Una visa vigente o tarjeta para cruzar la frontera válida en la fecha que usted entre a los Estados Unidos. La Visa o Tarjeta para cruzar la frontera es necesaria sólo al momento de su entrada a los Estados Unidos y no es necesario que esté vigente después del día en que usted ingresó. Un pasaporte vigente hasta la fecha en la que usted pretenda salir de los Estados Unidos. El Departamento de Migración de los Estados Unidos no autorizará un periodo de estancia mayor a la vigencia de su pasaporte. 2. Si usted es un ciudadano mexicano que: Estará cruzando por tierra la frontera con los Estados de Texas, Nuevo Mexico, o California con la intención de permanecer dentro de la “zona fronteriza” de 25 millas y por menos de 72 horas, o Estará cruzando por tierra la frontera con el estado de Arizona con la intención de permanecer dentro de la “zona fronteriza” d
Si, usted puede volver a solicitar la visa si le fue negada. La Oficina de Visas del Departamento de Estado ofrece información acerca de la ley de inmigración y rechazo de visas en el siguiente link (en ingles): https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/visa-information-resources/visa-denials.html.
El pasaporte solo se debe dejar en la Embajada o Consulado si la visa es MRV o si así se lo requiere el oficial consular, de lo contrario no debe dejarlo.
Si el pasaporte expira antes de la visa usted debe viajar con ambos pasaportes (el pasaporte actual y el que tiene impresa la visa vigente).
Las visas “permanentes” o “indefinidas” ya no son válidas. Las visas tienen una fecha de expiración claramente marcada en la visa y son completamente válidas hasta su fecha de expiración. Después de esa fecha la visa ya no es válida y deberá ingresar una nueva solicitud para renovarla.
Puede presentarse en cualquier puerto de entrada de los Estados Unidos ya sea a través del paso fronterizo, aeropuerto o puerto marítimo con una visa válida en cualquier momento antes de la fecha de vencimiento de la visa. No es requisito para la visa permanecer válida por algún tiempo más allá de las fechas de ingreso a los EE.UU. Tenga en cuenta que una visa no garantiza la entrada a los Estados Unidos. Además, la fecha de vencimiento que aparece en su visa no refleja el tiempo que está autorizado a permanecer dentro de los Estados Unidos. La entrada y la duración de la estadía autorizada dentro de los Estados Unidos son determinadas por el Oficial de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP por sus siglas en inglés) en el puerto de entrada cada vez que usted viaja.
De Mexico: (55) 8526 2561
De los Estados Unidos: 1-844-528-6611
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