¿Qué puedo facturar si soy persona física?

¿Qué puedo facturar si soy persona física?

Tabla de contenidos
  1. La Importancia de Facturar
  2. ¿Qué puedo facturar como persona física con actividad empresarial? 
    1. Regímenes Fiscales Comunes
    2. Tipos de Gastos
  3. Ejemplos Prácticos
  4. Gastos Generales
    1. La Clave: Gastos Indispensables
    2. Comunicación con tu Contador

La Importancia de Facturar

Para empezar, es esencial comprender por qué es importante facturar. Cuando realizas una compra, tienes la opción de obtener un ticket simple o una factura, también conocida como CFDI. Optar por la factura es clave, ya que esta documentación demuestra que el producto o servicio es tuyo. Tomemos un ejemplo común: cuando compras un automóvil, la factura respalda tu propiedad y, desde una perspectiva fiscal, reduce tus utilidades imponibles. Veamos un ejemplo sencillo: tienes ingresos por 100 mil pesos y gastos por 80 mil pesos. Tu utilidad se limita a 20 mil pesos, y el Impuesto Sobre la Renta (ISR) se calcula en base a esta cantidad. Cuantos más gastos tengas, menor será tu utilidad y, por ende, pagarás menos impuestos. Por eso, facturar tus gastos y cumplir con los requisitos de deducción es fundamental.

¿Qué puedo facturar como persona física con actividad empresarial? 

A menudo, se busca una lista de gastos deducibles, pero aquí viene la sorpresa: no existe una lista mágica. Ni tu contador ni el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ni la web te proporcionarán una lista completa. Las leyes fiscales solo establecen los lineamientos y requisitos para cada tipo de gasto deducible. Lo primero que debes considerar es tu régimen fiscal, que determinará qué gastos puedes facturar. Puedes encontrar esta información en tu constancia de situación fiscal, y si aún no sabes cómo obtenerla, hay recursos disponibles.

Regímenes Fiscales Comunes

  • Sueldos y salarios
  • Régimen simplificado de confianza
  • Régimen de actividad empresarial y servicios profesionales
  • Intereses
  • Dividendos
  • Arrendamiento
  • Plataformas digitales

Tipos de Gastos

Los gastos se dividen en dos categorías: personales y generales. Los gastos personales mejoran la calidad de vida, como los relacionados con educación, vivienda y salud. Los gastos generales corresponden a los gastos empresariales, como sueldos, materiales, mano de obra y mobiliario. Dependiendo de tu régimen, podrás deducir diferentes tipos de gastos.

Ejemplos Prácticos

Tomemos ejemplos prácticos para ilustrar mejor qué gastos puedes facturar según tu régimen fiscal. En el régimen de sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial, puedes deducir gastos personales, como:

  • Gastos médicos, incluyendo seguros, consultas y análisis clínicos.
  • Colegiaturas en instituciones privadas.
  • Intereses de créditos hipotecarios.
  • Gastos funerarios y donativos.

Gastos Generales

Para regímenes como actividad empresarial, plataformas digitales o reciclaje, son aplicables los gastos generales. Es importante destacar que en el régimen de confianza, el Impuesto Sobre la Renta (ISR) se calcula con un porcentaje fijo, y algunos gastos no aplican para su cálculo. Solo se toman en cuenta los gastos facturados en el cálculo de IVA.

La Clave: Gastos Indispensables

Recuerda que los gastos deducibles deben ser estrictamente indispensables para tu actividad. Este término puede ser subjetivo, ya que lo que es indispensable para un negocio puede no serlo para otro. Algunos gastos son universales, como el teléfono, servicios públicos y alquiler de locales. Además, cada negocio tiene gastos específicos que varían según su actividad.

Comunicación con tu Contador

Identificar qué gastos son deducibles para tu negocio es crucial. Tu contador es un aliado importante, pero también debes ser proactivo y comprender los requisitos. Mantén una comunicación activa con tu contador y busca su asesoría cuando tengas dudas sobre qué gastos puedes facturar.

Recuerda, el conocimiento y la comunicación son tus mejores herramientas para reducir tus impuestos de manera efectiva. ¡Suscríbete para obtener más consejos sobre impuestos y contabilidad sin temor al SAT!

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