DOF - Diario Oficial de la Federación

 
DOF: 17/05/2024
ACUERDO por el que se destina al Instituto Politécnico Nacional, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, el inmueble federal denominado Canal Once, Anexo Aspérgulas, con Registro Federal Inmobiliario número 9-19565-5,

ACUERDO por el que se destina al Instituto Politécnico Nacional, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, el inmueble federal denominado Canal Once, Anexo Aspérgulas, con Registro Federal Inmobiliario número 9-19565-5, con superficie de 775.00 metros cuadrados, ubicado en Avenida de los Pinos número 22, Colonia San Clemente Sur, Código Postal 01740, Alcaldía Álvaro Obregón, Ciudad de México.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- DST-04/2024.

Acuerdo por el que se destina al Instituto Politécnico Nacional, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, el inmueble federal denominado Canal Once, Anexo Aspérgulas, con Registro Federal Inmobiliario número 9-19565-5, con superficie de 775.00 metros cuadrados, ubicado en Avenida de los Pinos número 22, Colonia San Clemente Sur, Código Postal 01740, Alcaldía Álvaro Obregón, Ciudad de México.
VÍCTOR JULIÁN MARTÍNEZ BOLAÑOS, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones II, IV, V, VI y VII, 3 fracción III, 4 párrafos primero y segundo, 6 fracción XXI, 11 fracción I, 13, 28 fracciones I, III y VII, 29 fracciones I y V, 61, 62, 66, 70 y 101 fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales; 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y 1, 3 fracciones VIII, IX y X, 4 fracción I, inciso a) y 6 fracciones XXVI y XXXIII del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; tengo a bien emitir el presente acuerdo, tomando en cuenta los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble federal denominado Canal Once, Anexo Aspérgulas, con superficie de 775.00 metros cuadrados y Registro Federal Inmobiliario número 9-19565-5, ubicado en Avenida de los Pinos número 22, Colonia San Clemente Sur, Código Postal 01740, Alcaldía Álvaro Obregón, Ciudad de México.
SEGUNDO. - Que la propiedad del inmueble federal descrito en el Considerando que antecede, se acredita con la escritura pública número 401 de fecha 14 de enero de 1997, otorgada por el C. Jorge Alfredo Domínguez Martínez, Notario Público Número 140 del entonces Distrito Federal y del Patrimonio Inmueble Federal, mediante la cual ratificó en todos sus términos la dación en pago, como consecuencia de la ratificación, "FAGAS INGENIEROS ASOCIADOS", S.A. de C.V. e "INMOBILIARIA Y EDIFICADORA AGUILMEX", S.A. de C.V., reconocen los efectos retroactivos y queda transmitida la propiedad a favor del Gobierno Federal, la cual obra inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el Folio Real número 37199 de fecha 24 de marzo de 1997.
TERCERO. -. Que el plano topográfico número 01/01, elaborado a escala 1:150, aprobado y registrado bajo el número DRPCI/7226/9-19565-5/2023/T el 05 de diciembre de 2023, por la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario, consigna la superficie, medidas y colindancias que arrojó el levantamiento topográfico del inmueble de mérito.
CUARTO. - Que mediante oficio número 0396-C/0306 de fecha 27 de marzo de 2023, la Dirección de Arquitectura y Conservación del Patrimonio Artístico Inmueble del INBAL, informó que el inmueble federal descrito en el Considerando Primero del presente Acuerdo, no cuenta con Declaratoria de Monumento Artístico, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación.
QUINTO. Que mediante oficios con números de folio SAD/1133/2023 y SAD/1180/2023, de fechas 4 y 14 de julio de 2023, respectivamente, el Secretario de Administración y Coordinador Inmobiliario del Instituto Politécnico Nacional, manifestó el interés de obtener el destino del inmueble materia del presente Instrumento, para uso de las oficinas de la Estación de Televisión XEIPN Canal Once del Distrito Federal, el cual es un órgano de apoyo del Instituto Politécnico Nacional, encargado de producir, coproducir y adquirir contenidos para la televisión pública, que aporten contenido de conocimiento, informativo, cultural y de entretenimiento.
SEXTO. - Que mediante oficio número 401.4S.15-2023/2022 de fecha 25 de julio de 2023, la Subdirección de Catálogo y Zonas de la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos del INAH, hizo del conocimiento que el inmueble objeto del presente instrumento, no es Monumento Histórico, no colinda con Monumento Histórico y no se encuentra dentro de una Zona de Monumentos Históricos.
SÉPTIMO. - Que mediante Acta de entrega física, jurídica, administrativa y provisional de fecha 8 de agosto de 2023, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de su Órgano Administrativo Desconcentrado, Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, entregó provisionalmente de forma física, jurídica y administrativa, al Instituto Politécnico Nacional, respecto del inmueble descrito en el Considerando Primero del presente instrumento quién recibe provisionalmente la posesión, en el estado en el que se encuentra, hasta en tanto reúne la documentación para la emisión del Acuerdo Administrativo de Destino, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el Folio Real número 37199/12 con fecha 24 de agosto de 2023.
OCTAVO.- - Que mediante el Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo Digital, con número de folio 10157-151TAJA2 4D de fecha 12 de marzo de 2024, emitido por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno de la Ciudad de México, determinó que al inmueble de referencia, le aplican las zonificaciones: HC/3/30/B (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 3 niveles máximo de construcción, 30%, mínimo de área libre y densidad: B = Una vivienda cada 100.0 de terreno), la cual permite en su tabla de Usos del Suelo, el uso de Oficinas.
NOVENO. - Que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, de conformidad con lo previsto por el artículo 11 fracción V, del Reglamento de este Instituto, conoció y revisó desde el punto de vista técnico jurídico, la operación que se autoriza. La documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del inmueble, así como de este Acuerdo, obra en el expedientillo de trámite integrado por dicha Dirección General y fue debidamente integrada y cotejada con la que obra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal.
Asimismo, y con fundamento en el artículo 9 fracción XIV en relación con el artículo 11, fracción V del Reglamento del Instituto, la Unidad Jurídica emitió opinión procedente respecto del presente Acuerdo.
Por lo anterior y de conformidad con las disposiciones establecidas en los artículos 61, 62, 66 y 70 de la Ley General de Bienes Nacionales, y siendo propósito del Ejecutivo Federal el óptimo aprovechamiento del patrimonio inmobiliario federal, privilegiando a las instituciones públicas de los distintos órdenes de Gobierno con inmuebles federales para la prestación de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO. - Se destina el inmueble federal denominado Canal Once, Anexo Aspérgulas, ubicado en Avenida de los Pinos número 22, Colonia San Clemente Sur, Código Postal 01740, Alcaldía Álvaro Obregón, Ciudad de México, con Registro Federal Inmobiliario número 9-19565-5, con superficie de 775.00 metros cuadrados, al Instituto Politécnico Nacional, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, para continuar utilizándolo como oficinas de la Estación de Televisión XEIPN Canal Once del Distrito Federal.
SEGUNDO.- Si el Instituto Politécnico Nacional, diera al inmueble federal que se le destina, un uso distinto al establecido por este Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; o bien, lo dejare de utilizar o necesitar, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado directamente por este Instituto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley General de Bienes Nacionales.
TERCERO.- En caso de que se tengan proyectadas obras de construcción, reconstrucción, modificación, adaptación, conservación, mantenimiento, reparación y demolición en el inmueble destinado, previo a su realización, el Instituto Politécnico Nacional, deberá gestionar ante las autoridades locales y federales la obtención de licencias, permisos, autorizaciones o cualquier otra similar que se requiera.
CUARTO. - El Instituto Politécnico Nacional deberá custodiar y vigilar el inmueble, quedando obligado a cubrir los gastos necesarios para su conservación y mantenimiento, y demás servicios inherentes que, en su caso se generen, así como el correspondiente aseguramiento contra daños del inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 fracción IV y 66 de la Ley General de Bienes Nacionales.
QUINTO. - El destino únicamente confiere al Instituto Politécnico Nacional, el derecho de aprovechar el inmueble destinado para el uso autorizado, pero no transmite la propiedad del mismo, ni otorga derecho real alguno sobre él, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley General de Bienes Nacionales.
SEXTO. - El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo.
Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los 9 días del mes de mayo de 2024.- Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Víctor Julián Martínez Bolaños.- Rúbrica.
 

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