Obligación, incumplimiento y responsabilidad civil del mandatario en el Código Civil chileno
Palabras clave:
Obligación, incumplimiento, responsabilidad, indemnización, mandato.Resumen
La obligación del mandatario de ejecutar el encargo es típicamente una obliga-
ción de medios, cuya prestación consiste en una cierta actividad que deberá fi jarse conforme
a la diligencia integradora y la buena fe. La prestación así determinada difi ere de la diligencia
contractual propiamente tal, que consiste en la conducta a desplegar por el mandatario para
asegurar la concreción de su prestación y que incide en la atribución de responsabilidad por
incumplimiento. Los artículos 2158 inciso fi nal y 2129 del Código Civil reconocen estas dos
funciones de la diligencia y muestran que el régimen de responsabilidad aplicable a todo deu-
dor de medios es el mismo que el de un deudor de resultado.
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