Estos mutualistas se quedan sin recuperar su dinero de la renta | El Periódico

IRPF

Estos mutualistas se quedan sin recuperar su dinero de la renta

El Supremo no considera que hayan sufrido cotizaciones indebidas

Varios billetes.

Varios billetes. / Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

Pedro Sanjuán

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Desde el pasado 20 de marzo la AEAT tiene habilitado un sencillo formulario que permite canalizar todas las solicitudes de devolución de IRPF para mutualistas que le constan a la Agencia. El objetivo es resolverlas a la mayor brevedad posible y con los menores inconvenientes para los ciudadanos.

Tanto el formulario de solicitud como la información relativa a este proceso estará a disposición de los interesados a través de la Sede electrónica de la AEAT. Este formulario se podrá utilizar para solicitar todas las devoluciones correspondientes al período 2019-2023 por exceso de cotizaciones a la Seguridad Social.

Sin embargo, no todos los mutualistas podrán recuperar parte de lo que pagaron de más, un 25% de la suma total. Hacienda advierte de que los pensionistas que no lo podrán hacer, por no haber sufrido cotizaciones indebidas, según el Tribunal Supremo, son:

  • Quienes reciben una pensión perteneciente a las Clases Pasivas: funcionarios que en su vida laboral han formado parte de este régimen.
  • Quienes cobran una pensión de viudedad.
  • Quienes perciben una pensión no contributiva del Imserso, ya sea de jubilación o de invalidez.
  • Los pensionistas que hicieron aportaciones pero en las mutualidades laborales de autónomos. Ya fueron deducibles en su tiempo.