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Boletín Oficial de la República Argentina del 19/05/2024 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.423 - Primera Sección
10

Viernes 17 de mayo de 2024

de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N24.156 y sus modificatorias.
Que por el artículo 7 de la citada ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en vigencia ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Decreto N 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por la Decisión Administrativa N 1881/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del ex-MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Coordinador Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL LA PAMPA - SAN
LUIS de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7 de la Ley N27.701, prorrogada por el Decreto N88/23, y 2 del Decreto N355
del 22 de mayo de 2017.
Por ello, ELJEFE DEGABINETE DEMINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del dictado de la presente medida y por el plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, a la médica veterinaria Romina Yanel JAUREGUI D.N.I. Nº31.924.381 en el cargo Coordinadora Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL
LA PAMPA - SAN LUIS de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Agrupamiento Operativo - Categoría Profesional Administrativo - Grado 13 - Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N40/07.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Directiva Nivel IV del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N27.701, prorrogada por el Decreto N88/23.
ARTÍCULO 2.- El cargo involucrado en el artículo 1 de la presente medida deberá ser cubierto conforme el sistema de selección vigente según lo establecido por la Resolución Conjunta N2/22 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA, Entidad 623 - SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
E/E Guillermo Francos - Luis Andres Caputo e. 17/05/2024 N30349/24 v. 17/05/2024

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/05/2024 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha19/05/2024

Nro. de páginas88

Nro. de ediciones9340

Primera edición02/01/1989

Ultima edición19/05/2024

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