Conocer la diferencia entre IVA soportado y repercutido es fundamental para gestionar un negocio de manera eficiente
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IVA soportado y repercutido
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Eduardo García Martínez
Eduardo G. Martínez (Colaborador de idealista news)

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un elemento clave en la economía de cualquier país. Dentro de este contexto, resulta esencial comprender la diferencia entre el IVA repercutido y soportado, ya que estos conceptos tienen un impacto significativo en las finanzas tanto de empresarios, como de consumidores por igual.

Explora cómo se calculan estas dos facetas del IVA y cómo influyen en la economía, proporcionando claridad sobre un tema crucial para la gestión fiscal.

¿Qué es el IVA soportado?

El IVA soportado es el que se refleja en las facturas de compras o servicios en los que se actúa como cliente. Este IVA sirve para determinar el importe que se debe declarar y pagar durante la liquidación de este impuesto. Puede ser deducible si se relaciona con la actividad profesional del comprador. Sin embargo, hay varias cuestiones que se han de considerar:

  • Facturas emitidas por el destinatario: En estos casos, el IVA indicado es el que ha sido efectivamente soportado por la persona que emite la factura, no por quien la recibe
  • Comerciantes bajo el régimen del recargo de equivalencia: Estos reciben facturas que incluyen tanto el IVA aplicable a la transacción, como un recargo adicional. Ambos conceptos deben ser registrados en la contabilidad del comerciante como IVA soportado no deducible, aumentando así el coste de adquisición de los bienes comprados.

¿Qué es el IVA repercutido?

El IVA repercutido es el que una empresa o autónomo añade a la factura al vender un bien o servicio. Este IVA es cobrado al cliente y debe ser declarado y entregado a la Agencia Tributaria. 

Es importante remarcar que, aunque el IVA se añada a la factura, no hay que gastarlo, ya que pertenece al Estado. Generalmente, habrá que declararlo trimestralmente a través del modelo 303 o modelo 390.

Las diferencias entre el IVA soportado y repercutido

La diferencia principal entre ambos tipos de IVA está en su implicación en el flujo de caja y la contabilidad de la empresa: mientras que el IVA soportado es un gasto, el IVA repercutido es un ingreso temporal hasta que se entrega a Hacienda.

IVA repercutido y soportado
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¿Cómo calcular el IVA soportado y repercutido?

Para calcular el IVA, tanto soportado como repercutido, hay que conocer la base imponible del bien o servicio. Es decir, el precio sin incluir impuestos de lo que se vende o se ofrece.

Además, hay que tener en cuenta el tipo de IVA aplicable, que puede ser superreducido del 4%, reducido del 10% o general del 21%.

Ejemplo de cálculo del IVA soportado

Tomemos como ejemplo un producto que cuesta 50 euros.

Si el tipo de IVA aplicable es el general (21%), el IVA soportado será de 10,5 euros (21% de 50 euros).

Este IVA soportado es deducible en la liquidación mensual o declaración trimestral de IVA, siempre que esté relacionado con los gastos de la actividad profesional que se ejerza.

Ejemplo sobre cómo calcular el IVA repercutido

El proceso para calcular el IVA repercutido es similar: imagina que realizas un servicio que tiene un coste base de 50 euros y se aplica un IVA del 21%, el total a cobrar al cliente será de 60,50 euros.

De este importe, 10,5 euros corresponden al IVA repercutido, el cual habrá que ingresar en la Agencia Tributaria.

En la práctica, para determinar el importe a pagar a la AEAT, se suman todas las cantidades de IVA repercutido y todas las de IVA soportado durante el período que corresponda.

La diferencia entre el total del IVA repercutido y el total del IVA soportado es lo que hay que ingresar.

¿Qué pasa si repercuto más IVA del que soporto?

En esta situación, tendrás que pagar a Hacienda la diferencia del IVA repercutido y el soportado en la declaración trimestral de IVA. En caso de no poder pagarlo, puedes fraccionar el pago hasta en 12 meses.

¿Cuándo hay que repercutir el IVA?

Generalmente, cuando se venden bienes, por ejemplo, ropa, se repercute el IVA en el momento de la entrega de dicho bien. En el caso de los servicios, se repercute una vez finalizado el mismo.

¿Cuándo se recupera el IVA soportado?

La devolución del IVA soportado se realizará siempre durante el último trimestre del año fiscal. Es decir, que se llevará a cabo en la liquidación del cuarto trimestre de cada año, cuyo plazo de presentación finaliza el 20 de enero del año siguiente.

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