Veda electoral 2024: ¿Cuándo inicia y cuándo acaba para el proceso 2024?

Esta es la fecha exacta en la que arranca la veda electoral en 2024

El próximo 2 de junio se llevarán a cabo los comicios en el país, pero los candidatos no deberán hacer más actos de campaña días previos a la jornada electoral.

Escrito por: Iván Ramírez
¿Cuál es la multa por no respetar la veda electoral en elecciones 2023?

Once días faltan para que miles de mexicanos salgamos a votar este próximo domingo 2 de junio, con ello se elegirá a la persona que ocupará la titularidad del Poder Ejecutivo para el siguiente sexenio. A nivel federal, los tres candidatos a la Presidencia de México son Claudia Sheinbaum, de la coalición Sigamos Haciendo Historia, integrada por Morena, Partido del Trabajo y Partido Verde; Xóchitl Gálvez, de la coalición Fuerza y Corazón por México, compuesta por el PRI-PAN-PRD, y Jorge Álvarez Máynez, de Movimiento Ciudadano.

Las dos candidatas y el candidato tuvieron su tercer debate y último debate presidencial el domingo 19 de mayo, el cual se llevó a cabo en el Centro Cultural Universitario Tlatelolco, donde hablaron de sus propuestas y discutieron sobre:

  • Política social
  • Inseguridad y crimen organizado
  • Migración y política exterior
  • Democracia, pluralismo y división de poderes

Adiós a la campaña por veda electoral

En estas elecciones, se elegirán en la contienda a nivel Federal y Local, los siguientes cargos:

  • Una Presidenta o Presidente de la República
  • 128 cargos a Senadoras y Senadores de la República
  • 500 cargos Diputadas y Diputados de la Cámara Baja
  • Jefatura de Gobierno
  • Ocho gubernaturas: Jalisco, Guanajuato, Veracruz, Tabasco, Yucatán, Chiapas, Puebla y Morelos
  • Mil 98 Diputaciones locales
  • 18 mil 527 cargos municipales y auxiliares

En las elecciones se establecen plazos y espacios para todo el proceso. El Instituto Nacional Electoral (INE) señala que la precampaña fue del 20 de noviembre 2023 al 18 de enero de 2024; la intercampaña del 19 de enero al 29 de febrero de 2024 y la campaña del 1 de marzo al 29 de mayo de 2024.

Una vez que los candidatos realizan el cierre de campaña, comienza la veda electoral, la cual está entendido como una etapa de reflexión para que los ciudadanos tengan la oportunidad de pensar el sentido de su voto.

¿Cuándo se acaba la veda electoral en 2024?

Los ciudadanos podrán analizar por quién votarán el 2 de junio cuando acudan a la casilla que le corresponde. La veda electoral tiene una duración de solo tres días.

Tiempo en el que los ciudadanos tomarán la decisión de forma libre sobre a quién dar su voto. La veda electoral comienza el jueves 30 de mayo de 2024, pues las campañas terminan un día antes, es decir, el 29 de mayo.

¿Qué no se puede hacer durante la veda electoral?

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), durante la veda electoral se prohíbe que los candidatos:

  • Realicen actos de campaña y proselitismo electoral
  • Todo tipo de propaganda electoral
  • Propaganda gubernamental (excepto campañas de servicios educativos, de salud, o protección civil)
  • Difusión y publicación de resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales

¿Se debe retirar la propaganda cuando hay veda electoral?

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en el Artículo 209 señala que “durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales, y hasta la conclusión de las jornadas comiciales, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro ente público”.

Los artículos promocionales son aquellos que “contengan imágenes, signos, emblemas y expresiones que tengan por objeto difundir la imagen y propuestas del partido político, coalición o candidato que lo distribuye”.

El Artículo 210 de la misma ley, establece que “la distribución o colocación de la propaganda electoral deberá respetar los tiempos legales que se establezcan para cada caso, su retiro o fin de su distribución deberá efectuarse tres días antes de la jornada electoral”.

Y “en el caso de la propaganda colocada en vía pública, deberá retirarse durante los siete días posteriores a la conclusión de la jornada electoral”.

El INE señala que “durante el tiempo comprendido entre el inicio de las campañas electorales de los procesos electorales federales, locales y extraordinarios, y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, o bien, desde el inicio del período de difusión y hasta la conclusión de la jornada consultiva de un ejercicio de participación ciudadana de Consulta Popular o Revocación de Mandato, deberá suspenderse la difusión, en todos los medios de comunicación social (radio, televisión, anuncios, espectaculares, redes sociales, Internet, mantas, trípticos, entre otros), de toda propaganda gubernamental, de los poderes federales, estatales, municipales y de cualquier otro ente público, salvo la relativa a:

1. Las campañas de información de las autoridades electorales;

2. Los servicios educativos y de salud;

3. Las necesarias para la protección civil, en casos de emergencia; y,

4. La información pública de carácter institucional (aquella que versa sobre trámites y servicios que presta el gobierno de que se trate en ejercicio de sus funciones).

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Escrito por: Iván Ramírez

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