Declaró con lugar el recurso

Sala IV: MEP debe garantizar educación a menor de 5 años con espectro autista

Ingrid Hidalgo [email protected] Mayo 14, 2024  6:18 am

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  • También deberán proporcionarle todo apoyo educativo.
  • Centro educativo aseguró que no tenía espacio.

La Sala Constitucional ordenó al Ministerio de Educación Pública (MEP) a garantizar el derecho de educación y además, que se le brinde todo apoyo educativo que requiera a un menor de 5 años con trastorno del espectro autista.

La sentencia de la Sala IV fue impuesta después de que la madre del niño presentara un recurso de amparo.

En el documento, bajo el expediente número 24-008450-0007-CO, ella afirmó que su hijo no recibe educación, ya que se encontraba en lista de espera para ser ingresado a la escuela Neuropsiquiátrica Infantil, donde pudiera recibir mejor apoyo debido a su condición.

Según la madre, el menor fue diagnosticado con una condición del espectro autista con lenguaje verbal limitado y además, tiene un nivel de requerimiento de apoyo 3. 

Ella señaló que le entregó al MEP el documento médico, en el cual se informa sobre la condición del menor. Sin embargo, para que fuera admitido, debían valorarlo. 

La directora de la escuela envió una docente para que entrevistara a la madre y viera al menor, pero se incapacitó. Debido a ello, se reprogramó la visita. Sin embargo, para el 18 de marzo de este año, la docente también estaba incapacitada. 

Aunque su madre se esforzó para su hijo entrara a una escuela y recibiera educación durante el curso lectivo 2024, actualmente no pertenece a ningún centro educativo.

La escuela también señaló que no cuenta con espacio disponible para recibir estudiantes entre las edades 2 a 13 años y 11 meses.

Después de analizar el caso, los magistrados declararon con lugar el recurso y señalaron:

” Se les ordena a Gener Mora Zúñiga e Irella Atmetlla Salzar, por su orden, director regional y asesora regional de Educación Especial, ambos de la Dirección Regional de Educación San José Norte del Ministerio de Educación Pública, o a quienes en su lugar ocupen esos cargo, coordinar lo necesario y llevar a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus respectivas competencia, a fin de que INMEDIATAMENTE: i) se garantice a la persona menor de edad amparada la posibilidad efectiva de ingresar a un centro de enseñanza pública para realizar sus estudios durante el curso lectivo 2024; y ii) se tramite lo pertinente para proporcionarle los apoyos educativos que requiera el tutelado de acuerdo con sus condiciones particulares”.



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